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Código de Conducta de la Guardia Nacional

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Título del Test:
Código de Conducta de la Guardia Nacional

Descripción:
Examen para promoción 2023

Fecha de Creación: 2022/10/06

Categoría: Otros

Número Preguntas: 57

Valoración:(21)
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Temario:

Realizar, en coadyuvancia con los Estados y Municipios, funciones de seguridad pública a través de la prevención de los delitos, combate a la criminalidad y el apoyo a la población; para salvaguardar la vida, integridad, seguridad, bienes y derechos de las personas, al igual que los bienes y recursos de la nación; a fin de contribuir a la generación y preservación de las libertades, el orden público y la paz social. Misíon Institucional. Visión Institucional. Atribuciones de la Guardia Nacional.

Ser una institución de seguridad pública moderna, reconocida nacional e internacionalmente por su servicio a la sociedad, su gestión eficiente, su disciplina, su observancia de los derechos humanos, equidad de género y de los principios del uso de la fuerza; integrada por mujeres y hombres inquebrantables en el cumplimiento de la ley que proyectan una identidad propia basada en valores y virtudes que los acercan a la población, a través del respeto y la confianza mutua para contribuir a la consolidación de la seguridad pública y al desarrollo integral del pueblo mexicano. Misíon Institucional. Visión Institucional. Objetivos de la Guardia Nacional. Objeto de la Guardia Nacional.

Establecer los principios, valores, conductas y reglas de integridad que deberán ser respetados, observados y promovidos por el personal de la Guardia Nacional con la finalidad de guiar el comportamiento de sus integrantes para consolidar personas servidoras públicas con altos estándares éticos y comprometidas a conducir su actuar a coadyuvar en la satisfacción de las necesidades de la sociedad; a través, del estudio, aplicación y difusión del presente Código de Conducta. Objetivo del código de conducta de la guardia nacional. Objetivo específico del código de conducta. Visión institucional. Misión institucional.

Ser un instrumento que sirva para fortalecer a esta institución como un organismo de seguridad pública disciplinado y profesional, así como para fomentar la ética para que su comportamiento esté alineado al respeto de los derechos humanos, a la austeridad república, la integridad, la prevención de conflictos de interés, la prevención de conductas discriminatorias, hostigamiento y acoso sexual y la cero tolerancia a la corrupción. Objetivo específico del código de conducta. Objetivo del código de conducta de la guardia nacional. Misión institucional. Visión institucional.

Realizar aquello que las normas expresamente les confieren y en todo momento someter su actuación a las facultades que las leyes, reglamentos y demás disposiciones jurídicas, atribuyen a su empleo, cargo o comisión. Legalidad. Imparcialidad. Profesionalismo. Objetividad.

Conducirse con rectitud sin utilizar su empleo, cargo o comisión para obtener o pretender obtener algún beneficio, provecho o ventaja personal o a favor de terceros; no buscar o aceptar compensaciones, prestaciones, dádivas, obsequios o regalos de cualquier persona u organización, a fin de no comprometer sus funciones. Honradez. Profesionalismo. Objetividad. Integridad.

Corresponder a la confianza que el Estado les ha conferido; tener una vocación absoluta de servicio a la sociedad, y satisfacer el interés superior de las necesidades colectivas por encima de intereses particulares, personales o ajenos al interés general y bienestar de la población. Lealtad. Disciplina. Eficacia.

Brindar a la ciudadanía, y a la población en general, el mismo trato, sin conceder privilegios o preferencias a organizaciones o personas, ni permitir que influencias, intereses o prejuicios indebidos afecten su compromiso para tomar decisiones o ejercer sus funciones de manera objetiva. Imparcialidad. Objetividad. Rendición de Cuentas.

Actuar en apego a los planes y programas previamente establecidos y optimizar el uso y la asignación de los recursos públicos en el desarrollo de sus actividades para lograr los objetivos propuestos. Eficiencia. Economía. Eficacia.

