Competencia en materia de modificaciones de crédito
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Título del Test:
![]() Competencia en materia de modificaciones de crédito Descripción: dea wefkm |



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Autorizar las transferencias entre distintas secciones presupuestarias como consecuencia de reorganizaciones administrativas. Gobierno. Ministro de Hacienda. Titulares de los distintos ministerios. Autorizar, respecto del presupuesto de los organismos autónomos, las modificaciones previstas en el párrafo c) del apartado 3 del artículo 56 de la LGP. Gobierno. Ministro de Hacienda. Titulares de los distintos ministerios. Autorizar los créditos extraordinarios y suplementarios. Gobierno. Ministro de Hacienda. Titulares de los distintos ministerios. Autorizar las transferencias no reservadas a la competencia del Consejo de Ministros que, conforme al artículo 63, no puedan acordarse directamente por los titulares de los departamentos afectados. Gobierno. Ministro de Hacienda. Titulares de los distintos ministerios. Autorizar las incorporaciones de remanentes. Gobierno. Ministro de Hacienda. Titulares de los distintos ministerios. Acordar o denegar las modificaciones presupuestarias, en los supuestos de competencia de los titulares de los ministerios y organismos autónomos, cuando exista informe negativo de la Intervención Delegada. Gobierno. Ministro de Hacienda. Titulares de los distintos ministerios. Autorizar transferencias entre créditos de un mismo programa o entre programas de un mismo servicio. Gobierno. Ministro de Hacienda. Titulares de los distintos ministerios. |




