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COMUNITARIO TEMA 2

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Título del Test:
COMUNITARIO TEMA 2

Descripción:
PARTE 1 DE 7 Cuestionario sobre Evolución, Personalidad Jurídica y Modelos de In

Fecha de Creación: 2026/06/28

Categoría: Otros

Número Preguntas: 20

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Temario:

Desde el nacimiento de la primera Comunidad en 1951 hasta 1992, la situación jurídica europea se caracterizaba por: La coexistencia de tres organizaciones internacionales distintas conocidas como Comunidades Europeas. La existencia de una única Unión Europea con personalidad jurídica única plenamente reconocida. La desaparición de la Comunidad Económica Europea tras el Tratado de París.

El nacimiento formal de la Unión Europea se vincula en el tema con: El Tratado de Fusión de 1965. El Tratado de París de 1951. El Tratado de Maastricht de 1992.

Una de las transformaciones iniciadas por Maastricht fue: La desaparición inmediata de todas las Comunidades Europeas. La sustitución de la Comisión por el Consejo Europeo. La reconversión de la Comunidad Económica Europea en Comunidad Europea.

Antes de Maastricht, el Acta Única Europea ya había declarado como objetivo: La salida voluntaria de cualquier Estado miembro. La supresión del Parlamento Europeo. La transformación de las relaciones entre los Estados miembros en una Unión Europea.

En la redacción de 1992, el modelo de Unión Europea se sustentaba sobre: Tres pilares: Comunidad Europea, cooperación judicial y policial, y política exterior. Dos pilares: mercado interior y cooperación monetaria. Cuatro pilares: Parlamento, Consejo, Comisión y Tribunal de Justicia.

La personalidad jurídica internacional de la Unión antes de Lisboa generaba dudas porque: Era inexistente incluso en la práctica. Existía una personalidad fáctica, pero su elaboración teórica no estaba completamente cerrada. El Tribunal de Justicia había negado cualquier capacidad internacional a la Unión.

Tras la entrada en vigor del Tratado de Lisboa, el art. 1 TUE declara que: La Comunidad Europea sustituye y sucede a la Unión. La CECA vuelve a integrarse como Comunidad independiente. La Unión sustituye y sucede a la Comunidad Europea.

El reconocimiento general de la personalidad jurídica internacional de la Unión se apoya, entre otros elementos, en: La inexistencia de acción exterior de la Unión. La prohibición de celebrar acuerdos internacionales. La capacidad jurídica reconocida a la Unión en los Estados miembros y la representación de la Comisión.

La personalidad jurídica de la Unión permite afirmar que puede obligarse: Tanto en el plano jurídico convencional privado como en el plano internacional. Únicamente frente a los Estados fundadores. Solo en relaciones internas entre instituciones europeas.

El art. 3.5 TUE se relaciona en el tema con: La sede del Parlamento Europeo. La acción exterior de la Unión y la promoción de sus valores e intereses en sus relaciones con el resto del mundo. La composición del Comité de las Regiones.

La vocación federal de la Unión Europea se caracteriza principalmente por: La progresividad de los tratados y la tendencia hacia una integración cada vez más intensa. La prohibición de asumir nuevas competencias. La renuncia expresa a cualquier integración económica.

Según el tema, la calificación de la Unión como modelo federal: Es incompatible con la Unión Económica y Monetaria. Presenta indeterminación y no se formula de forma abierta para evitar confusión o suspicacias. Está expresamente proclamada sin matices en todos los Tratados.

La transformación de la CEE en Comunidad Europea y posteriormente en Unión Europea muestra: Una tendencia evolutiva y progresiva de la integración. Un retroceso hacia una mera zona de libre comercio. La desaparición de toda dimensión política.

El modelo de Europa a dos velocidades supone que: Las obligaciones finales son idénticas, pero se flexibilizan los tiempos para alcanzarlas. Cada Estado conserva íntegramente su derecho nacional sin límite alguno. Los Estados escogen libremente qué obligaciones desean cumplir, sin compartir meta final.

La denominada Europa a la carta implica que: Los Estados escogen los compromisos que quieren cumplir, sin compartir necesariamente los mismos objetivos ni obligaciones. Todos los Estados alcanzan obligatoriamente las mismas metas en el mismo momento. Solo puede aplicarse en materia de sedes institucionales.

El modelo de Europa a la carta se considera más propio: De organizaciones internacionales de colaboración que de organizaciones de integración. De un sistema jurisdiccional puro. De Estados federales plenamente consolidados.

En el tema, el ejemplo británico relativo al Protocolo Social y a la materia monetaria se vincula con: El procedimiento ordinario de revisión. La cooperación leal interinstitucional. La Europa a la carta.

La expresión “geometría variable” se utiliza en el tema para aludir a: La división del Tribunal de Justicia en salas. Distintos modelos o técnicas de construcción europea con diferentes niveles de participación. La distribución de escaños del Parlamento Europeo por población.

La Unión Económica y Monetaria se cita como indicio de: La desaparición de la política monetaria. La supresión del mercado interior. La vocación federal de la Unión Europea.

La abundancia de términos como Europa a distintas velocidades, geometría variable o Europa a la carta refleja: La eliminación de toda diferenciación entre Estados miembros. La inexistencia de cualquier debate sobre la integración. La existencia de diferentes técnicas y concepciones del modelo de construcción europea.

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