Común A1 14 - 18
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Título del Test:
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326. Según el RGPD, se considera dato personal cualquier información que: a) Permita únicamente un análisis estadístico o agregación anónima, sin que sea posible, ni siquiera con medios adicionales razonables, identificar a una persona física. b) Corresponda exclusivamente a entidades jurídicas y se refiera a su estructura organizativa, actividad económica o información fiscal corporativa. c) Haga posible directa o indirectamente la identificación de una persona física, ya sea por referencia a un identificador o a uno o varios elementos propios de su identidad física, fisiológica, genética, económica, cultural o social. d) Consista en códigos internos, claves operativas o identificadores técnicos cuyo diseño no esté vinculado expresamente a la identidad del sujeto afectado. 327. El principio de minimización de datos, según el RGPD, exige que el responsable del tratamiento: a) Recoja también datos adicionales que, aun no siendo estrictamente necesarios, puedan resultar útiles para futuras finalidades compatibles. b) Limite la recogida y el tratamiento exclusivamente a los datos adecuados, pertinentes y estrictamente necesarios para la finalidad concreta declarada. c) Amplíe la información solicitada cuando la incorporación de más variables permita un análisis más preciso o facilite la elaboración de perfiles estadísticos. d) Recoja datos complementarios para documentar la diligencia del responsable y demostrar cumplimiento en el marco del principio de responsabilidad proactiva. 328. El principio de exactitud de los datos personales, recogido en el RGPD, implica que: a) Los datos pueden mantenerse desactualizados cuando provengan de fuentes formales o registros públicos, dado que su origen garantiza su validez jurídica. b) Se adopten las medidas necesarias para corregir sin dilación aquellos datos personales que resulten inexactos o incompletos, asegurando que se ajustan a la finalidad del tratamiento. c) Los datos personales se conserven tal como fueron obtenidos inicialmente, evitando su supresión incluso en caso de que se demuestre su desactualización o imprecisión. d) El responsable no tenga obligación de revisión periódica de la información, siempre que el interesado no solicite expresamente la rectificación de sus datos. 329. En el modelo de información por capas previsto por el RGPD, la denominada “primera capa” debe contener, como mínimo: a) La totalidad de la política de privacidad del responsable, incluyendo el detalle completo de las bases jurídicas, plazos de conservación y destinatarios previstos. b) Únicamente la referencia a la base jurídica aplicable conforme al artículo 6 del RGPD, sin necesidad de aportar más información en esta fase inicial. c) La identificación del encargado de seguridad o de la persona que gestione los sistemas internos de protección de datos de la organización. d) La identidad del responsable del tratamiento, la finalidad principal del tratamiento y la indicación de los derechos esenciales que asisten al interesado conforme al RGPD. 330. El derecho de acceso reconocido en el artículo 15 del RGPD garantiza al interesado la posibilidad de: a) Consultar únicamente un conjunto limitado de datos básicos, excluyendo información adicional relativa a las finalidades del tratamiento o a los destinatarios. b) Obtener la confirmación de si se están tratando o no sus datos personales, así como acceder a dichos datos y recibir copia de ellos junto con la información complementaria prevista en el artículo 15 del RGPD. c) Proceder a la modificación automática de los datos sin necesidad de intervención del responsable, siempre que detecte cualquier discrepancia o error en la información tratada. d) Transferir libremente los datos personales a terceros a su elección sin necesidad de solicitarlo al responsable, por ser una consecuencia directa del derecho de acceso. 331. El derecho de rectificación reconocido en el RGPD permite al interesado exigir al responsable que: a) Modifique o complemente los datos personales que resulten inexactos o incompletos, aportando la documentación acreditativa necesaria cuando proceda. b) Proceda a la eliminación total del tratamiento aun cuando los datos sean exactos, por el mero deseo del interesado de que no figuren en los sistemas del responsable. c) Cese el tratamiento de los datos cuando el responsable considere que los mismos ya no resultan de utilidad, incluso sin solicitud expresa del interesado. d) Modifique los datos personales únicamente cuando exista una obligación contractual que lo exija, independientemente de que los datos sean incorrectos. 332. El ejercicio del derecho de supresión previsto en el artículo 17 del RGPD procede cuando: a) El responsable estime, por criterios internos de eficiencia o reorganización, que la eliminación de los datos resulta conveniente para la gestión del tratamiento. b) Los datos personales ya no sean necesarios en relación con los fines para los que fueron recogidos o tratados, dejando de existir la base jurídica que legitimaba su tratamiento. c) El interesado solicite en cualquier circunstancia la eliminación de sus datos, con independencia de la existencia de obligaciones legales de conservación o de fines legítimos que exijan mantenerlos. d) Los datos posean valor histórico, científico o administrativo, lo que justifica su eliminación para evitar un uso inadecuado o interpretaciones erróneas. 333. El derecho de oposición, conforme al artículo 21 del RGPD, faculta al interesado para: a) Solicitar que el responsable cese cualquier operación de tratamiento sobre sus datos, con independencia de la base jurídica utilizada o de los intereses legítimos en juego. b) Negarse al tratamiento de sus datos personales cuando este se base en el interés público o en el interés legítimo del responsable, incluido el perfilado relacionado con dichas bases, salvo que el responsable acredite motivos legítimos imperiosos. c) Resolver unilateralmente cualquier contrato celebrado con el responsable cuando discrepe del modo en que se tratan sus datos personales. d) Limitar el acceso de terceros autorizados a sus datos cuando considere que el tratamiento puede generar efectos no deseados o interpretaciones incorrectas. 