Competencias: Estado, CCAA, Provincia y Municipio
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Título del Test:![]() Competencias: Estado, CCAA, Provincia y Municipio Descripción: Une la competencia y su competente |




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Une la competencia con el competente: Organización, régimen y funcionamiento de sus instituciones de autogobierno. Régimen local. Gestión de la asistencia sanitaria de la Seguridad Social. Urbanismo: planeamiento, gestión, ejecución y disciplina urbanística. Protección y gestión del Patrimonio histórico. Promoción y gestión de la vivienda de protección pública con criterios de sostenibilidad financiera. Conservación y rehabilitación de la edificación. La coordinación de los servicios municipales entre sí para la garantía de la prestación integral y adecuada de los servicios de competencia municipal. La regulación de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de los derechos y en el cumplimiento de los deberes constitucionales. Une la competencia con el competente: Ordenación del territorio, urbanismo y vivienda. Montes, aprovechamientos y servicios forestales, vías pecuarias, pastos y espacios naturales protegidos. Asociaciones. Medio ambiente urbano: en particular, parques y jardines públicos, gestión de los residuos sólidos urbanos y protección contra la contaminación acústica, lumínica y atmosférica en las zonas urbanas. La asistencia y cooperación jurídica, económica y técnica a los Municipios, especialmente los de menor capacidad económica y de gestión. En todo caso garantizará en los municipios de menos de 1.000 habitantes la prestación de los servicios de secretaría e intervención. Nacionalidad, inmigración, emigración, extranjería y derecho de asilo. Une la competencia con el competente: Obras públicas de interés para la región, dentro de su propio territorio, que no sean de interés general del Estado ni afecten a otra Comunidad Autónoma. Sanidad e higiene, promoción, prevención y restauración de la salud. Coordinación hospitalaria en general, incluida la de la Seguridad Social. Ferias internacionales. Abastecimiento de agua potable a domicilio y evacuación y tratamiento de aguas residuales. La prestación de servicios públicos de carácter supramunicipal y, en su caso, supra comarcal y el fomento o, en su caso, coordinación de la prestación unificada de servicios de los municipios de su respectivo ámbito territorial. En particular, asumirá la prestación de los servicios de tratamiento de residuos en los municipios de menos de 5.000 habitantes, y de prevención y extinción de incendios en los de menos de 20.000 habitantes, cuando éstos no procedan a su prestación. Relaciones Internacionales. Une la competencia con el competente: Ferrocarriles, carreteras y caminos cuyo itinerario se desarrolle íntegramente en el territorio de la región y, en los mismos términos, los transportes terrestres, fluviales, por cable o tubería. Centros de contratación y terminales de carga de transporte terrestre en el ámbito de la Comunidad Autónoma. Ordenación farmacéutica. Gestión de las prestaciones y servicios sociales del sistema de Seguridad Social: INSERSO. Infraestructura viaria y otros equipamientos de su titularidad. La cooperación en el fomento del desarrollo económico y social y en la planificación en el territorio provincial, de acuerdo con las competencias de las demás Administraciones Públicas en este ámbito. Defensa y Fuerzas Armadas. Une la competencia con el competente: Aeropuertos y helipuertos que no desarrollen actividades comerciales. Corporaciones de derecho público representativas de intereses económicos y profesionales. Ejercicio de las profesiones tituladas. Gestión de los museos, archivos y bibliotecas de titularidad estatal, que no se reserve el Estado. Los términos de la gestión serán fijados mediante convenios. Evaluación e información de situaciones de necesidad social y la atención inmediata a personas en situación o riesgo de exclusión social. El ejercicio de funciones de coordinación en los casos previstos en el artículo 116 bis. Administración de Justicia. Une la competencia con el competente: Agricultura, ganadería e industrias agro alimentarias, de acuerdo con la ordenación general de la economía. Defensa del consumidor y usuario. Pesas y medidas. Contraste de metales.. Policía local, protección civil, prevención y extinción de incendios. Asistencia en la prestación de los servicios de gestión de la recaudación tributaria, en periodo voluntario y ejecutivo, y de servicios de apoyo a la gestión financiera de los municipios con población inferior a 20.000 habitantes. Legislación mercantil, penal y penitenciaria; legislación procesal, sin perjuicio de las necesarias especialidades que en este orden se deriven de las particularidades del derecho sustantivo de las Comunidades Autónomas. Une la competencia con el competente: Las denominaciones de origen y otras indicaciones de procedencia relativas a productos de la región, en colaboración con el