option
Cuestiones
ayuda
daypo
buscar.php

COGEP

COMENTARIOS ESTADÍSTICAS RÉCORDS
REALIZAR TEST
Título del Test:
COGEP

Descripción:
EXAMEN COMPLEXIVO

Fecha de Creación: 2024/02/22

Categoría: Otros

Número Preguntas: 56

Valoración:(0)
COMPARTE EL TEST
Nuevo ComentarioNuevo Comentario
Comentarios
NO HAY REGISTROS
Temario:

Que materias Regula el COGEP. Todas las materias, excepto la constitucional, electoral, de extinción de dominio y penal. Todas las materias sin exepcion.

En cuales aplica el COGEP. Todos los juicios Civiles, Laborales, Inquilinato, de Familia Niñez y Adolescencia, Administrativo y Contencioso Tributarios. Todos los juicios Civiles, Laborales, penales, negocios, Administrativo y Contencioso Tributarios.

Que es la Providencia. Acto mediante el cual una autoridad judicial o administrativa, impulsa o define una causa procesal. La sentencia es la decisión de la o del juzgador acerca del asunto de un juicio penal.

Presuncion de inocencia. Esto indica que todos somos -inocente- hasta que no se demuestre lo contrario, y que haya una resolucion de un juez. Inocente desde la detencion hasta la investigacion.

Cuales son los recursos verticales: La apelación, la casación y el recurso de hecho. No hay recursos.

ARTÍCULO 165 Derecho de contradicción de la prueba. Las partes tienen derecho a conocer oportunamente las pruebas que se van a practicar, oponerse de manera fundamentada y contradecirla. Las partes tienen derecho a conocer oportunamente las pruebas que se van a practicar, fundamentada y contradecirla.

Que son los recursos horizontales: Son aquellos medios de impugnación, de los que se valen las partes procesales para corregir un error judicial, sea este por lapsus calami, errores de escritura, nombres, citas legales, de cálculo o puramente numéricos. Son aquellos medios de impugnación, de los que se valen las partes procesales para corregir un error judicial.

Principio de inmediación. La o el juzgador celebrará las audiencias en conjunto con las partes procesales que deberén estar presentes para la evacuación de la prueba. La o el juzgador celebrará las audiencias en conjunto con las partes procesales.

Principio de intimidad. Las y los juzgadores garantizarán que los datos personales de las partes procesales se destinen únicamente a la sustanciación del proceso y se registren o divulguen con el consentimiento libre, previo y expreso de su titular, salvo que el ordenamiento jurídico les imponga la obligación de incorporar dicha información con el objeto de cumplir una norma constitucionalmente legítima. Las y los juzgadores garantizarán que los datos personales de las partes procesales se destinen únicamente a la sustanciación del proceso y se registren o divulguen con el consentimiento libre, previo y expreso de su titular.

Transparencia y publicidad de los procesos judiciales. La información de los procesos sometidos a la justicia es pública, así como las audiencias, las resoluciones judiciales y las decisiones administrativas. La información de los procesos sometidos a la justicia es pública.

Competencia territorial. Por regla general será competente, en razón del territorio y conforme con la especialización respectiva, la o el juzgador del lugar donde tenga su domicilio la persona demandada. La persona que no tenga domicilio fijo, podrá ser demandada donde se la encuentre. Por regla general será competente, en razón del territorio y conforme con la especialización respectiva, la o el juzgador del lugar donde tenga su domicilio la persona demandada.

Facultad para resolver el conflicto de competencia. Corresponde a las Salas Especializadas de la Corte Nacional y de las Cortes Provinciales de Justicia dirimir los conflictos de competencia que surjan entre las o los juzgadores, conforme con las reglas previstas en la ley. Corresponde a las Salas Especializadas de la Corte Nacional y de las Cortes Provinciales de Justicia dirimir los conflictos de competencia que surjan entre las o los juzgadores, conforme con las reglas previstas en la ley. Corresponde a las Salas Especializadas de la Corte Nacional.