Administrar los bienes, recursos y servicios públicos con legalidad, austeridad y disciplina, satisfaciendo los objetivos y metas a los que estén destinados, siendo éstos de interés social. Economía. Rendición de Cuentas. Transparencia. Interés Público.

Desempeñar el empleo, cargo o comisión, de manera ordenada, metódica y perseverante, con el propósito de obtener los mejores resultados en el servicio o bienes ofrecidos. Disciplina. Profesionalismo. Competencia por Mérito. Integridad.

Procurar que toda persona acceda con justicia e igualdad al uso, disfrute y beneficio de los bienes, servicios, recursos y oportunidades. Equidad. Imparcialidad. Transparencia.

Actuar buscando en todo momento la máxima atención de las necesidades y demandas de la sociedad por encima de intereses y beneficios particulares, ajenos a la satisfacción colectiva. Interés Público. Profesionalismo. Objetividad.

Otorgar un trato digno y cordial a todas las personas y a sus compañeras y compañeros de trabajo, homólogos, superiores y subordinados, considerando sus derechos, de tal manera que, propicien el diálogo cortés y la aplicación armónica de instrumentos que conduzcan al entendimiento, a través de la comunicación efectiva y asertiva, así como, el interés público. Respeto. Comportamiento Digno. Igualdad y No Discriminación.

Conocer, actuar y cumplir con las funciones, atribuciones y comisiones encomendadas de conformidad con las leyes, reglamentos y demás disposiciones jurídicas atribuibles al empleo, cargo o comisión, observando en todo momento, disciplina, integridad y respeto, tanto a las demás personas servidoras públicas como a las y los particulares con los que llegare a tratar. Profesionalismo. Interés Público. Eficacia.

Preservar el interés superior de las necesidades colectivas por encima de intereses particulares, personales o ajenos al interés general, actuando de manera neutral e imparcial en la toma de decisiones, que a su vez deberán de ser informadas en estricto apego a la legalidad. Objetividad. Imparcialidad. Legalidad.

Privilegiar el principio de máxima publicidad de la información pública, atendiendo con diligencia los requerimientos de acceso y proporcionando la documentación que generan, obtienen, adquieren, transforman o conservan; y en el ámbito de su competencia, difundir de manera proactiva información gubernamental, como un elemento que genera valor a la sociedad y promover un gobierno abierto, protegiendo los datos personales que estén bajo su custodia. Transparencia. Información pública. Interés Público.

Asumir plenamente ante la sociedad y sus autoridades la responsabilidad que deriva del ejercicio del empleo, cargo o comisión, por lo que, informan, explican y justifican sus decisiones o acciones y, se sujetan a un sistema de sanciones, así como a la evaluación y al escrutinio público de sus funciones por parte de la ciudadanía. Rendición de Cuentas. Transparencia. Profesionalismo.

Ser seleccionados para los puestos de acuerdo a su habilidad profesional, capacidad y experiencia, garantizando la igualdad de oportunidad, atrayendo a los mejores candidatos para ocupar los puestos mediante procedimientos transparentes, objetivos y equitativos. Competencia por Mérito. Transparencia. Legalidad.

Actuar conforme a una cultura de servicio orientada al logro de resultados, procurando en todo momento un mejor desempeño de las funciones, a fin de alcanzar las metas institucionales según sus responsabilidades y mediante el uso responsable y claro de los recursos públicos, eliminando cualquier ostentación y discrecionalidad indebida en su aplicación. Eficacia. Eficiencia. Austeridad. Rendición de Cuentas.

Actuar siempre de manera congruente con los principios que se deben observar en el desempeño de un empleo, cargo, comisión o función, convencidas en el compromiso de ajustar su conducta para que impere en su desempeño una ética que responda al interés público y generen certeza plena de su conducta frente a todas las personas con las que se vinculen u observen su actuar. Integridad. Interés Público. Imparcialidad. Honradez.

