Código de Justicia Militar
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Título del Test:
![]() Código de Justicia Militar Descripción: Promoción defensa |



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Artículo 224.- Qué tipo de delito cometen los que, reunidos tumultuariamente, en número de 10 o más, - resistan a una autoridad o la ataquen -con alguno de los objetos siguientes: I.- De impedir la promulgación o la ejecución de una ley o la celebración de una elección popular. II.- de impedir el libre ejercicio de sus funciones, o el cumplimiento de una providencia judicial o administrativa. Sedición. Rebelión. Falsificación. Art. 228. Que tipo de delito comete la persona que fraudelente y con el objeto de obtener algún provecho para sí o para otro, o con el fin de causar algún perjuicio: I.- Ponga una firma o rúbrica falsas, aunque sean imaginarias, o altere una verdadera, en algún documento militar; II.- aproveche indebidamente una firma o rúbrica en blanco, ajenas, extendiendo algún despacho, patente, orden de pago o cualquiera otro documento relativo a la posición o servicios militares, suyos o de otra persona; III.- altere el texto de algún documento militar verdadero después de concluído y firmado, IV.- expida o extienda testimonio o copia certificada supuestos de documentos militares que no existan, o de los existentes que carezcan de los requisitos legales, suponiendo falsamente que los tienen o agregando o suprimiendo en la copia, algo que importe una variación substancial, y V.- se atribuya a la persona a cuyo nombre extienda el documento, un nombre o una investidura, calidad o circunstancia que no tenga y que sea necesaria para la validez del acto. Falsificación. Sedición. Fraude. Artículo 231.- El que falsifique los sellos, timbres o marcas militares que se usen en la correspondencia, libros, actas o documentos oficiales destinados a marcar el armamento, equipo, vestuario u otros objetos pertenecientes al ejército, será castigado con la pena de. Falsificación. Sedición. Fraude. Artículo 232.- El que habiéndose proporcionado las marcas, timbres o sellos verdaderos, destinados y los utilice de un modo fraudulento. Falsificacion. Sedición. Art. 233.- que tipo de delito realiza la persona que a sabiendas haga uso de pesas o medidas falsas, para entregar o recibir los objetos que tenga a su cargo. Falsificación. Sedición. Art. 234. Que delito comete el que falsifique o adultere, o haga falsificar o adulterar los víveres, forrajes, líquidos, medicinas u otras substancias confiadas a su guarda o vigilancia, o que conociendo su falsificación o adulteración las distribuya o haga distribuir a la tropa, caballos, ganado de tiro o acémilas. Falsificación. Sedición. Art. 237. El que intencionalmente altere, cambie, destruya o modifique los diarios de bitácora, navegación, o desviación del compás o cronómetros o libros de cargo, estudios científicos o relativos a una navegación, o que dé un falso rumbo, u observaciones de situación distintas de las verdaderas, será castigado con ocho meses de prisión, si no resultare daño. Si resultare éste, la pena será de tres años de prisión, y si se perdiere el buque, se impondrá pena de treinta a sesenta años de prisión. Falsificación. Sedición. Art. 238.El que altere o cambie los planos o modelos de alguna construcción naval, o la construcción misma, destinada al servicio de la Armada, qué tipo de delito se comete?. Falsificación. Sedición. |





