Civil 2 tema 1
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Título del Test:
![]() Civil 2 tema 1 Descripción: Civil 2 tema 1 |



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¿Qué establece el artículo 1088 del Código Civil sobre las obligaciones?. Toda obligación implica dar, hacer o no hacer. Toda obligación implica solo dar o hacer. Toda obligación implica solo no hacer. ¿Qué se requiere para que un deber sea considerado una obligación jurídica?. Debe ser un deber moral. Debe surgir de un vínculo entre dos personas y ser exigible. Debe ser voluntario. Desde la perspectiva del acreedor, ¿cómo se encuadra la obligación?. Como un deber de dar. Como un derecho subjetivo patrimonial (derecho de crédito). Como una responsabilidad subsidiaria. ¿Qué mecanismo actúa como garantía en caso de incumplimiento de la obligación?. La voluntad unilateral del acreedor. La responsabilidad patrimonial del deudor. La buena fe de las partes. ¿Cuáles son los sujetos de la relación obligatoria según el texto?. El deudor y el fiador. El acreedor y el deudor. El titular y el beneficiario. ¿Qué se requiere para ser acreedor en términos de capacidad jurídica?. Capacidad de obrar. Capacidad jurídica. Capacidad de pago. ¿Cuál es la regla general en casos de pluralidad de sujetos en una obligación?. La solidaridad. La mancomunidad. La indivisibilidad. ¿Qué es el objeto de la obligación?. Las cosas o servicios que se intercambian. El comportamiento al que el deudor está sujeto y que el acreedor tiene derecho a exigirle (la prestación). El patrimonio del deudor. ¿Cuáles son los requisitos del objeto de la obligación según los artículos 1271, 1272 y 1273 del Código Civil?. Determinación, licitud y posibilidad. Existencia, licitud y cumplimiento. Voluntad, licitud y legalidad. ¿Qué sucede si el objeto de la obligación es imposible?. La obligación es anulable. La imposibilidad total de la prestación conlleva la nulidad de la obligación. Se requiere un nuevo convenio para determinarlo. ¿Qué es el vínculo jurídico en una obligación?. La relación de sumisión del deudor al acreedor. La conexión que sujeta al acreedor a la conducta específica del deudor y la responsabilidad patrimonial en caso de incumplimiento. El simple acuerdo de voluntades. ¿Cuál es la diferencia principal entre obligaciones civiles y obligaciones naturales?. Las obligaciones civiles son voluntarias y las naturales no. Las obligaciones civiles tienen posibilidad de sanción y acción para cumplimiento forzoso, las naturales no. Las obligaciones naturales siempre son de dar, las civiles pueden ser de hacer. Según la doctrina moderna, ¿cómo se conciben las obligaciones naturales?. Como una obligación jurídica completa. Como una categoría intermedia entre el deber moral y la obligación civil, sin constituir una relación jurídica. Como un deber moral sin ningún efecto jurídico. ¿Qué justificación o cualificación proporcionan las obligaciones naturales?. Justifican el incumplimiento. Justifican y cualifican un desplazamiento patrimonial que sería ilegítimo sin ellas. Permiten la acción para reclamar el cumplimiento. ¿Qué son las fuentes de las obligaciones?. Las personas que participan en la obligación. El origen de las obligaciones según el ordenamiento jurídico. Los requisitos de la prestación. ¿Cuáles son las fuentes de las obligaciones según el artículo 1089 del Código Civil?. Ley, contratos y cuasicontratos. Ley, contratos, cuasicontratos, y actos y omisiones ilícitos. Contratos, delitos y ley. ¿Qué significa que las obligaciones derivadas de los contratos tienen 'fuerza de ley'?. Que son obligatorias solo para el acreedor. Que son obligatorias solo para el deudor. Que deben cumplirse según lo acordado entre las partes contratantes. ¿Qué son los cuasicontratos según el Código Civil?. Son acuerdos voluntarios entre partes que generan obligaciones. Son hechos ilícitos que generan responsabilidad. Son hechos lícitos y voluntarios que generan obligaciones entre su autor y un tercero. ¿Qué se entiende por 'responsabilidad aquiliana'?. Responsabilidad derivada de un contrato. Responsabilidad civil extracontractual que surge de actos u omisiones con culpa o negligencia no penados por la ley. Responsabilidad por el incumplimiento de una obligación natural. ¿Cuándo obliga la promesa unilateral de una prestación según el Código Civil?. Siempre que se anuncie públicamente. Solo en los casos previstos por la ley. Cuando el acreedor la acepta. |