Como se denomina a los sujetos procesales: Dentro de la normativa se encuentra establecido que serán 2 las partes procesales, es decir la parte actora y la parte demandada, también denominadas la parte accionante y la parte accionada o el demandante y el demandado. Dentro de la normativa se encuentra establecido que serán 2 las partes procesales.

Si se trata de persona jurídica donde se presentara la demanda: Será competente la o el juzgador de cualquier lugar donde esta tenga establecimientos, agencias, sucursales u oficinas. Será competente la o el juzgador de cualquier lugar.

Que es termino legal y judicial. Termino legal: Los términos señalados en la ley son irrenunciables e improrrogables. Termino judicial: En los casos en que la ley no prevea un término para la realización de una diligencia o actuación procesal, lo determinará la o el juzgador, con el carácter de perentorio y vinculante para las partes. Termino legal: Los términos señalados en la ley son irrenunciables e improrrogables. Termino judicial: En los casos en que la ley no prevea un término para la realización.

Quienes pueden presentar una demanda: Mayores de 18 años, adolescentes mayores de 15 años, padre o la madre, quien esté a cargo del cuidado de un menor, representante legal. Solo Mayores de 18 años.

Que es la citación: Es el acto mediante el cual se da a conocer al demandado el contenido de la demanda o de la petición de una diligencia preparatoria y de las providencias recaídas en ellas, es uno de los principales actos de la actividad procesal, porque es una de las solemnidades sustanciales común a todos los procesos. Es el acto mediante el cual se da a conocer al demandado el contenido de la demanda o de la petición de una diligencia preparatoria y de las providencias recaídas en ellas, es uno de los principales actos de la actividad procesal, sin cambio.

Cuales son las formas de citacion: mediante boletas físicas o electrónicas, o a través del medio de comunicación ordenado por la o el juzgador. mediante solo boletas.

Citación por boletas y por boletas electrónicas. Si no se encuentra personalmente a la o el demandado, se le citará por medio de tres boletas que se entregarán en días distintos y seguidos en su domicilio, residencia, lugar de trabajo o asiento principal de sus negocios a cualquier persona de la familia. Si no se encuentra a persona alguna a quien entregarlas, se fijarán en la puerta del lugar de habitación, de este particular el citador dejará constancia fotográfica adjunta a las actas de citación. Si no se encuentra personalmente a la o el demandado, se le citará por medio de tres boletas que se entregarán en días distintos y seguidos en su domicilio, residencia, lugar de trabajo o asiento principal de sus negocios a cualquier persona de la familia. Si no se encuentra a persona alguna a quien entregarlas.

ARTÍCULO 56 Citación a través de uno de los medios de comunicación. Publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación del lugar. Mensajes que se transmitirán en tres fechas distintas, por lo menos tres veces al día, en una radiodifusora de la localidad. Será competente la o el juzgador de cualquier lugar.

ARTÍCULO 57Citación a las y los ecuatorianos en el exterior. La citación a las y los ecuatorianos en el exterior cuyo domicilio se conoce se realizará mediante exhorto a las autoridades consulares. La citación a las y los ecuatorianos en el exterior cuyo domicilio se conoce se realizará mediante juzgados.

Ques es la Notificación. ARTÍCULO 65. La notificación es un acto jurídico por el cual se comunica legalmente a una persona una resolución judicial para que actúe procesalmente en el juicio. Es el acto por el cual se pone en conocimiento de las partes, de otras personas o de quien debe cumplir una orden, todas las providencias judiciales.

Que es la Celeridad. Celeridad se entiende como el cumplimiento ágil y pronto que debe tener la administración pública de sus funciones, para garantizar los derechos del debido proceso y el acceso a la justicia. Mediante el cual se posibilita el reconocimiento de un derecho dentro de un proceso ordenado por etapas.

