cocopos T1.3
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Título del Test:![]() cocopos T1.3 Descripción: test personal " la corona" |




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LA JEFATURA DEL ESTADO. LA CORONA. FUNCIONES CONSTITUCIONALES DEL REY. SUCESIÓN Y REGENCIA. Constitución Española 1978 Título II: De la Corona Artículo 56 AL 65. Constitución Española 1978 Título III: De la Corona Artículo 55 AL 65. Constitución Española 1977 Título III: De la Corona Artículo 56 AL 65. Constitución Española 1978 Título II: De la Coronación Artículo 56 AL 65. Título II. De la Corona: Artículo 56 Figura del Rey. Caracteres del Rey: Es el Jefe del Estado. Es el Rey de España. Es inviolable. No está sujeto a responsabilidad. Sus actos estarán siempre refrendados. Caracteres del Rey: Es el Jefe del Estado. Es el Rey de España. Es violable. Sí está sujeto a responsabilidad. Sus actos estarán siempre refrendados. Caracteres del Rey: Es el Jefe del Estado. Es el Rey de España. Es violable. No está sujeto a responsabilidad. Sus actos estarán siempre refrendados. Caracteres del Rey: Es el Jefe del Estado. Es el Rey de España. Es inviolable. No está sujeto a irresponsabilidad. Sus actos estarán siempre refrendados. Título II. De la Corona: Artículo 57 Sucesión. La Corona de España es hereditaria. Orden: Primogenitura, se prefiere la línea anterior a las posteriores; en la misma línea, el grado más próximo al más remoto; en el mismo grado, el varón a la mujer, y en el mismo sexo, la persona de más edad a la de menos. La Corona de España no es hereditaria. Orden: Primogenitura, se prefiere la línea anterior a las posteriores; en la distinta línea, el grado más próximo al más remoto; en el mismo grado, el varón a la mujer, y en el mismo género, la persona de menos edad a la de más. La Corona de España es hereditaria. Orden: Primogenitura, se prefiere la línea anterior a las posteriores; en la distinta línea, el grado más próximo al más remoto; en el mismo grado, el varón a la mujer, y en el mismo sexo, la persona de menos edad a la de más. La Corona de España es hereditaria. Orden: Primogenitura, se prefiere la línea anterior a las posteriores; en la misma línea, el grado más próximo al más remoto; en el distinto grado, el varón a la mujer, y en el mismo sexo, la persona de más edad a la de menos. Título II. De la Corona: Artículo 57 Sucesión. El príncipe heredero será Príncipe o Princesa de Asturias. Situaciones relacionadas: Extinguidas todas las líneas: las Cortes Generales proveerán a la sucesión. Abdicación: se ceden los derechos sucesorios al siguiente en la línea de sucesión. Renuncia: se renuncia y se pierden los derechos sucesorios para sí mismo y sus descendientes. El príncipe heredero será Príncipe o Princesa de Aranjuez Situaciones relacionadas: Extinguidas todas las líneas: las Cortes Generales proveerán a la sucesión. Abdicación: se ceden los derechos sucesorios al siguiente en la línea de sucesión. Renuncia: se renuncia y se pierden los derechos sucesorios para sí mismo y sus descendientes. El príncipe heredero será Príncipe o Princesa de Asturias. Situaciones relacionadas: Distinguidas todas las líneas: las Cortes Generales proveerán a la sucesión. Abdicación: se ceden los derechos sucesorios al siguiente en la línea de sucesión. Renuncia: se renuncia y se pierden los derechos sucesorios para sí mismo y sus descendientes. Título II. De la Corona: Artículo 58 Cónyuge del Rey o de la Reina. Mientras haya Rey, no tiene ninguna función constitucional. VERDADERO. Mientras haya Rey, no tiene ninguna función constitucional. FALSO. Título II. De la Corona: Artículo 58 Cónyuge del Rey o de la Reina. Su tratamiento será de Majestad y título de Reina (no Reina de España). VERDADERO. Su tratamiento será de Majestad y título de Reina (no Reina de España). FALSO. Título II. De la Corona: Artículo 59 REGENCIA. Si el Rey se proclama siendo menor de edad: actúa de Regente el padre o la madre del Rey o, en su defecto, el pariente mayor de edad más próximo a suceder en la Corona. Si