[ci-bal] Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector
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Las disposiciones sancionadoras: producirán efecto retroactivo en cuanto favorezcan al presunto infractor o al infractor, tanto en lo referido a la tipificación de la infracción como a la sanción y a sus plazos de prescripción, incluso respecto de las sanciones pendientes de cumplimiento al entrar en vigor la nueva disposición. producirán efecto irretroactivo en cuanto favorezcan al infractor, tanto en lo referido a la tipificación de la infracción como a la sanción y a sus plazos de prescripción, incluso respecto de las sanciones pendientes de cumplimiento al entrar en vigor la nueva disposición. producirán efecto retroactivo en cuanto favorezcan al infractor, tanto en lo referido a la tipificación de la infracción como a la sanción y a sus plazos de prescripción, excepto respecto de las sanciones pendientes de cumplimiento al entrar en vigor la nueva disposición. Si no se han fijado los plazos de prescripción, las infracciones muy graves prescribirán: al año. a los dos años. a los tres años. Las responsabilidades administrativas que se deriven de la comisión de una infracción serán compatibles: ambas son correctas. con la indemnización por los daños y perjuicios causados. con la exigencia al infractor de la reposición de la situación alterada por el mismo a su estado originario. Sin perjuicio de lo dispuesto para la Administración Local en el Título XI de la Ley 7/1985, de 2 de abril, sólo constituyen infracciones administrativas las vulneraciones del ordenamiento jurídico previstas como tales infracciones por: una Ley. una norma con rango de ley. un reglamento. Las infracciones administrativas se clasificarán en: graves y muy graves. ninguna es correcta. leves, graves y muy graves. La graduación de la sanción considerará especialmente los siguientes criterios (señala la incorrecta): el grado de culpabilidad o la existencia de intencionalidad. la reincidencia, por comisión en el término de dos años de más de una infracción de la misma naturaleza cuando así haya sido declarado por resolución firme en vía administrativa. la naturaleza de los perjuicios causados. En la determinación normativa del régimen sancionador, así como en la imposición de sanciones por las Administraciones Públicas se deberá observar: la debida idoneidad y necesidad de la sanción a imponer. ambas son correctas. la adecuación de la sanción a la gravedad del hecho constitutivo de la infracción. ambas son incorrectas. La graduación de la sanción considerará especialmente los siguientes criterios (señala la incorrecta): el grado de culpabilidad o la existencia de intencionalidad. la naturaleza de los perjuicios causados. la reincidencia, por comisión en el término de dos años de más de una infracción de la misma naturaleza cuando así haya sido declarado por resolución firme en vía administrativa. En la determinación normativa del régimen sancionador, así como en la imposición de sanciones por las Administraciones Públicas se deberá observar: la debida idoneidad y necesidad de la sanción a imponer. ambas son correctas. la adecuación de la sanción a la gravedad del hecho constitutivo de la infracción. El establecimiento de sanciones pecuniarias deberá prever que la comisión de las infracciones tipificadas: no resulte más beneficioso para el infractor que el cumplimiento de las normas infringidas. resulte más beneficioso para el infractor que el cumplimiento de las normas infringidas. resulte más satisfactorio para el infractor que el cumplimiento de las normas infringidas. Las sanciones administrativas: que no sean de naturaleza pecuniaria, podrán implicar, directa o subsidiariamente, privación de libertad. sean o no de naturaleza pecuniaria, en ningún caso podrán implicar, directa o subsidiariamente, privación de libertad. sean o no de naturaleza pecuniaria, podrán implicar, directa o subsidiariamente, privación de libertad. Si no se han fijado los plazos de prescripción, las infracciones muy graves prescribirán. al año. a los tres años. a los dos años. Las infracciones y sanciones prescribirán: según lo dispuesto en la presente Ley. según lo dispuesto en las disposiciones reglamentarias que las desarrollen. según lo dispuesto en las leyes que las establezcan. Si no se han fijado los plazos de prescripción, las infracciones leves prescribirán: a los tres años. a los seis meses. al año. El plazo de prescripción de las infracciones continuadas o permanentes, comenzará a correr: desde el día siguiente en que la infracción se hubiera cometido. desde que finalizó la conducta infractora. La potestad sancionadora de las Administraciones