TEST CIENTO NOVENTA Y OCHO (198)
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¿Cómo se llama el artículo 97?. Contenido documental del proyecto de reparcelación. Reglas para la liquidación definitiva. Derechos de las partes afectadas por la reparcelación. Reglas sobre proindivisos. ¿El proyecto de reparcelación constará de: Solo memoria y planos. Memoria, relación de propietarios, descripción de fincas, propuesta de adjudicación, tasación, cuenta de liquidación, memoria de cuotas de urbanización y planos. Solo tasación y cuenta de liquidación. Solo la memoria. ¿La memoria debe incluir: Circunstancias o acuerdos que motiven la reparcelación. Solo la descripción de las parcelas. Solo la valoración de edificaciones. La adjudicación de las fincas resultantes. ¿La memoria también debe incluir: Criterios utilizados para definir y cuantificar los derechos de las personas afectadas. La relación nominal de propietarios. La simbología de los planos. El coeficiente de urbanización. ¿Otro elemento de la memoria es: Criterios de valoración de superficies adjudicadas y coeficientes de homogeneización. La cuenta de liquidación provisional. Los planos de urbanización. La aprobación administrativa. ¿Los criterios de adjudicación se incluyen en: La memoria. La relación de propietarios. La tasación. La cuenta de liquidación. ¿La memoria debe detallar también: Valoración de edificios y cargas de los adjudicatarios. Solo los derechos de propiedad. Solo la superficie total. El plan de obras. ¿La relación de personas propietarias e interesadas incluye: La cuantía y naturaleza de su derecho. Solo los nombres. Solo las direcciones. Solo el porcentaje de aprovechamiento. ¿La descripción de las fincas aportadas debe: Reglamentariamente determinar los derechos y su tratamiento en la reparcelación. Omitir los derechos de los propietarios. Incluir solo las fincas urbanizadas. Ser opcional. ¿La propuesta de adjudicación de las fincas resultantes debe: Expresar el aprovechamiento urbanístico y la designación nominal de los adjudicatarios. Indicar solo el aprovechamiento total. Incluir solo la superficie. Ser verbal. ¿La tasación de los derechos, edificaciones o plantaciones sirve para: Establecer su valor para ejecución del plan. Determinar la ubicación de fincas. Ajustar la simbología de los planos. Solo registrar el proyecto. ¿La cuenta de liquidación provisional incluye: La cuantía que corresponde a cada propietario y la cuota de participación en la liquidación definitiva. Solo las cuotas de urbanización. Solo la tasación. Solo los saldos deudores. ¿La memoria de fijación de cuotas de urbanización: Se incluye si es aplicable. Siempre es obligatoria. Es opcional y no vinculante. Solo se aplica en suelo urbano. ¿Los planos deben expresar: Las determinaciones de la memoria de forma gráfica. Solo las parcelas resultantes. Solo las fincas de origen. Solo la zonificación. ¿La documentación del proyecto puede: Reducirse o ampliarse según el contenido efectivo de la reparcelación. Ser fija sin modificaciones. Omitir memoria o planos. No justificar la propuesta. ¿La documentación escrita y gráfica debe: Expresar y justificar extremos relevantes. Ser solo simbólica. Omitir la coherencia con el planeamiento. Solo describir fincas. ¿La documentación gráfica debe identificar: Las fincas de origen, estado inicial y parcelas de resultado. Solo las parcelas de resultado. Solo los planos catastrales. Solo los edificios existentes. ¿La simbología de los planos debe ser: Uniforme y unívoca. Variable según el redactor. Personal del agente urbanizador. Solo aproximada. ¿No se podrán utilizar símbolos que: Sean contrarios a la práctica usual o confundan. Representen edificaciones. Indiquen linderos. Marquen parcelas de uso público. ¿La memoria debe incluir: Cualquier circunstancia que explique los acuerdos propuestos. Solo superficies adjudicadas. Solo propietarios de fincas urbanizadas. Solo tasaciones. ¿La descripción de fincas debe incluir: Bienes y derechos aportados. Solo superficie. Solo edificaciones. Solo la titularidad. ¿La documentación debe justificar: La coherencia con el planeamiento. Solo la relación de propietarios. Solo los planos de calles. Solo las cuotas de urbanización. ¿La relación de propietarios e interesados: Debe indicar cuantía y