Citaciones en Civil
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Título del Test:![]() Citaciones en Civil Descripción: Ley de Enjuiciamiento Civil. Arts: 149- 168 |




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Ley de Enjuiciamiento Civil. Arts: 149- 168. LIBRO I: DE LAS DISPOSICIONES GENERALES RELATIVAS A LOS JUICIOS CIVILES. •TÍTULO V: DE LAS ACTUACIONES JUDICIALES. ARTS: 149-168. CAPÍTULO V: DE LOS ACTOS DE COMUNICACIÓN JUDICIAL. ARTS: 149-168. _____________________________________ Artículo 149. Clases de actos de comunicación. Los actos procesales de comunicación serán: (Señale la INCORRECTA). 1.º Notificaciones, cuando tengan por objeto dar noticia de una resolución o actuación. 2.º Emplazamientos, para personarse y para actuar dentro de un plazo. 3.º Citaciones, cuando determinen lugar, fecha y hora para comparecer y actuar. 4.º Requerimientos para ordenar, conforme a la ley, una conducta o inactividad. 5.º Mandamientos, para ordenar el libramiento de certificaciones o testimonios y la práctica de cualquier actuación cuya ejecución corresponda a los Registradores de la Propiedad, Mercantiles, de Buques, de ventas a plazos de bienes muebles, notarios, o funcionarios al servicio de la Administración de Justicia. 6.º Providencias, para las comunicaciones con autoridades no judiciales y funcionarios distintos de los mencionados en el número anterior. Artículo 150. Notificación de resoluciones y diligencias de ordenación. 1. Las resoluciones procesales no se notificarán a todos los que sean parte en el proceso. Verdadero. Falso. Artículo 150. Notificación de resoluciones y diligencias de ordenación. 2. Por disposición del Tribunal, también se notificará la pendencia del proceso a las personas que, según los mismos... Autos, puedan verse afectadas por la resolución que ponga fin al procedimiento. Esta comunicación se llevará a cabo, con los mismos requisitos, cuando el Tribunal advierta indicios de que las partes están utilizando el proceso con fines fraudulentos. Decretos, puedan verse afectadas por la resolución que ponga fin al procedimiento. Esta comunicación se llevará a cabo, con los mismos requisitos, cuando el Tribunal advierta indicios de que las partes están utilizando el proceso con fines fraudulentos. Artículo 150. Notificación de resoluciones y diligencias de ordenación. 3. También se hará notificación a los terceros en los casos en que lo prevea la Ley. Verdadero. Falso. Artículo 150. Notificación de resoluciones y diligencias de ordenación. 4. Cuando la notificación de la resolución contenga fijación de fecha para el lanzamiento de quienes ocupan una vivienda, se dará traslado a las Administraciones Públicas competentes en materia de vivienda, asistencia social, evaluación e información de situaciones de necesidad social y atención inmediata a personas en situación o riesgo de exclusión social, por si procediera su actuación. Verdadero. Falso. Artículo 151. Tiempo de la comunicación. 1. Todas las resoluciones dictadas por los Tribunales o Letrados de la Administración de Justicia se notificarán en el plazo máximo de... Tres (3) días desde su fecha o publicación. Cinco (5) días desde su fecha o publicación. Artículo 151. Tiempo de la comunicación. 2. (1) Los actos de comunicación al Ministerio Fiscal, a la Abogacía del Estado, a los letrados o las letradas de las Cortes Generales y de las asambleas legislativas de las comunidades autónomas, del Servicio Jurídico de la Administración de la Seguridad Social o de las demás Administraciones Públicas de las Comunidades Autónomas o de los entes locales, así como los que se practiquen a través de los servicios de notificaciones organizados por los Colegios de Procuradores se tendrán por realizados... Al día siguiente hábil a la fecha de recepción que conste en la diligencia o en el resguardo acreditativo de su efectiva recepción cuando el acto de comunicación se haya efectuado por los medios y con los requisitos que establece el artículo 162. Cuando el acto de comunicación fuera remitido con posterioridad a las 15:00 horas, se tendrá por recibido al día siguiente hábil. A los tres (3) días siguientes hábiles a la fecha de recepción que conste en la diligencia o en el resguardo acreditativo de su efectiva recepción cuando el acto de comunicación se haya efectuado por los medios y con los requisitos que establece el artículo 162. Cuando el acto de comunicación fuera remitido con posterioridad a las 17:00 horas, se tendrá por recibido al día siguiente hábil. Artículo 151. Tiempo de la comunicación. 2. (2) En el caso de acreditación por parte de una persona profesional de la procura de una causa de fuerza mayor a las que se refiere el artículo134, los Colegios de Procuradores... Podrán suspender el reenvío del servicio de notificaciones durante un plazo máximo de tres (3) días hábiles. No podrán suspender el reenvío del servicio de notificaciones durante un plazo máximo de tres (3) días hábiles. Artículo 151. Tiempo de la comunicación. 2. (3) Alzada la suspensión, el Colegio de Procuradores restablecerá el servicio y reenviará al procurador o procuradora las notificaciones diarias junto con las acumuladas, estas últimas de forma escalonada en... Igual proporción a los días de suspensión empleados. Diferente proporción a los días de suspensión empleados. Artículo 151. Tiempo de la comunicación. 3. Cuando la entrega de algún documento o despacho que deba acompañarse al acto de comunicación tenga lugar en fecha... Posterior a la recepción del acto de comunicación, éste se tendrá por realizado cuando conste efectuada la entrega del documento, siempre que los efectos derivados de la comunicación estén vinculados al documento. Anterior a la recepción del acto de comunicación, éste se tendrá por realizado cuando conste efectuada la entrega del documento, siempre que los efectos derivados de la comunicación no estén vinculados al documento. Artículo 152. Forma de los actos de comunicación. Respuesta. 1. (1) Los actos de comunicación se realizarán bajo la dirección del letrado de la Administración de Justicia, que será el responsable de la adecuada organización del servicio. Tales actos se ejecutarán por: (Señale la INCORRECTA). 1.º Los funcionarios del Cuerpo de Auxilio Judicial. 2.º El abogado de la parte que lo solicite. Artículo 152. Forma de los actos de comunicación. Respuesta. 