Otorgar un trato digno y cordial a todas las personas y a sus compañeras y compañeros de trabajo, homólogos, superiores y subordinados, considerando sus derechos, de tal manera que, propicien el diálogo cortés y la aplicación armónica de instrumentos que conduzcan al entendimiento, a través de la comunicación efectiva y asertiva, así como, el interés público. Respeto. Comportamiento Digno. Profesionalismo. Respeto a los Derechos Humanos.

Prestar los servicios a todas las personas sin distinción, exclusión, restricción, o preferencia basada en el origen étnico o nacional, color de piel, cultura, sexo, género, edad, discapacidades, condición social, económica, de salud o jurídica, religión, apariencia física, características genéticas, situación migratoria, embarazo, lengua, opiniones, preferencias sexuales, identidad o filiación política, estado civil, situación familiar, responsabilidades familiares, idioma, antecedentes penales o por cualquier otro motivo. Igualdad y No Discriminación. Respeto. Objetividad. Respeto a los Derechos Humanos.

Respetar los derechos humanos, y en el ámbito de sus competencias y atribuciones, garantizar, promover y proteger de conformidad con los Principios de: Universalidad que establece que los derechos humanos corresponden a toda persona por el simple hecho de serlo. Respeto a los Derechos Humanos. Igualdad y No Discriminación. Comportamiento Digno.

Garantizar que tanto mujeres como hombres accedan con las mismas condiciones, posibilidades y oportunidades a los bienes y servicios públicos; a los programas y beneficios institucionales y a los empleos, cargos y comisiones gubernamentales. Equidad de Género. Igualdad y No Discriminación. Comportamiento Digno. Respeto.

Evitar la afectación del patrimonio cultural de cualquier nación y de los ecosistemas del planeta; asumen una férrea voluntad de respeto, defensa y preservación de la cultura y del medio ambiente, y en el ejercicio de sus funciones y conforme a sus atribuciones, promueven en la sociedad la protección y conservación de la cultura y el medio ambiente, al ser el principal legado para las generaciones futuras. Entorno Cultural y Ecológico. Comportamiento Digno. Profesionalismo.

Colaborar entre sí y propiciar el trabajo en equipo para alcanzar los objetivos comunes previstos en los planes y programas gubernamentales, generando así una plena vocación de servicio público en beneficio de la colectividad y confianza de la ciudadanía en sus instituciones. Cooperación. Liderazgo. Compañerismo. Vocación de servicio.

Fungir como guía, ejemplo y promotoras del Código de Ética y las Reglas de Integridad; fomentar y aplicar en el desempeño de sus funciones los principios que la Constitución y la Ley les imponen, así como aquellos valores adicionales que por su importancia son intrínsecos a la función pública. Liderazgo. Integridad. Liderato. Comandante.

Conducirse en forma digna sin proferir expresiones, adoptar comportamientos, usar lenguaje o realizar acciones de hostigamiento o acoso sexual, manteniendo para ello una actitud de respeto hacia las personas con las que tiene o guarda relación en la función pública. Comportamiento Digno. Respeto. Profesionalismo. Rectitud.

Dirigirán su actuación respetando los principios constitucionales, legales y valores del servicio público, a fin de contar con un referente ante los dilemas éticos que se puedan presentar en el ejercicio de su empleo, cargo, comisión o función. Las personas servidoras públicas. Las autoridades de la Guardia Nacional. Las policías. Ninguna de las mencionadas.

La persona servidora pública que desempeñe un empleo, cargo, comisión o función, conducirá su actuación bajo los principios de honestidad, lealtad, cooperación, austeridad, sin ostentación y con una clara orientación al interés público. Actuación Pública. Información Pública. Programas Gubernamentales.

La persona servidora pública que desempeñe un empleo, cargo o comisión o función, conducirá su actuación conforme al principio de transparencia y resguarda la documentación e información gubernamental que tienen bajo su responsabilidad. Información Pública. Actuación Pública. Principios de confidencialidad.

La persona servidora pública que, con motivo de su empleo, cargo o comisión o función, o a través de subordinados, participe en contrataciones públicas o en el otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones, se conducirá con transparencia, imparcialidad y legalidad; orientando sus decisiones a las necesidades e intereses de la sociedad, y garantizando las mejores condiciones para el Estado. Contrataciones Públicas, Licencias, Permisos, Autorización y Concesiones. Programas Gubernamentales. Trámites y Servicios. Procedimiento Administrativo.