Estado. Protección del medio ambiente y de los ecosistemas. Normas adicionales de protección. La reestructuración de sectores industriales, conforme a los planes establecidos por la Administración del Estado. Tráfico, estacionamiento de vehículos y movilidad. Transporte colectivo urbano. La prestación de los servicios de administración electrónica y la contratación centralizada en los municipios con población inferior a 20.000 habitantes. Legislación laboral; sin perjuicio de su ejecución por los órganos de las Comunidades Autónomas. Une la competencia con el competente: Vigilancia y protección de sus edificios e instalaciones y la coordinación de las policías locales, sin perjuicio de su dependencia jerárquica de la autoridad municipal. Enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27 de la Constitución y leyes orgánicas que lo desarrollen. 6. Ejecución de los tratados internacionales dentro de su ámbito territorial en lo que afecten a las materias propias de su competencia. Actuaciones en la promoción de la igualdad entre hombres y mujeres, así como contra la violencia de género. El seguimiento de los costes efectivos de los servicios prestados por los municipios de su provincia. Legislación civil. Las reglas relativas a la aplicación y eficacia de las normas jurídicas, relaciones jurídico-civiles relativas a las formas de matrimonio, ordenación de los registros e instrumentos públicos, bases de las obligaciones contractuales, normas para resolver los conflictos de leyes y determinación de las fuentes del Derecho. Une la competencia con el competente: Proyectos, construcción y explotación de los aprovechamientos hidráulicos, canales y regadíos de interés para la región; aguas minerales y termales; aguas subterráneas cuando discurran íntegramente por el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma. Régimen minero y energético. Productos farmacéuticos. Promoción en su término municipal de la participación de los ciudadanos en el uso eficiente y sostenible de las tecnologías de la información y las comunicaciones. La coordinación mediante convenio, con la Comunidad Autónoma respectiva, de la prestación del servicio de mantenimiento y limpieza de los consultorios médicos en los municipios con población inferior a 5.000 habitantes. Legislación sobre propiedad intelectual e industrial. Une la competencia con el competente: Protección y tutela de menores. Prensa, radio, televisión y otros medios de comunicación social. Propiedad Industrial. Información y promoción de la actividad turística de interés y ámbito local. Régimen aduanero y arancelario; comercio exterior. Une la competencia con su competente: Servicio meteorológico de la Comunidad Autónoma. Crédito, banca y seguros. Ferias, abastos, mercados, lonjas y comercio ambulante. Régimen aduanero y arancelario; comercio exterior. Une la competencia con su competente: Ordenación y concesión de recursos y aprovechamientos hidráulicos cuando las aguas discurran íntegramente por el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma. Propiedad intelectual. Ferias, abastos, mercados, lonjas y comercio ambulante. Sistema monetario: divisas, cambio y convertibilidad; bases de la ordenación de crédito, banca y seguros. Une la competencia con su competente: Tratamiento especial de las zonas de montaña. Laboral. Quedando reservadas al Estado todas las competencias en materia de migraciones interiores y exteriores, fondos de ámbito nacional y de empleo. Protección de la salubridad pública. Legislación sobre pesas y medidas, determinación de la hora oficial. Une la competencia con su competente: Publicidad, sin perjuicio de las normas dictadas por el Estado para sectores y medios específicos. Autorización para la convocatoria de consultas populares por vía de referéndum. Cementerios y actividades funerarias. Une la competencia con su competente: Caza y pesca fluvial. Acuicultura. Bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica. Promoción del deporte e instalaciones deportivas y de ocupación del tiempo libre. Une la competencia con su competente: Comercio interior, sin perjuicio de la política general de precios, de la libre circulación de bienes en el territorio del Estado y de la legislación sobre defensa de la competencia. Ferias y mercados interiores. Establecimiento de bolsas de valores y establecimiento y regulación de centros de contratación de mercancías, conforme a la legislación mercantil. Hacienda general y Deuda del Estado. Promoción de la cultura y equipamientos culturales. Une la competencia con su competente: Planificación de la actividad económica y fomento del desarrollo económico de la región, dentro de los objetivos marcados por la política económica nacional. Fomento y coordinación general de la investigación científica y técnica. Participar en la vigilancia del cumplimiento de la escolaridad obligatoria y cooperar con las Administraciones educativas correspondientes en la obtención de los solares necesarios para la construcción de nuevos centros docentes. La