1. (2) A tal efecto, en todo escrito que dé inicio a un procedimiento judicial, de ejecución, o a otra instancia, el solicitante deberá expresar si interesa que todos los actos de comunicación se realicen por su... Procurador. Si no se manifestare nada al respecto, el letrado de la Administración de Justicia dará curso a los autos, realizándose tales actos por los funcionarios del Cuerpo de Auxilio Judicial. Asimismo, serán realizados por estos últimos si los demandados, ejecutados o recurridos no solicitan expresamente en su escrito de personación que se realicen por su procurador o si las partes fueran beneficiarias del derecho de asistencia jurídica gratuita. Abogado. Si no se manifestare nada al respecto, el letrado de la Administración de Justicia dará curso a los decretos, realizándose tales actos por los funcionarios del Cuerpo de Auxilio Judicial. Asimismo, serán realizados por estos últimos si los demandados, ejecutados o recurridos no solicitan expresamente en su escrito de personación que se realicen por su abogado o si las partes fueran beneficiarias del derecho de asistencia jurídica gratuita. Artículo 152. Forma de los actos de comunicación. Respuesta. 1. (3) Los solicitantes podrán, de forma motivada y concurriendo justa causa, pedir la modificación del régimen inicial, procediendo el... Letrado de la Administración de Justicia, si lo considera justificado, a realizar los sucesivos actos de comunicación conforme a la nueva petición. Juez o Tribunal, si lo considera justificado, a realizar los sucesivos actos de comunicación conforme a la nueva petición. Artículo 152. Forma de los actos de comunicación. Respuesta. 1. (4) Se tendrán por válidamente realizados estos actos de comunicación cuando en la... Diligencia quede constancia suficiente de haber sido practicados en la persona, en el domicilio, en la dirección electrónica habilitada al efecto, por comparecencia electrónica o por los medios telemáticos o electrónicos elegidos por el destinatario. Cédula quede constancia suficiente de haber sido practicados en la persona, en el domicilio, en la dirección electrónica habilitada al efecto, por comparecencia electrónica o por los medios telemáticos o electrónicos elegidos por el destinatario. Artículo 152. Forma de los actos de comunicación. Respuesta. 1. (5) A estos efectos, el procurador acreditará, bajo su responsabilidad, la identidad y condición del receptor del acto de comunicación, cuidando de que en... La copia quede constancia fehaciente de la recepción, de su fecha y hora y del contenido de lo comunicado. Las dos (2) copias quede constancia fehaciente de la recepción, de su fecha, lugar, hora y del contenido de lo comunicado. Artículo 152. Forma de los actos de comunicación. Respuesta. 2. (1) Los actos de comunicación se practicarán por medios electrónicos: (Señala la INCORRECTA). a) Cuando los sujetos intervinientes en un proceso estén obligados al empleo de los sistemas electrónicos existentes en la Administración de Justicia conforme al artículo 273. b) Cuando, no estando comprendidos en el supuesto anterior, los intervinientes se hayan obligado contractualmente a hacer uso de los medios electrónicos existentes en la Administración de Justicia para resolver los litigios que se deriven de esa relación jurídica concreta que les vincula, debiendo indicar los medios de los que pretenden valerse. En los contratos de adhesión en los que intervengan consumidores y usuarios, el acto de comunicación se practicará conforme a lo dispuesto para aquellos supuestos en los que los intervinientes no estén obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración de Justicia, siendo esta última forma la que tendrá validez a efectos de cómputo de plazos. c) Cuando aquéllos, estando obligados, opten por el uso de esos medios. Artículo 152. Forma de los actos de comunicación. Respuesta. 2. (2) En los casos previstos en este apartado, la notificación se realizará de conformidad con las disposiciones contenidas en la normativa reguladora del uso de las tecnologías de la información y la comunicación en la Administración de Justicia. Verdadero. Falso. Artículo 152. Forma de los actos de comunicación. Respuesta. 2. (3) Los actos de comunicación que deban practicarse por medios electrónicos, cuando vayan acompañados de elementos que no sean susceptibles de conversión en formato electrónico deberán practicarse por este medio, pero... Indicando la forma por la que se va a hacer entrega de dichos elementos. Si este acto de comunicación diese lugar a la apertura de un plazo procesal, este comenzará a computar desde el momento en que consten recibidos por el destinatario todos los elementos que componen el acto. Sin necesidad de indicar la forma por la que se va a hacer entrega de dichos elementos. Si este acto de comunicación diese lugar a la apertura de un plazo procesal, este comenzará a computar desde el segundo (2º) día en que consten recibidos por el destinatario todos los elementos que componen el acto. Artículo 152. Forma de los actos de comunicación. Respuesta. 2. (4) El destinatario deberá identificar un dispositivo electrónico, servicio de mensajería simple o una dirección de correo electrónico que servirán para informarle de la puesta a su disposición de un acto de comunicación... Pero no para la práctica de notificaciones. En tal caso, con independencia de la forma en que se realice el acto de comunicación, la oficina judicial enviará el referido aviso. La falta de práctica de este aviso no impedirá que la notificación correctamente efectuada sea considerada plenamente válida. E igualmente para la práctica de notificaciones. En tal caso, con independencia de la forma en que se realice el acto de comunicación, la oficina judicial enviará el referido aviso. La falta de práctica de este aviso impedirá que la notificación correctamente efectuada sea considerada plenamente válida. Artículo 152. Forma de los actos de comunicación. Respuesta. 3. Los actos de comunicación se efectuarán en alguna de las formas siguientes, según disponga esta Ley: (Señale la INCORRECTA). 1.ª A través de procurador, tratándose de comunicaciones a quienes estén personados en el proceso con representación de aquél. 2.ª Remisión de lo que haya de comunicarse mediante correo, telegrama, correo electrónico o cualquier otro medio electrónico que permita dejar en los autos constancia fehaciente de la recepción, de su fecha y hora y del contenido de lo comunicado. 3.ª Entrega al destinatario de copia literal de la cédula que se le haya de notificar, del requerimiento que el tribunal o el letrado de la Administración de Justicia le dirija, o de la cédula de citación o emplazamiento. 4.ª En todo caso, por el personal al servicio de la Administración de Justicia, a través de medios telemáticos, cuando se trate del Ministerio Fiscal, de la Abogacía del Estado, de los Letrados de las Cortes Generales y de las Asambleas Legislativas, o del Servicio Jurídico de la Administración de la Seguridad Social, de las demás Administraciones públicas de las Comunidades Autónomas o de los Entes Locales, si no tuvieran designado procurador. Artículo 152. Forma de los actos de comunicación. Respuesta. 