option
Cuestiones
ayuda
daypo
buscar.php
TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESE: CE, TREBEP y Ley 4/2021 de la Función Pública Valenciana
COMENTARIOS ESTADÍSTICAS RÉCORDS
REALIZAR TEST
Título del Test:
CE, TREBEP y Ley 4/2021 de la Función Pública Valenciana

Descripción:
Tema 11.Art. 103 y 149 CE; art. 1-7 TREBEP; art. 1-15 LFPV. C1-01 conv. 8/22

Autor:
AVATAR
beli267
OTROS TESTS DEL AUTOR

Fecha de Creación: 10/12/2022

Categoría: Oposiciones

Número Preguntas: 27
COMPARTE EL TEST
COMENTARNuevo Comentario
No hay ningún comentario sobre este test.
Temario:
De acuerdo con el art. 103 de la Constitución Española, ¿Cuál de los siguientes enunciados es correcto? La Administración Pública sirve con objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a las leyes. La ley regulará el estatuto de los funcionarios públicos, el acceso a la función pública de acuerdo con los principios de mérito y capacidad, las peculiaridades del ejercicio de su derecho a sindicación, el sistema de incompatibilidades y las garantías para la imparcialidad en el ejercicio de sus funciones. Reglamentariamente, se regulará el estatuto de los funcionarios públicos, el acceso a la función pública de acuerdo con los principios de mérito y capacidad, las peculiaridades del ejercicio de su derecho a sindicación, el sistema de incompatibilidades y las garantías para la imparcialidad en el ejercicio de sus funciones. La Administración Pública sirve con objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios de eficiencia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la ley y al Derecho.
Según el art. 1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, cuál es el objeto de este Estatuto? Aplicar al personal funcionario de carrera o interino y en lo que proceda al personal laboral, ya sea fijo, temporal o por tiempo indefinido, las bases que han de regir el funcionamiento de los mismos. Establecer las bases del régimen estatutario de los funcionarios públicos incluidos en su ámbito de aplicación. Asimismo tiene por objeto determinar las normas aplicables al personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas. Regular el acceso a la función pública de acuerdo con los principios de mérito, capacidad y transparencia, el ejercicio del derecho a sindicación y el sistema de incompatibilidades. Establecer la ordenación y regulación de la función pública, así como la determinación del régimen jurídico del personal incluido en su ámbito de aplicación.
¿Cuál de los siguientes fundamentos de actuación no se enumera en el apartado 3 del art. 1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público? Eficacia en la planificación y gestión de los recursos humanos. Negociación colectiva y participación, a través de los representantes, en la determinación de las condiciones de empleo. Igualdad de trato entre hombres y mujeres. Responsabilidad en cuanto a la protección de datos de carácter personal.
¿A quién se aplica el Estatuto, según el art. 2 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público? Al personal funcionario y en lo que proceda al personal laboral al servicio de la Administración General del Estado; las Administraciones de las comunidades autónomas y de las ciudades de Ceuta y Melilla; las Administraciones de las entidades locales; las Universidades Públicas. Al personal funcionario, ya sea interino o de carrera, al servicio de la Administración General del Estado; las Administraciones de las comunidades autónomas y de las ciudades de Ceuta y Melilla; las Administraciones de las entidades locales; las Universidades Públicas. Al personal funcionario y en lo que proceda al personal laboral al servicio de la Administración General del Estado; las Administraciones de las comunidades autónomas y de las ciudades de Ceuta y Melilla; las Administraciones de las entidades locales; los organismos públicos, agencias y demás entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de cualquiera de las Administraciones Públicas; las Universidades Públicas. Al personal funcionario, ya sea interino o de carrera, al servicio de la Administración General del Estado; las Administraciones de las comunidades autónomas y de las ciudades de Ceuta y Melilla; las Administraciones de las entidades locales; los organismos públicos, agencias y demás entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de cualquiera de las Administraciones Públicas; las Universidades Públicas.
Según el apartado 4 del art. 2 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, cada vez que este Estatuto haga mención al personal funcionario de carrera se entenderá comprendido ¿Qué personal? El personal de investigación de las Universidades Públicas. El personal retribuido por arancel. El personal de los Órganos Constitucionales del Estado y de los órganos estatutarios de las comunidades autónomas. El personal estatutario de los Servicios de Salud.
