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Casos de Violencia de Género contra Personal Pol

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Título del Test:
Casos de Violencia de Género contra Personal Pol

Descripción:
1ra Parte- Protocolo

Fecha de Creación: 2026/04/16

Categoría: Otros

Número Preguntas: 57

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¿Cuál es el propósito principal de la Resolución N° -1103=?. Modificar la guía de actuación y protocolos para el manejo de denuncias por violencia de género contra personal policial. Establecer nuevas sanciones para casos de violencia de género. Crear un nuevo departamento para investigar la violencia de género. Definir las funciones del Ministerio de Seguridad en casos de corrupción policial.

¿Qué áreas están involucradas en la recepción y registro de denuncias según el documento?. Departamento Judicial (D-5), Sección de Sumarios Administrativos y División Especializada en Violencia de Género. Solo la División Especializada en Violencia de Género. Exclusivamente el Departamento Judicial (D-5). La Policía de Santa Fe y el Poder Judicial.

¿Cuál es uno de los objetivos de la Subsecretaría de Bienestar y Género en la Policía de Santa Fe?. Elaborar estrategias para la prevención y erradicación de la discriminación y violencia contra las mujeres en el sistema policial. Investigar delitos comunes cometidos por personal policial. Gestionar los ascensos y jubilaciones del personal policial. Controlar el equipamiento y armamento de la policía.

¿Qué tipo de situaciones se han registrado en el ámbito del sistema policial provincial que motivaron la presente resolución?. Denuncias contra personal policial por violencia contra mujeres o personas del colectivo LGTTBIQ+, o por violencia intrafamiliar. Casos de malversación de fondos públicos por parte de oficiales. Incidentes de indisciplina y ausentismo laboral. Denuncias por corrupción en los procesos de licitación.

¿Qué función tiene el Departamento Judicial (D-5) en relación con el Poder Judicial y el Ministerio Público de la Acusación?. Actuar en rol de auxilio y cooperación en la investigación de delitos. Realizar la detención directa de los sospechosos. Emitir sentencias condenatorias. Diseñar las políticas de seguridad pública.

¿Qué instruye la Sección de Sumarios Administrativos?. Las investigaciones administrativas de hechos que puedan configurar falta administrativa. La investigación de delitos comunes. El control de armas reglamentarias. La capacitación del personal policial en defensa personal.

¿Qué entidad creó una División Especializada en Violencia de Género bajo su dependencia?. La Agencia de Control Policial. El Ministerio de Seguridad. El Departamento Judicial (D-5). La Policía de Santa Fe.

¿Cuáles son las funciones de la División Especializada en Violencia de Género?. Prevenir, identificar e investigar actos de violencia que puedan constituir faltas administrativas o delitos. Realizar arrestos y detenciones. Impartir justicia en casos de violencia de género. Brindar asistencia legal a las víctimas.

¿Qué se buscó estandarizar con la implementación de guías y protocolos de actuación?. Los abordajes de las violencias por motivos de género en las que se involucre personal policial, para generar respuestas efectivas y rápidas. Los procedimientos de detención de delincuentes. Los métodos de entrenamiento físico del personal policial. Las estrategias de comunicación con la ciudadanía.

¿Qué Resolución aprobó el 'Protocolo de Actuación de la División Especializada en Violencia de Género'?. Resolución Ministerial N° 178/21. Resolución N° -1103=. Resolución Provincial N° 92/19. Resolución Ministerial N° 754/21.

¿Qué Resolución aprobó el Proyecto de 'Guía de Actuación del Departamento Judicial (D-5) y Sección de Sumarios Administrativos'?. Resolución Ministerial N° 754/21. Resolución Ministerial N° 178/21. Resolución N° -1103=. Resolución Provincial N° 92/19.

¿Qué diferencia clave se menciona entre la Guía de Actuación y el Protocolo de la División Especializada?. La facultad de restricción inmediata y quita del arma de dotación reglamentaria. El ámbito de aplicación territorial. El tipo de personal al que se aplica. La duración de las investigaciones.

¿Qué medida preventiva resulta de extrema importancia que la autoridad que investiga adopte?. Adoptar las medidas preventivas necesarias para conjurar nuevos riesgos luego de la denuncia. Realizar un examen psicológico al denunciante. Archivar la denuncia si no hay pruebas suficientes. Notificar inmediatamente a los medios de comunicación.