4. En la __________ se hará constar claramente el carácter judicial del escrito, y expresará el tribunal o letrado de la Administración de Justicia que hubiese dictado la resolución y el asunto en que haya recaído, el nombre y apellidos de la persona a quien se haga la citación o emplazamiento, y del _______ encargado de cumplimentarlo, en su caso, el objeto de éstos y el lugar, día y hora en que deba comparecer el citado, o el plazo dentro del cual deba realizarse la actuación a que se refiera el emplazamiento, con la prevención de los efectos que, en cada caso, la ley establezca. cédula // procurador. resolución // abogado. Artículo 152. Forma de los actos de comunicación. Respuesta. 5. En las notificaciones, citaciones y emplazamientos... No se admitirá ni consignará respuesta alguna del interesado, a no ser que así se hubiera mandado. En los requerimientos se admitirá la respuesta que dé el requerido, consignándola sucintamente en la diligencia. Se admitirá y consignará respuesta alguna del interesado, a no ser que no se hubiera mandado. En los requerimientos no se admitirá la respuesta que dé el requerido, no consignándola sucintamente en la diligencia. Artículo 152. Forma de los actos de comunicación. Respuesta. 6. Si se practicase un mismo acto de comunicación dos (2) o más veces, tendrá eficacia a efectos procesales la... Primera (1ª) fecha en que se hubiese verificado, con independencia del medio que se hubiere empleado, a salvo los casos en los que las leyes procesales prevean expresamente la posibilidad de que una resolución se comunique más de una (1) vez, en cuyo caso tendrá los efectos que dichas leyes determinen. Segunda (2ª) fecha en que se hubiese verificado, con independencia del medio que se hubiere empleado, a salvo los casos en los que las leyes procesales prevean expresamente la posibilidad de que una resolución se comunique más de una (1) vez, en cuyo caso tendrá los efectos que dichas leyes determinen. Artículo 153. Comunicación por medio de procurador. La comunicación con las partes personadas en el juicio se hará a través de su procurador cuando éste las represente. El procurador firmará las notificaciones, emplazamientos, citaciones y requerimientos de todas clases que deban hacerse a su poderdante en el curso del pleito... Incluso las de sentencias y las que tengan por objeto alguna actuación que deba realizar personalmente el poderdante. Sin incluir las de sentencias y las que tengan por objeto alguna actuación que deba realizar personalmente el poderdante. Artículo 154. Lugar de comunicación de los actos a los procuradores. 1. Los actos de comunicación con los procuradores se realizarán en la sede del tribunal o en el servicio común de recepción organizado por el Colegio de Procuradores. El régimen interno de este servicio será competencia del... Colegio de Procuradores, de conformidad con la ley. Ministerio Fiscal, de conformidad con la ley. Artículo 154. Lugar de comunicación de los actos a los procuradores. 2. (1) La remisión y recepción de los actos de comunicación con los procuradores en este servicio se realizará, salvo las excepciones establecidas en la ley, por los medios telemáticos o electrónicos y con el resguardo acreditativo de su recepción a que se refiere el artículo 162. Verdadero. Falso. Artículo 154. Lugar de comunicación de los actos a los procuradores. 2. (2) Si hubiera de realizarse el acto en soporte papel, se remitirá al servicio, por... Duplicado (x2), la copia de la resolución o la cédula, de las que el procurador recibirá un (1) ejemplar y firmará otro, que será devuelto a la oficina judicial por el propio servicio. Triplicado (x3), la copia de la resolución o la cédula, de las que el procurador recibirá dos (2) ejemplares y firmará otro, que será devuelto a la oficina judicial por el propio servicio. Artículo 155. Actos de comunicación con las partes aún no personadas o no representadas por procurador o procuradora. Domicilio. 1. (1) Cuando la parte no representada por procurador o procuradora venga obligada legal o contractualmente a relacionarse electrónicamente con la Administración de Justicia, el acto de comunicación se realizará por medios electrónicos de conformidad con el artículo 162. Verdadero. Falso. Artículo 155. Actos de comunicación con las partes aún no personadas o no representadas por procurador o procuradora. Domicilio. 1. (2) No obstante, si el acto de comunicación tuviese por objeto el... Primer (1º) emplazamiento o citación, o la realización o intervención personal de las partes en determinadas actuaciones procesales y transcurrieran tres (3) días sin que el destinatario acceda a su contenido, se procederá a su publicación por la vía del Tablón Edictal Judicial Único conforme a lo dispuesto en el artículo 164. Segundo (2º) emplazamiento o citación, o la realización o intervención personal de las partes en determinadas actuaciones procesales y transcurrieran cinco (5) días sin que el destinatario acceda a su contenido, se procederá a su publicación por la vía del Tablón Edictal Judicial Único conforme a lo dispuesto en el artículo 164. Artículo 155. Actos de comunicación con las partes aún no personadas o no representadas por procurador o procuradora. Domicilio. 1. (3) Además, en todo caso, también podrá practicarse mediante entrega de la copia de la... Resolución si el obligado se personase en la sede del órgano judicial, dejando constancia de ello en la diligencia que se extienda. Cédula si el obligado se personase en la sede del órgano judicial, dejando constancia de ello en la resolución que se extienda. Artículo 155. Actos de comunicación con las partes aún no personadas o no representadas por procurador o procuradora. Domicilio. 2. Cuando la parte no representada por procurador no venga obligada legal o contractualmente a relacionarse electrónicamente con la Administración de Justicia: (Señale la INCORRECTA). a) (1) Si se trata del primer (1º) emplazamiento o citación al demandado, se podrá practicar por remisión a su domicilio, o en forma telemática en los términos previstos en el artículo 162. a) (2) El acto de comunicación practicado por medios electrónicos producirá plenos efectos procesales sólo en el caso de que fuese aceptado voluntariamente por su destinatario. Si puesto a disposición del destinatario en la sede judicial electrónica, no constara la recepción por el destinatario en plazo de cinco (5) días, se practicará por remisión al domicilio. a) (3) En todo caso, si constara una dirección de correo electrónico o servicio de mensajería de contacto del destinatario, se dará aviso informativo de la puesta a su disposición de la resolución tanto en el órgano judicial como en la sede judicial electrónica. Artículo 155. Actos de comunicación con las partes aún no personadas o no representadas por procurador o procuradora. Domicilio. 