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Test común 4

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Título del Test:
Test común 4

Descripción:
Organización sanitaria (II). Estructura, organización y competencias de la conse

Fecha de Creación: 2025/07/08

Categoría: Oposiciones

Número Preguntas: 30

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La estructura orgánica de la Consejería de Salud y Consumo y del Servicio Andaluz de Salud se establece actualmente (2024) en: El Decreto 132/2022, de 9 de agosto. El Decreto 198/2024, de 3 de septiembre. El Decreto 105/2019, de 12 de febrero. El Decreto 156/2022, de 9 de agosto.

Es competencia de la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía: La aprobación del Plan Andaluz de Salud. La elaboración del Plan Andaluz de Salud. La creación de las áreas de salud, así como la aprobación y modificación de sus limites territoriales. La determinación de los órganos, estructura y funcionamiento de los distritos de atención primaria y los hospitales.

No es competencia de la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía: La aprobación del anteproyecto de presupuesto del Servicio Andaluz de Salud. La óptima distribución de los medios económicos afectos a la financiación de los servicios y prestaciones que configuran el Sistema Sanitario Público y de cobertura pública. La prestación de asistencia sanitaria en los centros y servicios sanitarios del Servicio Andaluz de Salud. La coordinación de todo el dispositivo sanitario público y de cobertura pública y la mejor utilización de los recursos disponibles.

La dirección, ejecución y evaluación de las políticas de acreditación y certificación de calidad en el ámbito de competencias de la Consejería de Salud y Consumo en coordinación con las sociedades cientificas y los colegios profesionales, corresponde(D 198/2024): A la Secretaria General de Formación y Calidad. A la Secretaria General Técnica. A la Dirección General de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica. A la Secretaria General de Salud Pública e l+D+i en Salud.

Señala la respuesta incorrecta respecto a las Delegaciones Territoriales de la Consejeria de Salud y Consumo: El Delegado territorial de la Consejería de Salud y Consumo es nombrado y separado mediante Decreto del Consejo de Gobierno, a propuesta de la persona titular de la Presidencia de la Junta de Andalucía. La persona titular de la Delegación territorial ostenta la representación institucional de la Consejería en su respectivo ámbito territorial y ejerce la dirección, coordinación y control inmediato de los servicios periféricos asignados. Les corresponde ejercer la jefatura de todo el personal de la Delegación y las competencias de administración y gestión ordinarias del mismo que expresamente se le deleguen. En cada Delegación territorial se integra la correspondiente Intervención Provincial del Servicio Andaluz de Salud.

Según lo que determina el D 198/2024, la elaboración del anteproyecto de presupuesto de la Consejería de Salud y Consumo le corresponde a: La Viceconsejería. La Secretaría General de Salud y Consumo. La Secretaría General de Salud Pública e l+D+i en Salud. La Secretaría General Técnica.

Conforme al decreto 198/2024, la evaluación del estado de salud de la población de Andalucía es una competencia propia de: La Secretaria General de Salud Pública e l+D+i en Salud. La Dirección General de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica. La Secretaria General de Planificación Asistencial y Consumo. La Viceconsejería.

Según lo dispuesto en el D 198/2024 no es una de las funciones propias de la Dirección General de Consumo: La definición, en coordinación con la Consejería competente en materia de politicas sociales, de un catálogo de centros sociosanitarios. El desarrollo y la implementación de las redes de alerta de consumo en Andalucia. La promoción y organización de campañas de información a la persona consumidora y usuaria. La gestión del Registro Público de Asociaciones de Consumidores y Usuarios en Andalucía.

A tenor del artículo 35 de la Ley 9/2007, los órganos territoriales provinciales de la Administración de la Junta de Andalucía pueden ser: Delegaciones provinciales de las Consejerías. Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía. Delegaciones territoriales. Todas las respuestas son correctas.

¿Quién preside el Consejo Andaluz de Salud?. El Presidente de la Junta de Andalucia. El Consejero de Salud. ElViceconsejero de Salud. EI Director Gerente del Servicio Andaluz de Salud.

