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Título del Test:
concursal

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dcho concursal cat c

Fecha de Creación: 2026/05/28

Categoría: Otros

Número Preguntas: 212

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Indique los actos que no están prohibidos, pero están sujetos a autorización, desde la apertura del Concurso Preventivo. La constitución de prenda, la locación de fondo de comercio. La enajenación de bienes registrables y muebles no registrables.

Dictada la Sentencia de Quiebra, se procede a la incautación de los bienes y papeles del fallido, esta puede consistir en: Clausura del establecimiento del deudor, sus oficinas y otros lugares en que se hallen sus bienes y documentos. Bienes en poder de los socios, siempre que estos tengan responsabilidad limitada.

Los principios de igualdad de acreedores: Significa que todos los acreedores tendrán trato igualitario, excepto los acreedores privilegiados. Siendo de aplicación en el proceso el principio dispositivo, aunque pueden ser caracterizados como parcialmente inquisitivos. el principio de igualdad de acreedores significa que todos los acreedores tienen trato igualitario. siendo de aplicación en el proceso el principio inquisitivo.

Una vez declarada la Quiebra: La Quiebra produce la caducidad de los plazos, las obligaciones pendientes de plazo se consideran vencidas de pleno derecho en la fecha de la sentencia de quiebra. La declaración de Quiebra suspende el curso de los intereses compensatorios que corresponde a créditos amparados por garantías reales y los compensatorios que corresponden a créditos laborales.

El deudor que se encuentra en cesación de pagos o en dificultades económicas o financieras de carácter general, puede celebrar un acuerdo con sus acreedores y someterlo a homologación judicial, denominado APE. El APE puede ser otorgado por instrumento público o privado, tiene libertad de contenido, siendo obligatorio una vez obtenido la homologación judicial. El APE tiene libertad de contenido, es obligatorio, aunque no este homologado judicialmente, requiere para su homologación judicial, entre otros, la publicación de edictos.

En el Derecho Concursal se establece como principio: es principio general en el Derecho Concursal la inapelabilidad de las resoluciones como la perentoriedad de los plazos, así lo tiene determinado nuestra ley de concursos. Nuestra ley de concursos establece como principio la apelabilidad de las resoluciones, estableciendo como excepción expresamente determinado la no apelabilidad de las mismas.

La apertura del Concurso Preventivo produce: Seleccione una: La suspensión de los intereses que devengue todo crédito de causa o titulo anterior a ella que no esté garantizado con prenda o hipoteca. No puede continuar con los contratos de ejecución continuada cuando tuviere prestaciones recíprocas pendientes.

En caso de solicitud de Concurso Preventivo de una sociedad: Debe ser efectuado por el representante legal, previa resolución del órgano de administración. Dentro de los treinta días de la fecha de la presentación debe acompañar constancia de la resolución de continuar el trámite, adoptado por la asamblea, reunión de socios con las mayorías necesarias para resolver cuestiones ordinarias. En caso de que la solicitud sea peticionado por una sociedad, la misma debe ser solicitado por el órgano de administración, quien previa resolución del órgano de gobierno aprobatoria de la decisión con la mayoría absoluta de los socios con derecho a voto, abran otorgado su aprobación.

El derecho Concursal establece: A. El Juez tiene la dirección del proceso, pudiendo dictar todas las medidas de impulso de la causa y de investigación que resulten necesarios. B. El Juez no tiene la dirección del proceso, pudiendo dictar normas de impulso de la causa cuando asi sea autorizado por la ley.

Los acreedores de la verificación: A. Los acreedores posteriores a la presentación están excluidos de la carga de verificar y del concurso en sí, porque a ellos no les alcanza los efectos de la apertura pudiendo iniciar o proseguir sus juicios individual es contra el concursado y pedirla quiebra directa. B. los acreedores que no se hubieren presentados están excluidos de la carga de verificar a posteriori porque a ellos no les alcanza los efectos de la apertura pudiendo iniciar o proseguir sus juicios individuales contra el concursado.

El Concurso por Agrupamiento es: A. Cuando 2 o más personas físicas o jurídicas integran en forma permanente un conjunto económico y uno de ellos se encuentra en cesación de pagos, pueden pedir en conjunto su concurso preventivo. B. Cuando varias personas jurídicas integren un agrupamiento económico y por lo menos dos de ellas estén es cesación de pagos, pueden pedir el concurso preventivo.

El proceso de verificación de créditos: A. tiene por finalidad el reconocimiento de la legitimidad de las acreencias y la graduación de ellas, además de ser considerados acreedores habilitados para participar del concurso. Debiendo solicitar todos los acreedores por causa o titulo anterior a la presentación y sus garantes, deben formular al síndico el pedido de verificación indicando monto, causa y privilegio. B. El proceso de verificación de créditos tiene por finalidad el reconocimiento de la calidad de acreedor como también la categoría de acreedores quirografarios y privilegiados alcanzando a todos los acreedores por causa anterior o posterior a la presentación debiendo solicitarse al juez dicho podido con indicación de monto causa y privilegios.

El juez puede rechazar la petición de Concurso Preventivo: A. cuando ha interpuesto ante el juez competente, presentando explicación de las causas que llevaron a esta presentación, la documentación de los balances y estados contables del último ejercicio y de más requisitos de la ley 19550. B. cuando ha presentado la documentación de balance y estados contables y demás requisitos formales del art. 11 habiendo transcurrido mas de un año desde la declaración del cumplimiento del acuerdo preventivo anterior.

La conclusión de la quiebra: A. El deudor puede solicitar la conclusión de la quiebra, el avenimiento, cuando acuerden todos los acreedores verificados, expresando mediante escrito con firmas autenticadas o ratificadas ante el secretario. La petición puede ser efectuada en cualquier momento después de la verificación y hasta que se realice la última enajenación de bienes del activo exceptuado los créditos. B. El deudor puede solicitar la conclusión de la quiebra cuando así lo requieran todos los acreedores verifica dos y no verificados solicitando por escrito ante el juez, pueden efectuarlo hasta antes de la enajenación total del activo.

Concluida la liquidación de los bienes del activo en la Quiebra, corresponde la distribución de lo obtenido: A. el síndico como liquidador debe presentar un informe final que corresponde a la distribución del producto obtenido el que debe hacerlo 10 días después de la última enajenación . B. la publicación de la presentación del informe final y proyecto de distribución debe hacerse por 2 dias y sol o por edictos, en el que debe constar una rendición de cuentas acompañado de los comprobantes, el monto de lo producido por cada bien, no siendo necesario la enumeración de los no enajenados.