2. Cuando la parte no representada por procurador no venga obligada legal o contractualmente a relacionarse electrónicamente con la Administración de Justicia: b) Si el acto de comunicación, no siendo primer (1º) emplazamiento o citación, tuviese por objeto la realización o intervención personal de las partes en determinadas actuaciones procesales, se practicará en los términos del literal a), excepto que el interviniente no obligado a ello haya optado previamente por el uso de medios electrónicos, en cuyo caso se estará a lo establecido en el literal c) para estos supuestos. b) Si el acto de comunicación, siendo el primer (1º) emplazamiento o citación, tuviese por objeto la realización o intervención personal de las partes en determinadas actuaciones procesales, se practicará en los términos del literal a), excepto que el interviniente no obligado a ello haya optado previamente por el uso de medios electrónicos, en cuyo caso se estará a lo establecido en el literal c) para estos supuestos. Artículo 155. Actos de comunicación con las partes aún no personadas o no representadas por procurador o procuradora. Domicilio. 2. Cuando la parte no representada por procurador no venga obligada legal o contractualmente a relacionarse electrónicamente con la Administración de Justicia: c) En el caso de actos de comunicación distintos de los previstos en los literales a) y b), las comunicaciones efectuadas surtirán plenos efectos en cuanto se acredite la correcta remisión de lo que haya de comunicarse a cualquiera de los lugares que se hayan designado como domicilio aunque... No conste su recepción por el destinatario, o cuando el destinatario, sin estar obligado, haya optado por el uso de medios electrónicos y la comunicación se haya remitido en los términos previstos en el artículo 162, habiendo transcurrido tres (3) días sin que el destinatario acceda a su contenido. Conste su recepción por el destinatario, o cuando el destinatario, sin estar obligado, haya optado por el uso de medios electrónicos y la comunicación se haya remitido en los términos previstos en el artículo 162, habiendo transcurrido cinco (5) días sin que el destinatario acceda a su contenido. Artículo 155. Actos de comunicación con las partes aún no personadas o no representadas por procurador o procuradora. Domicilio. 3. (1) El domicilio del demandante será el que haya hecho constar en la demanda o en la petición o solicitud con que se inicie el proceso. Asimismo, el demandante designará, como domicilio del demandado, uno o varios de los lugares siguientes: El que aparezca en el padrón municipal o el que conste oficialmente a otros efectos, así como el que aparezca en Registro oficial o en publicaciones de colegios profesionales, cuando se tratare, respectivamente, de empresas y otras entidades o de personas que ejerzan profesión para la que deban colegiarse obligatoriamente. El que aparezca en el padrón municipal o el que conste oficialmente a otros efectos, así como el que aparezca en Registro oficial o en publicaciones de colegios profesionales, cuando se tratare, respectivamente, de empresas y otras entidades pero no de personas que ejerzan profesión para la que deban colegiarse obligatoriamente. Artículo 155. Actos de comunicación con las partes aún no personadas o no representadas por procurador o procuradora. Domicilio. 3. (2) También podrá designarse como domicilio, a los referidos efectos, el lugar en que se desarrolle actividad profesional o laboral no ocasional. Cuando en la demanda se ejercite una acción de aquellas a las que se refiere el numeral 1.º del apartado 1 del artículo 250, se entenderá que si las partes... No han acordado señalar en el contrato de arrendamiento un domicilio en el que se llevarán a cabo los actos de comunicación, éste será, a todos los efectos, el de la vivienda o local arrendado. Han acordado señalar en el contrato de arrendamiento un domicilio en el que se llevarán a cabo los actos de comunicación, éste será, a todos los efectos, el de la vivienda o local arrendado. Artículo 155. Actos de comunicación con las partes aún no personadas o no representadas por procurador o procuradora. Domicilio. 3. (3) Si la demanda se dirigiese a una persona jurídica, podrá igualmente señalarse el domicilio de cualquiera que aparezca como administrador, gerente o apoderado de la empresa mercantil, o presidente, miembro o gestor de la Junta de cualquier asociación que apareciese en un Registro oficial. Verdadero. Falso. Artículo 155. Actos de comunicación con las partes aún no personadas o no representadas por procurador o procuradora. Domicilio. 3. (4) Si el demandante designare varios lugares como domicilios... Indicará el orden por el que, a su entender, puede efectuarse con éxito la comunicación. No indicará el orden por el que, a su entender, puede efectuarse con éxito la comunicación. Artículo 155. Actos de comunicación con las partes aún no personadas o no representadas por procurador o procuradora. Domicilio. 3. (5) Asimismo, el demandante deberá indicar, además de los requisitos establecidos en el artículo 399, cuantos datos conozca del demandado y que puedan ser de utilidad para la localización de éste, como número de identificación fiscal o de extranjeros, números de teléfono, de fax, dirección de correo electrónico o similares, que se utilizarán con sujeción a lo dispuesto en la Ley que regule el uso de la tecnología en la Administración de Justicia. La persona demandada, una vez comparecido, podrá designar, para sucesivas comunicaciones, un domicilio distinto, o uno de los medios de comunicación electrónica de los previstos en el artículo 162. Verdadero. Falso. Artículo 155. Actos de comunicación con las partes aún no personadas o no representadas por procurador o procuradora. Domicilio. 3. (6) Cuando las partes cambiasen su domicilio durante la sustanciación del proceso, lo comunicarán inmediatamente a la oficina judicial. Verdadero. Falso. Artículo 155. Actos de comunicación con las partes aún no personadas o no representadas por procurador o procuradora. Domicilio. 3. (7) Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección de correo electrónico o similares, o a cualquier otro dato identificativo que altere la práctica de los actos de comunicación realizados en virtud del artículo 162 de esta ley, siempre que estos últimos datos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con la oficina judicial. Verdadero. Falso. Artículo 155. Actos de comunicación con las partes aún no personadas o no representadas por procurador o procuradora. Domicilio. 4. (1) En el supuesto de que los actos de comunicación con las partes aún no personadas o no representadas por procurador se hubiesen practicado dos (2) o más veces, se estará a lo establecido en el apartado 6 del artículo 152. Verdadero. Falso. Artículo 155. Actos de comunicación con las partes aún no personadas o no representadas por procurador o procuradora. Domicilio. 4. (2) En la ____________ de emplazamiento o citación, o en el acto de comunicación de que se trate, se hará constar expresamente esta previsión y también el derecho a solicitar asistencia jurídica gratuita. cédula. resolución. Artículo 156. Averiguaciones del tribunal sobre el domicilio. 