Principio de concentracion. Este principio exige que las actuaciones procesales se realicen lo más próximas entre sí, a ser posible en un solo acto, y que la sentencia se dicte en el plazo más breve posible. Todo juicio se realice los mas pronto posible e inmediato.

Principio de eficacia. Cumplir con los tiempos establecidos dentro del marco legal y dar pie o extexiones inecesarias en los proces judiciales. Las actuaciones administrativas se realizan en función del cumplimiento de los fines previstos para cada órgano o entidad pública.

Principio de Economia Procesal. Garantiza la aplicación de un criterio económico en la realización positiva del proceso con el menor desgaste posible de la actividad jurisdiccional. Garantiza la aplicación de un criterio económico en la realización positiva del proceso con el Mayor gaste posible de la actividad jurisdiccional.

Que es la jurisdiccion. La facultad de administrar justicia en determinados asuntos y dentro de cierto territorio, juzgar y hacer ejecutar lo juzgado (idigena). La de plena jurisdicción o subjetiva que ampara un derecho subjetivo de la o del accionante, presuntamente negado.

Que es Competencia. Aptitud legal de ejercer jurisdicción en una causa concreta y determinada, mediante la cual la ley ejecuta un reconocimiento al juzgador para la realización de sus atribuciones en relación a una determinada categoría de asunto o durante una etapa de juicio. Facultad para administrar justicia en razon de Grado, materia, persona, territorio.

competencia Territorial. Nos referimos al lugar determinado de un punto geográfico dentro del espacio. Se toma en cuenta que en razón del lugar, la ubicación de la cosa del litigio, del sometimiento expreso dentro de un contrato donde las partes fijan su domicilio.

Competencia Concurrente. Se toma en cuenta que en razón del lugar, la ubicación de la cosa del litigio, del sometimiento expreso dentro de un contrato donde las partes fijan su domicilio. Nos referimos al lugar determinado de un punto geográfico dentro del espacio.

Competencia Excluyente. Se toma en cuenta que en razón del lugar, la ubicación de la cosa del litigio, del sometimiento expreso dentro de un contrato donde las partes fijan su domicilio. Aquí encontramos que se debe demandar en el lugar donde se encuentre la cosa materia del litigio, donde existe un derecho de suseción y el último domicilio del causante. Recordando que el trabajador no puede renunciar a su domicilio.

Recursos horizontales. Aclaración Ampliación Revocatoria Reforma. Apelación Casación De hecho.

Recursos verticales. Apelación Casación De hechos. Aclaración Ampliación Revocatoria Reforma.

Recurso de aclaracion que es: sentencia obscura, ambiguo o contradictorio. remedio procesal concedido a los litigantes para que el mismo juez.

Recurso de ampliacion: No se haya resuelto alguno de los puntos contravertidos o se haya omitido decidir sobre frutos, intereses o costas. La ampliación procederá cuando no se haya resuelto alguno de los puntos controvertidos o se haya omitido decidir sobre frutos, intereses o costas.

Recurso de Revocatoria. Deje sin efecto al auto de sustación y dicte otro en sustitución. Será competente la o el juzgador de cualquier lugar.

Recurso de reforma. Se enmendaría la providencia en la parte que corresponda. Es la providencia.

Recurso de apelacion. Contra las sentencias y los autos interlocutorios dictados dentro de la primera instancia, así como contra las providencias con respecto a las cuales la ley conceda expresamente este recurso. Ley conceda expresamente este recurso.

¿Cuál es la diferencia entre primera, segunda instancia y casación?. La primera instancia es donde se inicia el proceso, son competentes los jueces unipersonales que laboran en las Unidades Judiciales. En primera instancia se conoce la demanda, las excepciones, se practican pruebas y se resuelve en sentencia. En segunda instancia se resuelven los recursos de apelación ante las Cortes Provinciales. La casación persigue la protección de la ley y la unificación de la jurisprudencia. Corresponde el conocimiento de los recursos de casación a la Corte Nacional de Justicia. La primera instancia se resuelven los recursos de apelación ante las Cortes Provinciales. En segunda instancia es donde se inicia el proceso, son competentes los jueces unipersonales que laboran en las Unidades Judiciales. En primera instancia se conoce la demanda, las excepciones, se practican pruebas y se resuelve en sentencia. La casación persigue la protección de la ley y la unificación de la jurisprudencia. Corresponde el conocimiento de los recursos de casación a la Corte Nacional de Justicia.