naturaleza de sus derechos. Solo indicar nombres. Solo indicar la dirección. Solo indicar el porcentaje de superficie. ¿Los criterios de valoración de edificios: Deben incluirse en la memoria. Son opcionales. Se indican solo en los planos. Se detallan en la cuenta de liquidación. ¿La documentación del proyecto deberá: Identificar claramente las parcelas de origen. Ser opcional para parcelas pequeñas. Solo describir la superficie total. Omitir los derechos de terceros. ¿La memoria incluirá criterios para: Valorar las superficies adjudicadas y coeficientes de homogeneización. Solo describir edificaciones. Solo valorar plantaciones. Registrar fincas. ¿La propuesta de adjudicación debe incluir: Nombre de los adjudicatarios y aprovechamiento urbanístico. Solo el valor económico. Solo los planos. Solo la superficie. ¿La tasación se aplica a: Derechos, edificaciones, construcciones y plantaciones a destruir. Solo parcelas resultantes. Solo fincas urbanizables. Solo fincas dotacionales. ¿La cuenta de liquidación provisional: Indica la cuantía de cada propietario y su participación en la liquidación definitiva. Solo registra los pagos. Solo indica saldos. Es opcional. ¿La memoria de fijación de cuotas de urbanización: Se aplica según lo previsto en el texto refundido. No es obligatoria. Se omite en suelo urbano. Solo aplica a parcelas de dotación. ¿La documentación gráfica debe ser: Precisa y uniforme. Solo ilustrativa. Parcial. Variable. ¿La simbología de los planos debe: Ser explicada con claridad y precisión. Ser intuitiva sin explicación. Variar según el técnico. No aplicarse a fincas urbanizables. ¿La memoria incluye criterios de valoración: De edificios y elementos a destruir. Solo de parcelas. Solo de derechos. Solo de plantaciones. ¿La relación de propietarios debe: Expresar cuantía y naturaleza del derecho. Solo los nombres. Solo la superficie. Solo la ubicación. ¿La descripción de fincas debe: Reglamentariamente determinar los derechos y su tratamiento. Omitir derechos. Incluir solo superficies urbanizadas. Ser opcional. ¿Los planos deben expresar: Gráficamente las determinaciones de la memoria. Solo la ubicación de parcelas. Solo edificaciones. Solo dotaciones públicas. ¿La documentación escrita y gráfica debe: Justificar preexistencias y adjudicaciones. Solo describir superficie. Solo indicar titulares. Solo las cuotas de urbanización. ¿La memoria incluirá: Circunstancias o acuerdos que motiven la reparcelación. Solo descripción de parcelas. Solo los planos. Solo la relación de propietarios. ¿La documentación gráfica: Identifica fincas de origen y parcelas de resultado. Solo fincas urbanizables. Solo parcelas nuevas. Solo edificios. ¿La simbología debe: Ser uniforme y no inducir a error. Ser creativa. Ser variable por cada técnico. Omitirse. ¿La memoria incluye: Cualquier circunstancia que explique los acuerdos. Solo cuotas de urbanización. Solo la superficie. Solo edificaciones. ¿La propuesta de adjudicación debe incluir: La designación nominal y el aprovechamiento. Solo la superficie. Solo planos. Solo valoración económica. ¿La tasación debe aplicarse a: Edificaciones y plantaciones a destruir. Solo parcelas urbanizables. Solo edificios históricos. Solo solares. ¿La cuenta de liquidación provisional: Indica cuantías y participación en la liquidación definitiva. Solo registra pagos a propietarios. Solo indica saldos deudores. Es opcional. ¿La memoria de cuotas de urbanización: Se incluye según lo previsto en el texto refundido. Es opcional. Solo aplica a parcelas residenciales. Solo para urbanización primaria. ¿La documentación del proyecto debe: Justificar coherencia con el planeamiento. Omitir la valoración de derechos. Solo describir parcelas. Solo incluir planos. ¿La documentación gráfica identifica: Parcelas de origen y resultado. Solo parcelas sobrantes. Solo edificaciones. Solo dotaciones. ¿La simbología debe: Explicarse con claridad y precisión. Ser variable. Omitirse. Ser aproximada. ¿La memoria incluye: Criterios de adjudicación y valoración. Solo descripción de parcelas. Solo relación de propietarios. Solo planos. ¿La documentación del proyecto debe: Justificar coherencia con la cuenta de liquidación provisional. Omitir saldos deudores. Solo describir superficie. Solo registrar propietarios. |