1. (1) En los casos en que el demandante manifestare que le es imposible designar un domicilio o residencia del demandado, a efectos de su personación, se utilizarán por el Letrado de la Administración de Justicia los medios oportunos para averiguar esas circunstancias, pudiendo dirigirse, en su caso, a los Registros, organismos, Colegios profesionales, entidades y empresas a que se refiere el apartado 3 del artículo 155. Verdadero. Falso. Artículo 156. Averiguaciones del tribunal sobre el domicilio. 1. (2) Al recibir estas comunicaciones, los Registros y organismos públicos procederán conforme a las disposiciones que regulen su actividad. Verdadero. Falso. Artículo 156. Averiguaciones del tribunal sobre el domicilio. 2. ___________ se considerará imposible la designación de domicilio a efectos de actos de comunicación si dicho domicilio constara en archivos o registros públicos, a los que pudiere tenerse acceso. En ningún caso. En todo caso. Artículo 156. Averiguaciones del tribunal sobre el domicilio. 3. Si de las averiguaciones a que se refiere el apartado 1 resultare el conocimiento de un domicilio o lugar de residencia, en los casos en que proceda de conformidad con el artículo 155 se practicará la comunicación de la forma establecida en el artículo 152.3.2.ª, siendo de aplicación, en su caso, lo previsto en el artículo 158. Verdadero. Falso. Artículo 156. Averiguaciones del tribunal sobre el domicilio. 4. Si estas averiguaciones resultaren infructuosas, el Letrado de la Administración de Justicia ordenará que la comunicación se lleve a cabo mediante... Edictos. Decretos. Artículo 157. Registro Central de Rebeldes Civiles. 1. Cuando las averiguaciones a las que se refiere el artículo anterior hubieren resultado infructuosas, el Letrado de la Administración de Justicia ordenará que se comunique el nombre del demandado y los demás datos de identidad al... Registro Central de Rebeldes Civiles, que existirá con sede en el Ministerio de Justicia, con indicación de la fecha de la resolución de comunicación edictal del demandado para proceder a su inscripción. Registro Central de Rebeldes, que existirá con sede en el Ministerio de Justicia, con indicación de la fecha de la resolución de comunicación edictal del demandante para proceder a su inscripción. Artículo 157. Registro Central de Rebeldes Civiles. 2. Cualquier Letrado de la Administración de Justicia que deba averiguar el domicilio de un demandado podrá dirigirse al Registro Central de Rebeldes Civiles para comprobar si el demandado consta en dicho registro y si los datos que en él aparecen son los mismos de que dispone. En tal caso, mediante... Diligencia de ordenación, podrá acordar directamente la comunicación edictal del demandado. Decreto, podrá acordar directamente la comunicación edictal del demandado. Artículo 157. Registro Central de Rebeldes Civiles. 3. Cualquier órgano judicial, a instancia del interesado o por iniciativa propia, que tuviera conocimiento del domicilio de una persona que figure inscrita en el Registro Central de Rebeldes Civiles deberá solicitar la cancelación de la inscripción comunicando el domicilio al que se le pueden dirigir las comunicaciones judiciales. El Registro remitirá a las Oficinas judiciales en que conste que existe proceso contra dicho demandado, el domicilio indicado por éste a efecto de comunicaciones, resultando válidas las practicadas a partir de ese momento en ese domicilio. Verdadero. Falso. Artículo 157. Registro Central de Rebeldes Civiles. 4. Con independencia de lo anterior, cualquier Tribunal que necesite conocer el domicilio actual del demandado en un procedimiento, que se encuentre en ignorado paradero con ... Posterioridad a la fase de personación, podrá dirigirse al Registro Central de Rebeldes Civiles para que se practique la oportuna anotación tendente a que le sea facilitado el domicilio donde puedan dirigírsele las comunicaciones judiciales si este dato llegara a conocimiento del citado Registro. Anterioridad a la fase de personación, podrá dirigirse al Registro Central de Rebeldes Civiles para que se practique la oportuna anotación tendente a que le sea facilitado el domicilio donde puedan dirigírsele las comunicaciones judiciales si este dato llegara a conocimiento del citado Registro. Artículo 158. Comunicación mediante entrega. Cuando el destinatario del acto de comunicación no venga obligado legal o contractualmente a relacionarse por medios electrónicos con la Administración de Justicia y no pudiera acreditarse que ha recibido una comunicación que tenga por finalidad su personación en juicio o la realización o intervención personal en determinadas actuaciones procesales, se procederá a su entrega en la forma establecida en el artículo 161. Verdadero. Falso. Artículo 159. Comunicaciones con testigos, peritos y otras personas que no sean parte en el juicio. 1. Las comunicaciones que deban hacerse a testigos, peritos y otras personas que, sin ser parte en el juicio, deban intervenir en él, se remitirán a sus destinatarios con arreglo a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 160. La remisión se hará al domicilio que designe la parte interesada, pudiendo realizarse, en su caso, las averiguaciones a que se refiere el artículo 156. Estas comunicaciones serán... Diligenciadas por el procurador de la parte que las haya propuesto, si así lo hubiera solicitado. Diligenciadas por el abogado de la parte que las haya propuesto, si así lo hubiera solicitado. Artículo 159. Comunicaciones con testigos, peritos y otras personas que no sean parte en el juicio. 2. Cuando conste en _________ el fracaso de la comunicación mediante remisión o las circunstancias del caso lo aconsejen, atendidos el objeto de la comunicación y la naturaleza de las actuaciones que de ella dependan, el Letrado de la Administración de Justicia ordenará que se proceda con arreglo a lo dispuesto en el artículo 161. autos. diligencias. Artículo 159. Comunicaciones con testigos, peritos y otras personas que no sean parte en el juicio. 3. Las personas a que se refiere este artículo deberán comunicar a la Oficina judicial cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustanciación del proceso. En la primera comparecencia que efectúen se les informará de esta obligación. Verdadero. Falso. Artículo 160. Remisión de las comunicaciones por correo, telegrama u otros medios semejantes. 