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Competencias Estatuto Castilla La Mancha

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Título del Test:
Competencias Estatuto Castilla La Mancha

Descripción:
Test sobre las competencias del Estatuto

Fecha de Creación: 2023/10/18

Categoría: Oposiciones

Número Preguntas: 20

Valoración:(3)
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Temario:

La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha asume las siguientes competencias exclusivas: (señale la incorrecta). Organización, régimen y funcionamiento de sus instituciones de autogobierno. Ordenación del territorio, urbanismo y vivienda. Obras públicas de interés para la región, dentro de su propio territorio, que no sean de interés general del Estado ni afecten a otra Comunidad Autónoma. Régimen local.

Corresponde a la Junta de Comunidades, en los términos que establezcan las leyes y normas reglamentarias que en desarrollo de su legislación dicte el Estado, la función ejecutiva en las siguientes materias: Gestión de la asistencia sanitaria de la Seguridad Social, de acuerdo con lo previsto en el número 17 del apartado 1 del artículo 149 de la Constitución, reservándose el Estado la alta inspección conducente al cumplimiento de la función a que se refiere este precepto. Montes, aprovechamientos y servicios forestales, vías pecuarias, pastos y espacios naturales protegidos. Sanidad e higiene, promoción, prevención y restauración de la salud. Coordinación hospitalaria en general, incluida la de la Seguridad Social. Ordenación farmacéutica.

Es competencia exclusiva de Castilla La Mancha: Montes, aprovechamientos y servicios forestales, vías pecuarias, pastos y espacios naturales protegidos. Sanidad e higiene, promoción, prevención y restauración de la salud. Coordinación hospitalaria en general, incluida la de la Seguridad Social. Ferrocarriles, carreteras y caminos cuyo itinerario se desarrolle íntegramente en el territorio de la región y, en los mismos términos, los transportes terrestres, fluviales, por cable o tubería. Centros de contratación y terminales de carga de transporte terrestre en el ámbito de la Comunidad Autónoma. Corporaciones de derecho público representativas de intereses económicos y profesionales. Ejercicio de las profesiones tituladas.

En el marco de la legislación básica del Estado y, en su caso, en los términos que la misma establezca, es competencia de la Junta de Comunidades el desarrollo legislativo y la ejecución en las materias siguientes: Asociaciones. Régimen minero y energético. Gestión de las prestaciones y servicios sociales del sistema de Seguridad Social: INSERSO. Pesas y medidas. Contraste de metales.

Corresponde a la JCCM únicamente la función ejecutiva: Casinos, juegos y apuestas, con exclusión de las Apuestas Mutuas Deportivo-Benéficas. Ordenación farmacéutica. Prensa, radio, televisión y otros medios de comunicación social, en el marco de las normas básicas que el Estado establezca de acuerdo con el número 27 del apartado 1 del artículo 149 de la Constitución. Propiedad industrial.

Es competencia de la Junta de Comunidades el desarrollo legislativo y la ejecución en: Productos farmacéuticos. Ordenación farmacéutica. Ferias internacionales. Gestión de los museos, archivos y biblio tecas de titularidad estatal, que no se reserve el Estado. Los términos de la gestión serán fijados mediante convenios.

La función ejecutiva, corresponde a la Junta de Comunidades, en los términos que establezcan las leyes y normas reglamentarias que en desarrollo de su legislación dicte el Estado, en: Gestión de los museos, archivos y biblio tecas de titularidad estatal, que no se reserve el Estado. Los términos de la gestión serán fijados mediante convenios. Estadísticas para fines no estatales. Espectáculos públicos. Publicidad, sin perjuicio de las normas dictadas por el Estado para sectores y medios específicos, de acuerdo con los números 1, 6 y 8 del apartado 1 del artículo 149 de la Constitución.

Es competencia exclusiva de CLM: (señale la incorrecta). Aeropuertos y helipuertos que no desarrollen actividades comerciales. Denominaciones de origen y otras indicaciones de procedencia relativas a productos de la región, en colaboración con el Estado. Tratamiento especial de las zonas de montaña. Montes, aprovechamientos y servicios forestales, vías pecuarias, pastos y espacios naturales protegidos.

Castilla la Mancha se encargará del desarrollo legislativo y la ejecución en cuanto a : Cooperativas y entidades asimilables, mutuas no integradas en el sistema de la Seguridad Social, respetando la legislación mercantil. Régimen local. Fundaciones que desarrollen principalmente sus funciones en la Comunidad Autónoma. Promoción del deporte y de la adecuada utilización del ocio.

Corresponde a la Junta de Comunidades, en los términos que establezcan las leyes y normas reglamentarias que en desarrollo de su legislación dicte el Estado, la función ejecutiva en las siguientes materias:(señale la incorrecta). Laboral. De conformidad con el número 7 del apartado 1 del artículo 149 de la Constitución corresponde al Estado la competencia sobre legislación laboral y la alta inspección. Quedan reservadas al Estado todas las competencias en materia de migraciones interiores y exteriores, fondos de ámbito nacional y de empleo, sin perjuicio de lo que establezcan las normas del Estado sobre estas materias. Propiedad industrial. Productos farmacéuticos. Artesanía, fiestas tradicionales y demás manifestaciones populares de la región o de interés para ella.

