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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEComp AAPP

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Título del test:
Comp AAPP

Descripción:
Tit Prel 40-15

Autor:
AVATAR

Fecha de Creación:
26/03/2020

Categoría:
Oposiciones

Número preguntas: 45
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Temario:
La competencia de los órganos de las AAPP se ejercerá por los órganos administrativos que la tengan atribuida como propia Siempre Nunca Salvo delegación o suplencia Salvo delegación o avocación.
La competencia de los órganos de las AAPP es Única Exclusiva Pertinente Irrenunciable.
La delegación de competencias, la encomienda de gestión, la delegación de firma y la suplencia suponen alteración de la titularidad y de los elementos determinantes de su ejercicio no suponen alteración de la titularidad, aunque sí de los elementos determinantes de su ejercicio no suponen alteración de la titularidad ni de los elementos determinantes de su ejercicio correcta la anterior, pero referida a la avocación en lugar de la suplencia.
Titularidad y ejercicio de las competencias atribuidas a los órganos administrativos podrán ser desconcentradas en otros jerárquicamente dependientes desconcentradas en otros jerárquicamente dependientes o independientes descentralizadas en otros jerárquicamente dependientes descentralizadas en otros jerárquicamente dependientes o independientes.
Si alguna disposición atribuye la competencia a una Admin sin especificar el órgano que debe ejercerla, se entenderá que la facultad de instruir y resolver corresponde a órganos inferiores competentes por razón de la materia y del territorio órganos superiores competentes por razón de la materia y del territorio órganos inferiores competentes por razón de la materia órganos superiores competentes por razón del territorio.
Si alguna disposición atribuye la competencia a una Admin sin especificar el órgano que debe ejercerla, se entenderá que la facultad de ******************** corresponde a órganos inferiores competentes por razón de la materia y del territorio instruir y resolver instruir resolver ninguna es correcta.
Si alguna disposición atribuye la competencia a una Admin sin especificar el órgano que debe ejercerla, se entenderá que la facultad de instruir y resolver corresponde a órganos inferiores competentes por razón de la materia y del territorio. Si existiera más de uno, esta facultad corresponderá a superior jerárquico común órgano ministerial órgano máximo de dirección primer órgano que quiera hacerse cargo de la misma.
Respecto de la delegación de competencias, los órganos de las AAPP podrán delegar en otros órganos de la misma o distina Admin, aun cuando no sean jerárquicamente dependientes de la misma, aun cuando no sean jerárquicamente dependientes de la misma o distina Admin, solo cuando sean jerárquicamente dependientes de la misma, solo cuando sean jerárquicamente dependientes.
Si decimos que los órganos AAPP podrán delegar en otros órganos de la misma Administración, aun cuando no sean jerárquicamente dependientes, nos referimos a delegación de competencias avocación encomienda de gestión suplencia.
En AGE, la delegación deberá ser aprobada previamente por órgano ministerial de quien dependa el delegante órgano máximo de dirección superior jerárquico común el órgano ministerial de quien dependa el delegado.
En organismos públicos o entidades de derecho público vinculadas o dependientes, la delegación deberá ser aprobada previamente por órgano ministerial de quien dependa el delegante órgano máximo de dirección superior jerárquico común el órgano ministerial de quien dependa el delegado.
En AGE, cuando se trate de órganos no relacionados jerárquicamente será necesaria: Si pertenecen al mismo Ministerio, la aprobación previa del superior común Si pertenecen a distintos Ministerios, la aprobación previa del órgano superior del órgano delegado ambas son correctas ambas son incorrectas.
En AGE, cuando se trate de órganos no relacionados jerárquicamente será necesaria: Si pertenecen al mismo Ministerio, la aprobación previa del órgano superior del órgano delegado Si pertenecen a distintos Ministerios, la aprobación previa del superior común ambas son correctas ambas son incorrectas.
Órganos AGE podrán delegar el ejercicio de sus competencias propias en Organismos públicos y Entidades vinculados o dependientes, cuando resulte conveniente para alcanzar los fines resulte conveniente para mejorar la eficacia ambas son correctas ambas son incorrectas.
En ningún caso podrán ser objeto de delegación las competencias relativas a Asuntos que se refieran a relaciones con Jefatura del Estado, Presidencia del Gobierno, CG, Presidencias de los Consejos de Gobierno de las CCAA y las Asambleas Legislativas de las CCAA. Adopción de disposiciones de carácter general. Resolución de recursos en los órganos administrativos que hayan dictado los actos objeto de recurso. Ninguna de ellas podrá ser objeto de delegación.