1. Cuando proceda la remisión de la copia de la resolución o de la cédula por correo certificado o telegrama con acuse de recibo, o por cualquier otro medio semejante que permita dejar en los autos constancia fehaciente de haberse recibido la notificación, de la fecha de la recepción, y de su contenido, el Letrado de la Administración de Justicia dará fe en... Los autos de la remisión y del contenido de lo remitido, y unirá a aquéllos, en su caso, el acuse de recibo o el medio a través del cual quede constancia de la recepción o la documentación aportada por el procurador que así lo acredite, de haber procedido éste a la comunicación. Las diligencias de la remisión y del contenido de lo remitido, y unirá a aquéllos, en su caso, el acuse de recibo o el medio a través del cual quede constancia de la recepción o la documentación aportada por el abogado que así lo acredite, de haber procedido éste a la comunicación. Artículo 160. Remisión de las comunicaciones por correo, telegrama u otros medios semejantes. 2. A instancia de parte y a costa de quien lo interese, podrá ordenarse que la remisión se haga de manera simultánea a varios lugares de los previstos en el apartado 3 del artículo 155. Verdadero. Falso. Artículo 160. Remisión de las comunicaciones por correo, telegrama u otros medios semejantes. 3. (1) Cuando el destinatario tuviere su domicilio en el partido donde radique la sede del tribunal, y no se trate de comunicaciones de las que dependa la personación o la realización o intervención personal en las actuaciones, podrá remitirse, por cualquiera de los medios a que se refiere el apartado 1... Cédula de emplazamiento para que el destinatario comparezca en la sede del tribunal o en la sede judicial electrónica a efectos de ser notificado o requerido o de dársele traslado de algún escrito. Diligencia de emplazamiento para que el destinatario comparezca en la sede del tribunal o en la sede judicial electrónica a efectos de ser notificado o requerido o de dársele traslado de algún escrito. Artículo 160. Remisión de las comunicaciones por correo, telegrama u otros medios semejantes. 3. (2) La __________ expresará con la debida precisión el objeto para el que se requiere la comparecencia del emplazado, indicando el procedimiento y el asunto a que se refiere, con la advertencia de que, si el emplazado no comparece, sin causa justificada, dentro del plazo señalado, se tendrá por hecha la comunicación de que se trate o por efectuado el traslado. cédula. resolución. Artículo 160. Remisión de las comunicaciones por correo, telegrama u otros medios semejantes. 4. Para la realización de actos de comunicación, a elección del ciudadano, podrán utilizarse los sistemas de identificación previstos en la Ley reguladora del uso de tecnologías en la administración de justicia. Verdadero. Falso. Artículo 160. Remisión de las comunicaciones por correo, telegrama u otros medios semejantes. 5. Con independencia del medio por el que se realice el acto de comunicación, los órganos de la Administración de Justicia enviarán un aviso al dispositivo electrónico de su destinatario o a la dirección de correo electrónico que les conste, informándole de la puesta a su disposición del acto de comunicación en la sede judicial electrónica o en la dirección electrónica habilitada única. La falta de práctica de este aviso impedirá que el acto de comunicación sea considerado plenamente válido. Falso. Verdadero. Artículo 161. Comunicación por medio de copia de la resolución o de cédula. 1. (1) La entrega al destinatario de la comunicación de la copia de la resolución o de la cédula se efectuará en la sede judicial electrónica, en la sede del tribunal o en el domicilio de la persona que deba ser notificada, requerida, citada o emplazada, sin perjuicio de lo previsto en el ámbito de la ejecución. Verdadero. Falso. Artículo 161. Comunicación por medio de copia de la resolución o de cédula. 1. (2) La entrega domiciliaria se documentará por medio de... Diligencia que será firmada por el funcionario o por el procurador que la efectúe y por la persona a quien se haga, cuyos datos identificativos se harán constar. Cédula que será firmada por el funcionario o por el procurador que la efectúe y por la persona a quien se haga, cuyos datos identificativos se harán constar. Artículo 161. Comunicación por medio de copia de la resolución o de cédula. 2. Cuando el destinatario de la comunicación sea hallado en el domicilio y se niegue a recibir la copia de la resolución o la cédula o no quiera firmar la diligencia acreditativa de la entrega, el funcionario o procurador que asuma su práctica le hará saber que la copia de la resolución o la cédula queda a su disposición en la oficina judicial... Produciéndose los efectos de la comunicación, de todo lo cual quedará constancia en la diligencia. Produciéndose los efectos de la comunicación, de todo lo cual quedará constancia en la cédula. Artículo 161. Comunicación por medio de copia de la resolución o de cédula. 3. (1) Si el domicilio donde se pretende practicar la comunicación fuere el lugar en el que el destinatario tenga su domicilio según el padrón municipal, o a efectos fiscales, o según registro oficial o publicaciones de colegios profesionales, o fuere la vivienda o local arrendado al demandado, y no se encontrare allí dicho destinatario, podrá efectuarse la entrega, en... Sobre cerrado, a cualquier empleado, familiar o persona con la que conviva, mayor de catorce (14) años, que se encuentre en ese lugar, o al conserje de la finca, si lo tuviere, advirtiendo al receptor que está obligado a entregar la copia de la resolución o la cédula al destinatario de ésta, o a darle aviso, si sabe su paradero, advirtiendo en todo caso al receptor de su responsabilidad en relación a la protección de los datos del destinatario. Sobre cerrado, a cualquier empleado, familiar o persona con la que conviva, mayor de dieciséis (16) años, que se encuentre en ese lugar, o al conserje de la finca, si lo tuviere, advirtiendo al receptor que está obligado a entregar la copia de la resolución o la cédula al destinatario de ésta, o a darle aviso, si sabe su paradero, advirtiendo en todo caso al receptor de su responsabilidad en relación a la protección de los datos del destinatario. Artículo 161. Comunicación por medio de copia de la resolución o de cédula. 3. (2) Si la comunicación se dirigiere al lugar de trabajo no ocasional del destinatario, en ausencia de éste, la entrega se efectuará a persona que manifieste conocer a aquél o, si existiere dependencia encargada de recibir documentos u objetos, a quien estuviere a cargo de ella, con las mismas advertencias del párrafo anterior. Verdadero. Falso. Artículo 161. Comunicación por medio de copia de la resolución o de cédula. 3. (3) En la __________ se hará constar el nombre de la persona destinataria de la comunicación y la fecha y la hora en la que fue buscada y no encontrada en su domicilio, así como el nombre de la persona que recibe la copia de la resolución o la cédula y la relación de dicha persona con el destinatario, produciendo todos sus efectos la comunicación así realizada. diligencia. cédula. Artículo 161. Comunicación por medio de copia de la resolución o de cédula. 