334. En el ámbito de la protección de datos, existe una decisión individual automatizada cuando: a) La decisión que afecta al interesado se adopta exclusivamente mediante procesos automatizados, sin intervención humana significativa, y produce efectos jurídicos o le afecta de manera similar de forma apreciable. b) Se consulta una base de datos automatizada, aunque la decisión final sea adoptada por un empleado que revisa y valida la información. c) La decisión se basa en un algoritmo, pero el responsable realiza una comprobación formal posterior para confirmar que el resultado no contiene errores aparentes. d) El interesado participa en el proceso aportando información adicional o manifestando preferencias que influyen parcialmente en el resultado del tratamiento. 335. Para que una decisión individual automatizada sobre datos personales sea lícita conforme al RGPD, es necesario que: a) Exista consentimiento tácito del interesado o que la medida esté vinculada de manera general a la ejecución de un contrato, sin requerir garantías adicionales. b) Exista consentimiento explícito del interesado, o bien sea necesario para la celebración o ejecución de un contrato, o esté amparada por una norma habilitante que prevea salvaguardias adecuadas para los derechos y libertades del afectado. c) Sea suficiente con que el interesado haya sido informado verbalmente de que el tratamiento puede incluir decisiones automatizadas, sin necesidad de establecer mecanismos adicionales. d) El responsable notifique previamente a la autoridad de control su intención de aplicar sistemas automatizados, quedando dispensado de obtener consentimiento o justificar otra base legal. 336. La obligación de transparencia en la información sobre protección de datos implica que esta debe presentarse: a) Redactada en un formato altamente técnico y exhaustivo, de manera que permita reflejar íntegramente la complejidad del tratamiento y su base jurídica. b) Facilitada exclusivamente en soporte físico para garantizar la validez documental y el acceso permanente a la información. c) Redactada con terminología jurídica especializada para asegurar precisión normativa, aunque resulte menos accesible para el interesado medio. d) Clara, concisa, fácilmente comprensible y accesible para el interesado, permitiendo conocer el tratamiento sin interpretaciones técnicas o jurídicas complejas. 337. Cuando los datos personales se obtienen de fuentes distintas al propio interesado, el responsable del tratamiento está obligado a: a) Considerar que la información ya es conocida por el afectado si proviene de fuentes accesibles al público, por lo que no resulta necesario facilitarle ninguna comunicación adicional. b) Facilitar información al afectado sobre el tratamiento de sus datos dentro de un plazo razonable, según art. 14 Reglamento General de Protección de Datos. c) Suprimir sin más los datos obtenidos de terceros salvo que el interesado confirme expresamente su interés en mantener el tratamiento. d) Recabar el consentimiento previo del afectado antes de iniciar cualquier tratamiento cuando los datos procedan de un tercero, independientemente de la base jurídica aplicable. 338. La limitación del tratamiento prevista en el artículo 18 del RGPD implica que los datos personales: a) Permanezcan conservados sin ser objeto de tratamiento activo, quedando restringidos mientras se verifica la exactitud, la licitud o la necesidad del tratamiento a petición o impugnación del interesado. b) Deban ser eliminados inmediatamente para evitar cualquier tratamiento posterior, incluso cuando su licitud o exactitud esté pendiente de comprobación. c) Puedan utilizarse para elaborar perfiles estadísticos o inferenciales siempre que no se comuniquen a terceros ni se produzcan efectos jurídicos. d) Deban ser transferidos obligatoriamente a otro responsable con mayor capacidad para verificar la exactitud o licitud del tratamiento. 339. Según el RGPD, para que el consentimiento sea una base jurídica válida en materia de protección de datos, debe: a) Manifestarse mediante una acción afirmativa clara, informada e inequívoca por parte del interesado, que refleje su voluntad real de aceptar el tratamiento propuesto. b) Entenderse prestado si el interesado no manifiesta oposición expresa al tratamiento, siempre que el responsable haya informado previamente de su intención de utilizar los datos. c) Considerarse válido cuando un profesional jurídico u otra persona experta valida la idoneidad del tratamiento en nombre del interesado. d) Obtenerse mediante casillas premarcadas o mecanismos que presuponen la aceptación, siempre que el interesado pueda desmarcarlas si no desea participar. 340. El cumplimiento del deber de información en materia de protección de datos exige que el responsable: a) Facilite información únicamente cuando el interesado la solicite expresamente, al considerar que la ausencia de oposición constituye aceptación de las condiciones del tratamiento. b) Proporcione al interesado, de forma previa o simultánea al tratamiento, toda la información exigida por los artículos 13 y 14 del RGPD, siempre que se lleve a cabo cualquier tratamiento de datos personales. c) Limite la comunicación de la información a los supuestos en los que el tratamiento sea realizado por Administraciones Públicas o implique datos especialmente sensibles. d) Cumpla el deber informativo únicamente cuando exista una comunicación o cesión de datos a terceros, sin necesidad de hacerlo en tratamientos internos del responsable. 