¿Cuándo ingresa un proceso a la Corte Nacional de Justicia?. Cuando han interpuesto recurso de casación o de revisión o en casos de fuero de Corte Nacional.rso. Se ingresa en primera instancia.

Recurso de Casacion. Contra las sentencias y autos que pongan fin a los procesos de conocimiento dictados por las cortes provinciales de justicia y por los tribunales contencioso tributario y contencioso administrativo (ultima instancia). Contra las providencias que niegan un recurso de apelación o de casación.

Recurso de Hecho. Contra las sentencias y los autos interlocutorios dictados dentro de la primera instancia, así como contra las providencias con respecto a las cuales la ley conceda expresamente este recurso. Contra las providencias que niegan un recurso de apelación o de casacion, El recurso de hecho se interpone ante el mismo órgano judicial que dictó la providencia de inadmisión de la apelación o casación.

Solemnidades sustanciales: Son solemnidades sustanciales comunes a todos los procesos: 1. Jurisdicción. 2. Competencia de la o del juzgador en el proceso que se ventila. 3. Legitimidad de personería. 4. Citación con la demanda a la o el demandado o a quien legalmente lo represente. 5. Notificación a las partes con la convocatoria a las audiencias. 6. Notificación a las partes con la sentencia. 7. Conformación del tribunal con el número de juzgadores que la ley prescribe. Citación con la demanda a la o el demandado o a quien legalmente lo represente.

Ques es Excusa. Puedo manifestar que la excusa es cuando el juzgador o la juzgadora no avoca el conocimiento de un proceso, por cuando al criterio referido de su parte por tener una relación directa con la causa. Puedo manifestar que la excusa es cuando el juzgador o la juzgadora no quiere ir al proceso judicial.

Defina Excusa y Recusación. Una forma de definir la Excusa y Recusación es considerando que “tiene que ver con la figura del Juez, sus condiciones éticas de probidad, de imparcialidad, en el manejo de un asunto puntual; no ser pariente, acreedor, deudor, socio, empleador, donatario; de uno de los litigantes; tener interés en la causa; brindar consejo u opinión a favor de uno de los contendientes; dejar de atender la causa, etc”. Ley conceda expresamente este recurso.

Diferencia de recusacion o escusa. La recusación se diferencia de la excusa en que la primera es una facultad que tienen las partes para separar al juez o árbitro de un procedimiento, mientras que la segunda es un deber que tiene el juez de no participar en un proceso por distintas circunstancias. La Excusa se diferencia de la recusacion en que la primera es una facultad que tienen las partes para separar al juez o árbitro de un procedimiento, mientras que la segunda es un deber que tiene el juez de no participar en un proceso por distintas circunstancias.

ARTÍCULO 30 Las partes. Sujetos Procesales. El sujeto procesal que propone la demanda y aquel contra quien se la intenta son partes en el proceso. La primera se denomina actora y la segunda demandada. Las partes pueden ser: Personas naturales. Personas jurídicas, Comunidades, pueblos, nacionalidades o colectivos. La naturaleza. Personas naturales. Personas jurídicas, Comunidades, pueblos, nacionalidades o colectivos. La naturaleza.

Que es la prueba testimonial. Es la declaración que rinde una de las partes o un tercero. Se practica en la audiencia de juicio o en la segunda fase de la audiencia única. Se practica en la audiencia de juicio o en la segunda fase de la audiencia única.

