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Competencias CA gallega.

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Título del Test:
Competencias CA gallega.

Descripción:
Tipos de competencias de la CA de Galicia.

Fecha de Creación: 2019/01/15

Categoría: Oposiciones

Número Preguntas: 6

Valoración:(1)
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Temario:

Según el Estatuto de Autonomía para Galicia, corresponde a la Comunidad Autónoma gallega la competencia EXCLUSIVA de las siguientes materias. Ordenación del territorio y del litoral, urbanismo y vivienda. Puertos pesqueros. Conservación, modificación y desarrollo de las instituciones del Derecho civil gallego. Régimen minero y energético. Organización de sus instituciones de autogobierno. Entidades cooperativas. Programas de actuación referidos a comarcas deprimidas o en crisis.

Corresponde a la Comunidad Autónoma gallega la competencia EXCLUSIVA de las siguientes materias. Estadísticas para los fines de la Comunidad Autónoma gallega. Obras públicas que no tengan la calificación legal de interés general del Estado o cuya ejecución o explotación no afecte a otra Comunidad Autónoma o provincia. Montes, aprovechamientos forestales, vías pecuarias y pastos, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 149.1.23.ª de la Constitución. Sanidad interior. Propiedad industrial e intelectual. Las normas procesales y procedimientos administrativos que se deriven del específico Derecho gallego o de la organización propia de los poderes públicos gallegos.

De acuerdo con las bases y la ordenación de la actuación económica general y la política monetaria del Estado, corresponde a la Comunidad Autónoma gallega la competencia EXCLUSIVA de las siguientes materias: Establecimientos farmacéuticos. Salvamento marítimo. Agricultura y ganadería. Vertidos industriales y contaminantes en las aguas territoriales del Estado correspondientes al litoral gallego. Productos farmacéuticos. Instituciones de crédito corporativo, público y territorial y Cajas de Ahorro.

Corresponde a la Comunidad Autónoma gallega la competencia EXCLUSIVA de las siguientes materias: La promoción del deporte y la adecuada utilización del ocio. Las ferias y mercados interiores. La promoción del desarrollo comunitario. Expropiación forzosa, contratos y concesiones administrativas en el ámbito de las competencias propias de la Comunidad Autónoma. Las aguas minerales y termales. Las aguas subterráneas, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 149.1.22.ª de la Constitución, y en el número 7 del presente artículo. Reserva al sector público de recursos o servicios esenciales, especialmente en caso de monopolio e intervención de empresas cuando lo exija el interés general.

Es competencia de la Comunidad Autónoma gallega el DESARROLLO LEGISLATIVO y la EJECUCIÓN de la legislación del Estado en los términos que la misma establezca, de las siguientes materias: Ordenación del sector pesquero. Régimen de Radiodifusión y Televisión en los términos y casos establecidos en la ley que regule el Estatuto Jurídico de la Radio y la Televisión. Reserva al sector público de recursos o servicios esenciales, especialmente en caso de monopolio e intervención de empresas cuando lo exija el interés general. Productos farmacéuticos. La promoción y la enseñanza de la lengua gallega. Sanidad interior.

Corresponde a la Comunidad Autónoma gallega la EJECUCIÓN de la legislación del Estado en las siguientes materias: Productos farmacéuticos. Seguridad Social. Los planes establecidos por el Estado para la reestructuración de sectores económicos. Laboral, asumiendo las facultades, competencias y servicios que en este ámbito, y a nivel de ejecución, ostenta actualmente el Estado respecto a las relaciones laborales sin perjuicio de la alta inspección de éste. Quedan reservadas al Estado todas las competencias en materia de migraciones interiores y exteriores, fondos de ámbito nacional y de empleo, sin perjuicio de lo que establezcan las normas del Estado sobres estas materias. Asistencia social. La creación de una Policía Autónoma, de acuerdo con lo que disponga la Ley Orgánica prevista en el artículo 149.1.29.ª de la Constitución.

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