341. Según el RGPD, los derechos del interesado pueden ser objeto de limitaciones cuando: a) El responsable del tratamiento considere que el ejercicio de tales derechos podría entorpecer la operativa interna de la organización o ralentizar procesos administrativos esenciales. b) Se establezca mediante una norma con rango legal que la restricción sea necesaria y proporcionada para fines como la seguridad nacional, la defensa, la seguridad pública o la prevención e investigación de infracciones penales, entre otros intereses públicos relevantes. c) La entidad privada responsable estime que existen intereses comerciales o estratégicos que justifican restringir temporalmente la posibilidad de ejercer los derechos del interesado. d) El volumen de solicitudes presentadas por los interesados resulte elevado, comprometiendo la capacidad operativa del responsable para atenderlas adecuadamente. 342. Según el RGPD, forman parte de las categorías especiales de datos aquellos que: a) Incluyen información de contacto general, como dirección postal o número de teléfono, siempre que identifiquen a la persona. b) Revelan aspectos particularmente sensibles del individuo, como sus convicciones ideológicas o religiosas, su estado de salud, su orientación sexual u otros datos cuyo tratamiento exige garantías reforzadas conforme al art. 9 del RGPD. c) Comprenden datos utilizados habitualmente en comunicaciones electrónicas, tales como direcciones de correo electrónico o identificadores de usuario, que requieren protección adicional por su uso frecuente. d) Abarcan información demográfica o estadística —como edad, rango de ingresos o nivel educativo— cuyo tratamiento puede influir en la elaboración de perfiles complejos. 343. Para que un tratamiento de datos personales sea lícito conforme al RGPD, es necesario que: a) El responsable obtenga siempre el consentimiento del interesado, incluso cuando exista otra base jurídica más adecuada para el tratamiento previsto. b) La licitud derive de la participación de un encargado de tratamiento debidamente designado, que actúe como garantía adicional de seguridad jurídica. c) El tratamiento se apoye en una base jurídica válida prevista en el artículo 6 del RGPD, como la ejecución de un contrato, el cumplimiento de una obligación legal o el interés legítimo del responsable debidamente ponderado. d) Los datos personales se utilicen exclusivamente dentro del ámbito interno del responsable, sin realizar comunicaciones a terceros, lo que elimina la necesidad de justificar una base jurídica adicional. 344. El modelo de información por capas en protección de datos se fundamenta en que: a) Toda la información exigida por el RGPD se proporcione en un único documento extenso para asegurar la completitud formal del deber informativo. b) Se facilite una primera capa con información esencial y directamente relevante para el interesado, remitiendo a una segunda capa accesible donde se detallen el resto de elementos exigidos por el RGPD. c) La información pueda proporcionarse únicamente al finalizar el tratamiento, una vez que el responsable disponga de todos los datos que va a registrar. d) El deber de información quede satisfecho cuando el responsable comunique los detalles solo a quienes intervienen internamente en el tratamiento, sin necesidad de ponerlos a disposición del interesado de forma accesible. 345. En relación con el deber de confidencialidad previsto en la normativa de protección de datos, debe entenderse que: a) La obligación de guardar secreto se mantiene únicamente durante la vigencia del tratamiento, pudiendo el responsable o el encargado divulgar la información una vez finalizada la relación contractual. b) La obligación decae automáticamente cuando el responsable comunica al afectado la finalización del servicio, al no existir ya una relación jurídica que justifique la reserva de la información. c) El deber de confidencialidad persiste incluso después de que concluya la relación entre el responsable, el encargado o cualquier persona que hubiera intervenido en el tratamiento, no pudiendo divulgar los datos sin base legal. d) La obligación no resulta aplicable a los encargados del tratamiento, dado que su función se limita estrictamente a ejecutar las instrucciones del responsable. 346. ¿Qué exige el principio de minimización de datos en los formularios de recogida de información?. a) Solicitar datos complementarios que, aunque no sean imprescindibles para la finalidad, permitan al responsable realizar tratamientos compatibles previstos en el futuro. b) Limitar la recogida exclusivamente a los datos necesarios para la finalidad prevista. c) Incluir campos cuya aportación no sea obligatoria, pero cuyo diseño del formulario induzca a su cumplimentación para obtener una evaluación más completa del interesado. d) Recopilar información adicional cuando su obtención no impida el cumplimiento del principio de proporcionalidad ni afecte de forma significativa a los derechos del interesado. 347. En el caso de tratamientos que impliquen decisiones individuales automatizadas sobre datos personales de menores, el RGPD establece que: a) Estas decisiones pueden adoptarse sin requisitos adicionales, siempre que el tratamiento se derive de los servicios ofrecidos directamente al menor. b) Las decisiones automatizadas se sustituyen por el derecho a la portabilidad, dado que los menores no pueden ser objeto de perfilados ni decisiones individuales significativas. c) El RGPD excluye la aplicación de decisiones automatizadas cuando el interesado es menor, por lo que no resultan jurídicamente aplicables estos supuestos. d) Se exige la adopción de garantías reforzadas y especial cautela, debido a la especial vulnerabilidad de los menores frente a decisiones que produzcan efectos jurídicos o les afecten significativamente. 348. En la Ley Orgánica 3/2018, el bloqueo de datos personales implica que: a) Los datos se conserven de forma restringida, quedando únicamente accesibles para atender posibles responsabilidades derivadas del tratamiento, mientras se impide cualquier otra operación sobre ellos. b) Los datos queden sometidos a un proceso irreversible de anonimización que permita su reutilización para fines estadísticos sin necesidad de base jurídica adicional. c) El responsable solo aplique el bloqueo cuando exista una resolución sancionadora de la autoridad de control o una instrucción administrativa que así lo exija. d) El bloqueo consiste en la destrucción física o lógica de los datos, tras lo cual no podrán ser utilizados en ningún contexto ni restaurados por el responsable. 