Según el art. 4 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, las disposiciones de este Estatuto sólo se aplicarán directamente cuando así lo disponga su legislación específica al siguiente personal: (señala la incorrecta) Jueces, Magistrados, Fiscales y demás personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia. Personal del Centro Nacional de Investigación. Personal militar de las Fuerzas Armadas. Personal del Banco de España y del Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito.
Según el art. 7 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el personal laboral al servicio de las Administraciones públicas, se rige, además de por la legislación laboral y por las demás normas convencionalmente aplicables, ¿por cuál de los siguientes? Por los preceptos de este Estatuto que así lo dispongan. Por las leyes de desarrollo de función pública de la correspondiente Administración. Por la legislación básica estatal. Por lo que a ellos se refiere en los arts. 19.2 y 20.3 de este Estatuto.
Según el art. 7 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas se regirá por lo previsto en el presente Estatuto, en materia de ¿Qué permisos? (señala la incorrecta) Nacimiento. Adopción. Lactancia. Enfermedad.
¿Cuál es el objeto de la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Función Pública Valenciana, según se establece en su art. 1? La ordenación y regulación de la función pública valenciana, así como de sus instrumentos de gestión y la determinación del régimen jurídico del personal incluido en su ámbito de aplicación, con el alcance que en cada caso se establece, en el ejercicio de las competencias atribuidas por la Constitución Española y por el Estatut d’Autonomia de la Comunitat Valenciana, en el marco de la legislación básica estatal. La ordenación y planificación del régimen jurídico de la función pública valenciana, así como de sus instrumentos de gestión y la determinación del régimen jurídico del personal incluido en su ámbito de aplicación, con el alcance que en cada caso se establece, en el ejercicio de las competencias atribuidas por la Constitución Española y por el Estatut d’Autonomia de la Comunitat Valenciana, en el marco de la legislación básica estatal. Establecer el régimen administrativo aplicable a la función pública valenciana, así como de sus instrumentos de gestión y la determinación del régimen jurídico del personal incluido en su ámbito de aplicación, con el alcance que en cada caso se establece, en el ejercicio de las competencias atribuidas por la Constitución Española y por el Estatut d’Autonomia de la Comunitat Valenciana, en el marco de la legislación básica estatal. La determinación de las bases que han de regir el funcionamiento de la función pública valenciana, así como de sus instrumentos de gestión y la determinación del régimen jurídico del personal incluido en su ámbito de aplicación, con el alcance que en cada caso se establece, en el ejercicio de las competencias atribuidas por la Constitución Española y por el Estatut d’Autonomia de la Comunitat Valenciana, en el marco de la legislación básica estatal.
A tenor literal del art. 2 de la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Función Pública Valenciana ¿Cuál de los siguientes principios y fundamentos de actuación que ordenan la función pública valenciana, como instrumento para la gestión y realización de los intereses generales que tiene encomendados la administración, es incorrecto? Evaluación y responsabilidad en la gestión. Igualdad, mérito y capacidad en el acceso y en la promoción profesional. Economía, eficacia y eficiencia. Promoción de la estabilidad en el empleo público.
Según el art. 2 de la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Función Pública Valenciana, a los efectos de esta ley ¿Por quienes está constituida la función pública valenciana? Por el conjunto de personas que prestan servicios retribuidos en la misma mediante una relación regulada por la normativa administrativa o laboral. Por el conjunto de personas que prestan servicios retribuidos en la misma mediante una relación regulada por la normativa administrativa o laboral así como por los puestos contenidos en las relaciones de puestos de trabajo. Por el personal funcionario de carrera, laboral fijo, temporal o por tiempo indefinido y por el personal eventual. Por el personal directivo, administrativo y profesional.
Según el apartado 1 del art. 3 de la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Función Pública Valenciana, a qué personal no se aplica la presente ley? Al personal funcionario. Al personal Directivo Público Profesional. Al personal laboral empleado público cuando así lo disponga expresamente. Al personal eventual en los términos y con las limitaciones previstas en el artículo 20 de la misma en lo que sea compatible con la naturaleza de su relación jurídica.
Según el apartado 1 del art. 3 de la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Función Pública Valenciana, esta ley se aplica al personal relacionado en este apartado que presta sus servicios en: (señala la incorrecta) La Administración de la Generalitat, que comprende el conjunto de órganos y unidades administrativas en los que se estructuran los servicios centrales y periféricos de la presidencia de la Generalitat y de cada una de las consellerias. Los consorcios adscritos a la Generalitat. Las universidades públicas de la Comunitat Valenciana, en relación exclusivamente con su personal de administración y servicios, en todo lo que no esté expresamente regulado por la legislación orgánica de universidades y sus disposiciones de desarrollo. El personal docente no universitario y el personal estatutario que desempeñe su función en los centros e instituciones sanitarias del servicio valenciano de salud.
