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Código de la Niñez y la Adolescencia

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Título del Test:
Código de la Niñez y la Adolescencia

Descripción:
Ley N°1680/01

Fecha de Creación: 2022/07/25

Categoría: Otros

Número Preguntas: 30

Valoración:(85)
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Que establece el Artículo 1 Del Objeto de Este Código: Establece y regula los derechos, garantías y deberes del niño y del adolescente. Establece la protección del niño y del adolescente. Se respetan sus vínculos familiares.

En caso de duda sobre la edad de una persona, se presumirá cuanto sigue: a)entre niño o adolescente, la condición de niño. b)entre adolescente y adulto, la condición de adolescente. a y b.

Para determinar el interés superior o pervaleciente se respetarán: Sus vínculos familiares, su educación y su origen étnico, religioso, cultural y lingüístico. Protegerlo contra el abandonó. Garantizar su desarrollo y cuidado.

Los padres biológicos y adoptivos, o quienes tengan niño o adolescente bajo su guarda o custodia tiene la obligación de: a) garantizar al niño o adolescente su desarrollo armónico e integral. b) protegerlo contra el abandono, la desnutrición, la violencia, el abuso y la explotación. c) darles la educación necesaria. a y b. a b y c.

Toda persona que tenga conocimiento de una violación de los derechos y garantías del niño o adolescente debe comunicar a la: La consejería municipal de los derechos del niño niña y adolescente(CODENI). A los padres. A la policía.

La protección de las personas por nacer se ejerce mediante: La atención a la embarazada desde la concepción y hasta los 45 días posteriores al parto. La atención a la embarazada desde los 50 días posteriores al parto. La atención a la embarazada desde los 40 días posteriores al parto.

Será responsabilidad del estado: a)atender a la mujer embarazada insolvente, a la que se proveerá, de alojamiento, alimentación y medicamentos necesarios. b)atender a la embarazada indígena, en el marco del más amplio respeto a su cultura. c)elaborar planes de atención especializada para la protección del adolescente embarazada. d)proveer la lactancia materna. a y b. a b c y d.

Según las normas del Código Sanitario, estarán obligadas al llevar un registros de nacidos vivos en el que dejará impresa: Identificación dactilar de la madre y la identificación palmatocópica del recién nacido. El nombre de la madre y el nombre del recién nacido. La huella dactilar de la madre y del recién nacido.

El niño y el adolescente tienen derecho: A una educación que les garantice el desarrollo armónico e integral de su persona y qué les prepare para el ejercicio de la ciudadanía. Cumplir las obligaciones que le dicté sus padres. A respetar las normas y a los mayores.

El niño y el adolescente con discapacidad física, sensorial, intelectual o emocional, tiene derecho a: Al recibir cariño y atención. Recibir cuidados y atenciones adecuados, inmediatos y continuous. A ser respetados y educados.

Quiénes tendrán acceso a las actuaciones y expedientes relativos al niño o adolescente. Los padres del niño y del Adolescente. El niño o el adolescente. El niño al adolescente, sus padres, tutores, representantes legales, los defensores.

Qué dice el artículo 29 de la prohibición de la publicación: Queda prohibido dar los nombres del niño adolescente. Queda prohibido publicar por la prensa escrita, radial, televisiva o por cualquier otro medio de comunicación, los nombres, las fotografías o los datos del niño o adolescente.

El sistema educativo garantizara al niño y al adolescente, en concordancia con lo dispuesto en la ley general de educación: a)el derecho a ser respetados por sus educadores. b)el derecho de organización y participación en entidades estudiantiles. c)la promoción y difusión de sus derechos. d)el acceso a escuelas públicas gratuitas cercanas a su residencia. e)el respeto a su dignidad. a y b. a b c d y e.

Se prohíbe la venta o suministro al niño o al adolescente de: a)armas, municiones y explosivos. b)bebidas alcohólicas, tabaco y otros productos. c)fuego de estampido o de artificio. d)revistas y y materiales pornográficos. e)video juego clasificados como nocivos para su desarrollo integral. a b c d y e. d y e.

Cuando el niño el adolescente se encuentra en situaciones que señalan la necesidad de protección o apoyo, se aplicarán las siguientes medidas: a)la advertencia al padre, a la madre, al tutor o responsable. b)la orientación al niño o Adolescente y a su grupo familiar. c)el acompañamiento temporario al niño o adolescente y a su grupo familiar. d)la incorporación del niño en un establecimiento de educación escolar básica y la obligación de asistencia. e)el tratamiento médico y psicológico. f)la ubicación del niño o adolescente en una familia sustituta. g)la ubicación del niño o adolescente en un hogar. f y g. a b c d e y f.