349. El responsable debe informar al interesado sobre su derecho de oposición de forma que: a) Baste con incluir una referencia genérica al derecho dentro del texto completo de la política de privacidad, sin destacarlo específicamente. b) Se facilite de manera expresa, claramente diferenciada del resto de la información y, en el caso del marketing directo, con especial relevancia y accesibilidad. c) Sea suficiente con mencionarlo únicamente en los procedimientos internos del responsable, siempre que esté documentado para auditoría. d) Pueda integrarse de forma implícita dentro de la explicación del consentimiento, sin necesidad de aviso independiente si ambos se relacionan con el mismo tratamiento. 350. Las decisiones individuales automatizadas previstas en el artículo 22 del RGPD no pueden aplicarse cuando: a) El afectado sea una persona mayor de edad, dado que la normativa exige que estos tratamientos se limiten exclusivamente a colectivos especialmente vulnerables. b) El responsable sea una entidad pública, ya que la naturaleza institucional del responsable excluye la posibilidad de tratamientos basados exclusivamente en algoritmos. c) El usuario haya dado su consentimiento para el tratamiento, puesto que el consentimiento por sí solo no legitima una decisión con efectos jurídicos adoptada exclusivamente por medios automatizados. d) El interesado sea un menor y no se hayan implementado salvaguardas reforzadas que tengan en cuenta su especial vulnerabilidad frente a decisiones con efectos jurídicos o similares. 351. De acuerdo con el Reglamento General de Protección de Datos, la validez de la base jurídica del tratamiento únicamente puede considerarse acreditada cuando el responsable: a) Fundamenta el tratamiento en alguna de las condiciones habilitantes del art. 6 RGPD, motivándola y documentándola en el análisis de licitud, evidenciando adecuación, necesidad y proporcionalidad respecto de la finalidad. b) Presume la existencia de consentimiento a partir de conductas pasivas, de la inacción del interesado o de la ausencia de oposición expresa. c) Invoca un interés empresarial propio sin necesidad de ponderar los derechos y libertades del interesado. d) Comunica al interesado la finalidad del tratamiento una vez iniciado este, considerando que esta información es necesaria para satisfacer materialmente las exigencias del principio de transparencia. 352. La responsabilidad proactiva en el Reglamento General de Protección de Datos implica que el responsable: a) Acredite mediante evidencias verificables que las medidas técnicas y organizativas son idóneas y eficaces en función del riesgo, conservando la trazabilidad de las decisiones. b) Implemente medidas cuando exista requerimiento expreso de la autoridad de control. c) Delegue en el encargado la asunción de la licitud y de los principios del art. 5 RGPD. d) Se limite a registrar el tratamiento sin análisis de riesgos ni evaluación de impacto. 353. El encargado del tratamiento podrá tratar datos personales: a) Para fines propios, siempre que no ceda datos a terceros. b) Exclusivamente conforme a instrucciones documentadas del responsable y bajo contrato u otro acto jurídico con el contenido del art. 28.3 Reglamento General de Protección de Datos. c) Según su propio juicio sobre la base jurídica y la finalidad. d) Si el interesado le presta consentimiento expreso, con independencia del responsable. 354. El contenido mínimo del contrato responsable–encargado conforme al art. 28.3 Reglamento General de Protección de Datos debe incluir: a) La exoneración del encargado respecto de incidentes de seguridad inevitables. b) Objeto, duración, naturaleza y fines; tipo de datos; categorías de interesados; deberes de confidencialidad, medidas de seguridad, régimen de subencargados, asistencia al responsable y destino de los datos al término del servicio. c) Únicamente la identificación fiscal de las partes y una cláusula de confidencialidad genérica. d) La obligación del encargado de determinar la base jurídica más eficiente. 355. En el marco de los arts. 37 a 39 Reglamento General de Protección de Datos y normas complementarias, el Delegado de Protección de Datos debe: a) Seleccionar la base jurídica de cada tratamiento y autorizar las comunicaciones a terceros. b) Supervisar el cumplimiento, informar y asesorar, cooperar con la autoridad de control y actuar con independencia funcional, sin recibir instrucciones en el desempeño de sus tareas. c) Resolver las reclamaciones de los interesados con efectos ejecutivos. d) Asumir la responsabilidad por las brechas de seguridad. 356. La designación de Delegado de Protección de Datos resultará obligatoria, entre otros supuestos, cuando: a) El tratamiento lo lleve a cabo una autoridad u organismo público sin excepción o cuando las actividades principales requieran observación irregular a gran escala. b) Lo recomiende el asesor jurídico interno, con independencia de los tipos de tratamiento. c) El tratamiento lo lleve a cabo una autoridad u organismo público (excepto tribunales en funciones judiciales) o cuando las actividades principales requieran observación habitual y sistemática a gran escala o el tratamiento a gran escala de categorías especiales o datos penales. d) Se subcontraten servicios en la nube situados fuera de la UE. 357. La Agencia Estatal de Protección de Datos, como autoridad administrativa independiente, ostenta entre sus potestades: a) Ejercer funciones de dirección estratégica sobre las políticas públicas estatales en materia de protección de datos, incluyendo la facultad de establecer criterios vinculantes para todas las Administraciones y operadores económicos, con capacidad normativa equivalente a reglamento ejecutivo. b) Validar o certificar de manera obligatoria los sistemas tecnológicos utilizados por los responsables antes de su puesta en producción, asegurando su adecuación al Reglamento General de Protección de Datos. c) Establecer las bases jurídicas supletorias de cada tratamiento de datos personales que haya sido inscrito en el Registro General de Protección de Datos. d) Ejercer poderes de investigación y correctivos, incluyendo órdenes de limitación o supresión del tratamiento, y la imposición de sanciones administrativas. 