Según el art. 4 de la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Función Pública Valenciana, las disposiciones de esta ley solo se aplicarán directamente cuando así lo disponga su legislación específica, entre otros, al siguiente personal: (señala la incorrecta) Personal al servicio de las Corts Valencianes, si bien, en todo caso, esta ley tendrá para el mismo carácter supletorio. Personal al servicio de las Instituciones de la Generalitat reguladas en el capítulo VI del título III del Estatut d'Autonomia de la Comunitat Valenciana. No obstante, y en todo caso, las disposiciones de esta ley serán de aplicación supletoria a estas Instituciones. Personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia dependiente de la Generalitat. Personal funcionario o laboral empleado público gestionado por la conselleria competente en materia de sanidad.
¿A quién corresponderá la jefatura superior de personal en la presidencia de la Generalitat y en cada conselleria, sin perjuicio de la máxima autoridad orgánica del president o presidenta de la Generalitat y de las conselleras o consellers, según el art. 6 de la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Función Pública Valenciana? A quienes sean titulares de las subsecretarías. A los titulares de las direcciones generales competentes en materia de recursos humanos. Al titular de la conselleria con competencias en materia de función pública. A quienes sean titulares de las Secretarías Generales Administrativas.
Según el art. 6 de la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Función Pública Valenciana, ¿Cuál de los siguientes no es un órgano ejecutivo competente en materia de función pública? El Consell. La consellera o el conseller competente en materia de función pública. El Consell Interdepartamental de Retribucions. El President de la Generalitat.
¿Cuál de los siguientes órganos se crea, según el art. 9 de la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Función Pública Valenciana, como órgano colegiado adscrito a la conselleria competente en materia de función pública, encargado de coordinar las actuaciones en materia de relaciones de puestos de trabajo y de retribuciones del personal de la Administración de la Generalitat que, de conformidad con la normativa vigente, estén atribuidas conjuntamente a las consellerias competentes en materia de función pública y de presupuestos y gastos? El Consell Interdepartamental de Retribucions. El Consell Assessor de la Funció Pública Valenciana. La Comissió Intersectorial de l'Ocupació Pública de la Generalitat. L'Escola Valenciana d'Administració Pública.
Según el art. 9 de la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Función Pública Valenciana, el Consell Interdepartamental de retribucions (CIR) estará compuesto por: (Señala todas las opciones posibles) La persona titular de la dirección general competente en materia de función pública. La persona titular de la dirección general competente en materia de presupuestos. Una vocalía designada por la presidencia de la Generalitat entre quienes sean titulares, al menos, de una secretaría autonómica. La persona titular de la secretaría autonómica competente en materia de presupuestos y gastos. La persona titular de la secretaría autonómica competente en materia de función pública. La persona titular de la conselleria competente en materia de función pública, que ostentará la presidencia.
Relaciona cada órgano ejecutivo con las funciones que tiene atribuidas de acuerdo con la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Función Pública Valenciana. El Consell La consellera o conseller competente en materia de función pública El Consell Interdepartamental de retribucions.
¿Cuál de los siguientes enunciados es correcto según el art. 10 de la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Función Pública Valenciana, referente a la Comissió Intersectorial de l'Ocupació Pública de la Generalitat? Se constituye como un órgano técnico de coordinación e información, adscrita a la conselleria competente en materia de función pública, a través del cual se instrumenta la interlocución entre la conselleria competente en materia de función pública, los órganos gestores en materia de personal de los ámbitos sectoriales correspondientes a sanidad, educación y justicia, y el sector público instrumental de la Generalitat. Se constituye como un órgano colegiado de coordinación e información, adscrita a la conselleria competente en materia de función pública, a través del cual se instrumenta la interlocución entre la conselleria competente en materia de función pública, los órganos gestores en materia de personal de los ámbitos sectoriales correspondientes a sanidad y educación, y el sector público instrumental de la Generalitat. Se constituye como un órgano técnico de coordinación e información, adscrita a la conselleria competente en materia de función pública, a través del cual se instrumenta la interlocución entre la conselleria competente en materia de función pública y los órganos gestores en materia de personal de los ámbitos sectoriales correspondientes a sanidad y educación. Se constituye como un órgano colegiado de coordinación e información, adscrita a la conselleria competente en materia de función pública, a través del cual se instrumenta la interlocución entre la conselleria competente en materia de función pública y los órganos gestores en materia de personal de los ámbitos sectoriales correspondientes a sanidad y justicia.
