COMPETENCIAS-ALCALDE-PLENO JGL
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Título del Test:
![]() COMPETENCIAS-ALCALDE-PLENO JGL Descripción: EN TIPO TEST |



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-Dirigir el gobierno y la administración municipal.--- -Representar al ayuntamiento. -Convocar y presidir las sesiones del Pleno, de la Junta de Gobierno Local y decidir los empates con voto de -calidad. Dirigir, inspeccionar e impulsar los servicios y obras municipales. -Dictar bandos. ¿ A QUIEN REPRESENTA?. ALCALDE ART 21. PLENO ART 22. JUNTA DE GOBIERNO LOCAL ART.23. --El desarrollo de la gestión económica de acuerdo con el Presupuesto aprobado, disponer gastos dentro de los límites de su competencia, concertar operaciones de crédito, siempre que aquéllas estén previstas en el Presupuesto y su importe acumulado dentro de cada ejercicio económico ---no supere el 10%de sus recursos ordinarios, salvo las de tesorería que le corresponderán cuando el importe acumulado de las operaciones vivas en cada momento ---no supere el 15 % de los ingresos corrientes liquidados en el ejercicio anterior, ordenar pagos y rendir cuentas. --Aprobar la OEP de acuerdo con el Presupuesto y la plantilla--- aprobados por el Pleno, ---aprobar las bases--- de las pruebas para la selección del personal---- y para los concursos de provisión de puestos de trabajo y distribuir las retribuciones complementarias ----que no sean fijas y periódicas. ALCALDE. PLENO. JUNTA DE GOBIERNO LOCAL. --Desempeñar la jefatura superior de todo el personal, y acordar su nombramiento y sanciones, incluida la separación del servicio de los funcionarios de la Corporación y el despido del personal laboral, ----dando cuenta al Pleno,---- en estos dos últimos casos, en la primera sesión que celebre. ---Ejercer la jefatura de la Policía Municipal-- ----Las aprobaciones de los instrumentos de planeamiento de desarrollo del planeamiento general no expresamente atribuidas al Pleno, así como la de los instrumentos de gestión urbanística y de los proyectos de urbanización. -----El ejercicio de las acciones judiciales y administrativas y la defensa del ayuntamiento en las materias de su competencia, incluso cuando las hubiere delegado en otro órgano, y, en caso de urgencia, en materias de la competencia del Pleno, en este supuesto dando cuenta al mismo en la primera sesión que celebre para su ratificación. ----La iniciativa para proponer al Pleno la declaración de lesividad ----en materias de la competencia de la Alcaldía. ALCALDE. PLENO. JGL. ---Adoptar personalmente, y bajo su responsabilidad, en caso de catástrofe o de infortunios públicos o grave riesgo de los mismos, las medidas necesarias y adecuadas dando cuenta inmediata al Pleno. --Sancionar las faltas de desobediencia a su autoridad o por infracción de las ordenanzas municipales, salvo en los casos en que tal facultad esté atribuida a otros órganos. --La aprobación de los proyectos de obras y de servicios cuando sea competente para su contratación o concesión y estén previstos en el presupuesto --El otorgamiento de las licencias,---salvo que las leyes sectoriales lo atribuyan expresamente al Pleno--- o a la Junta de Gobierno Local.--- Ordenar la publicación, ejecución y hacer cumplir los acuerdos del Ayuntamiento. ----Nombramiento de Tenientes de Alcalde---. ALCALDE. PLENO. JGL. ---El control y la fiscalización de los órganos de gobierno ---Los acuerdos relativos a la participación en organizaciones supramunicipales; ---alteración del término municipal; creación o supresión--- de municipios y de las entidades a que se refiere el artículo 45; creación de órganos desconcentrados; alteración de la capitalidad del municipio y el cambio de nombre de éste o de aquellas entidades y la adopción o modificación de su bandera, enseña o escudo (MA)--- ----La aprobación inicial del planeamiento general y la aprobación ----que ponga fin a la tramitación municipal--- de los planes y demás instrumentos de ordenación previstos en la legislación urbanística.-- ---La aprobación del reglamento orgánico y de las ordenanzas.---- ---La determinación de los recursos propios de carácter tributario; la aprobación y modificación de los presupuestos, y la disposición de gastos en materia de su competencia y la aprobación de las cuentas.