358. Las autoridades autonómicas de protección de datos pueden ejercer supervisión y control sobre: a) Asumir funciones de supervisión sobre tratamientos realizados por responsables privados dentro de su comunidad autónoma, actuando con prevalencia jerárquica respecto de la Agencia Española de Protección de Datos en caso de conflicto competencial. b) Los tratamientos realizados por entidades del sector público autonómico y local dentro de su ámbito competencial, conforme al Estatuto y a la normativa básica estatal y europea. c) Ejercer control sobre tratamientos transfronterizos o sujetos al mecanismo de ventanilla única del artículo 56 del RGPD, emitiendo decisiones vinculantes para los demás Estados miembros en los procedimientos del Comité Europeo de Protección de Datos. d) Ejercer funciones de supervisión sobre los tratamientos efectuados por responsables establecidos fuera de su comunidad autónoma cuando los efectos del tratamiento incidan significativamente en los derechos de los residentes en su territorio, incluyendo la facultad de iniciar procedimientos transfronterizos y emitir resoluciones con eficacia extraterritorial. 359. El Estatuto de Autonomía de Andalucía garantiza frente a las Administraciones públicas andaluzas el derecho a: a) Acceso, corrección y cancelación de datos personales obrantes en su poder, en los términos legalmente establecidos. b) La portabilidad de los datos personales en todos los tratamientos de datos efectuados dentro de su ámbito territorial. c) La cesión automática de datos personales entre consejerías de la Junta de Andalucía. d) El tratamiento de datos personales para cualquier fin de interés económico regional. 360. A tenor del Estatuto, la competencia ejecutiva andaluza en protección de datos se proyecta sobre: a) La Administración autonómica, las Administraciones locales andaluzas y entidades dependientes, en los términos estatutarios, así como todo operador privado que trate datos de residentes en Andalucía. b) La Administración autonómica, las Administraciones locales andaluzas y entidades dependientes, así como universidades del sistema andaluz, en los términos estatutarios. c) La Administración autonómica, las Administraciones locales andaluzas y entidades dependientes, así como universidades del sistema andaluz, y autoridades judiciales en sus procesos jurisdiccionales. d) La Administración autonómica, las Administraciones locales andaluzas y entidades dependientes, así como universidades del sistema andaluz, y las instituciones de la UE con sede en Andalucía. 361. Según el artículo 39 del Reglamento General de Protección de Datos, el Delegado de Protección de Datos deberá: a) Informar y asesorar al responsable o encargado y a los empleados sobre obligaciones del RGPD. b) Asumir competencias ejecutivas en materia de licitud del tratamiento, pudiendo autorizar o denegar operaciones. c) Ejercer el control interno obligatorio sobre los sistemas de información, validando herramientas tecnológicas. d) Establecer criterios vinculantes de obligado cumplimiento para toda la organización. 362. Entre las funciones del DPD se encuentra, conforme al art. 39 RGPD: a) Determinar autónomamente la base jurídica aplicable a los tratamientos. b) Supervisar el cumplimiento del RGPD y políticas internas, incluida formación y auditorías. c) Supervisar el cumplimiento del Reglamento General de Protección de Datos y políticas internas, así como emitir autorizaciones preceptivas para crear nuevos ficheros. d) Definir criterios de conservación de los datos personales, pudiendo sustituir las obligaciones sectoriales del responsable, en los términos legalmente establecidos. 363. El Delegado de Protección de Datos debe, según el Reglamento General de Protección de Datos: a) Redactar y aprobar las evaluaciones de impacto como único órgano competente. b) Ofrecer asesoramiento sobre la EIPD y supervisar su aplicación conforme al art. 35. c) Sustituir al responsable en las comunicaciones obligatorias a los interesados. d) Autorizar previamente tratamientos con tecnologías emergentes. 364. En materia de cooperación institucional, el DPD debe: a) Actuar como representante legal ante el Comité Europeo de Protección de Datos. b) Sustituir a la autoridad de control en la emisión de recomendaciones vinculantes. c) Cooperar con la autoridad de control y actuar como punto de contacto para consultas y consultas previas. d) Cooperar con la autoridad de control y actuar como punto de contacto para consultas y consultas previas e, iniciar expedientes disciplinarios internos por incumplimientos de protección de datos. 365. En el ámbito tributario local, la base jurídica prevalente para el tratamiento de datos personales es: a) El consentimiento del contribuyente en todo caso (art. 6.1.a RGPD). b) El cumplimiento de obligaciones legales y el ejercicio de potestades públicas (art. 6.1.c y e RGPD) en la gestión, inspección y recaudación tributaria. c) El interés legítimo del Ayuntamiento (art. 6.1.f RGPD). d) La necesidad de ejecución de contratos privados con el contribuyente (art. 6.1.b RGPD). 366. El art. 95 de la Ley General Tributaria califica los datos tributarios como: a) Públicos por defecto, salvo oposición del obligado tributario. b) De carácter reservado, utilizables para la aplicación de los tributos y cesibles únicamente en los supuestos tasados legalmente. c) Libres para su intercambio interadministrativo por interés recaudatorio. d) Reutilizables con fines estadísticos sin anonimización. 