El deudor: A. El deudor y los socios ilimitadamente responsables pueden interponer recurso de reposición cuando la quiebra sea declarada a pedido del acreedor. Debe deducirse dentro los cinco dias de conocida la sentencia o hasta el quinto dias posterior a la ultima publicación de edictos en el diario oficial. El recurso solo puede fundarse en la inexistencia de los presupuestos sustanciales para la formación del concurso,. B. El deudor puede interponer recurso de reposición cuando la quiebra sea declarada por pedido del acreedor, también pueden solicitarla los socios de las sociedad cuando pueda acreditarse esta condición, debe interponerse dentro de las cinco días de notificada de la sentencia por boletín oficial, debiendo ser fundada.

Entre los principios comunes del proceso esta: A. los términos no son perentorios, pudiendo fijarse plazos de 5 o 10 días. B. las resoluciones son inapelables.

El Juez en el proceso concursal: A. Tiene la dirección del proceso, pudiendo dictar todas las medidas de impulso de la causa y de investigación que resulten necesarias. B. Tiene a su cargo la investigación pero no la dirección del proceso porque esta sometido a las presentaciones de las partes y decisiones del sindico.

El proceso de verificación: A. La verificación de crédito tiene por finalidad el reconocimiento de la legitimidad de las acreencias y la graduación de ellos y ser considerados acreedores habilitados para participar del concurso debiendo solicitar todos los acreedores por causa o titulo anterior a la presentación y sus garantes, deben formular al síndico el pedido de verificación indicando monto, causa y privilegio. B. La verificación tiene por finalidad el reconocimiento de la legitimidad de las acreencias y graduación de ellos para ser considerados acreedores habilitados para participar del concurso debiendo solicitar todos los acreedores por causa o titulo anterior a la presentación y sus garantes, deben formular al juez el pedido de verificación.

Dictada la sentencia de Quiebra se procede a la incautación de bienes y papeles del fallido: A. incautado los libros y papeles del deudor, el funcionario designado debe cerrar los blancos que hubiere y colocar después de la última atestación, nota que exprese los escritos que tenga y firmar. B. si los bienes estuvieran fuera de la jurisdicción, se cumplen por rogatoria dentro de los 5 días, previa descripción e inventario.

Los acreedores: A. Los acreedores posteriores a la presentación están excluidos de la carga de verificar y del concurso en sí, a ellos no les alcanza los efectos de la apertura pudiendo iniciar o proseguir sus juicios individuales contra el concursado y pedir la quiebra directa incluso. B. Los acreedores posteriores a la presentación no están excluidos de verificar y de proseguir en el concurso siendo alcanzados por los efectos de la apertura, pudiendo iniciar o proseguir además con sus juicios individuales contra el concursado.

La solicitud del Concurso Preventivo: A. La solicitud del concurso preventivo de una sociedad debe ser efectuada por el representante legal, previa resolución del órgano de administración, debe presentar dentro de los 30 dias de la fecha de la presentación constancia de la resolución de continuar el trámite, adoptada por la asamblea o reunión de socios con las mayorías necesarias para resolver cuestiones ordinarias. B. La presentación efectuada por una sociedad esta a cargo del órgano de administración, tomada en reunión de socios con las mayorías requeridas para la modificación del contrato.

La realización de bienes: A. La realización de bienes debe hacerse de acuerdo a lo mas conveniente para el concurso, el juez debe disponer según un orden, la enajenación de la empresa como unidad, la enajenación en conjunto de los bienes que integren el establecimiento del deudor en caso de no haberse continuado con la explotación de la empresa y la enajenación singular de todos o parte de los bienes. B. La realización de los bienes debe hacerse de acuerdo a lo mas conveniente para los acreedores, el juez tendrá en cuenta la liquidación de los mismos tratando de sacar un mayor valor debiendo respetar siempre a los efectos de una mayor transparencia la venta en publica subasta.

Una vez dictada la resolución de concursos preventivo: A. Una vez dictada la resolución de concurso preventivo, el Sindico deberá emitir un informe mensual sobre la evolución de la empresa y los fondos líquidos disponibles. B. Una vez dictada la resolución del apertura del concurso preventivo el sindico no deberá emitir un informe sino despues de haber sido aprobado el informe individual por el juez.

El juez en la resolución de apertura del concurso preventivo: A. El juez en la resolución de apertura del concurso preventivo debe solicitar al Síndico que se pronuncie sobre los pasivos laborales denunciado por el deudor así como de otros créditos laborales comprendidos en el pronto pago. B. En la resolución de apertura del concurso preventivo no es necesario que el juez solicite al sindico que se pronuncie sobre los pasivos laborales, estos pasivos serán resueltos oportunamente en tramite adhoc.

Obtenida la conformidad del acuerdo con las mayorías requeridas, se dicta resolución haciendo conocer la existencia del acuerdo: A. los acreedores con derecho a voto pueden presentarse impugnando el acuerdo, fundado en la falta de representación, en el error de computo de las mayorías, en las fallas en las formas de su presentación. B. si hay impugnación o no rechazada la misma, el juez debe homologar el acuerdo si se constituye garantías suficientes dentro del plazo de 5 días y son publicadas por edictos por 1 día.

Que efectos tiene para el deudor la Sentencia de apertura del Concurso Preventivo: A. produce la suspensión de los intereses que devengue todo crédito de causa anterior a la presentación y que no esté garantizado con prenda. B. produce la suspensión de los servicios públicos prestados al deudor que tengan origen en fecha anterior a la presentación del concurso preventivo.

La propuesta de acuerdo en el periodo de exclusividad: A. La propuesta de acuerdo en el periodo de exclusividad, debe contener clausulas iguales para los acreedores dentro de cada categoría pudiendo el deudor efectuar mas de una propuesta respecto de cada categoría entre los acreedores comprendidos en cada categoría. B. La propuesta de acuerdo en el periodo de exclusividad debe contener cláusulas de diversos tipos no necesariamente iguales para los acreedores dentro de cada categoría.

El deudor puede desistir: A. El deudor puede desistir de la petición del concurso preventivo hasta la primera publicación de edictos, sin requerir conformidad de sus acreedores. B. El deudor puede desistir de la petición del concurso preventivo desde el comienzo del periodo de exclusividad.

La fecha para la presentación: A. la fecha para la presentación de los pedidos de verificación debe quedar comprendida entre los quince y veinte dias contados desde la finalización de la publicación de los edictos. B. la fecha para la presentación de los pedidos de verificación de créditos debe presentarse transcurrido cinco dias de la resolución de apertura del concurso preventivo dictada por el juez.