¿Qué ley contempla entre las medidas preventivas urgentes la prohibición de compra y tenencia de armas y la orden de secuestro de las que se posean?. Ley N° 26485. Ley N° 12521. Ley Orgánica Policial. Decreto Provincial N° 92/19.

¿Qué obligación establece la Ley N° 12521 en su Artículo 29º para el personal con autoridad policial?. La obligación de portar el arma reglamentaria durante la prestación del servicio. La obligación de realizar capacitaciones en derechos humanos. La obligación de presentar informes semanales sobre su actividad. La obligación de notificar cualquier situación de violencia.

¿Cuándo puede ceder la obligación legal de portar el arma reglamentaria según el Artículo 29º?. Cuando el personal no se encuentra en servicio. Solo en casos de licencia médica prolongada. Únicamente si hay una orden judicial expresa. Cuando el personal lo solicita por escrito.

¿Qué artículo de la Ley N° 12521 regula la suspensión provisional como medida previa?. Artículo 52°. Artículo 29°. Artículo 90°. Artículo 123°.

¿Qué naturaleza tiene la suspensión provisional según el Artículo 52º?. Preventiva, no sancionatoria. Sancionatoria. Disuasoria. Disciplinaria.

¿Qué medidas previas se mencionan en el Título II, Capítulo II del Régimen para Sumarios Administrativos (Decreto N° 4055/77)?. Disponibilidad y Pasiva. Amonestación y Suspensión. Separación del cargo y traslado. Investigación preliminar y citación.

¿Qué puede acompañar a la privación del arma y la credencial en el marco de la Disponibilidad o Pasiva?. Nada adicional, solo esas medidas. Una orden de arresto. Una evaluación psicológica obligatoria. La suspensión de todo tipo de remuneración.

¿Qué organismo se debe solicitar información sobre armas particulares del personal denunciado?. Agencia Nacional de Materiales Controlados (A.N.Ma.C.). Ministerio de Defensa. Interpol. La propia Unidad Regional.

¿Qué medidas preventivas puede tomar la A.N.Ma.C. en relación a las armas?. Inhabilitación o Traba Registral. Confiscación inmediata de todas las armas. Prohibición de portar armas de fuego de manera permanente. Instalación de sistemas de rastreo en las armas.

¿Qué tipo de evaluación debe realizarse al empleado policial involucrado que vuelve al servicio efectivo para determinar la posible restitución del arma?. Evaluación psicológica-psiquiátrica. Evaluación física general. Evaluación de aptitud de tiro. Evaluación de antecedentes penales.

¿Quién debe realizar la evaluación psicológica-psiquiátrica obligatoria?. El personal de la Dirección de Medicina Legal y de la Agencia de Control Policial. Profesionales particulares de confianza del empleado. La propia Subsecretaría de Bienestar y Género. Un equipo médico externo contratado por la policía.

¿Qué tipo de examen médico no tiene validez para la aplicación de medidas en el marco de esta resolución?. Exámenes o certificados de profesionales particulares. Exámenes realizados por la Dirección de Medicina Legal. Evaluaciones realizadas por la Agencia de Control Policial. Informes de la Subsecretaría de Bienestar y Género.

¿Qué formulario es obligación del personal de Judiciales completar en formato digital para el pedido de examen del personal denunciado?. Formulario para el registro de situaciones de violencia de género (Anexo III). Formulario de evaluación de riesgo. Formulario de antecedentes disciplinarios. Formulario de solicitud de arma reglamentaria.

¿Qué se debe incluir en la mención del motivo de la solicitud de evaluación profesional?. El motivo de la solicitud a fin de que los profesionales de la salud efectúen una evaluación del personal denunciado asumiendo perspectiva de género y diversidad. Solo la fecha y hora de la evaluación. El nombre del denunciante. La sanción disciplinaria prevista.

¿En qué casos se debe dar aviso inmediato a la Subsecretaría de Control Institucional?. Cuando el hecho de violencia denunciado no configura delito, pero sí una falta grave. Cuando el hecho es un delito menor. Cuando la víctima solicita la intervención de la Subsecretaría. Cuando se requiere un informe de rutina.

¿A dónde se remitirán las actuaciones en caso de faltas leves?. A la Unidad Regional respectiva. Al Ministerio de Seguridad. Directamente a la Fiscalía. Al Departamento Judicial (D-5).

