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conceptos clave asistencias y km

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Título del Test:
conceptos clave asistencias y km

Descripción:
entender qué pueden justificar los sres consejeros

Fecha de Creación: 2026/05/19

Categoría: Otros

Número Preguntas: 9

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¿Qué consejeros tienen derecho a percibir compensaciones económicas en concepto de "asistencias"?. a) Todos los consejeros, independientemente de su régimen. b) Únicamente los consejeros que desempeñan su cargo con dedicación exclusiva. c) Solo los consejeros que no tengan dedicación exclusiva ni dedicación parcial. d) Exclusivamente los portavoces de los grupos políticos.

¿Cuál es el requisito indispensable para poder cobrar válidamente una "asistencia"?. a) Acudir al despacho a revisar documentación. b) La concurrencia efectiva a las sesiones de los órganos colegiados de la Corporación. c) Mantener una reunión con vecinos de la Comarca. d) Fichar en la sede comarcal al menos dos veces por semana.

¿Tienen derecho al cobro de indemnizaciones por kilometraje (gastos de viaje) los consejeros con dedicación exclusiva?. a) No, su sueldo ya incluye todos los gastos. b) Sí, todos los consejeros tienen derecho a recibir indemnizaciones por los gastos ocasionados por el ejercicio del cargo, previa justificación. c) Solo si el viaje es fuera de la provincia. d) Solo si renuncian a la dedicación exclusiva ese día.

Qué se considera un "órgano colegiado" válido para justificar el cobro de asistencias en la Comarca?. a) Las reuniones multipartidos. b) Cualquier reunión que convoque el Presidente. c) El Consejo Comarcal, la Comisión de Gobierno o la Comisión Especial de Cuentas. d) Los "asuntos de despacho".

Se presenta un documento para justificar "asistencia a asuntos de despacho por delegación de área" por un importe de 95 euros. ¿Es conforme a la legalidad cobrarlo como "asistencia"?. a) Sí, si lo ha aprobado el Pleno del Consejo Comarcal. b) No, porque los asuntos de despacho no son sesiones de órganos colegiados y parece remunerar trabajo personal propio de una dedicación. c) Sí, siempre que se aporte una declaración responsable. d) Solo si el consejero es portavoz de su grupo político.

Si un consejero realiza una actividad política que en la práctica supone un trabajo personal habitual propio de una "dedicación parcial", ¿cómo debe ser retribuido?. a) Mediante facturas mensuales de 95 euros en concepto de asistencia. b) A través de indemnizaciones de kilometraje engrosadas. c) Mediante retribuciones con cargo al capítulo 1 del presupuesto, dándole de alta en el Régimen General de la Seguridad Social. ) A través de la dotación económica del grupo político.

¿Qué ocurre si un consejero sin dedicación intenta cobrar honorarios por el concepto de "asistencias a reuniones"?. a) Es legal si se le llama "indemnización reglamentaria". b) Intervención formulará un reparo con carácter suspensivo por graves irregularidades, ya que vulnera la figura legal de la asistencia e infringe la normativa de Seguridad Social. c) Se le abona con cargo a la dotación de su grupo político. d) El Pleno está obligado a validarlo a final de año.

12 ¿Qué organismo determina el importe o cuantía a cobrar por "asistencia" a las sesiones de los órganos colegiados?. a) El Interventor de la Comarca. b) El Presidente de forma unilateral. c) El Pleno de la Corporación. d) Los propios grupos políticos en su acuerdo interno.

Los consejeros que ya son personal de las Administraciones Públicas (por ejemplo, funcionarios), ¿pueden percibir retribuciones por "dedicación parcial" en la Comarca?. a) No, la ley se lo prohíbe taxativamente. b) Sí, siempre que abandonen su puesto de funcionario temporalmente. c) Sí, pero solamente podrán percibir retribuciones por dedicación parcial si desempeñan estas funciones fuera de su jornada en sus respectivos centros de trabajo. d) Sí, pueden cobrar ambos sueldos por coincidencia horaria.

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