option
Cuestiones
ayuda
daypo
buscar.php

Chapter9 parte2

COMENTARIOS ESTADÍSTICAS RÉCORDS
REALIZAR TEST
Título del Test:
Chapter9 parte2

Descripción:
Chapter9 parte2

Fecha de Creación: 2025/11/03

Categoría: Otros

Número Preguntas: 25

Valoración:(0)
COMPARTE EL TEST
Nuevo ComentarioNuevo Comentario
Comentarios
NO HAY REGISTROS
Temario:

De acuerdo con el artículo 112 de la LPACAP, contra las resoluciones y los actos de trámite, si estos últimos deciden directa o indirectamente el fondo del asunto, determinan la imposibilidad de continuar el procedimiento, producen indefensión o perjuicio irreparable a los derechos e intereses legítimos, podrá interponerse por los interesados: Los recursos de alzada y extraordinario de revisión. Los recursos potestativos de reposición y extraordinario de revisión. Los recursos de alzada y potestativo de reposición. Exclusivamente el recurso de alzada.

A tenor del artículo 112.1 de la LPACAP, contra los actos de trámite podrán interponerse, por los interesados, los recursos de alzada y potestativo de reposición, que cabrá fundar en cualquiera de los motivos de nulidad o anulabilidad previstos en los artículos 47 y 48 de dicha ley: Si determinan la imposibilidad de continuar el procedimiento. Si deciden directa o indirectamente el fondo del asunto. Si producen indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos. Todas las respuestas son correctas.

Como establece el artículo 112.2 de la LPACAP, las leyes podrán sustituir en supuestos o ámbitos sectoriales determinados, y cuando la especificidad de la materia así lo justifique, .................. por otros procedimientos de impugnación, reclamación, conciliación, mediación y arbitraje, ante órganos colegiados o Comisiones específicas no sometidas a instrucciones jerárquicas. (COMPLETAR). * El recurso de reposición, respetando su carácter potestativo para el interesado. El recurso extraordinario de revisión. * El recurso de alzada. Las dos respuestas marcadas (*) son correctas.

De acuerdo con el artículo 112.3 de la LPACAP, contra las disposiciones administrativas de carácter general: No cabrá recurso en vía alguna. No cabrá recurso en vía administrativa. Cabrá recurso de alzada. Cabrá recurso extraordinario de revisión.

De acuerdo con el artículo 112.3 de la LPACAP, los recursos contra un acto administrativo que se funden únicamente en la nulidad de alguna disposición administrativa de carácter general: Podrán interponerse directamente ante el órgano superior al que dictó dicha disposición. No serán válidos en vía administrativa. Podrán interponerse directamente ante el órgano que dictó dicha disposición. Ninguna de las respuestas es correcta.

En la LPACAP se recoge, en su artículo 112., que se ajustarán a los procedimientos establecidos por su legislación específica las reclamaciones: Contencioso-administrativas. Económico-laborales. Económico-administrativas. Ninguna de las respuestas es correcta.

Según el artículo 113 de la LPACAP, contra los actos firmes en vía administrativa: Solo procederá el recurso de alzada si concurre alguna de las circunstancias previstas en el artículo 125.1 de dicha Ley. Solo procederá el recurso extraordinario de revisión cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 125.1 de dicha Ley. Cabrá cualquier tipo de recurso en vía administrativa. Únicamente cabrá recurso ante la jurisdicción contencioso-administrativa.

¿Cuál de las siguientes ponen fin a la vía administrativa, según el artículo 114.1 de la LPACAP?. Los acuerdos, pactos, convenios o contratos que tengan la consideración de iniciadores del procedimiento. Las resoluciones de los procedimientos de impugnación a que se refiere el artículo 117.2. Las resoluciones de los recursos de alzada. Todas son correctas.

¿Cuál de las siguientes ponen fin a la vía administrativa, según el artículo 114.1 de la LPACAP?. Las resoluciones de los órganos administrativos que carezcan de superior jerárquico a que se refiere el artículo 118.2. Las resoluciones de los procedimientos a que se refiere el artículo 112.2 de la citada Ley. Los acuerdos, pactos, convenios o contratos a que se refiere el artículo 108.1. Ninguna de las anteriores es correcta.