4. (1) En el caso de que no se halle a nadie en el domicilio al que se acuda para la práctica de un acto de comunicación, el Letrado de la Administración de Justicia, funcionario o procurador, procurará averiguar si vive allí su destinatario. Verdadero. Falso. Artículo 161. Comunicación por medio de copia de la resolución o de cédula. 4. (2) Si ya no residiese o trabajase en el domicilio al que se acude y alguna de las personas consultadas conociese el actual... Éste se consignará en la diligencia negativa de comunicación, procediéndose a la realización del acto de comunicación en el domicilio facilitado. Éste se consignará en la resolución negativa de comunicación, procediéndose a la realización del acto de comunicación en el domicilio facilitado. Artículo 161. Comunicación por medio de copia de la resolución o de cédula. 4. (3) Si no pudiera conocerse por este medio el domicilio del demandado y el demandante no hubiera designado otros posibles domicilios, se procederá de conformidad con lo establecido en el artículo 156. Verdadero. Falso. Artículo 162. Actos de comunicación por medios electrónicos, informáticos y similares. 1. (1) Cuando las oficinas judiciales y las partes o los destinatarios de los actos de comunicación estén obligados, legal o contractualmente, a enviarlos y recibirlos por medios electrónicos, infotelecomunicaciones o de otra clase semejante, que permitan el envío y la recepción de escritos y documentos, de forma tal que esté garantizada la autenticidad de la comunicación y de su contenido y quede constancia fehaciente de la remisión y recepción íntegras y... Del momento en que se hicieron, o cuando los destinatarios opten por estos medios, así como en cualquier otro caso que establezca la ley, los actos de comunicación se efectuarán por aquellos, con el resguardo acreditativo de su recepción que proceda. Del momento en que se hicieron, o cuando los destinatarios opten por estos medios, así como en cualquier otro caso que establezca la ley, los actos de comunicación se efectuarán por aquellos sin necesidad del resguardo acreditativo de su recepción. Artículo 162. Actos de comunicación por medios electrónicos, informáticos y similares. 1. (2) Los y las profesionales y destinatarios obligados a utilizar estos medios, así como los que opten por los mismos, deberán comunicar a las oficinas judiciales el hecho de disponer de los medios antes indicados y la dirección electrónica habilitada a tal efecto. Verdadero. Falso. Artículo 162. Actos de comunicación por medios electrónicos, informáticos y similares. 1. (3) Asimismo, se constituirá en el... Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes un registro accesible electrónicamente de los medios indicados y las direcciones correspondientes a los organismos públicos y profesionales obligados a su utilización. Ministerio Fiscal, Justicia y Relaciones con las Cortes un registro accesible electrónicamente de los medios indicados y las direcciones correspondientes a los organismos públicos y profesionales obligados a su utilización. Artículo 162. Actos de comunicación por medios electrónicos, informáticos y similares. 2. (1) En cualquiera de los supuestos a los que se refiere este artículo, cuando constando la correcta remisión del acto de comunicación por dichos medios técnicos, salvo los practicados a través de los servicios de notificaciones organizados por los Colegios de Procuradores, transcurrieran... Tres (3) días sin que el destinatario acceda a su contenido, se entenderá que la comunicación ha sido efectuada legalmente desplegando plenamente sus efectos. En este caso, los plazos para desarrollar actuaciones procesales comenzarán a computarse desde el día hábil siguiente al tercero (3º). Tres (3) días sin que el destinatario acceda a su contenido, se entenderá que la comunicación ha sido efectuada legalmente desplegando plenamente sus efectos. En este caso, los plazos para desarrollar actuaciones procesales comenzarán a computarse desde el día hábil siguiente al segundo (2º). Artículo 162. Actos de comunicación por medios electrónicos, informáticos y similares. 2. (2) Se exceptuarán aquellos supuestos en los que el destinatario justifique que no pudo acceder al sistema de notificaciones durante ese periodo. Si la falta de acceso se debiera a causas técnicas y éstas persistiesen en el momento de ponerse en conocimiento de la Administración de Justicia, el acto de comunicación se practicará mediante entrega... De copia de la resolución. En este supuesto, no obstante, en el caso de producirse el acceso transcurrido dicho plazo, pero antes de efectuada la comunicación mediante entrega, se entenderá válidamente realizada la comunicación en la fecha que conste en el resguardo acreditativo de la recepción electrónica. De la resolución. En este supuesto, no obstante, en el caso de producirse el acceso transcurrido dicho plazo, pero antes de efectuada la comunicación mediante entrega, se entenderá válidamente realizada la comunicación en la fecha que conste en el resguardo acreditativo de la recepción electrónica. Artículo 162. Actos de comunicación por medios electrónicos, informáticos y similares. 2. (3) Se exceptuarán también aquellos supuestos de fuerza mayor en que los Colegios de Procuradores hayan suspendido el reenvío del servicio de notificaciones durante el plazo máximo de... Tres (3) días según lo previsto en el artículo 151.2. Cinco (5) días según lo previsto en el artículo 151.2. Artículo 162. Actos de comunicación por medios electrónicos, informáticos y similares. 2. (4) No se practicarán actos de comunicación a los y las profesionales por vía electrónica durante los días del mes de... Agosto ni durante los días que median entre el 24 de diciembre y el 6 de enero del año siguiente, ambos inclusive, salvo que sean hábiles para las actuaciones que corresponda. Julio ni durante los días que median entre el 24 de diciembre y el 5 de enero del año siguiente, ambos inclusive, salvo que sean hábiles para las actuaciones que corresponda. Artículo 162. Actos de comunicación por medios electrónicos, informáticos y similares. 