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Competencias de las Secciones del Tribunal Central de Instancia

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Título del Test:
Competencias de las Secciones del Tribunal Central de Instancia

Descripción:
Tramitación procesal y administrativa tema 8

Fecha de Creación: 2025/11/25

Categoría: Oposiciones

Número Preguntas: 22

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Temario:

Instruir las causas cuyo conocimiento corresponda a la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional o, en su caso, a la Sala de lo Penal del propio Tribunal Central de Instancia: Sección de Instrucción. Sección de lo Penal. Sección de Menores. Sección de Vigilancia Penitenciaria. Sección de lo Contencioso-Administrativo.

Tramitar los expedientes de ejecución de las órdenes europeas de detención y entrega: Sección de Instrucción. Sección de lo Penal. Sección de Menores. Sección de Vigilancia Penitenciaria. Sección de lo Contencioso-Administrativo.

Tramitar los expedientes de los procedimientos de extradición pasiva: Sección de Instrucción. Sección de lo Penal. Sección de Menores. Sección de Vigilancia Penitenciaria. Sección de lo Contencioso-Administrativo.

Tramitar los expedientes relativos a la emisión y la ejecución de otros instrumentos de reconocimiento mutuo de resoluciones penales en la Unión Europea que les atribuya la ley: Sección de Instrucción. Sección de lo Penal. Sección de Menores. Sección de Vigilancia Penitenciaria. Sección de lo Contencioso-Administrativo.

Tramitar las solicitudes de información entre los servicios de seguridad de los Estados Miembros de la Unión Europea cuando requieran autorización judicial, en los términos previstos en la ley: Sección de Instrucción. Sección de lo Penal. Sección de Menores. Sección de Vigilancia Penitenciaria. Sección de lo Contencioso-Administrativo.

Los jueces y juezas de garantías conocerán de las peticiones de la Fiscalía Europea relativas a la adopción de medidas cautelares personales: Sección de Instrucción. Sección de lo Penal. Sección de Menores. Sección de Vigilancia Penitenciaria. Sección de lo Contencioso-Administrativo.

Los jueces y juezas de garantías conocerán de la autorización de los actos que supongan limitación de los derechos fundamentales cuya adopción esté reservada a la autoridad judicial: Sección de Instrucción. Sección de lo Penal. Sección de Menores. Sección de Vigilancia Penitenciaria. Sección de lo Contencioso-Administrativo.

Los jueces y juezas de garantía conocerán de las impugnaciones que establezca la ley contra los decretos de los Fiscales europeos delegados: Sección de Instrucción. Sección de lo Penal. Sección de Menores. Sección de Vigilancia Penitenciaria. Sección de lo Contencioso-Administrativo.

Conocerá, en los casos en que así se establezca por las leyes procesales, de las causas por los delitos a que se refiere el artículo 65 y de los demás asuntos que señalen las leyes: Sección de Instrucción. Sección de lo Penal. Sección de Menores. Sección de Vigilancia Penitenciaria. Sección de lo Contencioso-Administrativo.

Le corresponde la ejecución de las sentencias dictadas en causas por delito grave o menos grave por la Sección de Instrucción del propio Tribunal Central de Instancia: Sección de Instrucción. Sección de lo Penal. Sección de Menores. Sección de Vigilancia Penitenciaria. Sección de lo Contencioso-Administrativo.

Conocerá de los procedimientos de decomiso autónomo por delitos para cuyo conocimiento sea competente: Sección de Instrucción. Sección de lo Penal. Sección de Menores. Sección de Vigilancia Penitenciaria. Sección de lo Contencioso-Administrativo.

Conocerá de las causas que le atribuya la legislación reguladora de la responsabilidad penal de los menores: Sección de Instrucción. Sección de lo Penal. Sección de Menores. Sección de Vigilancia Penitenciaria. Sección de lo Contencioso-Administrativo.

Conocerá de la emisión y la ejecución de los instrumentos de reconocimiento mutuo de resoluciones penales en la Unión Europea que le atribuya la ley (menores): Sección de Instrucción. Sección de lo Penal. Sección de Menores. Sección de Vigilancia Penitenciaria. Sección de lo Contencioso-Administrativo.

Tendrá las funciones jurisdiccionales previstas en la Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, General Penitenciaria, descritas en el apartado 1 del artículo 92 de la Ley Orgánica del Poder Judicial: Sección de Instrucción. Sección de lo Penal. Sección de Menores. Sección de Vigilancia Penitenciaria. Sección de lo Contencioso-Administrativo.

Tendrá la competencia para la emisión y la ejecución de los instrumentos de reconocimiento mutuo de resoluciones penal en la Unión Europea que le atribuya la ley (vigilancia penitenciaria): Sección de Instrucción. Sección de lo Penal. Sección de Menores. Sección de Vigilancia Penitenciaria. Sección de lo Contencioso-Administrativo.

Tendrá las demás funciones que señale la ley, en relación con los delitos competencia de la Audiencia Nacional: Sección de Instrucción. Sección de lo Penal. Sección de Menores. Sección de Vigilancia Penitenciaria. Sección de lo Contencioso-Administrativo.

Conocerá, en primera o única instancia, de los recursos contencioso-administrativos contra disposiciones o actos emanados de autoridades, órganos, organismos o entidades públicas con competencia en todo el territorio nacional, en los términos que la ley establezca: Sección de Instrucción. Sección de lo Penal. Sección de Menores. Sección de Vigilancia Penitenciaria. Sección de lo Contencioso-Administrativo.

Autorizar, mediante auto, la cesión de los datos que permitan la identificación a que se refiere el artículo 8.2 de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico: Sección de Instrucción. Sección de lo Penal. Sección de Menores. Sección de Vigilancia Penitenciaria. Sección de lo Contencioso-Administrativo.

Conocerá de la ejecución material de las resoluciones dictadas por el órgano competente para que se interrumpa la prestación de servicios de la sociedad de la información o para que se retiren contenidos que vulneren la propiedad intelectual, en aplicación de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico: Sección de Instrucción. Sección de lo Penal. Sección de Menores. Sección de Vigilancia Penitenciaria. Sección de lo Contencioso-Administrativo.

Conocerá de la limitación al acceso de los destinatarios al servicio intermediario prevista en el artículo 51.2.b) del Reglamento (UE) 2022/2065 del Parlamento Europeo y del Consejo de 19 de octubre de 2022, relativo a un mercado único de servicios digitales y por el que se modifica la Directiva 2000/31/CE: Sección de Instrucción. Sección de lo Penal. Sección de Menores. Sección de Vigilancia Penitenciaria. Sección de lo Contencioso-Administrativo.

Conocerá del procedimiento previsto en el artículo 12 bis de la Ley Orgánica 6/2002, de 27 de junio, de Partidos Políticos: Sección de Instrucción. Sección de lo Penal. Sección de Menores. Sección de Vigilancia Penitenciaria. Sección de lo Contencioso-Administrativo.

Autorizar, mediante auto, el requerimiento de información por parte de la Agencia Española de Protección de Datos y otras autoridades administrativas independientes de ámbito estatal a los operadores que presten servicios de comunicaciones electrónicas disponibles al público y de los operadores que presten servicios de la sociedad de la información, cuando ello sea necesario de acuerdo con la legislación específica: Sección de Instrucción. Sección de lo Penal. Sección de Menores. Sección de Vigilancia Penitenciaria. Sección de lo Contencioso-Administrativo.

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