El periodo de exclusividad: B. el deudor y los acreedores pueden ofrecer y proponer acuerdos de quitas y esperas u otros, dentro del plazo de 90 dias prorrogables por otros 30 dias, debiendo el concursado presentar la propuesta en el expediente. C. el deudor puede ofrecer propuesta de acuerdo preventivo, dentro de un periodo de 90 días, propuesta que será presentado en el expediente con una antelación de 20 días al vencimiento de del periodo de exclusividad.

La Sentencia que se dicte: A. La Sentencia que se dicte en los procesos laborales valdrá como titulo de verificación en el concurso, no siendo procedente el dictado de medidas cautelares. B. La sentencia que se dicte en los procesos laborales podrá ser tenida como títulos ejecutivos para hacer valer en juicio presentado contra el deudor siempre que el comité de control así lo autorice.

: La apertura del concurso preventivo: A. La apertura del concurso preventivo produce la suspensión de todo tramite de los juicios contra el concursado por causa o titulo anterior. B. La apertura del concurso preventivo produce la suspensión de todo tramite de contenido patrimonial excepto los de ejecuciones de garantías reales contra el concursado.

El llamado periodo de Salvataje es: Seleccione una: B. el acuerdo arribado en el periodo de exclusividad entre los distintos acreedores previa verificación de sus créditos a fin de explotar la unidad económica por dichos acreedores con pedido de concurso preventivo. C. fracasada la propuesta de acuerdo del concursado, las sociedades de responsabilidad limitada, las sociedades por acciones, cooperativas y aquellas sociedades en que el estado nacional, provincial o municipal sea parte y las excluidas por leyes especiales pueden proponer una reorganización empresaria y evitar así la quiebra liquidativa.

La verificación de créditos permite: Seleccione una: A. El pedido de verificación interrumpe la prescripción e impide la caducidad del derecho y de la instancia. B. El proceso por el cual se pretende obtener la declaración del principio de igualdad de todos los acreedores para proceder a su pronto pago respecto de todas las deudas.

una vez declarada la sentencia de quiebra produce los siguientes efectos: A. El deudor fallido puede realizar pagos y puede recibir vienen en pago siendo ellos plenamente eficaz. B. La correspondencia y comunicaciones dirigidas al fallido deben ser entregadas al síndico debiendo abrirlas en presencia del juez.

La Quiebra resuelve: A. la Quiebra resuelve los contratos de ejecución continuada, los contratos de mandatos, contratos de cuentas corrientes, de agencia, concesión o distribución. B. se resuelven los contratos de seguros del asegurado quebrado sobre seguros de daños patrimoniales, se resuelven los boletos de compraventa de inmuebles, también en caso de una sociedad en quiebra se hace exigible los aportes no integrados.

La Quiebra pedida por el acreedor: A. Puede ser pedida por todo acreedor con privilegio o sin el, si tiene privilegio debe demostrar que los bienes afectados son insuficientes para cubrir el crédito, debe acreditar que es titular de un crédito exigible, están excluidos de pedir el conyuge, los ascendientes o descendientes del deudor. C. La Quiebra puede ser pedida por cualquier acreedor, siempre que no sea conyuge, ascendiente o descendiente, en este caso debe demostrar sumariamente su crédito y que los bienes afectados son insuficientes para cubrir el crédito.

El proceso concursal es universal porque: A. Recae sobre todo el patrimonio del deudor y se hace efectivo en el desapoderamiento. B. Se refiere a todos los bienes comprometidos en el proceso y relacionado con todos los sujetos involucrados como acreedores.

Vencido el periodo de exclusividad sin que el deudor hubiera obtenido conformidad para el acuerdo preventivo, se abre una instancia que se denomina Salvataje: A. solo puede ser solicitado por cooperativas, mutuales, sociedades anónimas y SRL. B. se procederá a la apertura de un registro para que se inscriban los acreedores, las cooperativas de trabajadores y terceros interesados en la adquisición, debiendo el juez designar al evaluador que establecerá el real valor de mercado.

Es posible el Desistimiento del Concurso Preventivo. A. Por el deudor, hasta la primera publicación de edictos sin que sea necesario la conformidad de los acreedores. B. por el deudor hasta el periodo de exclusividad con la conformidad del 50% de los acreedores quirografarios e igual porcentual de capital.

La resolución dictada por el juez en oportunidad de la verificación de crédito. A. La resolución dictada por el juez en la que declara admisible o inamisible el crédito puede ser revisada a petición del interesado. si no es revisada dentro del plazo y 20 día desde la fecha de la resolución, que la firme y produce los efectos de cosa juzgada salvo dolo. B. Puede declarar crédito válido, si no es revisada dentro del plazo de 10 días desde el dictado de la resolución.

El concepto de cesación de pagos receptada por la doctrina mayoritaria es: B. todo incumplimiento deriva en una cesación de pagos, salvo que el deudor oponga alguna excepción de buena fe. C. la cesación de pagos es un estado del patrimonio del deudor que se revela por hechos exteriores cuya enumeración taxativa es imposible, y el juez valora como indicios de la impotencia de ese patrimonio.

El proceso concursal es imperativo porque. A. porque organiza y regula los procedimientos judiciales de quiebra y de concurso preventivo con características específicas. B. porque las mayorias de las reglas concursales no pueden ser dejadas sin efecto y prevalece sobre cualquier acuerdo en contrario de los particulares.

Una vez dictada la resolución del concurso preventivo: A. Una vez dictada la resolución de concurso preventivo, el síndico deberá emitir un informe mensual sobre la evolución de la empresa y los fondos líquidos disponibles. B. Una vez dictada la resolución de apertura del concurso preventivo el síndico no deberá emitir un informe si no después de haber sido aprobado el informe individual por el juez.

La apertura del concurso preventivo es necesario: A. El estado de cesación de pago con carácter universal sobre todo el patrimoniodel deudor. B. El estado de cesación de pagos, excluidos los derechos no patrimoniales. bienes inembargables.

La resolución de apertura de concurso preventivo de Fabian Nardelli: A. Debe hacerse conocer por edictos y publicarse durante cinco (5) días en el diario de publicaciones legales de la jurisdicción del juzgado donde se tramita la causa y en un diario de amplia circulación del domicilio del deudor. B. Debe hacerse conocer por edictos y publicarse por cinco (5) dias en el diario de publicaciones legales del domicilio del deudor y en uno o más diarios de mayor circulación.

No pueden ser declarados en concurso. A. Los bienes fideicomisos. B. Las obras sociales.