¿Cuál de las siguientes personas no formará parte de la Comissió Intersectorial de l'Ocupació Pública de la Generalitat, según el art. 10 de la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Función Pública Valenciana? La titular de la dirección general competente para la gestión del personal docente. La titular de la dirección general competente en materia del sector público. Un miembro designado por cada una de las organizaciones sindicales presentes en la Mesa general de Negociación I. La titular de la dirección general competente en materia de universidades.
Según el art. 11 de la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Función Pública Valenciana, corresponde a la Escola Valenciana d'Administració Pública (EVAP), en relación con el personal empleado público de la administración de la Generalitat: (señala la incorrecta) Establecer intercambios de colaboración y, eventualmente, proponer la suscripción de convenios con otros centros con funciones similares, estatales, autonómicos o extranjeros, y en especial con las universidades públicas valencianas. Convocar las bolsas para la provisión temporal de puestos de trabajo, mediante la selección del personal correspondiente de acuerdo con las directrices que al respecto establezca el departamento del Consell competente en materia de función pública. Colaborar en el diseño de los criterios y procedimientos de la evaluación del desempeño del personal empleado público de la administración de la Generalitat, así como participar en los órganos de evaluación. Proponer las medidas necesarias de coordinación de la política de empleo público en la Comunitat Valenciana, así como las destinadas a garantizar la efectividad de los principios constitucionales en el acceso al empleo público.
Según el art. 12 de la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Función Pública Valenciana, ¿Qué es el Consell Assessor de la Funció Pública Valenciana? Es el órgano de consulta que tiene encomendados el análisis, estudio y asesoramiento en materia de empleo público en relación con el personal incluido en el ámbito de aplicación de esta ley. Es el órgano colegiado encargado de coordinar las actuaciones en materia de relaciones de puestos de trabajo y de retribuciones del personal de la Administración de la Generalitat. Es el órgano técnico de coordinación e información a través del cual se instrumenta la interlocución entre la conselleria competente en materia de función pública y otras administraciones públicas. Es el órgano jurídico que tiene atribuidas las funciones de resolución de aquellos asuntos en los que no exista acuerdo entre la representación de la Generalitat y el resto de administraciones públicas o el sector público instrumental.
Según el art. 13 de la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Función Pública Valenciana, ¿Quienes integran el Consejo Asesor de la Función Pública Valenciana? El o la presidenta, los vocales natos y 9 vocales electivos. El o la presidenta, el o la vicepresidenta, 6 vocales natos y 6 vocales electivos. El o la presidenta, el o la vicepresidenta y 5 vocales. El o la presidenta, y 3 vocales.
Según el art. 13 de la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Función Pública Valenciana, ¿Cuál de los siguientes no se encuentra entre los vocales natos que integran el Consejo Asesor de la Función Pública Valenciana? La o el titular de la Abogacía General de la Generalitat. La o el titular de la Secretaría autonómica competente en materia de presupuestos y gastos. La o el titular de la Dirección general competente en materia de sector público. La o el titular de la Dirección general competente en materia de personal al servicio de la administración de Justicia.
Según el art. 13 de la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Función Pública Valenciana, ¿Cuáles de las siguientes personas no se encuentra entre los vocales natos que integran el Consejo Asesor de la Función Pública Valenciana? Una, en representación de la Federación Valenciana de Municipios y Provincias. Dos, en representación de las universidades públicas valencianas. Una por cada organización sindical con representación en la Mesa General de Negociación I. Dos, entre personas de reconocido prestigio académico o profesional en las materias y disciplinas relacionadas con el empleo público.
Según el art. 15 de la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Función Pública Valenciana, ¿La Administración de la Generalitat cooperará y se coordinará con las entidades locales para la adecuada ordenación de sus recursos humanos? Sí, con las que así lo soliciten. Sí, cuando no dispongan de los medios materiales, técnicos o económicos. No. Las entidades locales tienen autonomía propia en cuanto a los planes de ordenación de recursos humanos. Sí, cuando así se establezca en el correspondiente convenio o acuerdo.
Denunciar Test