En ningún caso podrán ser objeto de delegación las competencias relativas a Asuntos que se refieran a relaciones con Jefatura del Estado, Presidencia del Gobierno, CG, Presidencias de los Consejos de Gobierno de las CCAA y las Asambleas Legislativas de las CCAA. Adopción de disposiciones de carácter general. Materias en que así se determine por norma con rango de Ley. Ninguna de ellas podrá ser objeto de delegación.
En ningún caso podrán ser objeto de delegación las competencias relativas a (señale la incorrecta) Asuntos que se refieran a relaciones con Jefatura del Estado, Presidencia del Gobierno, CG, Presidencias de los Consejos de Gobierno de las CCAA y las Asambleas Legislativas de las CCAA. Adopción de disposiciones de carácter particular. Materias en que así se determine por norma con rango de Ley. Resolución de recursos en los órganos administrativos que hayan dictado los actos objeto de recurso.
En ningún caso podrán ser objeto de delegación las competencias relativas a (señale la incorrecta) Asuntos que se refieran a relaciones con Jefatura del Estado, Presidencia del Gobierno, CG, Presidencias de los Consejos de Gobierno de las CCAA y las Asambleas Legislativas de las CCAA. Adopción de disposiciones de carácter general. Materias en que así se determine por norma con rango de Ley. Resolución de recursos en los órganos administrativos que no hayan dictado los actos objeto de recurso.
Las delegaciones de competencias y su revocación deberán publicarse en BOE BOP BOCA cualquiera de ellos según la Admin a que pertenezca el órgano delegante y el ámbito territorial de competencia de éste.
Las delegaciones de competencias y su revocación deberán publicarse en BOE, BOP O BOCA siendo preceptiva la publicación en el DOUE ninguna es correcta según la Admin a que pertenezca el órgano delegado y el ámbito territorial de competencia de éste. según la Admin a que pertenezca el órgano delegante y el ámbito territorial de competencia de éste.
No podrán delegarse las competencias que se ejerzan por delegación salvo autorización expresa de una Ley nunca salvo autorización del órgano delegado salvo autorización del órgano delegante.
No constituye impedimento para que pueda delegarse la competencia para resolver un procedimiento que la norma reguladora prevea, ****************, la emisión de un dictamen o informe. como trámite preceptivo como trámite facultativo como trámite adicional como trámite facultativo o adicional.
Que la norma reguladora prevea, como trámite preceptivo, la emisión de un dictamen o informe No constituye impedimento para que pueda delegarse la competencia para resolver un procedimiento Constituye impedimento para que pueda delegarse la competencia para resolver un procedimiento No constituye impedimento para que pueda delegarse la competencia para instruir un procedimiento Constituye impedimento para que pueda delegarse la competencia para instruir un procedimiento.
La delegación será revocable en cualquier momento por el órgano que la haya conferido hasta pasados 10 días por el órgano que la haya conferido en cualquier momento por el órgano que la haya recibido hasta pasados 10 días por el órgano que la haya recibido.
Órganos superiores podrán avocar para sí el conocimiento de uno o varios asuntos cuya resolución corresponda ordinariamente o por delegación a sus órganos administrativos dependientes a sus órganos administrativos dependientes o independientes órganos superiores no podrán avocar sólo podrán avocar los órganos inferiores.
En los supuestos de delegación de competencias en órganos no dependientes jerárquicamente, el conocimiento de un asunto podrá ser avocado únicamente por el órgano delegante por el órgano delegante o el órgano delegado por el superior jerárquico común por el órgano interministerial correspondiente.
Si A delega en C, y C depende de B, B puede avocar para sí los asuntos de C B puede avocar para sí los asuntos de C, previa autorización de C sólo A puede avocar para sí los asuntos A no puede delegar en C porque no es dependiente jerárquico suyo.
Órganos AAPP podrán delegar en otros órganos de la misma Administración, aun cuando no sean jerárquicamente dependientes Delegación de competencias Avocación Encomienda de gestión Suplencia.
Órganos superiores podrán avocar para sí el conocimiento de uno o varios asuntos cuya resolución corresponda ordinariamente o por delegación a sus órganos administrativos dependientes Delegación de competencias Avocación Encomienda de gestión Suplencia.
La realización de actividades de carácter material o técnico podrá ser encargada a otros órganos o EDP de la misma o de distinta Admin, siempre que entre sus competencias estén esas actividades, por razones de eficacia o cuando no se posean los medios técnicos idóneos Delegación de competencias Avocación Encomienda de gestión Suplencia.
En los supuestos de vacante, ausencia o enfermedad, así como por abstención o recusación Delegación de competencias Avocación Encomienda de gestión Suplencia.
La avocación se realizará mediante acuerdo motivado que deberá ser notificado a los interesados En todo caso Salvo se realice mediante contrato público Salvo se realice mediante convenio Salvo excepciones.
La realización de actividades de carácter material o técnico podrá ser encomendada a otros órganos o EDP de la misma Admin de la misma o distinta Admin de distinta Admin por orden ministerial.
