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Cepa "atención al usuario"

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Título del Test:
Cepa "atención al usuario"

Descripción:
Radiodiagnóstico

Fecha de Creación: 2023/08/16

Categoría: Otros

Número Preguntas: 15

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Utilizar las tecnologías de la información y la comunicación, conforme al desarrollo de las mismas en los servicios sanitarios, con criterios de accesibilidad, seguridad y continuidad se recoge como un derecho en: La ley de salud de Andalucía. La ley general de sanidad. La carta de derechos y deberes de los ciudadanos del sistema sanitario público de Andalucía. Todas las anteriores son correctas.

Al objeto de articular el derecho a la participación, la ley general de sanidad crea un comité consultivo vinculado con el consejo interno territorial del sistema Nacional de salud, integrado paritariamente por representantes de: Los ayuntamientos y diputaciones. Las corporaciones territoriales y los servicios de salud de las comunidades autónomas. Las organizaciones empresariales y sindicales más representativas. Los colegios profesionales y las asociaciones de usuarios y consumidores.

El órgano colegiado de participación ciudadana en la formulación de la política sanitaria y en el control de su ejecución, asesorando en esta materia a la Consejería de salud en el ejercicio de las funciones de fomento y desarrollo de la participación ciudadana es: El consejo andaluz de salud. El consejo asesor de salud. El consejo de salud del área. La comisión de participación ciudadana.

El órgano de participación ciudadana en el ámbito de las unidades de gestión clínica del servicio andaluz de salud es. La comisión de participación social. La comisión de participación ciudadana. El consejo de participación. La comisión Consultiva.

Según se establece en el Decreto 60/1999 por el que se regula la libre elección de médico general y pediatra en Andalucía, una vez que se ha elegido el facultativo, para realizar una nueva elección deberá transcurrir, al menos: 1 mes. 3 meses. 6 meses. 1 año.

Los directores gerentes de los distritos de atención primaria no asignarán nuevos usuarios a un determinado facultativo cuando el cupo de personas que tenga desaconseje este incremento según los siguientes criterios (señale la respuesta incorrecta). La salvaguarda de la buena relación médico-enfermero que debe imperar en el proceso asistencia. El índice de prescripción de genéricos respecto de la media de los facultativos de la zona básica de salud. La existencia de problemas especiales que eleven la demanda asistencial. El porcentaje de personas mayores de 65 años y menores de 4 años incluida.

Una vez realizada la elección de médico especialista en el ámbito de Andalucía, esta se mantendrá durante todo el proceso patológico de que se trate y, en casos de largo duración, por un periodo mínimo de. 3 meses, salvo que el SAS si existieran causas que lo justifiquen coma autorizara el cambio antes del tiempo establecido. 6 meses, salvo que el SAS si existieran causas que lo justifiquen coma autorizara el cambio antes del tiempo establecido. 9 meses , salvo que el SAS si existieran causas que lo justifiquen ,autorizara el cambio antes del tiempo establecido. 12 meses, salvo que el SAS si existieran causas que lo justifiquen,autorizara el cambio antes de lo establecido.

Como regla general, las intervenciones quirúrgicas incluidas en el Decreto 209/2001 , de garantía de plazo de respuesta quirúrgica en el sistema sanitario público de Andalucía, deberán realizarse: En un plazo no superior a los 6 meses. En un plazo no superior a los 120 días naturales. En un plazo no superior a los 180 días naturales. En un plazo no superior a los 180 días hábiles.

Al fin de garantizar el tiempo máximo de respuesta quirúrgica, la administración sanitaria pública de la Junta de Andalucía podrá ofertar. Cualquiera de los centros del sistema Nacional de salud o centros concertados. Cualquiera de los centros del sistema sanitario público de Andalucía o centros concertados. Cualquiera de los centros sanitarios públicos ,privados o concertados privados. Exclusivamente los centros del servicio andaluz de salud o centros concertados con éste.

Una vez agotado el plazo máximo de garantía quirúrgica en el sistema sanitario público de Andalucía, el paciente: Podrá requerir el tratamiento en un centro sanitario privado, una vez que la administración le facilite el documento acreditativo. Podrá acudir directamente a un centro privado y una vez realizado en él el tratamiento tendrá derecho a que la administración sanitaria le satisfaga el importe íntegro de los gastos derivados del mismo. Podrá requerir el tratamiento en un centro sanitario privado sin más autorización o acreditación por parte de la administración sanitaria. Deberá esperar a que la administración sanitaria le asigne un centro privado.

El plazo máximo de respuesta de procedimientos diagnósticos del sistema sanitario público de Andalucía (decreto 96/2004) es de: 1 mes. 30 dias hábiles. 30 dias naturales. Cualquiera de las anteriores respuestas es correcta.

El registro de demanda de procesos asistenciales del sistema sanitario público de Andalucía es único en el ámbito de: Cada centro asistencial. Cada hospital. Cada área de salud. La comunidad Autónoma de Andalucía.

Es causa de baja en el registro de demanda de procesos asistenciales del sistema sanitario público de Andalucía. La prescripción. La voluntad expresa del paciente de causar baja. El fallecimiento del representante. La solicitud del interesado instando su modificación más de tres veces en el plazo de un mes.

La segunda opinión facultativa en el ámbito del sistema sanitario público de Andalucía procede. En todos los casos de confirmación de alternativas terapéuticas de neoplasia irreversible. En todos los casos de propuesta de tratamiento quirúrgico de escoliosis. Tras el diagnóstico de cualquier enfermedad muy grave. Tras el diagnóstico de una enfermedad de pronóstico fatal.

Está capacitado para emitir un informe de segunda opinión médica. Cualquier facultativo del sistema sanitario público de Andalucía. Cualquier facultativo del sistema sanitario público de Andalucía de las correspondiente especialidad. Cualquier facultativo que pertenezca a un equipo de expertos acreditados. Cualquier facultativo del sistema sanitario público de Andalucía de la correspondiente especialidad de un centro sanitario distinto de aquel en donde se emitió el primer informe.

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