La resolución de apertura de concurso preventivo deberá contener. entre otros temas lo siguiente: A. La orden de no publicar edictos. B. La fijación de una fecha límite para que los acreedores presenten sus pedidos de verificación.

No pueden ser declarados en concurso. A. Los bienes fideicomisos. B. Las obras sociales.

Los caracteres de los concursos son: A. Universalidad, Colectividad. Igualdad. Oficiosidad y Unicidad. B. Individualidad y realidad económica.

El articulo 79 LCQ enumera ciertos hechos que pueden ser considerados reveladores del estado de cesación de pagos. la enunciación es: A. taxativa. B. enunciativa.

La presentación en concurso implica en relación a los intereses que: A. Los mismos son condonados. B. La suspensión de los mismos.

El único sujeto legitimado para solicitar su concurso preventivo es: A. El acreedor. B. El deudor.

Los requisitos formales para la apertura del concurso preventivo son: A. Incompetencia. B. Competencia, representación legal o voluntaria, oportunidad de la presentación.

En qué casos el juez deberá aceptar el pedido de concurso preventivo: seleccione una: B. Por falta de incompetencia del juez. C. Si se cumplió con los requisitos formales del pedido.

Las características del estado de cesación de pagos: A. Es un estado del patrimonio, permanente, generalizado, exteriorizado por hechos reveladores. B. Solo impotencia del patrimonio para hacer frente a las obligaciones.

En qué casos el juez deberá rechazar el pedido de concurso preventivo: B. Por falta de incompetencia del juez. C. Si no se cumplió con los requisitos formales del pedido.

Declarada la apertura del concurso preventivo: A. El concursado tiene la administración de los negocios sobre actos corriente del giro comercial sin necesidad de consultar el síndico. B. Al concursado le está prohibido los actos de administración, debiendo solicitar autorización al síndico.

El síndico debe efectuar un informe: A. El informe individual presentado por el síndico debe fundar su opinión respecto de la procedencia o improcedencia de la verificación del crédito. B. Este informe se refiere a los antecedentes del concursado y su situación patrimonial hasta la presentación de la solicitud del concurso preventivo.

La sociedad Paquita SRL se encuentra inscripta en el registro público de la provincia de corrientes y en la provincia de chaco, posee como actividad principal la venta de productos de librería en la ciudad de goya y tiene sucursal en la ciudad de corrientes y en la ciudad de resistencia, provincia de Chaco. Articulo 3 inc. 2. A. Debe solicitar su concurso preventivo en la ciudad de Goya. B. Debe solicitar su concurso preventivo en la ciudad de Corrientes y en la ciudad de Resistencia, Chaco.

Competencia en razón de la materia para los concursos preventivos es: seleccione una: A. Los jueces con competencia ordinaria en materia de familia. B. Los jueces con competencia ordinaria en materia civil y comercial en las generalidades de las provincias.

Don Juan Segovia, panadero del barrio, desarrollo esta actividad como medio de vida. Sus hijos Manuel y luisa abrieron dos lugares más de venta de panificados Don Juan, Manuel en un barrio de la ciudad de corrientes y luisa en la ciudad de resistencia, chaco, donde se encuentra la administración debido a su profesión de contadora que ejerce en esa ciudad. ante las dificultades económicas los acreedores no pudieron cobrar sus créditos e iniciaron los reclamos de pagos y decidieron promover el concurso preventivo, debiendo interponer ante: A. El Juez de la ciudad de Corrientes. B. El Juez de la ciudad de Resistencia, Chaco.

El síndico debe efectuar un informe: A. El informe individual sobre cada solicitud de verificación en particular el que deberá ser presentado al juzgado por el síndico debiendo fundar su opinión respecto de la procedencia o improcedencia de la verificación del crédito y del privilegio. B. un Informe general despues 3 meses de presentado el informe individual, donde debe expresar las causas del desequilibrio económico del deudor, la composición actualizada y detallada del activo y del pasivo hasta la presentación de la solicitud del concurso preventivo.

Un requisitos formales para la apertura del concurso preventivo es: seleccione una: A. Incompetencia. B. Acompañar copia de los balances de los 3 últimos inc. 4 – Art 11 LCQ Recaudos administrativos, representación obligatoria. ejercicios.

El deudor Miranda SRL no puede reunir todos los requisitos formales para presentarse solicitando su concurso preventivo y tiene necesidad de hacerlo: A. El juez acepta la solicitud del concurso preventivo e intima al deudor para que los complete oportunamente. B. El deudor presenta solicitud y solicita plazo legal para completar los requisitos de ley con fundamento probado del retraso en la presentación.

Los efectos de la apertura del concurso preventivo son: B. Efectos con relación a los parientes. C. Efectos con relación a los contratos, acreedores y al concursado.

El concurso preventivo de una sociedad anónima es solicitada por. B. El órgano de administración: La Gerencia. C. El órgano de administración: el Directorio.

A Fabian Nardelli le declaran el concurso preventivo, durante todo el proceso que dure el concurso, Fabian podrá: A. Entregar a Luis, acreedor, como medio de pago 2 máquinas elevadoras. B. Fabian puede realizar los actos propios de las actividades del giro del negocio, no podrá disponer de ellos y requerirá del control de la sindicatura y el comité de control.

Realizada la verificación de crédito el juez debe resolver, pudiendo declarar: seleccione una: A. Verificado: hay mínimas observaciones al crédito, pero se tiene autorización para su cobro. B. Admisible: el crédito sufre impugnaciones u observaciones, el acreedor participa en la propuesta de acuerdo.

La resolución dictada por el juez sobre verificación de crédito, puede disponer: A. crédito verificado, no verificado, admisible. B. crédito admisible, valido, no valido.

Cada solicitud o pedido de verificación deberá cumplir con las siguientes formalidades: A. Hacerse verbalmente y por cuadruplicado. B. Hacerse por escrito y en duplicado, adjuntarse los títulos y constituir domicilio.

: La Verificación de crédito es: A. El proceso por el cual se pretende obtener el reconocimiento de legitimidad y la graduación de los créditos de los acreedores con causa anterior a la presentación. B. Es el proceso por el cual se pretende obtener la declaración del principio de igualdad de todos los acreedores para proceder a su pronto pago respecto de todas las deudas.

La verificación dictada por el juez en oportunidad de la verificación de crédito: A. La resolución dictada por el juez en la que declara admisible o inadmisible el crédito puede ser revisada en petición del interesado. Si no es revisada dentro del plazo de 20 días desde la fecha de la Resolución queda firme y produce los efectos de cosa juzgada, salvo dolo. B. Declarar crédito válido, si no es revisada dentro del plazo de 10 días desde el dictado de la resolución.