Según la Ley del Servicio Andaluz de Salud, cada Area de Salud está integrada administrativa y funcionalmente por unidades menores, que son de dos tipos: Consejo de Salud y Consejo de Dirección. Hospital General Básico y Hospital General de Especialidades. Distrito de Atención Primaria y Red hospitalaria pública. Distrito de Atención Primaria y Área hospitalaria.

Es competencia de la Dirección General de Gestión Económica y Servicios del Servicio Andaluz de Salud (D 198/2024): El análisis, seguimiento, evaluación y control de las diferentes lineas de gastos del personal adscrito al Servicio Andaluz de Salud. La gestión y evaluación de los riesgos sanitarios derivados de la responsabilidad patrimonial y su impacto en el ámbito del Servicio Andaluz de Salud, así como la ejecución y seguimiento de la gestión de la responsabilidad patrimonial en el ámbito de la prestación asistencial sanitaria y la correspondiente gerencia de riesgos. La propuesta, implantación, seguimiento y evaluación de los criterios de distribución de la financiación en los centros del Servicio Andaluz de Salud. La definición de la actividad sanitaria concertada del Sistema Sanitario Público de Andalucia y la planificación, gestión y evaluación de los conciertos que se tengan encomendados.

Es competencia de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud (D198/2024): La dirección y fijación de los criterios administrativos, económicos y financieros la designación de centros de gastos, y la autorización de gastos y ordenación de pagos. a dirección operativa de los planes integrales y procesos asistenciales en el ámbito de los centros dependientes del Servicio Andaluz de Salud. La consolidación de criterios de utilización eficiente y eficaz de la prestación farmacéutica con criterios de calidad, así como de la política de uso racional del medicamento. La evaluación y control del gasto farmacéutico del Servicio Andaluz de Salud.

La organización de los servicios de atención primaria en Andalucía se regula en: EI Decreto 77/2008, de 4 de marzo. El Decreto 195/1985, de 28 de agosto. La Ley 14/1986, de 25 de abril. El Decreto 197/2007, de 3 de julio.

Los Centros de Atención Primaria de los núcleos de población o municipios de ámbito rural de Andalucía se denominan: Centros de Distrito. Centros de Salud. Consultorios locales. Consultorios auxiliares.

Es un órgano intermedio del Distrito de atención primaria: Dirección Gerencia. Dirección de Salud. Dirección de Cuidados de Enfermería. Dirección de Unidades de Gestión Clínica.

Según determina el Decreto 197/2007, es competencia de la Dirección de Salud del Distrito de atención primaria: Planificar, organizar, dirigir, evaluar y velar por la gestión de los servicios y prestaciones asistenciales, y de los servicios de salud pública en su ámbito territorial. Garantizar, en su ámbito territorial de actuación, la atención sanitaria a la población que tenga reconocido este derecho. La coordinación general de los planes y actuaciones del distrito de atención primaria. Evaluar, desde el punto de vista de la calidad, efectividad y eficiencia, los procesos servicios, prestaciones y actividades asistenciales, así como garantizar la accesibilidad y la continuidad asistencial.

La Comisión de Dirección del Distrito de atención primaria se reunirá con carácter ordinario, al menos, con una periodicidad: Bimensual. Mensual. Semanal. Quincenal.

¿Cómo se denomina el órgano de carácter asesor de la Dirección Gerencia del Distrito de Atención Primaria (D 197/2007)?. Consejo de Dirección. Comité Técnico. Junta de Asistencia Técnica. Comisión de Dirección.

¿Cuál es la duración del acuerdo de gestión clínica en el ámbito de los Distritos de Atención Primaria prevista en el D 197/2007?. Cinco años, si bien podrá ser renovado sucesivamente por iguales periodos. Cuatro años, si bien podrá ser renovado sucesivamente por iguales periodos. Tres años, si bien podrá ser renovado sucesivamente por iguales periodos. Dos años, si bien podrá ser renovado sucesivamente por iguales periodos.