¿Cuál de las siguientes ponen fin a la vía administrativa?. Las resoluciones de los órganos administrativos que carezcan de superior jerárquico, salvo que una Ley establezca lo contrario. Las resoluciones de los órganos administrativos que carezcan de superior jerárquico en todos los casos. Las resoluciones de los órganos administrativos que tengan superior jerárquico. Las resoluciones de los órganos administrativos que carezcan de superior jerárquico, salvo que su Reglamento de funcionamiento establezca lo contrario.

¿Cuál de las siguientes ponen fin a la vía administrativa, según el artículo 114.1 de la LPACAP?. Los acuerdos, pactos, convenios o contratos que tengan la consideración de finalizadores del procedimiento. Las resoluciones de órganos administrativos cuando una disposición legal o reglamentaria así lo establezca. Las resoluciones de los recursos de alzada. Todas son correctas.

¿Cuál de las siguientes ponen fin a la vía administrativa en el ámbito estatal, según el artículo 114.2 de la LPACAP?. Los emanados de los órganos directivos con nivel de Director general o superior, en relación con las competencias que tengan atribuidas en materia de personal. Los actos administrativos de los miembros y órganos del Gobierno. Los emanados de los Ministros y los Secretarios de Estado en el ejercicio de las competencias que tienen atribuidas los órganos de los que son titulares. Todas las respuestas son correctas.

¿Cuál de las siguientes ponen fin a la vía administrativa en el ámbito estatal, según el artículo 114.2 de la LPACAP?. Los emanados de los órganos directivos con nivel de Subdirector general o superior, en relación con las competencias que tengan atribuidas en materia de personal. Los emanados de los órganos directivos con nivel de Director general o superior, en relación con las competencias que tengan atribuidas en materia de personal. Los emanados de los órganos directivos con nivel de Director general o superior, en relación con las competencias que tengan atribuidas en cualquier materia. Los emanados de los órganos directivos con nivel de Director general o inferior, en relación con las competencias que tengan atribuidas en materia económico-administrativa.

¿Cuál de las siguientes ponen fin a la vía administrativa, en el ámbito estatal, en los Organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes de la Administración General del Estado, según el artículo 114.2 de la LPACAP?. Los emanados de los máximos órganos de dirección, siempre que sean colegiados, de acuerdo con lo que establezcan sus estatutos, salvo que por ley se establezca otra cosa. Los emanados de los máximos órganos de dirección unipersonales o colegiados, de acuerdo con lo que establezcan sus estatutos, y si una norma con rango de ley así lo establece. Los emanados de los máximos órganos de dirección unipersonales o colegiados, de acuerdo con lo que establezcan sus estatutos, salvo que por ley se establezca otra cosa. Los emanados de los máximos órganos de dirección unipersonales o colegiados, de acuerdo con lo que establezca la ley, salvo que por sus estatutos establezcan otra cosa.

Conforme al artículo 115 de la LPACAP, la interposición de un recurso administrativo deberá expresar: El nombre y apellidos del recurrente, sin hacer constar la identificación personal del mismo. El acto que se recurre, pudiéndose consignar la razón de su impugnación. Órgano, centro o unidad administrativa al que se dirige y su correspondiente código de identificación. Todas las respuestas son correctas.

Conforme al artículo 115 de la LPACAP, la interposición de un recurso administrativo deberá expresar: El acto que se recurre y la razón de su impugnación. El nombre y apellidos del recurrente, así como la identificación personal del mismo. Lugar, fecha, firma del recurrente, identificación del medio y, en su caso, del lugar que se señale a efectos de notificaciones. Todas son correctas.

Conforme al artículo 115 de la LPACAP, la interposición de un recurso administrativo deberá expresar: (MARCAR LA RESPUESTA INCORRECTA). Persona que deberá resolver el recurso. Órgano, centro o unidad administrativa al que se dirige y su correspondiente código de identificación. Las demás particularidades exigidas, en su caso, por las disposiciones específicas. El acto que se recurre y la razón de su impugnación.