Los acreedores de tomas van a solicitar la verificación de sus créditos: A. El síndico deberá realizar el informe individual técnico e imparcial de cada uno de los acreedores con opinión fundada sobre la procedencia de la verificación. B. El deudor recibirá la documentación y efectuará el informe de verificación del crédito junto con el síndico conforme a los datos que cuenta para entregárselo al juez.

¿De qué depende que el juez declare la verificación, no verificación, admisibilidad o inadmisibilidad de un crédito o privilegio?: A. Depende de si el crédito -o privilegio-fue impugnado u observado -ya sea por el concursado, los acreedores o el síndico- cuando dictamina desfavorablemente. B. Depende de si el crédito -o privilegio- fue anulado por el síndico.

¿Cambiaría en algo mi situación como acreedor que espera alguna vez cobrar su crédito si me declaran "admisible" en lugar de "verificado"?: A. El acreedor podrá decidir sobre la propuesta de acuerdo. La verificación del crédito es irrecurrible - salvo dolo-. B. El acreedor no podrá decidir sobre la propuesta de acuerdo. La no verificación del crédito es recurrible por revisión.

Los acreedores de Fabian Nordelli van a solicitar la verificación de sus créditos: A. El síndico deberá realizar el informe individual técnico e imparcial de cada uno de los acreedores con opinión fundada sobre la procedencia de la verificación. B. El deudor recibirá la documentación y efectuará el informa de verificación del crédito conforme a los datos que cuenta para entregárselo al síndico.

Verificación tardia: si algún acreedor no se presentó a solicitar la verificación en el plazo establecido en la resolución de apertura, podrá hacerlos luego, por alguna de esta via: B. Si el concurso está en curso: Demanda de pronto pago. C. Si el concurso hubiera no concluido: incidente de verificación tardía.

El proceso de verificación de créditos presenta los siguientes caracteres: seleccione una: A. Necesario, típico y controvertido - contencioso. B. Accesorio.

Los requisitos formales del pedido de verificación de créditos: A. Incompetencia. B. Hacerse por escrito y en duplicado, adjuntarse los títulos y constituir domicilio. Art. 32 LCQ.

La audiencia informativa. A. El deudor dará explicaciones sobre las negociaciones que lleva a cabo con sus acreedores y los que asisten podrán formular preguntas sobre las propuestas, esto no será necesario si el deudor hubiera obtenido la conformidad del acreedor y comunico al juzgado con las documentaciones. B. Se realiza con 5 días de anticipación al vencimiento del plazo del periodo de exclusividad en el que participaran el juez, el secretario del deudor y el comité de control a fin de plantear los reclamos que consideren pertinentes, para arribar a un acuerdo.

Es posible impugnar el acuerdo preventivo. A. Por los acreedores que no fueron admitidos como quirografarios dentro del plazo de cinco días siguientes a la notificación de la resolución del acuerdo preventivo, por error en el computo de la mayoría necesaria, por falta de presentación de acreedores que concurren a formar mayoría en las categorías, por ocultación o exageración fraudulenta del activo, por inobservancia de formas esenciales para la celebración del acuerdo. B. Es posible impugnar el acuerdo preventivo por los acreedores no admitidos como quirografarios o privilegiados que hubieren renunciado a sus privilegios, dentro del plazo de 5 dias de la resolución del acuerdo preventivo, por falta de presentación de acreedores para formar mayorías, por exageración fraudulenta del activo, por inobservancia de las formas esenciales para celebrar el acuerdo.

Los créditos privilegiados laborales: A. Es renunciable si es ratificada ante el juez del concurso con citación de la asociación gremial, la renuncia del privilegio laboral no puede ser inferior al 20% del crédito y los acreedores laborales que hubieran renunciado a su privilegio se incorporarán a la categoría de quirografarios laborales por el monto del crédito a cuyo privilegio hubieran renunciado. B. Los créditos privilegiados laborales no es renunciable, excepto que sea ratificada ante el juez del concurso, la renuncia no puede ser superior al 20% de los créditos y los acreedores que hubieren renunciado a su privilegio se incorporan a la categoría de quirografarios.

La resolución judicial que deniegue el pago del crédito laboral. A. Habilitará al acreedor a iniciar juicio de conocimiento laboral ante el juez natural, se podrá imponer costas al trabajador en caso de malicia, los créditos podrán no abonarse en su totalidad, afectándose al 3% mensual del ingreso a la concursada. B. Habilitará al acreedor a iniciar juicio de conocimiento ante el juez concursal, no se impondrá costas al trabajador y el sindico podrá relevarlo del pago del mismo.

El periodo de exclusividad es: A. Un periodo de tiempo a favor del deudor para formular propuestas de acuerdo preventivo a los acreedores. B. Un periodo de tiempo a favor del acreedor para que presente propuesta de acuerdo preventivo al deudor.

El periodo de exclusividad: A. Debe contener propuestas con clausulas iguales para los acreedores dentro de cada categoría, pudiendo efectuar más de una propuesta respecto de cada categoría. B. Un periodo de tiempo a favor del acreedor y del deudor para que presente propuesta de acuerdo preventivo al deudor.

Obtenida la conformidad del acuerdo con las mayorías requeridas, se dicta resolución haciendo conocer la existencia de un acuerdo. A. Los acreedores con derecho a voto pueden presentarse impugnando el acuerdo fundado en la falta de representación, en el error del cómputo de las mayorías, en las fallas, en las formas de presentación. B. si hay impugnación o no rechazada la misma, el juez debe homologar el acuerdo si se constituye garantías suficientes dentro del plazo de 5 días y son publicadas por edictos por un día.

Las propuestas en el período de exclusividad. A. deben tener clausulas iguales dentro de cada categoría, el deudor puede efectuar mas de una propuesta respecto de cada categoría. Si fueren acreedores privilegiados pueden renunciar al privilegio y quedan comprendidos dentro de alguna categoría de acreedores quirografarios, la renuncia no puede ser inferior al 30% de su crédito. B. el deudor puede efectuar distintas propuestas respecto a las categorías de acreedores, los acreedores que cuentan con privilegios solo podrán renunciar el privilegio siempre que fuere superior al 30% del crédito.

Dictada la sentencia de quiebra se procede a la incautación de bienes y papeles del fallido: A. Incautados los libros y papeles del deudor el funcionario designado debe cerrar los blancos que hubiere y colocar después de la última atestación, nota que exprese los escritos que tenga y firmar. B. si los bienes estuvieran fuera de la jurisdicción, se cumplen por rogatoria dentro de los 5 días, previa descripción e inventario.