Las instituciones sanitarias que prestan asistencia especializada en régimen de internamiento son: Hospitales. Centros de Especialidades. Centros de alta resolución de especialidades. Centros de Diagnóstico y Tratamiento.

En Andalucía, la demarcación geográfica para la gestión y administración de la asistencia especializada es (D 105/1986): EI Área de Salud. El Área hospitalaria. EI Área sanitaria. El Área extrahospitalaria.

Conforme a lo previsto en el D 105/1986, la presentación del proyecto de presupuesto económico del Hospital es función del: Director Económico Administrativo. Subdirector Económico Administrativo. Director de Servicios Generales. Director Gerente.

La Comisión de Dirección del Hospital se reunirá en sesión ordinaria(D 105/1986). Al menos una vez al mes. El primer jueves de cada mes. Diariamente. Una vez a la semana.

Señala la respuesta incorrecta respecto a la Comisión de Dirección de hospital (D 105/1986): La Comisión de Dirección se reunirá en sesión ordinaria al menos una vez al trimestre, y siempre que lo estime necesario el Director-Gerente. Está integrada por los titulares de cada uno de los Órganos de Dirección y bajo la presidencia del Director-Gerente. Le corresponde la coordinación e integración de las distintas Divisiones y Unidades Hospitalarias, posibilitando el logro de los objetivos y programas que tengan asignados. Presenta el proyecto de Presupuestos del Hospital y Centros Periféricos de Especialidades.

Es competencia de la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía: La fijación de los criterios, directrices y prioridades de la política de protección de la salud y de asistencia sanitaria. La aprobación de la organización,composición y funciones del Consejo Andaluz de Salud. La creación de las áreas de salud, así como la aprobación y modificación de sus límites territoriales. La coordinación general de la prestación farmacéutica.

Señala la respuesta incorrecta: El delegado territorial de la Consejería de Salud y Consumo es nombrado y separado mediante Decreto del Consejo de Gobierno, a propuesta de la persona titular de la Presidencia de la Junta de Andalucía. En cada provincia existe una Delegación territorial de la Consejería de Salud y Consumo a la que se le adscriben los servicios periféricos de la Consejería de Salud y Consumo. Las Delegaciones Territoriales de la Junta de Andalucía dirigen en su provincia, baja la dependencia funcional de los correspondientes centros directivos, las unidades administrativas pertenecientes a la Delegación. La persona titular de la Delegación territorial ostenta la representación institucional de la Consejería en su respectivo ámbito territorial.

Es competencia de la Dirección General de Asistencia Sanitaria y Resultados en Salud del Servicio Andaluz de Salud (D 198/2024): La resolución de los procedimientos de responsabilidad patrimonial del Servicio Andaluz de Salud. La ordenación y gestión de los puestos de trabajo del Servicio Andaluz de Salud. La propuesta, implantación, seguimiento y evaluación de los criterios de distribución de la financiación en los centros del Servicio Andaluz de Salud. La evaluación y control del gasto farmacéutico del Servicio Andaluz de Salud.

Señala la respuesta incorrecta respecto a la Comisión de Dirección del Distrito (D 197/2007): La Comisión se reunirá con carácter ordinario, al menos, con una periodicidad trimestral y con carácter extraordinario cuantas veces sea convocada por su Presidente. Una de sus funciones es asesorar a la Dirección Gerencia, en los aspectos organizativos, asistenciales y de gestión de recursos. Está presidida por la persona titular de la Dirección Gerencia e integrada por las personas titulares de los restantes órganos directivos del distrito. Informa la propuesta de Plan de Formación de Profesionales, partiendo de las necesidades detectadas por los diferentes órganos directivos del distrito entre los profesionales de las diferentes unidades y servicios.

La Junta del Hospital y la Junta de Enfermería son (D 105/1986): Órganos de dirección. Órganos técnicos. Órganos colegiados de participación. Órganos de gestión.

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