A tenor del artículo 115.2 de la LPACAP, el error o la ausencia de la calificación de un recurso administrativo por parte del recurrente: Abrirá un plazo de quince días para que el interesado subsane el error en la calificación. No será obstáculo para su tramitación, siempre que se deduzca su verdadero carácter. No será obstáculo para su tramitación, en ningún caso. No será obstáculo para su tramitación, siempre que el interesado esté debidamente identificado.

Según el artículo 115.3 de la LPACAP, en relación con la interposición de los recursos en la vía administrativa, los vicios y defectos que hagan anulable un acto: Podrán ser alegados por todos los interesados. No podrán ser alegados por quienes los hubieren causado. No podrán ser subsanados. Ninguna de las respuestas es correcta.

Conforme al texto literal del artículo 116 de la LPACAP, serán causas de inadmisión de un recurso administrativo: Ser incompetente el órgano administrativo, cuando el competente perteneciera a la misma Administración Pública. Carecer de ilegitimación el recurrente. Carecer el recurso manifiestamente de fundamento. El error de la calificación del recurso por parte del recurrente.

Según el artículo 117.1 de la LPACAP, la interposición de cualquier recurso: Suspenderá la ejecución del acto impugnado, excepto en los casos en que una disposición establezca lo contrario. No suspenderá la ejecución del acto impugnado en ningún caso. Suspenderá la ejecución del acto impugnado hasta la resolución del recurso presentado. No suspenderá la ejecución del acto impugnado, excepto en los casos en que una disposición establezca lo contrario.

¿En cuál de las siguientes circunstancias se podrá suspender la ejecución de un acto impugnado, por el órgano competente para resolverlo, con ciertos requisitos, según la LPACAP?. Que la impugnación se fundamente en alguna de las causas de anulabilidad previstas en el artículo 57.1 de la LPACAP. Que la impugnación se fundamente en alguna de las causas de anulabilidad previstas en el artículo 47.2 de la LPACAP. Que la ejecución pudiera causar perjuicios de imposible o difícil reparación. Todas son correctas.

¿En cuál de las siguientes circunstancias se podrá suspender la ejecución de un acto impugnado, por el órgano competente para resolverlo, con ciertos requisitos, según la LPACAP?. * Que la impugnación se fundamente en alguna de las causas de nulidad de pleno derecho previstas en el artículo 47.1 de la LPACAP. Que la impugnación se fundamente en alguna de las causas de anulabilidad previstas en el artículo 61.2 de la LPACAP. * Que la impugnación se fundamente en alguna de las causas de nulidad de pleno derecho previstas en el artículo 63.1 de la LPACAP. Las dos respuestas marcadas (*) son correctas.

Según el artículo 117.2 de la LPACAP, el órgano a quien competa resolver el recurso podrá suspender la ejecución del acto impugnado: Previa ponderación, suficientemente razonada, entre el perjuicio que causaría al interés público o a terceros la suspensión y el ocasionado al recurrente como consecuencia de la eficacia inmediata del acto recurrido. Siempre a solicitud del recurrente. Previa autorización del órgano superior del que dependa. Todas son correctas.

De acuerdo con el artículo 117.3 de la LPACAP, la ejecución del acto impugnado se entenderá suspendida si el órgano a quien competa resolver el recurso no ha dictado y notificado resolución expresa al efecto si: Transcurridos sesenta días desde que la solicitud de suspensión haya tenido entrada en el registro del órgano competente para decidir sobre la misma, éste no ha dictado resolución expresa al respecto. Transcurridos treinta días desde que la solicitud de suspensión haya sido tomada en consideración por el órgano competente para decidir sobre la misma, éste no ha dictado resolución expresa al respecto. Transcurrido un mes desde que la solicitud de suspensión haya tenido entrada en el registro electrónico de la Administración u Organismo competente para decidir sobre la misma. Ninguna de las otras respuestas es correcta.

Denunciar Test