367. La cesión de datos tributarios de carácter personal a otra Administración pública será lícita cuando: a) La solicitud sea para fines estadísticos, siempre que este recogido en una norma tributaria reglamentaria. b) Se fundamente en un convenio interadministrativo sin cobertura legal específica. c) El obligado tributario no se oponga a la cesión, de conformidad al art.95 de la Ley General Tributaria. d) Se encuentre dentro de los supuestos de colaboración tasados en el art. 95 Ley General Tributaria. 368. Conforme al Estatuto de Autonomía de Andalucía, la competencia ejecutiva en protección de datos: a) Permite a la Comunidad Autónoma dictar normativa básica en la materia. b) Se proyecta sobre el sector público autonómico y local y sus entidades dependientes, sin perjuicio de la normativa estatal y europea aplicable. c) Abarca la supervisión de tratamientos de empresas privadas andaluzas independientemente de su localización. d) Excluye a las universidades públicas andaluzas. 369. El Registro de Actividades de Tratamiento (art. 30 Reglamento General de Protección de Datos) del responsable debe recoger: a) Entre otros extremos, finalidades, categorías de interesados y de datos, destinatarios, transferencias, plazos de supresión y descripción general de medidas técnicas y organizativas de seguridad. b) Únicamente la base jurídica y la identificación del Delegado de Protección de Datos, siendo el resto de extremos opcionales y susceptibles de completarse solo si el responsable considera que aportan claridad adicional al interesado. c) Solo las transferencias internacionales. d) Las decisiones internas del DPD relativas a recursos humanos. 370. Entre las medidas correctivas que puede ordenar la autoridad de control se encuentran: a) La aprobación de leyes autonómicas. b) La limitación, suspensión o supresión del tratamiento, así como la imposición de multas administrativas. c) La instrucción de procesos penales. d) La concesión de subvenciones a responsables. 371. En relación con el artículo 95 de la Ley General Tributaria, el carácter reservado de los datos tributarios implica que: a) Los datos pueden ser comunicados libremente a terceros si existe interés administrativo general. b) La Administración tributaria puede utilizarlos para cualquier finalidad que considere útil, aunque no esté vinculada al tributo. c) Solo pueden utilizarse para la gestión de tributos o sanciones y únicamente cederse en los supuestos tasados legalmente, manteniendo un deber de sigilo estricto por parte de las autoridades y funcionarios. d) Los datos deben anonimizarse automáticamente antes de cualquier tratamiento interno. 372. Según el artículo 95de la Ley General Tributaria, una cesión de datos tributarios a otra Administración pública será lícita cuando: a) La Administración solicitante desee utilizar la información para fines estadísticos generales. b) Exista una previsión legal expresa que permita la cesión para colaboración fiscal o para la prevención de fraudes o delitos, y la información se limite a la estrictamente necesaria. c) El obligado tributario no se oponga expresamente a la comunicación. d) La Administración solicitante requiera los datos para elaborar informes internos no vinculantes. 373. Según el Estatuto de Autonomía de Andalucía (art. 32), la protección de datos frente a las Administraciones andaluzas garantiza al ciudadano: a) El derecho a la anonimización automática de todos los datos tratados por órganos autonómicos cuando finalice el procedimiento administrativo correspondiente. b) El derecho de acceso, rectificación y cancelación respecto de los datos personales obrantes en poder de las Administraciones públicas andaluzas. c) La portabilidad obligatoria de la información a cualquier otra Administración pública, incluso de distinto ámbito territorial, con independencia de la base jurídica. d) La facultad de exigir al órgano responsable la delegación de sus funciones de tratamiento en la autoridad autonómica de control. 374. Conforme al art. 82 del Estatuto de Autonomía, la competencia ejecutiva en materia de protección de datos ejercida por Andalucía se extiende a: a) La totalidad de tratamientos efectuados por entidades privadas establecidas en el territorio andaluz, incluidos los sometidos al mecanismo de ventanilla única del RGPD. b) Cualquier tratamiento cuya finalidad principal afecte a residentes en Andalucía, aunque el responsable esté ubicado fuera del territorio autonómico. c) Los tratamientos realizados por instituciones autonómicas, Administraciones andaluzas, entidades de derecho público o privado dependientes de ellas y universidades públicas andaluzas. d) La supervisión de tratamientos transfronterizos cuyo impacto económico incida significativamente en el tejido productivo regional. 375. De acuerdo con el art. 95 de la Ley General Tributaria, el deber de reserva de los datos tributarios: a) Se entiende satisfecho cuando el contribuyente ha sido previamente informado del tratamiento, pudiendo la Administración ceder los datos a terceros siempre que exista una relación jurídica conexa. b) Permite a los ayuntamientos incorporar datos tributarios a bases de datos municipales generales cuando exista interés público local genérico. c) Autoriza la comunicación de información tributaria a cualquier órgano administrativo que invoque razones de eficiencia o cooperación institucional. d) Impide cualquier utilización de los datos tributarios distinta de la estrictamente vinculada a la gestión tributaria o a los supuestos tasados de cesión previstos en la ley. 376. ¿Cuál es el objeto principal de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales?. a) Regular los contratos de trabajo. b) Promover la seguridad y salud de los trabajadores. c) Sancionar a las empresas. d) Controlar el desempleo. 377. ¿A quién se aplica la Ley de Prevención de Riesgos Laborales con carácter general?. a) Solo a trabajadores por cuenta ajena. b) Solo a funcionarios. c) A trabajadores y empresarios. d) Únicamente a empresas privadas. 378. ¿Qué se entiende por “riesgo laboral”?. a) Cualquier daño producido fuera del trabajo. b) La posibilidad de que un trabajador sufra un daño derivado del trabajo. c) Un accidente grave. d) Una enfermedad común. 