Efectos de la Quiebra: A. La quiebra no produce la disolución del contrato de trabajo, produce la suspensión por el término de 60 días, vencido este plazo sin que se decida la continuación de la empresa el contrato queda disuelto a la fecha de declaración en quiebra. B. La quiebra produce la disolución del contrato de trabajo pero se establece el plazo de 30 días para que en caso de continuar con la explotación de la empresa se reconduzca el contrato sin derecho a la verificación.

La Quiebra directa es posible que sea dictada: A. Cuando el acreedor lo solicita probando su crédito y acreditando la cesación de pagos del deudor. B. Cuando el deudor lo solicita siempre que obtenga el voto unánime de los acreedores.

:La Quiebra indirecta es posible: Art 46. a) cuando el deudor no logra el acuerdo con los acreedores quirografarios. b) cuando el deudor no obtiene la unanimidad de los acreedores privilegiados.

En la Quiebra. a. El Sindico tiene la administración de los bienes, los actos realizados por el fallido durante el periodo de sospecha son ineficaces respecto a los acreedores cuando los terceros que celebraron el acto tenían conocimiento de la cesación de pagos, en estos casos la acción es ejercida por el síndico. b. Todos los actos realizados por el el fallido durante el periodo de sospecha son ineficaces de pleno derecho respecto de los acreedor, sin tener en cuenta sifueron o no conocidos por los terceros, la declaración de ineficacia es ejercida por el sindico.

La sentencia de quiebra permite. a) que el deudor interponga el recurso de reposición cuándo es declarada la quiebra por pedido del acreedor. b) El recurso puede fundarse en cualquier hecho que ponga en duda la legitimidad del crédito del acreedor.

La sentencia de quiebra produce los siguientes efectos: a. El deudor debe prestar colaboración e informar al síndico o al juez si ellos lo Requieren, y tiene la obligación de concurrir para dar explicaciones por la fuerza pública si es necesario en caso de inasistencia. Las deudas contraidas mientras no este rehabilitado puede dar lugar a un nuevo concurso, el que comprenderá los bienes remanentes una vez liquidada la quiebra y cumplida la distribución y los bienes adquiridos luego de la rehabilitación. b. Pueden ausentarse del país siempre que tengan autorización especial firmadas por el síndico y el juez del concurso. Esta autorización no impide la prosecución del juicio, puede extenderse esta prohibición a personas determinadas por un plazo no mayor a seis (6) meses.

La sentencia de quiebra permite: a. El fallido puede interponer recurso de reposición cuando la quiebra sea declarada a pedido del acreedor, siempre que se funde en la inexistencia de los presupuestos sustanciales para la formación del concurso, son parte el fallido, el sindico y el acreedor peticionante. b. El fallido y los socios ilimitadamente responsables pueden interponer recurso de reposición dentro del plazo de 10 dias de la notificación de la sentencia. Son partes el fallido y el acreedor peticionante.

La sentencia de quiebra permite: b) Que el deudor sea desapoderado de todos los bienes, inclusive las indemnizaciones por daños materiales y morales. c) Que los pagos que realice el deudor o que reciba el deudor son ineficaces.

La sentencia de quiebra permite: a. Que la sentencia fije fecha hasta la cual debe presentarse las solicitudes de verificación de los créditos, la que será establecida dentro de los veinte días desde la finalización de publicación de edictos, en caso de quiebra directa o cuando se declare por incumplimiento del acuerdo o la nulidad. b. La sentencia debe fijar la fecha hasta cuando puede presentarse las solicitudes de verificación, la que no debe ser superior a 20 días desde la notificación de la sentencia de quiebra, en caso de quiebra indirecta.

Declarada la quiebra a Fabián, este podrá: a) Fabián podrá continuar con sus actividades propias del giro de su comercio aunque le está vedado enajenar los bienes inmuebles o muebles registrables. b) puede ausentarse del país siempre que sea justificado y tenga autorización del juez del concurso.

La sentencia de quiebra produce los siguientes efectos: a. El deudor debe prestar colaboración e informar al síndico o al juez, si ellos lo requieren, y tiene la obligación de concurrir para dar explicaciones por la fuerza pública si es necesario. b. Pueden ausentarse del país siempre que tengan autorización especial firmada por el síndico y el juez del concurso.

A Tomas le declaran el concurso preventivo, hasta la declaración de quiebra podrá seleccione una: a. Entregar a Pedro, un acreedor, como medio de pago, dos maquinarias retroexcavadora. b. Tomas puede realizar los actos propios de la actividad del giro del negocio, no podrá disponer de ellos y requerirá del control de la sindicatura y del comité de control.

Declarada la quiebra a Julio, este podrá: Art 112 y 113 seleccione una: a. Julio podrá recibir los bienes donados por su tío Manuel e ingresarlos al concurso con autorización del Juez.-. b. No puede desempeñar sus actividades profesionales, como tampoco las actividades artesanales. Puede ausentarse del país siempre que sea justificado y tenga la autorización del juez del concurso.-.

El banco Mar del Plata S.A hace tres 3 meses que tiene dificultades para el pago y devolución de dinero a sus clientes, debiendo acudir a otros bancos regionales y al banco central por apoyo financiero: a. debido a esa dificultad económica va a solicitar su concurso preventivo. b. Por estas dificultades económicas, va a solicitar se declare en quiebra en virtud de ley especial.

En la liquidación, la venta de bienes: a) La venta singular de bienes se practica por subasta, debiéndose publicar por edictos y en diario de gran circulación por dos a cinco días si son muebles y de cinco a diez días si son inmuebles, puede haber publicidad complementaria, no es necesaria la tasación para determinar su valor y debe salir sin base. b) El juez puede disponer la venta directa de bienes con vista del sindico y a la cooperativa de trabajo para la continuación de la explotación, para lo que será necesario ofertar bajo sobre que serán presentado en el juzgado con dos días de antelación a la fecha fijada.

Las sumas de dinero que se perciban en la quiebra: a) Deben ser depositadas a la orden del juez, en el banco de depósitos judiciales dentro de los tres días. Las deudas de prenda, hipoteca, warants, créditos laborales se pagaran de inmediato con los primeros fondos que se recauden o con el producido de bienes sobre los cuales recae el privilegio especial, además se autorizará fondos para gastos ordinarios o extraordinarios. b) Deben ser depositados dentro del plazo de cinco días en bancos oficiales a la orden de la causa que se tramita, se pagarán de inmediato con los primeros fondos los créditos laborales, además se autorizará fondos para gastos ordinarios y extraordinarios, disponer de depósitos de fondos en cuentas para que devenguen intereses.