el Rey se proclama siendo mayor de edad: actúa de Regente el padre o la madre del Rey o, en su defecto, el pariente mayor de edad más próximo a suceder en la Corona. Si el Rey se proclama siendo menor de edad: actúa de Regente el padre o la suegra del Rey o, en su defecto, el pariente mayor de edad más próximo a suceder en la Corona. Si el Rey se proclama siendo menor de edad: actúa de Regente el abuelo o la abuela del Rey o, en su defecto, el pariente mayor de edad más próximo a suceder en la Corona. Título II. De la Corona: Artículo 59 REGENCIA. Si el Rey se inhabilitara: ejercerá inmediatamente la Regencia el Príncipe heredero de la Corona, si es menor de edad. VERDADERO. Si el Rey se inhabilitara: ejercerá inmediatamente la Regencia el Príncipe heredero de la Corona, si es mayor de edad. VERDADERO. Si el Rey se habilitara: ejercerá inmediatamente la Regencia el Príncipe heredero de la Corona, si es mayor de edad. VERDADERO. Si el Rey se habilitara: ejercerá inmediatamente la Regencia el Príncipe heredero de la Corona, si es menor de edad. VERDADERO. Título II. De la Corona: Artículo 59 REGENCIA. Si a ninguna persona corresponde la Regencia, esta será nombrada por las Cortes Generales, y se compondrá de una, tres o cinco personas. Si a ninguna persona corresponde la Regencia, esta será nombrada por el REY, y se compondrá de una, tres o cinco personas. Si a ninguna persona corresponde la Regencia, esta será nombrada por ambos Reyes, y se compondrá de una, dos o cinco personas. Si a ninguna persona corresponde la Regencia, esta será nombrada por las diputadas, y se compondrá de una, tres o cinco personas. Título II. De la Corona: Artículo 59 REGENCIA. Para ejercer la Regencia es preciso ser español y mayor de edad. La Regencia se ejercerá por mandato constitucional y siempre en nombre del Rey. Para ejercer la Regencia es preciso ser español y menor de edad. La Regencia se ejercerá por mandato constitucional y siempre en nombre del Rey. Para ejercer la Regencia es preciso ser extranjero y menor de edad. La Regencia se ejercerá por mandato constitucional y siempre en nombre del Rey. Para ejercer la Regencia es preciso ser español y mayor de edad. La Regencia se ejercerá por mandato inconstitucional y siempre en nombre del Rey. Título II. De la Corona: Artículo 59 ¿ QUÉ ES LA REGENCIA?. Periodo transitorio en el que una o varias personas ejercen el poder en nombre del monarca titular. Es preciso ser Español y mayor de edad. Periodo transitorio en el que una o varias personas ejercen el poder en nombre del monarca titular. Es preciso ser Español y menor de edad. Periodo transitorio en el que una o varias familias ejercen el poder en nombre de mónaco titular. Es preciso ser Español y menor de edad. Periodo transitorio en el que una o varias familias ejercen el poder en nombre del monarca titular. Es preciso ser Español y mayor de edad. Título II. De la Corona: Artículo 59 ¿QUÉ ES LA REGENCIA?. El Rey mayor de edad = Regencia padre o madre. El Rey menor de edad : 1º Regencia padre o madre; pariente mayor de edad y próximo a suceder la corona. 2º Inhabilitación - Regencia: Principe de Asturias. 3º Si nadie regencia, regenciará las Cortes Generales ( se compone: 1, 3 ó 5 personas). El Rey mayor de edad : 1º Regencia padre o madre; pariente mayor de edad y próximo a suceder la corona. 2º Inhabilitación - Regencia: Principe de Asturias. 3º Si nadie regencia, regenciará las Cortes Generales ( se compone: 1, 3 ó 5 personas). El Rey menor de edad : 1º Regencia padre o madre; pariente menor de edad y menos próximo a suceder la corona. 2º habilitación - Regencia: Principe de Asturias. 