Competencias relativas al Padrón Municipal
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Título del Test:![]() Competencias relativas al Padrón Municipal Descripción: Tramitación procesal y administrativa tema 4 |




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La resolución de las discrepancias que, en materia de empadronamiento, surjan entre los Ayuntamientos, Diputaciones Provinciales o entidades equivalentes, Cabildos y Consejos Insulares o entre estos entes y el Instituto Nacional de Estadística. Presidente del Instituto Nacional de Estadística. Consejo de Empadronamiento. Derechos y deberes de los vecinos. Elevar al Gobierno de la Nación la propuesta de cifras oficiales de la población de los muncipios españoles, comunicándolo en los términos que reglamentariamente se determinan al Ayuntamiento correspondiente. Presidente del Instituto Nacional de Estadística. Consejo de Empadronamiento. Derechos y deberes de los vecinos. Elevar a la persona que ejerza la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística propuesta vinculante de resolución de discrepancias que surjan, en materia de empadronamiento, entre los Ayuntamientos, Diputaciones Provinciales o entidades equivalentes, Cabildos, Consejos Insulares o entre estos entes y el Instituto Nacional de Estadística. Presidente del Instituto Nacional de Estadística. Consejo de Empadronamiento. Derechos y deberes de los vecinos. Informar, con carácter vinculante, las propuestas que eleva al Gobierno el Presidente del Instituto Nacional de Estadística sobre cifras oficiales de población de los municipios españoles. Presidente del Instituto Nacional de Estadística. Consejo de Empadronamiento. Derechos y deberes de los vecinos. Proponer la aprobación de las instrucciones técnicas precisas para la gestión de los padrones municipales. Presidente del Instituto Nacional de Estadística. Consejo de Empadronamiento. Derechos y deberes de los vecinos. Ser elector y elegible de acuerdo con lo dispuesto en la legislación electoral. Presidente del Instituto Nacional de Estadística. Consejo de Empadronamiento. Derechos y deberes de los vecinos. Participar en la gestión municipal de acuerdo con lo dispuesto en las leyes y, en su caso, cuando la colaboración con carácter voluntario de los vecinos sea interesada por los órganos de gobierno y administración municipal. Presidente del Instituto Nacional de Estadística. Consejo de Empadronamiento. Derechos y deberes de los vecinos. Utilizar, de acuerdo con su naturaleza, los servicios públicos municipales, y acceder a los aprovechamientos comunales, conforme a las normas aplicables. Presidente del Instituto Nacional de Estadística. Consejo de Empadronamiento. Derechos y deberes de los vecinos. Contribuir mediante las prestaciones económicas y personales legalmente previstas a la realización de las competencias municipales. Presidente del Instituto Nacional de Estadística. Consejo de Empadronamiento. Derechos y deberes de los vecinos. Ser informado, previa petición razonada y dirigir solicitudes a la Administración municipal en relación a todos los expedientes y documentación municipal, de acuerdo con lo previsto en el artículo 105 de la Constitución. Presidente del Instituto Nacional de Estadística. Consejo de Empadronamiento. Derechos y deberes de los vecinos. Pedir la consulta popular en los términos previstos en la ley. Presidente del Instituto Nacional de Estadística. Consejo de Empadronamiento. Derechos y deberes de los vecinos. Exigir la prestación y, en su caso, el establecimiento del correspondiente servicio público, en el supuesto de constituir una competencia municipal propia de carácter obligatorio. Presidente del Instituto Nacional de Estadística. Consejo de Empadronamiento. Derechos y deberes de los vecinos. Ejercer la iniciativa popular en los térrminos previstos en el artículo 70 bis. Presidente del Instituto Nacional de Estadística. Consejo de Empadronamiento. Derechos y deberes de los vecinos. |