CONCOMTEM4
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Título del Test:
![]() CONCOMTEM4 Descripción: TEM4 EXA 1 |



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Según el artículo 52, los empleados públicos deben desempeñar sus tareas: Con diligencia y velando por el interés general conforme a la Constitución y al ordenamiento jurídico. Con eficiencia, aplicando preferentemente los criterios internos del órgano competente y del servicio. Con autonomía funcional, priorizando la organización interna y los objetivos específicos del departamento. Con responsabilidad operativa, atendiendo a instrucciones generales y a la planificación de la unidad. En el artículo 52, el Código de Conducta se inspira en: Principios éticos y principios de conducta regulados en los artículos siguientes del capítulo. Principios organizativos y directrices internas que apruebe cada Administración para su personal. Criterios técnicos y pautas de servicio definidos por las unidades responsables de cada procedimiento. Reglas de funcionamiento y protocolos que establezcan los órganos directivos en cada ámbito. Los principios y reglas del capítulo, según el artículo 52, sirven para: Informar la interpretación y aplicación del régimen disciplinario de los empleados públicos. Determinar la estructura del procedimiento disciplinario en función del tipo de falta cometida. Sustituir los criterios de tipicidad cuando existan dudas sobre la calificación de la infracción. Fijar de manera directa las sanciones aplicables según la gravedad del incumplimiento. ¿Cuál de los siguientes aparece como principio del artículo 52?. Austeridad. Proporcionalidad. Legalidad penal. Jerarquía administrativa. ¿Cuál de los siguientes aparece como principio del artículo 52?. Ejemplaridad. Productividad. Especialidad normativa. Seguridad jurídica. ¿Cuál de los siguientes aparece como principio del artículo 52?. Accesibilidad. Competitividad. Subsidiariedad. Interoperabilidad. Según el artículo 53.1, los empleados públicos: Respetarán la Constitución y el resto de normas que integran el ordenamiento jurídico. Ajustarán su actuación a las instrucciones internas dictadas por los órganos superiores de su ámbito. Orientarán su conducta a la gestión eficiente de recursos conforme a las prioridades del servicio. Aplicarán preferentemente las pautas de actuación aprobadas por el centro directivo correspondiente. Según el artículo 53.2, la actuación del empleado público perseguirá: La satisfacción de los intereses generales de los ciudadanos, con consideraciones objetivas e imparcialidad. La consecución de objetivos del órgano administrativo, conforme a criterios de oportunidad y eficiencia. La resolución ágil de los asuntos, con atención a la calidad del servicio y a la coordinación interna. El cumplimiento de directrices del centro, priorizando resultados y adecuación a las necesidades del área. Según el artículo 53.2, la actuación se mantiene al margen de factores como: Posiciones personales, familiares, corporativas, clientelares u otras que colisionen con el principio. Preferencias técnicas del empleado, criterios de experiencia previa y prioridades del puesto asignado. Circunstancias del servicio, volumen de trabajo y decisiones organizativas adoptadas por la unidad. Estrategias del departamento, pautas de gestión y criterios internos de planificación operativa. Según el artículo 53.3, deberán ajustar su actuación a lealtad y buena fe con: La Administración, superiores, compañeros, subordinados y ciudadanos. La Administración y los órganos superiores, así como el resto de unidades de su departamento. Los superiores jerárquicos y los ciudadanos, con especial atención a la coordinación de servicios. La unidad de destino, los responsables del servicio y las instrucciones generales del órgano directivo. Según el artículo 53.4, la conducta se basará en el respeto a: Derechos fundamentales y libertades públicas, evitando discriminación por condiciones personales o sociales. Normas internas del centro de trabajo, evitando conflictos derivados de la organización del servicio. Principios de buena administración y calidad del servicio, evitando demoras y disfunciones operativas. Reglas de procedimiento y criterios técnicos, evitando desigualdades derivadas de la gestión interna. En el artículo 53.4, se menciona expresamente como motivo de discriminación a evitar: Orientación e identidad sexual, expresión de género y características sexuales. Condición funcionarial, categoría profesional y tipo de puesto desempeñado en la Administración. Destino territorial, modalidad de jornada y sistema de provisión del puesto asignado. Antigüedad administrativa, situación laboral y nivel retributivo dentro del órgano. Según el artículo 53.5, deberán abstenerse: En asuntos con interés personal y de toda actividad privada que pueda generar conflicto de intereses. En decisiones con impacto organizativo y de cualquier actuación que implique retraso en el servicio. En trámites complejos y de toda actuación que requiera informes previos de otras unidades. En asuntos de especial relevancia y de cualquier actuación que exija autorización del superior. Según el artículo 53.6, no contraerán obligaciones económicas ni intervendrán en operaciones: Cuando pueda suponer conflicto de intereses con las obligaciones de su puesto público. Cuando excedan de determinados importes y puedan afectar a la imagen pública del órgano administrativo. Cuando impliquen riesgos financieros relevantes y sean incompatibles con el horario del servicio. Cuando afecten a terceros y requieran comunicación previa al responsable de la unidad de destino. Según el artículo 53.7, respecto a trato de favor: No aceptarán tratos de favor o situaciones que impliquen privilegio o ventaja injustificada. Evitarán situaciones de cortesía excesiva que puedan interpretarse como proximidad al administrado. Limitarán su intervención en asuntos sensibles para impedir interpretaciones sobre su imparcialidad. Procurarán que toda relación externa esté supervisada por responsables del procedimiento. Según el artículo 53.8, actuarán de acuerdo con: Eficacia, economía y eficiencia, vigilando el interés general y los objetivos de la organización. Planificación, coordinación y control, priorizando la homogeneidad de criterios en el servicio. Transparencia y publicidad, evitando la dispersión documental y la duplicidad de actuaciones. Calidad y evaluación continua, ajustando los resultados a las necesidades del órgano competente. Según el artículo 53.9, sobre influir en trámites o procedimientos: No influirán sin justa causa y, en ningún caso, si supone privilegio o menoscabo de terceros. No intervendrán sin autorización del superior y, en ningún caso, si afecta a la distribución de cargas. No participarán si existe presión externa y, en ningún caso, si el asunto requiere informe previo. No actuarán fuera del cauce habitual y, en ningún caso, si implica reasignación de competencias. Según el artículo 53.9, se menciona expresamente como posible beneficiario del privilegio: Titulares de cargos públicos o su entorno familiar y social inmediato. Empleados de la unidad gestora o sus responsables funcionales dentro del órgano. Contratistas del servicio o entidades colaboradoras con relaciones de coordinación habitual. Administrados que acrediten urgencia o interés relevante por causas justificadas. Según el artículo 53.10, cumplirán con diligencia: Las tareas que les correspondan o encomienden y, en su caso, resolverán dentro de plazo. Las tareas programadas por su unidad y, en su caso, informarán de incidencias al órgano directivo. Las funciones asignadas por el superior y, en su caso, pedirán refuerzos si hay sobrecarga. Las actuaciones previstas en el servicio y, en su caso, pospondrán asuntos no prioritarios. Según el artículo 53.11, ejercerán atribuciones según dedicación al servicio público: Absteniéndose de conductas contrarias y también de otras que comprometan la neutralidad. Limitando actividades ajenas al puesto y también de aquellas que afecten a la disponibilidad horaria. Evitando conflictos con superiores y también de actuaciones que dificulten la coordinación interna. Cumpliendo objetivos del área y también de acciones que perjudiquen la imagen del departamento. |