conservación, mantenimiento y vigilancia de los edificios de titularidad local destinados a centros públicos de educación infantil, de educación primaria o de educación especial. Une la competencia con su competente: Procedimiento administrativo derivado de las especialidades de la organización propia. Estadística para fines estatales. Une la competencia con su competente: Cajas de Ahorros e instituciones de crédito cooperativo público y territorial. Obras públicas de interés general o cuya realización afecte a más de una Comunidad Autónoma. Une la competencia con su competente: Artesanía, fiestas tradicionales y demás manifestaciones populares de la región o de interés para ella. Sanidad exterior. Bases y coordinación general de la sanidad. Legislación sobre productos farmacéuticos. Une la competencia con su competente: Museos, bibliotecas, conservatorios y hemerotecas de interés para la región que no sean de titularidad estatal. Legislación básica y régimen económico de la Seguridad Social, sin perjuicio de la ejecución de sus servicios por las Comunidades Autónomas. Une la competencia con su competente: Patrimonio monumental, histórico, artístico y arqueológico y otros centros culturales de interés para la región. Las bases del régimen jurídico de las Administraciones públicas y del régimen estatutario de sus funcionarios. Une la competencia con su competente: Fomento de la cultura y de la investigación, prestando especial atención a las distintas modalidades culturales de carácter regional. Pesca marítima, sin perjuicio de las competencias que en la ordenación del sector se atribuyan a las Comunidades Autónomas. Une la competencia con su competente: Promoción y ordenación del turismo en su ámbito territorial. Marina mercante y abanderamiento de buques; iluminación de costas y señales marítimas; puertos de interés general; aeropuertos de interés general; control del espacio aéreo, tránsito y transporte aéreo, servicio meteorológico y matriculación de aeronaves. Une la competencia con su competente: Promoción del deporte y de la adecuada utilización del ocio. Ferrocarriles y transportes terrestres que transcurran por el territorio de más de una Comunidad Autónoma; régimen general de comunicaciones; tráfico y circulación de vehículos a motor; correos y telecomunicaciones; cables aéreos, submarinos y radiocomunicación. Une la competencia con su competente: Asistencia social y servicios sociales. Promoción y ayuda a los menores, jóvenes, tercera edad, emigrantes, minusválidos y demás grupos sociales necesitados de especial atención, incluida la creación de centros de protección, reinserción y rehabilitación. La legislación, ordenación y concesión de recursos y aprovechamientos hidráulicos cuando las aguas discurran por más de una Comunidad Autónoma, y la autorización de las instalaciones eléctricas cuando su aprovechamiento afecte a otra Comunidad o el transporte de energía salga de su ámbito territorial. Une la competencia con su competente: Casinos, juegos y apuestas, con exclusión de las Apuestas Mutuas Deportivo-Benéficas. Legislación básica sobre protección del medio ambiente, sin perjuicio de las facultades de las Comunidades Autónomas de establecer normas adicionales de protección. La legislación básica sobre montes, aprovechamientos forestales y vías pecuarias. Une la competencia con su competente: Cooperativas y entidades asimilables, mutuas no integradas en el sistema de la Seguridad Social, respetando la legislación mercantil. Bases de régimen minero y energético. Une la competencia con su competente: Espectáculos públicos. Régimen de producción, comercio, tenencia y uso de armas y explosivos. Une la competencia con su competente: Estadísticas para fines no estatales. Normas básicas del régimen de prensa, radio y televisión y, en general, de todos los medios de comunicación social. Une la competencia con su competente: Instalaciones de producción, distribución y transporte de energía, cuando el transporte no salga de su territorio y su aprovechamiento no afecte a otra Comunidad Autónoma. Regulación de las condiciones de obtención, expedición y homologación de títulos académicos y profesionales y normas básicas a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones de los poderes públicos en esta materia. Industria, sin perjuicio de lo que determinen las normas del Estado por razones de seguridad, sanitarias o de interés militar y las normas relacionadas con las industrias que están sujetas a la legislación de minas, hidrocarburos y energía nuclear. Une la competencia con su competente: Procedimiento administrativo derivado de las especialidades de la organización propia. Seguridad pública. Une la competencia con su competente: Fundaciones que desarrollen principalmente sus funciones en la Comunidad Autónoma. Defensa del patrimonio cultural, artístico y monumental español contra la exportación y la expoliación; museos, bibliotecas y archivos de titularidad estatal, sin perjuicio de su gestión por parte de las Comunidades Autónomas. |