De qué trata el artículo 35 del Abrigo: Consiste en abrigar y cuidar al niño o al adolescente en una casa donde no le falte cuidados específicos. Consiste en la ubicación del niño al adolescente en una entidad destinada a su protección y cuidado.

Para qué sirve el Sistema Nacional de protección y promoción integral a la niñez y la adolescencia( El Sistema): Sirve para preparar y supervisar la ejecución de la política nacional destinada a garantizar la plena vigencia los derechos del niño y del Adolescente. Sirve para garantizar al niño al adolescente en una familia sustituta. Sirve para la ubicación del niño o adolescente en un hogar sustituto.

La secretaría Nacional de la niñez y la adolescencia (La Secretaria), Estará a cargo de: Un secretario ejecutivo nombrado por el poder ejecutivo. El ministerio público. Los consejos departamentales. El Ministerio de Justicia y trabajo.

Las atribuciones del secretario ejecutivo son: a)presidir el Consejo Nacional de la niñez y la adolescencia. b)contratar, previa autorización del presidente de la república, préstamos con entidades nacionales o extranjeras. c)administrar los bienes y recursos de la secretaría. d)contratar y despedir al personal. a y d. b y c. a b c y d.

El Consejo Nacional de la niñez y la adolescencia (El Consejo Nacional) será convocado por: El gobernador. El presidente de la república. El secretario ejecutivo. Los consejos municipales.

El Consejo Nacional de la niñez y la adolescencia(El Consejo Nacional) estará integrado por un representante de: a)la secretaría Nacional de la niñez y la adolescencia, El ministro de salud pública y bienestar socia, El Ministerio de Educación y cultura, el Ministerio de Justicia y trabajo, El Ministerio Público, El Ministerio de defensa pública y Los consejos departamentales. b)el presidente de la república y los diputados. c)los organismos no gubernamentales de bien público y sin fines de lucro de cobertura nacional. a y c. a b y c.

El Consejo Nacional de la niñez y la adolescencia (El Consejo) fijar a su domicilio en la ciudad de: En Luque. En caacupé. En Asunción.

El Consejo Nacional ejercerá las siguientes funciones: a)formular políticas para la promoción, atención y protección de los derechos del niño y adolescente. b)arobar y supervisar los planes y programas específicos elaborados por la secretaría. c)dictar su reglamento interno. a b y c. b y c.

El consejo departamental de la niñez y la adolescencia estará integrado en cada departamento por un representante de: a)El Gobernador, La Junta departamental, La Organizaciones de Niños del Departamento, Los Consejos Municipales. b)los respectivo secretarios departamentales de salud y educación. c)las organizaciones no gubernamentales de bien público y sin fines de lucro del departamento. d)El Ministerio de Justicia y Trabajo. a b y c. a b c y d.

El consejo departamental tendrá las siguientes funciones: a)Aprobar los planes y programas para el departamento. b)Apoyar a las municipalidades del departamento. c)Dictar su reglamento. a y b. a b y c.

El consejo municipal de la niñez y la adolescencia estará integrado en cada municipio por un representante de: a)El Intendente, La Junta Municipal, Las Comisiones Vecinales o Comisiones de Fomento del Municipio, Las Organizaciones de Niños. b)Las organizaciones no gubernamentales de bien público y sin fines de lucro del municipio. c)La secretaría Nacional de la niñez y la adolescencia. a y b. a b y c.

El consejo municipal de la niñez y la adolescencia fijara su domicilio en: En Asunción. Dentro del radio del municipio. En Luque.

El consejo municipal de la niñez y la adolescencia tendrá las siguientes funciones: a)Orientar prioritariamente sus gestiones al desarrollo de programas de atención directa y de promoción integral de los derechos del niño y del Adolescente en su municipio. b)Coordinar los programas y acciones emprendidas por las instituciones públicas y con las instituciones privadas orientadas a los niños y adolescentes. c)Proponer a la municipalidad el presupuesto anual de los programas de la oficina dirigidos a la niñez y la adolescencia y dictar su reglamento interno. a y b. a b y c.

En caso de separación de los padres y de existir controversia, niño menor de cinco años de edad debe quedar a cargo de: Debe quedar a cargo de la madre. Debe quedar a cargo del padre. Debe quedarse en una casa hogar.

En caso de que uno los padres arrebate el hijo al otro, El Juzgado convocar a los padres a una audiencia al llevarse a cabo en: En un plazo máximo de 3 días. En un plazo máximo de 15 días. No tiene plazo máximo.

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