3º Si nadie regencia, regenciará las Cortes Generales ( se compone: 1, 3 ó 6 personas). Título II. De la Corona: Artículo 60 TUTELA. Tutela testamentaria: será tutor del Rey menor la persona que en su testamento hubiese nombrado el Rey difunto, siempre que sea mayor de edad y español de nacimiento. Tutela reglamentaria: será tutor del Rey menor la persona que en su testamento hubiese nombrado el Rey difunto, siempre que sea mayor de edad y español de nacimiento. Tutela testamentaria: será tutor del Rey mayor la persona que en su testamento hubiese nombrado el Rey difunto, siempre que sea menor de edad y español de nacimiento. Tutela testamentaria: será tutor del Rey menor la persona que en su testamento hubiese nombrado el Rey difunto, siempre que sea menor de edad y español de nacimiento. Título II. De la Corona: Artículo 61 Proclamación JURAMENTO del Rey. El Rey, al será proclamado ante las Cortes Generales. El Rey, al será proclamado ante el presidente del Gobierno. El Rey, al será proclamado ante el Rey Emérito. El Rey, al será proclamado ante El Pueblo Español. Título II. De la Corona: Artículo 61 Proclamación JURAMENTO del Rey. Prestarán el mismo juramente: el Príncipe heredero y el Regente o Regentes. Prestarán el distinto juramente: el Príncipe heredero y el Regente o Regentes. Prestarán el máximo juramente: el Príncipe heredero y el Regente o Regentes. Prestarán el mínimo juramente: el Príncipe heredero y el Regente o Regentes. Título II. De la Corona: Artículo 61 Proclamación JURAMENTO del Rey. Prestará juramento de: Desempeñar fielmente sus funciones. Guardar y hacer guardar la Constitución y las leyes. Y respetar los derechos de los ciudadanos y de las Comunidades Autónomas. Prestará juramento de: Desempeñar fielmente sus funciones. Guardar y hacer guardar la Constitución Inglesa y las leyes. Y respetar los derechos de los ciudadanos y de las Comunidades Autónomas. Prestará juramento de: Desempeñar fielmente sus funciones. Guardar, deshacer y guardar la Constitución y las leyes. Y respetar los derechos de los ciudadanos y de las Comunidades Autónomas. Título II. De la Corona: Artículo 62 FUNCIONES DEL REY. Sancionar y promulgar las leyes. Convocar y disolver las Cortes Generales y convocar elecciones. Convocar a referéndum, a propuesta del Gobierno y previa autorización del Congreso. Proponer el candidato a Presidente del Gobierno, nombrarlo, así como poner fin a sus funciones. Nombrar y separar a los miembros del Gobierno, a propuesta de su Presidente. Sancionar y promulgar las leyes. Convocar y resolver las Cortes Generales y convocar elecciones. Convocar a referéndum, a propuesta del Gobierno y previa autorización del Congreso. Proponer el candidato a Presidente del Gobierno, nombrarlo, así como poner fin a sus funciones. Nombrar y separar a los miembros del Gobierno, a propuesta de su Presidente. Sancionar y promulgar las leyes. Convocar y disolver las Cortes Generales y convocar lecciones. Convocar a referéndum, a propuesta del Gobierno y previa autorización del Congreso. Proponer el candidato a Presidente del Gobierno, nombrarlo, así como poner fin a sus funciones. Nombrar y separar a los miembros del Gobierno, a propuesta de su Presidente. Título II. De la Corona: Artículo 62 FUNCIONES DEL REY. Expedir los Decretos acordados en el Consejo de Ministros, conferir los empleos civiles y militares y conceder honores y distinciones. Ser informado de los asuntos de Estado y presidir las sesiones del Consejo de Ministros a petición del Presidente del Gobierno. Ser mando supremo de las Fuerzas Armadas. Ejercer el derecho de gracia con arreglo a la ley (no podrá autorizar indultos generales). Ejercer el Alto Patronazgo de las Reales Academias. Pedir los Decretos dados en el Consejo de Ministros, conferir los empleos civiles y militares y conceder honores y distinciones. Ser formado de los asuntos de Estado y presidir las sesiones del Consejo de Ministros a petición del Presidente del Gobierno. Ser mando supremo de las Fuerzas Armadas. Ejercer el derecho de gracia con arreglo a la ley (no podrá autorizar indultos generales). Ejercer el Alto Patronazgo de las Reales Academias. Expedir los Decretos acordados en el Consejo de Ministros, conferir los empleos civiles y militares y conceder honores y distinciones. Ser formado de los asuntos de Estado y presidir las sesiones del Consejo de Ministros a petición del Presidente del Gobierno. Ser mando supremo de las Fuerzas