--. PLENO. ALCALDE. JGL. La aprobación de las formas de gestión de los servicios y de los expedientes de municipalización La---- aceptación de la delegación de competencias hecha por ---otras Administraciones públicas. El planteamiento de conflictos de competencias a otras entidades locales y demás Administraciones públicas. La ---aprobación de la plantilla de personal y de la RPT, la fijación de la cuantía de las retribuciones complementarias--- fijas y periódicas--- de los funcionarios y el número y régimen del personal eventual. El ejercicio de acciones judiciales y administrativas y la defensa de la corporación en materias de competencia plenaria. La declaración de--- lesividad de los actos del Ayuntamiento. La ---alteración de la calificación jurídica de los bienes de dominio público. Aquellas otras que ---deban corresponder al Pleno---- por exigir su aprobación una mayoría especial.--- La ----votación sobre la moción de censura al Alcalde y Cuestión de confianza,--- que serán públicas y por llamamiento nominal, atendiendo a lo dispuesto en la (LOREG. 5/1985, de 19 de junio DE REGIMEN ELECTORAL ANDALUZ) ---Delegación en ALCALDE o JUNTA DE GOBIERNO--- ----La concertación de las operaciones de crédito cuya cuantía acumulada, dentro de cada ejercicio económico, -----exceda del 10 por ciento--- de los recursos ordinarios del Presupuesto --salvo las de tesorería, que le corresponderán cuando el importe acumulado de las operaciones vivas en cada momento ---supere el 15 por ciento ---de los ingresos corrientes liquidados en el ejercicio anterior. PLENO ART.22. ALCALDE ART.21. ASISTENCIA AL ALCALDE EN EJERCICIOS DE LA ATRIBUCIONES Las atribuciones que el Alcalde u otro órgano municipal---- le delegue o le atribuyan las leyes. JGL ART 23. PLENO ART 22. ALCALDE ART 21. Dirigir el gobierno y la administración municipal. DELEGABLE. NO DELEGABLE. Representar al ayuntamiento. ND. D. Convocar y presidir las sesiones del Pleno, de la Junta de Gobierno Local y decidir los empates con voto de calidad. ND. D. Dictar bandos. ND. D. El desarrollo de la gestión económica de acuerdo con el Presupuesto aprobado, disponer gastos dentro de los límites de su competencia, concertar operaciones de crédito, siempre que aquéllas estén previstas en el Presupuesto y su importe acumulado dentro de cada ejercicio económico no supere el 10%de sus recursos ordinarios, salvo las de tesorería que le corresponderán cuando el importe acumulado de las operaciones vivas en cada momento no supere el 15 % de los ingresos corrientes liquidados en el ejercicio anterior, ordenar pagos y rendir cuentas. ND. D. Aprobar la OEP de acuerdo con el Presupuesto y la plantilla aprobados por el Pleno, aprobar las bases de las pruebas para la selección del personal y para los concursos de provisión de puestos de trabajo y distribuir las retribuciones complementarias que no sean fijas y periódicas. ND. D. Desempeñar la jefatura superior de todo el personal, y acordar su nombramiento y sanciones, incluida la separación del servicio de los funcionarios de la Corporación y el despido del personal laboral, dando cuenta al Pleno, en estos dos últimos casos, en la primera sesión que celebre. ND. D. Ejercer la jefatura de la Policía Municipal. ND. D. Las aprobaciones de los ---instrumentos de planeamiento de desarrollo del planeamiento general ---no expresamente atribuidas al Pleno, -------así como la de los instrumentos de gestión urbanística y de los proyectos de urbanización. ND. DELEGABLE -- SOLO A JUNTA DE GOBIERNO LEGAL--. El ejercicio de las acciones judiciales y administrativas y la defensa del ayuntamiento en las materias de su competencia, incluso cuando las hubiere delegado en otro órgano, y, en caso de urgencia, en materias de la competencia del Pleno, en este supuesto dando cuenta al mismo en la primera sesión que celebre para su ratificación. ND. DELEGABLE --. ---La iniciativa para proponer al Pleno la declaración ---de lesividad ---en materias de la competencia de la Alcaldía. ---Adoptar personalmente, y bajo su responsabilidad, ---en caso de catástrofe o de infortunios públicos o grave riesgo--- de los mismos, las medidas necesarias y adecuadas dando cuenta inmediata al Pleno. ND. DELEGABLE --. ---El otorgamiento de las licencias, salvo que las leyes sectoriales lo atribuyan expresamente al ---Pleno o a la Junta de Gobierno Local. Ordenar la publicación, ejecución y hacer cumplir los acuerdos del Ayuntamiento. ND. DELEGABLE. Nombramiento de Tenientes de Alcalde. ND. DELEGABLE. |