Públicas se ejercerá cuando haya sido expresamente reconocida por: un reglamento. una Ley. una norma con rango de Ley. El ejercicio de la potestad sancionadora corresponde a los órganos administrativos que la tengan expresamente atribuida, por: disposición de rango legal o reglamentario. disposición de rango reglamentario. disposición de rango legal. Las disposiciones del Capítulo Principios de la potestad sancionadora de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público: serán de aplicación al ejercicio por las Administraciones Públicas de la potestad sancionadora respecto de quienes estén vinculados a ellas por relaciones reguladas por la legislación de contratos del sector público. serán de aplicación al ejercicio por las Administraciones Públicas de la potestad sancionadora respecto de quienes estén vinculados a ellas por relaciones reguladas por la legislación patrimonial de las Administraciones Públicas. serán extensivas al ejercicio por las Administraciones Públicas de su potestad disciplinaria respecto del personal a su servicio, cualquiera que sea la naturaleza jurídica de la relación de empleo. Respecto a las sanciones: únicamente por la comisión de infracciones administrativas podrán imponerse sanciones. en ningún caso podrán imponerse sanciones por la comisión de infracciones administrativas. podrán imponerse sanciones por la comisión de cualquier tipo de infracción. Las infracciones administrativas se clasificarán en: graves y muy graves. ninguna es correcta. leves, graves y muy graves. Sin perjuicio de lo dispuesto para la Administración Local en el Título XI de la Ley 7/1985, de 2 de abril, sólo constituyen infracciones administrativas las vulneraciones del ordenamiento jurídico previstas como tales infracciones por: una norma con rango de ley. una Ley. un reglamento. En los casos en que se aprecie identidad del sujeto, hecho y fundamento: podrán sancionarse los hechos que lo hayan sido administrativamente. no podrán sancionarse los hechos que lo hayan sido penal o administrativamente. podrán sancionarse los hechos que lo hayan sido penal o administrativamente. Cuando un órgano de la Unión Europea hubiera impuesto una sanción por los mismos hechos, y: siempre que concurra la identidad de sujeto y fundamento, el órgano competente para resolver deberá tenerla en cuenta a efectos de graduar la que, en su caso, deba imponer, pudiendo aumentarla, sin perjuicio de declarar la comisión de la infracción. siempre que no concurra la identidad de sujeto y fundamento, el órgano competente para resolver deberá tenerla en cuenta a efectos de graduar la que, en su caso, deba imponer, pudiendo aumentarla, sin perjuicio de declarar la comisión de la infracción. siempre que no concurra la identidad de sujeto y fundamento, el órgano competente para resolver deberá tenerla en cuenta a efectos de graduar la que, en su caso, deba imponer, pudiendo minorarla, sin perjuicio de declarar la comisión de la infracción. Las disposiciones sancionadoras: producirán efecto irretroactivo en cuanto favorezcan al infractor, tanto en lo referido a la tipificación de la infracción como a la sanción y a sus plazos de prescripción, incluso respecto de las sanciones pendientes de cumplimiento al entrar en vigor la nueva disposición. producirán efecto retroactivo en cuanto favorezcan al infractor, tanto en lo referido a la tipificación de la infracción como a la sanción y a sus plazos de prescripción, excepto respecto de las sanciones pendientes de cumplimiento al entrar en vigor la nueva disposición. producirán efecto retroactivo en cuanto favorezcan al presunto infractor o al infractor, tanto en lo referido a la tipificación de la infracción como a la sanción y a sus plazos de prescripción, incluso respecto de las sanciones pendientes de cumplimiento al entrar en vigor la nueva disposición. Cuando el cumplimiento de una obligación establecida por una norma con rango de Ley corresponda a varias personas conjuntamente, responderán de las infracciones que, en su caso, se cometan y de las sanciones que se impongan: de forma individual. de forma subsidiaria. de forma solidaria. Podrán ser sancionadas por hechos constitutivos de infracción administrativa si resultan responsables de los mismos a título de dolo o culpa, cuando una Ley les reconozca capacidad de obrar: ambas son correctas. los patrimonios independientes o autónomos. los grupos de afectados. Las responsabilidades administrativas que se deriven de la comisión de una infracción serán compatibles: con la indemnización por los daños y perjuicios causados. ambas son correctas. con la exigencia al infractor de la reposición de la situación alterada por el mismo a su estado originario. |