En la liquidación, en caso de enajenación de la empresa: A. Puede hacerse por subasta pública o en forma directa, en este caso debe ser de contado y pagado con anterioridad a la toma de posesión, que no puede exceder de veinte días desde la notificación de la resolución que aprueba la adjudicación. El síndico debe proyectar el pliego de condiciones. C. Puede hacerse en subasta o en forma directa en cualquier caso debe ser de contado y pagado dentro del plazo de diez días, se evaluara la continuidad de la explotación de la empresa, en caso de no ser posible se considerará la venta directa. El síndico proyectará el pliego de condiciones el que será aprobado por el juez.

La sentencia de quiebra permite: A. que el deudor sea desapoderado de los bienes existentes y de los que adquiera hasta su rehabilitación. Los pagos que hiciere o recibiere son ineficaces, ademas el fallido pierde toda legitimación procesal en todo litigio referido a los bienes desapoderados debiendo actuar el síndico. B. el deudor es desapoderado de todos los bienes, inclusive las indemnizaciones por daños materiales y morales, en caso de aceptación de herencias solo puede actuar el sindico con consentimiento de los acreedores del causante.

La quiebra no produce la disolucion del contrato de trabajo: A. produce la suspensión de pleno derecho por el termino de 60 dias corridos, vencido ese plazo sin que se hubiere decidido la continuación de la empresa, el contrato queda disuelto a la fecha de la declaración de quiebra y los créditos que se deriven se pueden verificar. B. si dentro del plazo de treinta dias se decide la continuidad de la explotación se considerará que se reconduce parcialmente el contrato de de trabajo con derecho para el trabajador de solicitar verificación de los rubros indemnizatorios.

Para la aprobación del acuerdo preventivo: A. el deudor debe acompañar al juzgado la propuesta de conformidad con firma certificada de la mayoria absoluta de acreedores dentro de cada categoría que representa las dos terceras partes del capital computable dentro de cada categoría, siendo validas solo aquellas conformidas que lleven fecha posterior a la última propuesta o última modificación presentado por el deudor en el expediente. Se excluye del computo de mayorias al cónyuge, parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad y sus cesionarios dentro del año anterior a la presentación. B. el deudor debe acompañar al juzgado la propuesta de conformidad con firma certificada de los acreedores que representen las dos terceras partes del capital, siendo validas solo aquellas conformidades que lleven fecha posterior a la última propuesta presentado por el sindico en el expediente. Se excluye del computo al conyuge, los parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad y sus cesionarios.

Gregorio que hace 10 años vive en el domicilio salta 1577 de la ciudad de corrientes, desarrolla una actividad apícola en la localidad de puerto Tirol, provincia del Chaco. para la aprobación del acuerdo preventivo: C. debe solicitar su concurso preventivo en cualquiera de los dos lugares la ley le permite su elección. D. debe solicitar su concurso preventivo en la ciudad de Corrientes porque no tiene sede en Puerto Tirol ni en otro lugar.

“Campanita” que realiza trasporte de pasajeros de distintas localidades del interior, es una sociedad informal que no se encuentra registrada en el Registro Público, tiene el centro de sus operaciones de explotación en la localidad de Ituzaingo, provincia de Corrientes, y su sede como sociedad aunque nunca lo inscribió en la ciudad de Corrientes, capital. Los acreedores ante los infructuosos reclamos de pago decidieron iniciarle el concurso preventivo, el que deberá interponerlo ante: a. El juez de la ciudad de Corrientes, sede de la sociedad. b. El juez de la ciudad de Ituzaingó, lugar de la explotación de la actividad.

Fabian Nardelli solicita su concurso preventivo con la presentación de los requisitos establecidos en la ley y el juez puede declarar: a. Presentado el pedido el juez debe pronunciarse en el término de 5 días. b. Presentado el pedido el juez puede otorgar el plazo prorrogable de 10 días si así lorequiere el deudor para el cumplimiento de algunos de los requisitos.

La Aseguradora Patagonia S.A. compañía aseguradora que desde el año 2005 opera en la ciudad en la venta de seguros ha entrado de cesación de pagos, ello motivó que la firma “El tullido SRL” acreedor, presento la solicitud de concurso preventivo. Verdadero. Falso.

Se puede rechazar la solicitud del concurso preventivo cuando no se denunció la existencia de un concurso anterior. Verdadero. Falso.

El deudor puede continuar con el cumplimiento de los contratos en curso de ejecución, cuando hubiere prestaciones recíprocas pendientes, sin ser necesario solicitar autorización al juez. Verdadero. Falso.

Cinco (5) días antes del vencimiento del periodo de exclusividad se llevará a cabo laaudiencia informativa con la presencia del jue, el secretario, el deudor, el comité decontrol y los acreedores que deseen concurrir. Verdadero. Falso.

El acuerdo preventivo extrajudicial, puede ser otorgado en instrumento privado, es de libre contenido ya que las partes pueden convenir de acuerdo a sus intereses, es necesario la conformidad de la mayoría de acreedores quirografarios que representen la totalidad del pasivo. Verdadero. Falso.

El acuerdo homologado produce efectos respecto de todos los acreedores quirografarios con créditos originados por causa anterior a la presentación, hayan o no participado en el procedimiento. Verdadero. Falso.

Los créditos laborales no incluidos en la Resolución de apertura del Concurso Preventivo, requerirá de la verificación del crédito laboral posterior o de la declaración por sentencia laboral para el pago de las remuneraciones y/o indemnizaciones por accidentes laborales. Verdadero. Falso.

El informe individual es un informe que redacta el Síndico por cada solicitud de los acreedores sobre verificación de sus créditos, donde además brinda una opinión fundada sobre la procedencia o improcedencia del crédito. Verdadero. Falso.

La informe individual es del plazo de 10 días de haberse interpuesto la solicitud y si el deudor es persona jurídica privada: verdadero. falso.

El proceso concursal es un proceso dispositivo porque las partes tienen los poderes de iniciativa e impulso del procedimiento, disposición de la pretensión y del proceso mientras que el juez asume el papel de guardián de las reglas de juego del debate y agotado este en los términos que las partes le han dado, pronuncia la sentencia que le pone fin. Verdadero. falso.

La venta a precio vil, ocultación o entrega de bienes en pago, la mora en el cumplimiento de una obligación, están enunciados por la ley como hechos reveladores del estado de cesación de pagos. verdadero. falso.