La persona servidora pública que, con motivo de su empleo, cargo o comisión o función, o a través de subordinados, participe en el otorgamiento y operación de subsidios y apoyos de programas gubernamentales, garantizará que la entrega de estos beneficios se apegue a los principios de igualdad y no discriminación, legalidad, imparcialidad, honradez, transparencia y respeto. Apoyos Federales. Programas de Apoyos Gubernamentales. Programas Gubernamentales.

La persona servidora pública que, con motivo de su empleo, cargo, comisión o función, participe en procesos de evaluación, se apegará en todo momento a los principios de legalidad, imparcialidad y rendición de cuentas. Procesos de Evaluación. Rendición de cuentas. Evaluación del desempeño.

La persona servidora pública que, en el ejercicio de su empleo, cargo, comisión o función, participe en procesos de control interno, genera, obtiene, utiliza y comunica información suficiente, oportuna, confiable y de calidad, apegándose a los principios de legalidad, eficacia, eficiencia, imparcialidad y rendición de cuentas. Control Interno. Asuntos Internos. Procesos internos.

La persona servidora pública que, con motivo de su empleo, cargo, comisión o función, participe en procedimientos de baja, enajenación, transferencia o destrucción de bienes muebles o de administración de bienes inmuebles, administrará los recursos con eficiencia, eficacia, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que están destinados. Procesos de bienes. Bienes e inmuebles. Administración de bienes.

La persona servidora pública que, en el ejercicio de su empleo, cargo, comisión o función, participe en procedimientos administrativos promoverá una cultura de denuncia, respetará las formalidades esenciales del procedimiento y la garantía de audiencia conforme al principio de legalidad e imparcialidad. Procedimiento Administrativo. Procesos Administrativos. Cultura y Garantías.

La persona servidora pública que desempeña un empleo, cargo, comisión o función, conduce su actuación con legalidad, imparcialidad, objetividad, transparencia, certeza, cooperación, ética e integridad. Desempeño Permanente con Integridad. Profesionalizmo. Honradez. Objetividad.

La persona servidora pública que desempeña un empleo, cargo, comisión o función, coopera con la dependencia o entidad en la que se labora y con las instancias encargadas de velar por la observancia de los principios y valores intrínsecos a la función pública, en el fortalecimiento de la cultura ética y de servicio a la sociedad. Cooperación con Integridad. Desempeño Permanente con Integridad. Observancia.

Fue elaborado con la participación de las personas servidoras públicas integrantes de la Guardia Nacional, quienes detectaron los principales riesgos éticos en sus unidades y realizaron sus propuestas u observaciones al mismo. El Código de Conducta. Leyes y Reglamentos de la Guardia Nacional. El Instrumentos de Conducta.

Tiene como objeto establecer las directrices de la conducta esperada por las personas servidoras públicas adscritas a la Guardia Nacional, en el cumplimiento de las metas institucionales, con base en los principios constitucionales y legales, valores, y reglas de integridad contemplados en el presente instrumento. El Código de Conducta de la Guardia Nacional. El Reglamento de la Guardia Nacional. Código de Conducta y Ética de la Guarda Nacional.

Forma de violencia con connotación lasciva en la que, si bien pudiera no existir la subordinación, hay un ejercicio abusivo de poder que conlleva a un estado de indefensión y de riesgo para la víctima, independientemente de que se realice en uno o varios eventos. Acoso Sexual. Hostigamiento Sexual. Acoso laboral. Abuso sexual laboral.

Instrumento deontológico que establece los parámetros generales de valoración y actuación respecto al comportamiento al que aspira una persona servidora pública, en el ejercicio de su empleo, cargo o comisión o función, a fin de promover un gobierno transparente, íntegro y cercano a la ciudadanía. Código de Ética. Parametros de Valoracion Interna. Código de Conducta. Transparencia contra el acoso y abuso sexual.