380. ¿Quién tiene el deber de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores?. a) El trabajador. b) La mutua. c) El empresario. d) La Inspección de Trabajo. 381. ¿Cuál de los siguientes es un principio de la acción preventiva?. a) Reparar los daños. b) Evitar los riesgos. c) Sancionar al trabajador. d) Aumentar la producción. 382. ¿Qué significa “evaluar los riesgos”?. a) Eliminar todos los riesgos. b) Analizar los riesgos que no se pueden evitar. c) Informar al trabajador. d) Sancionar incumplimientos. 383. ¿Qué debe hacer el empresario cuando cambien las condiciones de trabajo?. a) Nada. b) Despedir al trabajador. c) Revisar la evaluación de riesgos. d) Avisar a la mutua. 384. ¿Qué tipo de medidas tienen prioridad según la ley?. a) Las individuales. b) Las disciplinarias. c) Las colectivas. d) Las económicas. 385. ¿Qué debe tener en cuenta la prevención respecto a la persona trabajadora?. a) Su antigüedad. b) Sus capacidades y situación personal. c) Su salario. d) Su contrato. 386. ¿Qué derecho tiene el trabajador en materia de prevención?. a) Derecho a negarse siempre a trabajar. b) Derecho a una protección eficaz. c) Derecho a elegir el salario. d) Derecho a sancionar a la empresa. 387. ¿Qué debe recibir el trabajador en materia preventiva?. a) Solo equipos de protección. b) Información y formación. c) Únicamente formación teórica. d) Solo información escrita. 388. ¿La formación en prevención debe ser?. a) Opcional. b) De pago. c) Teórica y práctica. d) Solo online. 389. ¿Cuándo debe impartirse la formación preventiva?. a) Solo al inicio del contrato. b) Solo cuando haya accidentes. c) Al inicio y cuando cambien las condiciones. d) Solo si lo pide el trabajador. 390. ¿Puede el coste de las medidas preventivas recaer sobre el trabajador?. a) Sí. b) Solo parcialmente. c) No, nunca. d) Depende del contrato. 391. ¿Cuál es una obligación básica del trabajador?. a) Comprar su EPIS. b) Velar por su propia seguridad. c) Evaluar riesgos. d) Formar a otros trabajadores. 392. ¿Qué deben usar los trabajadores según la ley?. a) Uniforme obligatorio. b) Equipos de Protección Individual cuando sea necesario. c) Solo casco. d) Herramientas propias. 393. ¿Qué ocurre si el trabajador incumple las medidas de prevención?. a) No pasa nada. b) Puede ser sancionado. c) Se sanciona al empresario. d) Se anula el contrato. 394. ¿Quién puede paralizar la actividad en caso de riesgo grave e inminente?. a) El trabajador individualmente. b) El empresario. c) Los representantes de los trabajadores. d) La mutua. 395. ¿Qué se entiende por riesgo grave e inminente?. a) Riesgo leve. b) Riesgo que puede causar daño a largo plazo. c) Riesgo que puede causar un daño grave de forma inmediata. d) Riesgo económico. 396. ¿Qué órgano de representación especializada en prevención existe en la empresa?. a) Comité de empresa. b) Delegados de prevención. c) Inspección de Trabajo. d) Mutua colaboradora. 397. ¿Quiénes son los delegados de prevención?. a) Técnicos externos. b) Representantes de los trabajadores con funciones preventivas. c) Empresarios. d) Inspectores. 398. ¿Cuándo se constituye el Comité de Seguridad y Salud?. a) En empresas de más de 5 trabajadores. b) En empresas de más de 10 trabajadores. c) En empresas de 50 o más trabajadores. d) En todas las empresas. 399. ¿El Comité de Seguridad y Salud es un órgano?. a) Ejecutivo. b) Sancionador. c) Paritario y colegiado. d) Unipersonal. 400. ¿Cuál es una función del Comité de Seguridad y Salud?. a) Imponer sanciones. b) Elaborar nóminas. c) Participar en la elaboración de la política preventiva. d) Contratar personal. 401. ¿Cuál es el objeto principal de la Ley 12/2007?. a) Regular el empleo público. b) Garantizar la igualdad real entre mujeres y hombres. c) Proteger la familia tradicional. d) Regular la educación obligatoria. 402. En qué ámbito territorial se aplica la Ley 12/2007?. a) En toda España. b) Solo en municipios rurales. c) En la Comunidad Autónoma de Andalucía. d) En la Unión Europea. 403. ¿Qué tipo de igualdad promueve la Ley 12/2007?. a) Igualdad formal. b) Igualdad económica. c) Igualdad real y efectiva. d) Igualdad salarial exclusivamente. 404. ¿Cuál de los siguientes es un principio general de la ley?. a) Neutralidad de género. b) Transversalidad del principio de igualdad. c) Discriminación positiva permanente. d) Supremacía masculina. 405. ¿Qué se entiende por transversalidad de género?. a) Aplicar la igualdad solo en educación. b) Integrar la igualdad en todas las políticas públicas. c) Crear un organismo exclusivo para mujeres. d) Aplicar la ley solo en casos de violencia. 407. ¿Qué ámbito NO se incluye en las políticas de igualdad del Título II?. a) Educación. b) Salud. c) Urbanismo. d) Defensa nacional. 408. En el ámbito educativo, la ley promueve: a) La segregación por sexos. b) La coeducación. c) La educación privada. d) La educación religiosa. 409. ¿Qué objetivo tiene la igualdad en el ámbito de la salud?. a) Atención exclusiva a mujeres. b) Eliminar diferencias biológicas. c) Incorporar la perspectiva de género. d) Privatizar los servicios sanitarios. 410. En materia de empleo, la ley fomenta: a) La contratación temporal. b) La igualdad de oportunidades laborales. c) El trabajo no remunerado. d) La exclusión positiva. 412. ¿Qué son los planes de igualdad?. a) Medidas voluntarias sin control. b) Estrategias para eliminar la discriminación. c) Normas exclusivas del sector privado. d) Medidas solo educativas. 413. ¿Quién debe elaborar planes de igualdad en el sector público andaluz?. a) Solo el Parlamento. b) Todas las Administraciones Públicas andaluzas. c) Solo los ayuntamientos. d) Solo empresas privadas. 414. ¿Qué se busca con la conciliación de la vida laboral y familiar?. a) Aumentar la jornada laboral. b) Reforzar el rol tradicional de la mujer. c) Corresponsabilidad entre mujeres y hombres. d) Eliminar permisos laborales. 415. ¿Qué principio se aplica en el acceso al empleo público?. a) Preferencia femenina automática. b) Igualdad, mérito y capacidad. c) Discriminación positiva ilimitada. d) Libre designación. 