Representación de la Naturaleza Antecediendo con el tema materia de estudio, es beneficio tener claro una definición del tema por lo que me permito formular un criterio para consensuar con ustedes de la naturaleza podrá ser representada por cualquier persona natural o jurídica, colectividad o por el Defensor del Pueblo. Esta no podrá ser demandada en juicio ni reconvenida. verdadero. falso.

Cuales son las capcidades procesales. Menores de edad e incapacidades. Representación del causante. Representación del insolvente. Persona jurídica.

ARTÍCULO 37 Procurador común. Si son dos o más las o los actores por un mismo derecho o dos o más las o los demandados, siempre que sus derechos o excepciones no sean diversos o contrapuestos, la o el juzgador dispondrá que constituyan un procurador común dentro del término que se les conceda, si no lo hacen, la o el juzgador designará entre ellos a la persona que servirá de procuradora y con quien se contará en el proceso. La persona designada no podrá excusarse de desempeñar el cargo. verdadero. falso.

Art. 41 del (COGEP, 2019).- Procuradoras y procuradores judiciales. - Son las o los mandatarios que tienen poder para comparecer al proceso por la o el actor o la o el demandado. verdadero. falso.

Una lo correcto. Como comienza un proceso:. Cuando se conoce la prueba:. En qué tiempo se califica si la demanda cumple con los requisitos legales:. Qué sucede si la demanda no cumple con los requisitos:. Que sucede si no se completa la demanda en el término dispuesto por la autoridad:. Hasta qué momento se puede reformar la demanda:.

ORDENE LA VALORACION. El número del Registro Unico de Contribuyentes en los casos que así se requiera. Los nombres completos y la designación del lugar en que debe citarse a la o al demandado, además de dirección electrúnica, si se conoce. La designación de la o del juzgador ante quien se la propone. La narración de los hechos detallados y pormenorizados que sirven de fundamento a las pretensiones, debidamente clasificados y numerados. Los nombres y apellidos completos, número de cédula de identidad o ciudadanía, pasaporte, estado civil, edad, profesión u ocupación, dirección domiciliaria y electrúnica de la o del actor, casillero judicial o electrúnico de su defensora o defensor público o privado. Cuando se actúa en calidad de procuradora o procurador o representante legal se hará constar también los datos de la o del representado. El anuncio de los medios de prueba que se ofrece para acreditar los hechos. Se acompañarán la nómina de testigos con indicación de los hechos sobre los cuales declararán y la especificación de los objetos sobre los que versarán las diligencias, tales como la inspección judicial, la exhibición, los informes de peritos y otras similares. Si no tiene acceso a las pruebas documentales o periciales, se describirá su contenido, con indicaciones precisas sobre el lugar en que se encuentran y la solicitud de medidas pertinentes para su práctica. Los fundamentos de derecho que justifican el ejercicio de la acción, expuestos con claridad y precisión. La pretensión clara y precisa que se exige. La cuantía del proceso cuando sea necesaria para determinar el procedimiento. La solicitud de acceso judicial a la prueba debidamente fundamentada,.

Una lo correcto. Cuál es la finalidad de la prueba:. Que requisitos se necesitan cumplir para que la prueba sea admisible:. Hasta qué momento se puede presentar una prueba nueva. Los sujetos procesales:. Los principios del proceso. En qué consiste el principio de eficacia.

Art. 95.- Contenido de la sentencia escrita. La sentencia escrita contendrá: La mención de la o del juzgador que la pronuncie. La fecha y lugar de su emisión. La identificación de las partes. La enunciación breve de los hechos y circunstancias objeto de la demanda y defensa de la o del demandado. La decisión sobre las excepciones presentadas. La relación de los hechos probados, relevantes para la resolución. La motivación. La decisión que se pronuncie sobre el fondo del asunto, determinando la cosa, cantidad o hecho al que se condena, si corresponde. La procedencia o no del pago de indemnizaciones, intereses y costas.

Denunciar Test