3. Cuando la autenticidad de resoluciones, documentos, dictámenes o informes presentados o transmitidos por los medios a que se refiere el apartado anterior sólo pudiera ser reconocida o verificada mediante su examen directo o por otros procedimientos, podrán, no obstante, ser presentados en soporte electrónico mediante imágenes digitalizadas de los mismos, en la forma prevista en los artículos 267 y 268, si bien, en caso de que alguna de las partes, el tribunal en los procesos de familia, de medidas judiciales de apoyo de personas con discapacidad o de filiación, o el Ministerio Fiscal así lo solicitasen, habrán de aportarse aquéllos en su soporte papel original, en el plazo o momento procesal que a tal efecto se señale. Verdadero. Falso. Artículo 163. Servicio Común Procesal de Actos de Comunicación. En las poblaciones donde esté establecido, el Servicio Común Procesal de Actos de Comunicación practicará los actos de comunicación que hayan de realizarse por la Oficina judicial, excepto los que resulten encomendados al abogado por haberlo solicitado así la parte a la que represente. Falso. Verdadero. Artículo 164. Comunicación edictal. (1) Cuando, practicadas en su caso las averiguaciones a que se refiere el artículo 156, no pudiere conocerse el domicilio del destinatario de la comunicación, o cuando no pudiere hallársele ni efectuarse la comunicación con todos sus efectos, conforme a lo establecido en los artículos anteriores, o cuando así se acuerde en el caso a que se refiere el apartado 2 del artículo 157, el letrado o letrada de la Administración de Justicia, consignadas estas circunstancias, mandará que se haga la comunicación, a través del... Tablón Edictal Judicial Único, salvaguardando en todo caso los derechos e intereses de menores, así como otros derechos y libertades que pudieran verse afectados por la publicidad de los mismos. Tablón Edictal Judicial Especial, salvaguardando en todo caso los derechos e intereses de menores, así como otros derechos y libertades que pudieran verse afectados por la publicidad de los mismos. Artículo 164. Comunicación edictal. (2) En todo caso en la comunicación o publicación a que se refiere el párrafo anterior, en atención al superior interés de los menores y para preservar su intimidad, deberán omitirse los datos personales, nombres y apellidos, domicilio, o cualquier otro dato o circunstancia que directa o indirectamente pudiera permitir su identificación. Verdadero. Falso. Artículo 164. Comunicación edictal. (3) En los procesos de desahucio de finca urbana o rústica por falta de pago de rentas o cantidades debidas o por expiración legal o contractual del plazo y en los procesos de reclamación de estas rentas o cantidades debidas, cuando no pudiere hallarse al arrendatario ni efectuarle la comunicación al arrendatario en los domicilios designados en el párrafo segundo del apartado 3 del artículo 155, ni hubiese comunicado de forma fehaciente con... Posterioridad al contrato un nuevo domicilio al arrendador, al que éste no se hubiese opuesto, se procederá, sin más trámites, a realizar la comunicación a través del Tablón Edictal Judicial Único. Anterioridad al contrato un nuevo domicilio al arrendador, al que éste no se hubiese opuesto, se procederá, sin más trámites, a realizar la comunicación a través del Tablón Edictal Judicial Único. Artículo 165. Actos de comunicación mediante auxilio judicial. (1) Cuando los actos de comunicación hayan de practicarse por tribunal distinto del que los hubiere ordenado, el despacho se remitirá por medio del sistema informático judicial salvo los supuestos en los que deba realizarse en soporte papel por ir el acto acompañado de elementos que no sean susceptibles de conversión en formato electrónico, y se acompañará la... Copia o cédula correspondiente y lo demás que en cada caso proceda. Copia o resolución correspondiente y lo demás que en cada caso proceda. Artículo 165. Actos de comunicación mediante auxilio judicial. (2) Estos actos de comunicación se cumplimentarán en un plazo no superior a... Veinte (20) días, contados a partir de su recepción, debiendo ser devuelto conforme a lo dispuesto en el párrafo anterior. Cuando no se realicen en el tiempo indicado, a cuyo efecto se requerirá al letrado de la Administración de Justicia para su observancia, se habrán de expresar, en su caso, las causas de la dilación. Diez (10) días, contados a partir de su recepción, debiendo ser devuelto conforme a lo dispuesto en el párrafo anterior. Cuando no se realicen en el tiempo indicado, a cuyo efecto se requerirá al letrado de la Administración de Justicia para su observancia, se habrán de expresar, en su caso, las causas de la dilación. Artículo 165. Actos de comunicación mediante auxilio judicial. (3) Dichos actos podrán ser realizados, a instancia de parte, por procurador, encargándose de su cumplimiento en los mismos términos y plazos establecidos en el párrafo anterior. Verdadero. Falso. Artículo 166. Nulidad y subsanación de los actos de comunicación. 1. Serán nulos los actos de comunicación que no se practicaren con arreglo a lo dispuesto en este capítulo y pudieren causar indefensión. Verdadero. Falso. Artículo 166. Nulidad y subsanación de los actos de comunicación. 2. Sin embargo, cuando la persona notificada, citada, emplazada o requerida se hubiera dado por enterada en el asunto, y no denunciase la nulidad de la diligencia en su... Primer (1º) acto de comparecencia ante el tribunal, surtirá ésta desde entonces todos sus efectos, como si se hubiere hecho con arreglo a las disposiciones de la ley. Segundo (2º) acto de comparecencia ante el tribunal, surtirá ésta desde entonces todos sus efectos, como si se hubiere hecho con arreglo a las disposiciones de la ley. Artículo 167. Remisión de oficios y mandamientos. 1. Los ___________ y _________ se remitirán directamente por el letrado de la Administración de Justicia que los expida a la autoridad o funcionario a que vayan dirigidos, debiendo utilizarse los medios previstos en el artículo 162. No obstante, si así lo solicitaren, las partes podrán diligenciar personalmente los mandamientos y oficios. mandamientos // oficios. decretos // autos. Artículo 167. Remisión de oficios y mandamientos. 2. En todo caso, la parte a cuya instancia se libren los oficios y mandamientos a que se refiere este artículo... Habrá de satisfacer los gastos que requiera su cumplimiento. No habrá de satisfacer los gastos que requiera su cumplimiento. Artículo 168. Responsabilidad de los funcionarios y profesionales intervinientes en la comunicación procesal. 1. El Letrado de la Administración de Justicia o el funcionario de los Cuerpos al servicio de la Administración de Justicia que, en el desempeño de las funciones que por este capítulo se le asignan, diere lugar, por malicia o negligencia, a retrasos o dilaciones indebidas, será corregido disciplinariamente por la autoridad de quien dependa e incurrirá además en responsabilidad por los daños y perjuicios que ocasionara. Verdadero. Falso. Artículo 168. Responsabilidad de los funcionarios y profesionales intervinientes en la comunicación procesal. 2. El procurador que incurriere en dolo, negligencia o morosidad en los actos de comunicación cuya práctica haya asumido o no respetare alguna de las formalidades legales establecidas, causando perjuicio a tercero, será responsable de los daños y perjuicios ocasionados y podrá ser sancionado conforme a lo dispuesto en las normas legales o estatutarias. Verdadero. Falso. ¿ En qué Título y capítulo se regula los actos de comunicación en la Ley de Enjuiciamiento Civil?. •TÍTULO V: DE LAS ACTUACIONES JUDICIALES. ARTS: 149-168. CAPÍTULO V: DE LOS ACTOS DE COMUNICACIÓN JUDICIAL. ARTS: 149-168. •TÍTULO IV: DE LAS ACTUACIONES JUDICIALES. ARTS: 149-168. CAPÍTULO V: DE LOS ACTOS DE COMUNICACIÓN JUDICIAL. ARTS: 149-168. |