Son competencias exclusivas de Castilla La Mancha: Régimen minero y energético. Protección y tutela de menores. Espectáculos públicos. Promoción y ordenación del turismo en su ámbito territorial. Cajas de Ahorros e instituciones de crédito cooperativo público y territorial, en el marco de la ordenación general de la economía y de acuerdo con las disposiciones que en uso de sus facultades dicte el Estado. Caza y pesca fluvial. Acuicultura. Montes, aprovechamientos y servicios forestales, vías pecuarias, pastos y espacios naturales protegidos. Ordenación del territorio, urbanismo y vivienda. Aeropuertos y helipuertos que no desarrollen actividades comerciales. Asociaciones.

Corresponde a la Junta de Comunidades la función ejecutiva en las siguientes materias: Ferias internacionales. Asociaciones. Espectáculos públicos. Pesas y medidas. Contraste de metales. Productos farmacéuticos. Protección y tutela de menores. Gestión de la asistencia sanitaria de la Seguridad Social, de acuerdo con lo previsto en el número 17 del apartado 1 del artículo 149 de la Constitución, reservándose el Estado la alta inspección conducente al cumplimiento de la función a que se refiere este precepto. Propiedad industrial. Servicio meteorológico de la Comunidad Autónoma.

La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha asume las siguientes competencias exclusivas: Protección del medio ambiente y de los ecosistemas. Normas adicionales de protección. Aeropuertos y helipuertos que no desarrollen actividades comerciales. Montes, aprovechamientos y servicios forestales, vías pecuarias, pastos y espacios naturales protegidos. Régimen minero y energético.

En el marco de la legislación básica del Estado y, en su caso, en los términos que la misma establezca, es competencia de la Junta de Comunidades el desarrollo legislativo y la ejecución en las materias siguientes: Ordenación farmacéutica. Régimen local. Propiedad intelectual. Montes, aprovechamientos y servicios forestales, vías pecuarias, pastos y espacios naturales protegidos. Asociaciones. Sanidad e higiene, promoción, prevención y restauración de la salud. Coordinación hospitalaria en general, incluida la de la Seguridad Social. Régimen minero y energético. Ferias internacionales. Protección del medio ambiente y de los ecosistemas. Normas adicionales de protección.

Corresponde a la Junta de Comunidades, según el artículo 33, la función ejecutiva en las siguientes materias: Gestión de los museos, archivos y biblio tecas de titularidad estatal, que no se reserve el Estado. Los términos de la gestión serán fijados mediante convenios. Productos farmacéuticos. Régimen local. Asociaciones. Montes, aprovechamientos y servicios forestales, vías pecuarias, pastos y espacios naturales protegidos. Propiedad intelectual. Propiedad industrial. Ordenación farmacéutica. Pesas y medidas. Contraste de metales. Régimen minero y energético.

Es competencia de la Junta de Comunidades el desarrollo legislativo y la ejecución en: Productos farmacéuticos. Ordenación farmacéutica.

Corresponde a la Junta de Comunidades, en los términos que establezcan las leyes y normas reglamentarias que en desarrollo de su legislación dicte el Estado, la función ejecutiva en: Asociaciones. Régimen local.

Es competencia de la Junta de Comunidades el desarrollo legislativo y la ejecución en: Protección y tutela de menores. Sanidad e higiene, promoción, prevención y restauración de la salud. Coordinación hospitalaria en general, incluida la de la Seguridad Social. Promoción del deporte y de la adecuada utilización del ocio. Ferias internacionales.

Corresponde a la Junta de Comunidades, en los términos que establezcan las leyes y normas reglamentarias que en desarrollo de su legislación dicte el Estado, la función ejecutiva en: Prensa, radio, televisión y otros medios de comunicación social, en el marco de las normas básicas que el Estado establezca de acuerdo con el número 27 del apartado 1 del artículo 149 de la Constitución. Protección del medio ambiente y de los ecosistemas. Normas adicionales de protección. Gestión de las prestaciones y servicios sociales del sistema de Seguridad Social: INSERSO. Promoción y ordenación del turismo en su ámbito territorial.

En el marco de la legislación básica del Estado y, en su caso, según artículo 32, es competencia de la Junta de Comunidades el desarrollo legislativo y la ejecución en: Espectáculos públicos. Artesanía, fiestas tradicionales y demás manifestaciones populares de la región o de interés para ella. Montes, aprovechamientos y servicios forestales, vías pecuarias, pastos y espacios naturales protegidos. Estadísticas para fines no estatales. Corporaciones de derecho público representativas de intereses económicos y profesionales. Ejercicio de las profesiones tituladas. Museos, bibliotecas, conservatorios y hemerotecas de interés para la región que no sean de titularidad estatal. Régimen local. Régimen minero y energético. Protección y tutela de menores.

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