Código Procesal Penal Juvenil
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Título del Test:
![]() Código Procesal Penal Juvenil Descripción: Perfeccionamiento 2026 |



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En el marco del Programa de Recompensas de la Provincia de Santa Fe, el ofrecimiento concreto de la compensación dineraria se dispone mediante: Resolución directa del fiscal interviniente, sin necesidad de intervención de otros organismos. Resolución fundada del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, a requerimiento del Ministerio Público de la Acusación y con conocimiento previo del juez de la causa. Decreto del Poder Ejecutivo provincial con intervención posterior del Poder Judicial. En el nuevo Código Procesal Penal Juvenil de Santa Fe, la investigación penal preparatoria respecto de una persona menor de edad se inicia: Por requerimiento del querellante adhesivo ante el Tribunal de Juicio. Por denuncia directa ante el juez penal juvenil. Exclusivamente por decisión del Fiscal, quien debe ser informado inmediatamente por la policía si toma conocimiento del hecho. El nuevo Código Procesal Penal Juvenil reconoce a las personas menores de edad las mismas garantías procesales que a los mayores, además de derechos específicos derivados de su condición de persona en desarrollo. Verdadero. Falso. En el proceso penal juvenil se permite la autodefensa de la persona menor de edad si manifiesta su voluntad de no contar con asistencia letrada. Verdadero. Falso. Si un adolescente no ha alcanzado la edad mínima de responsabilidad penal, el Fiscal puede solicitar medidas cautelares privativas de la libertad cuando se trate de delitos graves. Verdadero. Falso. Según la normativa aplicable al Fondo Provincial de Recompensas, no podrán acceder al cobro de la compensación dineraria quienes. Sean miembros de fuerzas de seguridad o inteligencia, en actividad o retirados, respecto de hechos comprendidos en el programa. Hayan tomado conocimiento del hecho delictivo a través de medios de comunicación masiva. Respecto de la privación de libertad durante el proceso penal juvenil, la normativa establece que: Tiene carácter restrictivo, debe ser el último recurso y por el menor tiempo posible. Es automática cuando el menor es imputado formalmente. Debe ser dispuesta por la policía cuando exista peligro de fuga. En los casos en que en una misma causa existan personas imputadas mayores y menores de edad: La audiencia de juicio de responsabilidad puede realizarse ante un mismo Tribunal, pero respecto del menor solo se declarará su responsabilidad o no, sin imponer pena. El menor será juzgado aplicando íntegramente el procedimiento de adultos. El proceso del menor debe tramitar necesariamente ante un tribunal distinto. |