¿La sustanciación de sumario administrativo es independiente de la causa penal?. Sí, procede en todos los casos que puedan configurar delito o falta administrativa. No, siempre está ligada a la causa penal. Solo si la víctima lo solicita. Depende de la gravedad del hecho.

¿A dónde se derivará a la persona afectada (personal civil o policial) en todos los casos?. A las Oficinas de Género dependientes de la Subsecretaría de Bienestar y Género en la Policía. A un hospital público. A una comisaría de la zona. Al Ministerio de Justicia.

¿Qué se le comunicará al funcionario policial denunciado sobre la posibilidad de participar en un espacio para el trabajo psico-socio-educativo?. Que es para lograr la responsabilización subjetiva de sus actos y modificar conductas violentas. Que es una medida obligatoria de rehabilitación. Que su participación garantiza la reducción de la sanción disciplinaria. Que es un requisito para volver a portar arma reglamentaria.

¿La participación en el espacio psico-socio-educativo es obligatoria?. No, es optativa e independiente de la sanción disciplinaria. Sí, es obligatoria para todos los denunciados. Solo si la víctima lo solicita. Depende de la gravedad de la falta.

¿Qué se debe registrar en el libro de entradas y salidas de sumarios y causas?. Los registros de todas las denuncias contra personal policial por violencia de género. Las novedades diarias del servicio. Los informes de evaluación psicológica. Las sanciones disciplinarias aplicadas.

¿Quiénes deben elaborar informes semestrales sobre los registros de violencia de género?. El Departamento Judiciales (D-5), Sección de Sumarios Administrativos y la Subsecretaría de Control Institucional, Subsecretaría de Bienestar y Género y Observatorio de Seguridad Pública. Solo la División Especializada en Violencia de Género. El Ministerio de Seguridad en su totalidad. La Agencia de Control Policial.

¿Qué requisito se exige para el personal interviniente en casos de violencia de género?. Ser personal policial calificado que opere con conocimiento sobre la temática de género y esté capacitado en la atención de las víctimas. Tener experiencia mínima de 5 años en la fuerza. Haber realizado un curso de defensa personal avanzado. Ser graduado universitario en criminología.

¿Quién diseñará e implementará las capacitaciones sobre violencia de género?. El equipo de la Subsecretaría de Bienestar y Género de la Policía del Ministerio de Seguridad. El Ministerio de Educación provincial. La Agencia de Control Policial. Profesores externos especializados.

¿Qué se entiende por 'violencia física' según el Artículo 4°?. La que se emplea sin consentimiento, produciendo dolor, daño o riesgo de producirlo y cualquier otra forma de maltrato o agresión que afecte la integridad física. Comentarios hirientes o humillantes. La amenaza con armas. El daño a la propiedad de la víctima.

¿Qué incluye la 'violencia psicológica' según el Artículo 4°?. Amenaza, acoso, hostigamiento, restricción, humillación, deshonra, descrédito, manipulación o aislamiento. Contacto físico no deseado. Agresión verbal sin intención de dañar. Difusión de rumores maliciosos.

¿Qué es la 'violencia simbólica' según el Artículo 4°?. La que, a través de patrones estereotipados, mensajes, valores, íconos o signos transmita y reproduzca dominación, desigualdad y discriminación. Actos de sabotaje a la reputación. Publicaciones difamatorias en redes sociales. Comentarios despectivos sobre la vestimenta.

¿Qué modalidad de violencia se produce en los ámbitos de trabajo público o privado y obstaculiza el acceso al empleo, contratación o ascenso?. Violencia Laboral. Violencia Doméstica. Violencia Institucional. Violencia Política.

¿Qué es la 'violencia institucional' según el Artículo 5°?. Aquella que emana del Estado o sus agentes, para retardar, obstaculizar o impedir el acceso a políticas públicas o derechos. La ejercida por funcionarios públicos en su vida privada. La falta de recursos en las instituciones públicas. El acoso entre compañeros de trabajo.

¿Cuáles son las vías de acceso para que el Departamento Judicial (D-5) tome conocimiento de situaciones de violencia de género?. Contacto directo de la víctima, derivación judicial, centro de denuncias, Subsecretaría de Bienestar y Género, y áreas de género municipales. Solo por derivación judicial. Exclusivamente a través de la Subsecretaría de Bienestar y Género. Mediante denuncias anónimas recibidas por correo.