417. ¿Qué órgano es clave en la promoción de la igualdad en Andalucía?. a) Tribunal Superior de Justicia. b) Instituto Andaluz de la Mujer. c) Defensor del Pueblo estatal. d) Ministerio de Igualdad. 418. ¿Qué función tiene la Administración andaluza según el Título IV?. a) Sancionar exclusivamente. b) Garantizar el cumplimiento de la ley. c) Delegar la igualdad en ONG. d) Limitar derechos. 419. ¿Qué tipo de medidas pueden adoptarse para corregir desigualdades?. a) Medidas discriminatorias. b) Medidas de acción positiva. c) Medidas sancionadoras únicamente. d) Medidas temporales sin control. 420. Las medidas de acción positiva deben ser: a) Permanentes. b) Desproporcionadas. c) Temporales y justificadas. d) Exclusivas para mujeres. 421. ¿Qué se considera discriminación directa?. a) Trato desigual explícito por razón de sexo. b) Diferencias biológicas. c) Falta de formación. d) Opiniones personales. 422. ¿Qué se considera discriminación indirecta?. a) Insultos directos. b) Normas aparentemente neutras que perjudican a un sexo. c) Violencia física. d) Lenguaje inclusivo. 424. ¿Qué papel tienen los medios de comunicación según la ley?. a) Ninguno. b) Reforzar estereotipos. c) Promover una imagen igualitaria. d) Evitar contenidos educativos. 425. ¿Cuál es el objetivo final de la Ley 12/2007?. a) Regular sanciones. b) Lograr una sociedad más justa e igualitaria. c) Favorecer a un solo sexo. d) Limitar derechos sociales. 426. La ley andaluza de referencia en materia de violencia de género es: a) Ley Orgánica 1/2004. b) Ley 7/2018, de Andalucía. c) Ley 13/2007, de 26 de noviembre. d) Estatuto de Autonomía de Andalucía. 427. La Ley 13/2007 tiene como objetivo principal: a) Regular únicamente la violencia física. b) Garantizar la protección integral contra la violencia de género. c) Regular los delitos penales. d) Sustituir la legislación estatal. 428. Según la ley andaluza, la violencia de género se ejerce sobre las mujeres por: a) Cualquier persona. b) Personas desconocidas. c) Su condición de mujer. d) Motivos económicos. 429. ¿Qué tipo de violencia NO se reconoce expresamente en la Ley 13/2007?. a) Violencia física. b) Violencia psicológica. c) Violencia económica. d) Violencia laboral genérica. 430. La violencia psicológica incluye: a) Lesiones visibles. b) Amenazas, coacciones y humillaciones. c) Agresiones sexuales. d) Privación de libertad ambulatoria. 431. ¿Qué administración tiene competencias principales en prevención en Andalucía?. a) La Administración General del Estado. b) Los Ayuntamientos exclusivamente. c) La Junta de Andalucía. d) El Poder Judicial. 432. La prevención primaria se dirige a: a) Mujeres víctimas exclusivamente. b) Agresores condenados. c) Toda la sociedad. d) Menores tutelados. 433. La educación en igualdad debe incorporarse: a) Solo en educación secundaria. b) Solo en la universidad. c) En todas las etapas educativas. d) Únicamente en formación del profesorado. 434. Los medios de comunicación deben: a) Informar libremente sin límites. b) Evitar contenidos sexistas y estereotipos. c) Difundir solo campañas institucionales. d) Tratar la violencia como sucesos aislados. 435. El Instituto Andaluz de la Mujer (IAM) tiene como función: a) Dictar sentencias. b) Coordinar políticas de igualdad y atención a víctimas. c) Investigar delitos. d) Gestionar juzgados especializados. 436. La atención a las víctimas debe ser: a) Puntual. b) Asistencial únicamente. c) Integral y multidisciplinar. d) Exclusivamente psicológica. 437. ¿Qué principio rige la actuación administrativa con las víctimas?. a) Neutralidad. b) Confidencialidad. c) Publicidad. d) Discrecionalidad. 438. Las víctimas tienen derecho a: a) Información clara y accesible. b) Declarar obligatoriamente. c) Renunciar a la protección. d) Atención solo tras denuncia. 439. La acreditación de la situación de violencia puede realizarse mediante: a) Únicamente sentencia firme. b) Denuncia policial exclusivamente. c) Informes de servicios sociales especializados. d) Testimonio verbal sin documentación. 440. La coordinación institucional busca: a) Evitar duplicidades y mejorar la atención. b) Centralizar competencias en el Estado. c) Reducir recursos económicos. d) Limitar la actuación municipal. 441. Las entidades locales deben: a) Limitarse a campañas informativas. b) Colaborar en prevención y atención. c) Delegar todas sus funciones. d) Actuar solo previa orden judicial. 442. El enfoque de género implica: a) Tratar igual a todas las personas. b) Ignorar diferencias estructurales. c) Analizar desigualdades entre mujeres y hombres. d) Priorizar la actuación penal. 443. La violencia económica se manifiesta mediante: a) Insultos. b) Control o privación de recursos económicos. c) Agresiones físicas. d) Aislamiento social. 444. La protección integral incluye: a) Solo medidas policiales. b) Medidas judiciales y asistenciales. c) Atención sanitaria, social, jurídica y laboral. d) Únicamente atención psicológica. 445. La formación de profesionales debe ser: a) Voluntaria. b) Exclusiva del ámbito sanitario. c) Continua y especializada. d) Solo inicial. 446. El principio del interés superior del menor se aplica cuando: a) Hay conflicto laboral. b) Existen hijos e hijas de la víctima. c) Lo solicita el agresor. d) No hay denuncia. 447. La violencia vicaria se ejerce: a) Directamente sobre la mujer. b) Sobre personas del entorno para dañarla. c) En el ámbito laboral. d) En espacios públicos. 448. La actuación sanitaria ante un caso de violencia de género debe ser: a) Opcional. b) Protocolizada. c) Informal. d) Exclusiva de urgencias. 449. La ley andaluza promueve la investigación y estudios para: a) Justificar sanciones. b) Mejorar la intervención y prevención. c) Incrementar estadísticas judiciales. d) Reducir recursos sociales. 450. La erradicación de la violencia de género es: a) Responsabilidad exclusiva de las víctimas. b) Competencia solo judicial. c) Un objetivo de toda la sociedad. d) Una cuestión privada. |