La realización de actividades de carácter material o técnico podrá ser encomendada a otros órganos o EDP de la misma o de distinta Admin siempre que entre sus competencias estén esas actividades por razones de eficacia cuando no se posean los medios técnicos idóneos todas son correctas.
Las encomiendas de gestión no podrán tener por objeto prestaciones propias de los contratos regulados en la LCSP podrán tener por objeto prestaciones propias de los contratos regulados en la LCSP no podrán tener por objeto prestaciones propias de los contratos regulados en la LCSP si superan los 15.000€ podrán tener por objeto prestaciones propias de los contratos regulados en la LCSP si superan los 15.000€.
Cuando la encomienda de gestión se realice entre órganos o EDP pertenecientes a la misma Admin deberá formalizarse en los términos que establezca su normativa propia su normativa propia y, en su defecto, por acuerdo expreso mediante convenio la ley.
Cuando la encomienda de gestión se realice entre órganos o EDP pertenecientes a distinta Admin deberá formalizarse en los términos que establezca su normativa propia en los términos que establezca su normativa propia y, en su defecto, por acuerdo expreso mediante convenio la ley.
Cuando la encomienda de gestión se realice entre órganos o EDP pertenecientes a distinta Admin deberá formalizarse mediante convenio, que deberá ser publicado en el BOE, BOP O BOCA según la Admin a que pertenezca el órgano encomendado encomendante superior jerárquico común interministerial.
La delegación de firma Podrán hacerla los titulares de los órganos administrativos, en materias de su competencia, que ostenten por atribución o delegación No altera la competencia del órgano delegante No necesita publicación en BOE, BOP o BOCA Todas son correctas.
La suplencia En supuestos de vacante, ausencia, enfermedad, abstención o recusación No altera la competencia del órgano delegante No necesita publicación en BOE, BOP o BOCA Todas son correctas.
En los casos de suplencia, si no se designa suplente, la competencia se ejercerá por quien designe el órgano administrativo inmediato superior el órgano administrativo inmediato inferior el Gobierno el Pleno.
Los conflictos de atribuciones sólo podrán suscitarse entre órganos de una misma Admin no relacionados jerárquicamente, y respecto a asuntos sobre los que no haya finalizado el procedimiento administrativo. órganos de una misma Admin relacionados jerárquicamente, y respecto a asuntos sobre los que no haya finalizado el procedimiento administrativo. órganos de una misma Admin no relacionados jerárquicamente, y respecto a asuntos sobre los que haya finalizado el procedimiento administrativo. órganos de una misma Admin relacionados jerárquicamente, y respecto a asuntos sobre los que haya finalizado el procedimiento administrativo.
En los conflictos de atribuciones El órgano administrativo que se estime incompetente para la resolución de un asunto remitirá directamente las actuaciones al órgano que considere competente, debiendo notificar esta circunstancia a los interesados. Los interesados que sean parte en el procedimiento podrán dirigirse al órgano que se encuentre conociendo de un asunto para que decline su competencia y remita las actuaciones al órgano competente. Asimismo, podrán dirigirse al órgano que estimen competente para que requiera de inhibición al que esté conociendo del asunto. Todas son correctas.
En los conflictos de atribuciones (señale la incorrecta) El órgano administrativo que se estime incompetente para la resolución de un asunto remitirá directamente las actuaciones al órgano que considere competente, debiendo notificar esta circunstancia a los interesados. Los interesados que sean parte en el procedimiento podrán dirigirse al órgano que se encuentre conociendo de un asunto para que decline su competencia y remita las actuaciones al órgano competente. Asimismo, podrán dirigirse al órgano que estimen competente para que requiera de inhibición al que esté conociendo del asunto. El órgano administrativo que se estime competente para la resolución de un asunto remitirá directamente las actuaciones al órgano que considere competente, debiendo notificar esta circunstancia a los interesados.
En los conflictos de atribuciones (señale la incorrecta) El órgano administrativo que se estime incompetente para la resolución de un asunto remitirá directamente las actuaciones al órgano que considere competente, debiendo notificar esta circunstancia a los interesados. Los interesados que sean parte en el procedimiento podrán dirigirse al órgano que se encuentre conociendo de un asunto para que decline su competencia y remita las actuaciones al órgano competente. Asimismo, podrán dirigirse al órgano que estimen competente para que requiera de inhibición al que esté conociendo del asunto. Los interesados que sean parte en el procedimiento no podrán dirigirse al órgano que se encuentre conociendo de un asunto para que decline su competencia y remita las actuaciones al órgano competente.
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