¿Quiénes pueden denunciar actos de violencia de género ejercida por personal policial según el Artículo 7°?. Cualquier mujer y/o persona comprendida en el colectivo LGTTBIQ+ que se considere víctima. Solo las mujeres miembros de la fuerza policial. Solo las víctimas con domicilio en la provincia de Santa Fe. Cualquier ciudadano que observe un acto de violencia.

¿Qué enfoque debe primar al entrevistar a la denunciante según el Artículo 8°?. Un enfoque inclusivo, con perspectiva de género y de diversidad, y compromiso de no revictimizarla. Un enfoque centrado en la culpabilidad del agresor. Un enfoque basado en la rapidez de la entrevista, sin importar la contención. Un enfoque que priorice la obtención de pruebas forenses.

¿Qué se debe hacer si la víctima o testigos son menores de edad?. Dar intervención al área administrativa provincial (Subsecretaría de Promoción y Protección de Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia). Proceder directamente con la denuncia y la investigación. Notificar a los padres o tutores únicamente. Posponer la entrevista hasta que el menor cumpla la mayoría de edad.

¿Cuándo se debe anotar de inmediato a la Fiscalía de turno?. Si el hecho de violencia denunciado configura delito. Si la víctima solicita la intervención de la Fiscalía. Si el agresor es personal policial. En todos los casos de denuncia.

¿Qué medida se aplicará si el denunciado resulta ser personal policial con portación de arma reglamentaria, y el hecho reviste gravedad, necesidad y urgencia?. La restricción inmediata y quita del arma de dotación reglamentaria. La suspensión temporal del servicio. Una evaluación psicológica de emergencia. El traslado inmediato a otra dependencia.

¿Qué tipo de entrenamiento o conocimiento se debe indagar en el denunciado según el Artículo 11°?. Conocimiento de artes marciales y/o cualquier entrenamiento físico de defensa y ataque. Conocimientos de informática avanzada. Habilidades de negociación. Capacidad de liderazgo.

¿Qué se debe asegurar al resguardar las evidencias recolectadas?. La ulterior reconstrucción de los hechos por parte de la Fiscalía. La privacidad absoluta de los datos del denunciante. La destrucción de cualquier evidencia que pueda perjudicar al denunciado. La difusión pública de las pruebas.

¿Qué principio ético y legal es fundamental en los procesos de atención a personas en situación de vulneración de derechos humanos?. Consentimiento informado. Confidencialidad absoluta. Rapidez en la intervención. Imparcialidad total.

¿Qué se debe respetar en cuanto a la identidad de género autopercibida del personal interviniente?. Dirigirse a la persona respetando su identidad de género adoptada y el nombre de pila elegido. Utilizar el nombre registrado en el DNI, independientemente de la identidad autopercibida. Preguntar siempre cuál es la identidad de género preferida. Evitar referirse a la identidad de género para no generar confusiones.

¿Qué factor constituye un alto factor de riesgo en casos de violencia ejercida por personal policial?. La pertenencia del agresor a la fuerza de seguridad, especialmente por la portación de arma reglamentaria. La falta de antecedentes penales del agresor. La ausencia de denuncias previas. El hecho de que el agresor viva solo.

¿Qué indica el Artículo 11°, inciso b) como indicador de riesgo a valorar?. Reiteración y escalada de hechos de violencia. La edad de la víctima. La profesión del denunciante. El nivel educativo del agresor.

¿Qué implica la 'no revictimización' según el Artículo 9°?. Evitar la reproducción de una situación de victimización anterior, como la reiteración innecesaria del relato de los hechos. Permitir que la víctima repita su relato tantas veces como desee. Investigar los hechos de forma exhaustiva sin importar el impacto en la víctima. Exponer públicamente los detalles de la denuncia.

¿Qué debe hacer el personal interviniente si la víctima manifiesta estar viviendo una situación de peligro?. Consultar a la Fiscalía correspondiente sobre la posibilidad de otorgar una medida de protección. Aconsejar a la víctima que se aleje temporalmente. Contactar a la familia de la víctima. Ignorar la manifestación si no hay pruebas concretas.

¿Por qué es importante contar con un registro de las intervenciones realizadas con motivo de violencia de género?. Para la posibilidad de reconstruir los hechos en el futuro, si la víctima decide denunciar o si ocurren hechos posteriores de mayor gravedad. Para archivar los casos de forma definitiva. Para evitar futuras denuncias. Para fines estadísticos únicamente.

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