Armadas. Ejercer el derecho de gracia con arreglo a la ley (no podrá autorizar indultos generales). Ejercer el Alto Patronazgo de las Reales Academias. Título II. De la Corona: Artículo 63 Titularidad internacional del Rey. El Rey acredita a los embajadores y otros representantes diplomáticos (los representantes extranjeros en España están acreditados ante él). El Rey acredita a los embajadores y otros representantes diplomáticos (los representantes nacionales en España están acreditados ante él). El Rey acredita a los embajadores y otros representantes diplomáticos (los representantes europeos en España están acreditados ante él). El Rey acredita a los embajadores y otros representantes diplomas (los representantes extranjeros en España están acreditados ante él). Título II. De la Corona: Artículo 63 Titularidad internacional del Rey. Le corresponde manifestar el consentimiento del Estado para obligarse internacionalmente por medio de Tratados. Le corresponde manifestar el consentimiento informado del Estado para obligarse internacionalmente por medio de Tratados. Le corresponde manifestar el consentimiento informado del Estado para obligarse internacionalmente por medio de Tv. Le corresponde manifestar el consentimiento del Estado para obligarse internacionalmente por medio de Tv tratados. Título II. De la Corona: Artículo 63 Titularidad internacional del Rey. Le corresponde, previa autorización de las Cortes Generales, declarar la guerra y hacer la paz. Le corresponde, previa autorización de las Cortes Inglés, declarar la guerra y hacer la paz. Le corresponde, previa autorización de las Cortes Generales, declarar la guerra mundial y hacer la paz. Le corresponde, previa autorización de las Constitución, declarar la guerra mundial y hacer la paz. Título II. De la Corona: Artículo 64 Refrendo de los actos del Rey. 1ºLos actos del Rey serán refrendados por el Presidente del Gobierno y, en su caso, por los Ministros competentes. V. F. Título II. De la Corona: Artículo 64 Refrendo de los actos del Rey. La propuesta y el nombramiento del Presidente del Gobierno, y la disolución prevista serán refrendados por el Presidente del Congreso. La propuesta y el nombramiento del Presidente del Gobierno, y la disolución prevista serán refrendados por el Rey. La propuesta y el nombramiento del Presidente del Gobierno, y la disolución prevista serán refrendados por Las Cortes Generales. La propuesta y el nombramiento del Presidente del Gobierno, y la disolución prevista serán refrendados por el Pueblo Español. Título II. De la Corona: Artículo 64 Refrendo de los actos del Rey. 3ºDe los actos del Rey serán responsables las personas que los refrenden. V. F. Título II. De la Corona: Artículo 64 Refrendo de los actos del Rey. 4º Dada la responsabilidad política del Rey, es necesario refrendar sus actos. V. F. Título II. De la Corona: Artículo 64 Refrendo de los actos del Rey. 4º Dada la irresponsabilidad política del Rey, es necesario refrendar sus actos. V. F. Título II. De la Corona: Artículo 65 REMUNERACIÓN DEL REY Y LA CASA REAL. El Rey recibe de los Presupuestos del Estado una cantidad GLOBAL para el sostenimiento de su Familia y Casa, y distribuye libremente la misma. El Rey recibe de los Presupuestos del Estado una cantidad MÁX para el sostenimiento de su Familia y Casa, y distribuye libremente la misma. El Rey recibe de los Presupuestos del Estado una cantidad MÍN para el sostenimiento de su Familia y Casa, y distribuye libremente la misma. El Rey recibe de los Presupuestos del Estado una cantidad CONSIDERABLE para el sostenimiento de su Familia y Casa, y distribuye libremente la misma. Título II. De la Corona: Artículo 65 REMUNERACIÓN DEL REY Y LA CASA REAL. El Rey nombra y releva libremente a los miembros civiles y militares de su Casa. El Rey nombra y no releva libremente a los miembros civiles y militares de su Casa. El Rey no nombra y no releva libremente a los miembros civiles y militares de su Casa. El Rey no nombra y releva libremente a los miembros civiles y militares de su Casa. |