Comportamiento esperado por parte de la persona servidora pública, es decir, la forma en que se aplicarán los principios, valores y reglas de integridad enunciados en el Código de Ética, siendo conductas enunciativas más no limitativas. Conducta. Comportamiento. Profesionalizmo. Excelencia de comportamiento.

Situación que se presenta cuando los intereses personales, familiares o de negocios de la persona servidora pública puedan afectar el desempeño independiente e imparcial de su empleo, cargo, comisión o función. Conflicto de Interés. Corrupción. Disputa laboral.

Imagen, idea o noción inmutable que tiene un grupo social sobre otro, que puede convertirse en etiquetas peyorativas o despectivas. Estereotipar. Estigmatizar. Prejuicios.

Ofender la fama, el honor y la dignidad de una persona. Estigmatizar. Estereotipar. Difamación. Conflictos.

Ejercicio de poder, en una relación de subordinación real de la víctima frente al agresor en los ámbitos laboral y/o escolar. Se expresa en conductas verbales, físicas o ambas, relacionadas con la sexualidad de connotación lasciva. Hostigamiento Sexual. Abuso Sexual. Acoso Sexual. Acoso laboral.

Las personas servidoras públicas tendrán la obligación de conocer y respetar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Leyes, Reglamentos, Manuales y demás disposiciones jurídicas nacionales y tratados internacionales de los que México forma parte y que regulan los actos de servicio que desempeñan diariamente. Conocimiento y aplicación de la Ley. Conocimientos de las Leyes. Desempeño constitucional.

Las personas servidoras públicas cumplirán sus funciones con estricto apego a la normatividad y no harán uso indebido de su empleo, cargo, comisión o función para obtener un beneficio para sí o para terceros, en el ejercicio del poder público. Combate a la corrupción. Normatividad. Interés público e integridad. Ética.

Las personas servidoras públicas sujetarán su actuar en términos de las disposiciones jurídicas aplicables, razón por la cual la ciudadanía puede acceder a la información generada por la institución, siempre y cuando no se encuentre clasificada como reservada o confidencial en términos de las disposiciones en materia de transparencia. Protección de la Informacion. Resguardo de la Informacion. Confidencialidad de la documentacíon.

Las personas servidoras públicas ofrecerán la atención y el servicio que requiera la sociedad con un trato respetuoso, imparcial y equitativo, con el objeto de inspirarle confianza y credibilidad a la sociedad, dirigiéndose a la de forma afable, cordial, con respeto, evitando conductas ofensivas y abusivas. Proximidad Social. Relación con la sociedad. Valor social. Comunicación con la sociedad.

Las personas servidoras públicas aceptarán los cambios que se vayan presentando como resultado de las reformas en materia constitucional y la adopción de tratados internacionales que permitan un mejor desempeño de sus funciones, contribuyendo a crear un sentido de pertenencia e identidad. Adaptación al cambio. Sentido de pertenencia. Conocimiento abstracto. Versatilidad laboral.

Es el documento que deberá ser elaborado y suscrito por la persona que ocupe la titularidad de la Guardia Nacional, en la que fomente el sentido de identificación y apropiación de las personas servidoras públicas con la Institución, de conformidad con el artículo 23 del Código de Ética. Carta de invitación. Carta compromiso. Carta de bienvenida. Carta magna.

Las personas servidoras públicas deberán suscribir una de estas, cuyo propósito es dejar constancia de que conocen y comprenden el Código de Conducta y, por lo tanto, asumen el compromiso de cumplirlo durante el desempeño de su empleo, cargo o comisión. Carta de invitacion. Carta compromiso. Carta de responsabilidad. Carta magna.

Podrá presentar una denuncia cuando conozca de posibles incumplimientos al Código de Ética, las Reglas de integridad y/o al Código de Conducta, así como consultas en materia de conflictos de intereses, a través en los medios siguientes. Instituciones no gubernamentales. Los ofendidos. Cualquier persona. La CNDH.

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