Una vez decidida la apertura del concurso, en un plazo no superior a tres días debe presentar en el tribunal, los libros que lleve referidos a su situación económica, bajo apercibimiento de tenerlo por desistido de la petición del concurso. para luego por secretaría. proceder conforme el artículo 14, inciso 5), de la LC". verdadero. falso.

La ley de concursos también se refiere a un tercer instituto, el acuerdo preventivo internacional. En realidad, no se trata de un concurso, sino de acuerdo extrajudicial entre el deudor y parte de los acreedores internacionales. Verdadero. Falso.

La ley de concursos también se refiere a un tercer instituto, el acuerdo preventivo extrajudicial. en realidad no se trata de un concurso, sino de acuerdo extrajudicial entre el deudor y todos o parte de los acreedores. VERADERO. FALSO.

Nuestra ley establece una clasificación a los privilegios en: a) privilegio especial: su asiento lo constituye un bien determinado del patrimonio del deudor (por ejemplo, hipoteca: prenda: etc.). b) privilegio general: su asiento lo constituye la totalidad del patrimonio del deudor. verdadero. falso.

El concurso preventivo únicamente procede a pedido del propio deudor. porque para que el concurso sea eficaz es indispensable la buena voluntad e intención del deudor de revertir el estado de cesación de pagos. verdadero. falso.

Puede declararse el concurso preventivo de las personas jurídicas de derecho público. verdadero. falso.

En el presupuesto base del concurso preventivo, esto es el "estado de cesación de pagos..." las teorías son la minorista, superior y compleja y se dan en el marco de la distinción entre cesación e cumplimiento. nuestra ley se enrola en la teoría superiora con la excepción. Prevista en el Art. 48. Cramdown. veradero. falso.

La oportunidad para solicitar el concurso preventivo es mientras se le haya declarado la quiebra al deudor. verdadero. falso.

La oportunidad para solicitar el concurso preventivo es mientras no se le haya declarado la quiebra al deudor. verdadero. falso.

La ley de concursos no se refiere a un tercer instituto en su articulado, el acuerdo preventivo extrajudicial. veradero. falso.

La Crisis Empresaria no solo se refleja en la cesación de pagos sino que puede advertirse también desde que comienzan las dificultades económicas o financieras, incluso, aun antes de que se hubieran dado los primeros incumplimientos, por ello, en la prevención de la evolución de la crisis. sea esta económica o financiera. estará la eficacia del resultado querido; y en su caso, en el momento oportuno en la aplicación de dicho remedio procesal, es allí donde los administradores no deberán actuar". verdadero. falso.

La par conditio creditorum, es el principio básico del derecho concursal, el cual deja de lado la regla primero en el tiempo, mejor en el derecho (igualdad entre acreedores. veradero. falso.

Para iniciar un proceso concursal no existe un plazo para la presentación del mismo, ni por ende, se prevé concreta sanción para la eventual demora en recurrir al paraguas preventivo. verdadero. falso.

Se denomina estado de cesación de pagos al estado de impotencia de un patrimonio para hacer frente en forma regular a las obligaciones que lo gravan. verdadero. falso.

Para la apertura de un procedimiento concursal es indispensable que el deudor se encuentre en estado de cesación de pagos. verdadero. falso.

La ley de concursos da una definición del estado de cesación de pagos para la apertura de un procedimiento concursal no es indispensable que el deudor se encuentre en estado de cesación de pagos. verdadero. falso.

Ante la configuración del estado patrimonial de cesación de pagos en que se encontrara inmerso el deudor, que posibilite la presentación y apertura de un proceso colectivo - concurso preventivo, o concurso liquidativo- se aplicarán conforme al principio general anunciado por el artículo 239 del ordenamiento falencial aplicable, sus normas, dejando a salvo las expresas remisiones a otros ordenamientos contenidos en los artículos 241, incisos 4) y 6) y 243, inciso 1), de la ley: verdadero. falso.

Conforme resulta de la regulación legal (art. 32 bis) la expresión de la voluntad queda referida a una representación establecida por la misma norma de emisión o bien, en defecto, diferida a una asamblea de los acreedores de esta categoría para la designación de un representante, mandatario o fiduciario que representará a quienes presten conformidad y a quienes la nieguen y le asigna un voto personal a cada una de las respectivas posiciones (art. 45 bis): verdadero. falso.

El Incidente de Revisión (Art 37 de la Ley) Los créditos declarados admisibles o inadmisibles pueden ser revisados, es decir siempre existirá un interesado que no comparte el criterio del Juez. verdadero. falso.

El art 57 de la Ley 24522 apunta a lo siguiente: El acreedor privilegiado puede o no prestar su conformidad a la propuesta q se le dirija y si ésta no es conformada unánimemente u homologada, no le será aplicable. Pedida la verificación de sus créditos ante el juez del concurso, podrá ejecutar, en su caso, la garantía real de que disponga contra el deudor. La consecuencia es primero verificar y luego ejecutar: veradero. falso.

Los requisitos formales para solicitar un Concurso preventivo, en el art. 11 de la LCQ, son taxativos: verdadero. falso.

“Estado de cesación de pagos…” las teorías son la materialista, intermedia y amplia y se dan en el marco de la distinción entre cesación e incumplimiento. Nuestra ley se enrola en la teoría amplia con la excepción, prevista en el art 80. Teoría intermedia. verdadero. falso.

Orden de los privilegios especiales: cuando distintos privilegios especiales concurren entre sí, el art. 243 LCQ establece la manera de resolver las prestaciones internas en caso de insuficiencia. Como primera regla: de acuerdo al orden de los incisos del art. 241 LCQ, con una advertencia: el privilegio del retenedor que, en principio, está en el quinto lugar, pasa al primer lugar si la retención comenzó a ejercerse antes de nacer los créditos privilegiados. Como segunda regla: a prorrata cuando concurren créditos comprendidos dentro del mismo inciso: verdadero. falso.

La clasificación de los acreedores ¿es una potestad o una obligación? Hay quienes sostienen que la categorización es facultativa. La obligatoriedad que proclama la ley – el deudor debe – solo es efectiva cuando el concursado pretende formular posteriormente propuestas diferentes a diversos grupos de acreedores. Es un beneficio ofrecido al deudor y no una exigencia, por lo q nada impide que realice una única propuesta a todos sus acreedores quirografarios. La ley no tiene prevista una sanción concreta (argumento que es facultativa): verdadero. falso.

Cuando el juez decide la continuidad de la empresa quebrada por la cooperativa de trabajadores, los montos debidos a éstos en concepto de indemnizaciones serán tomados como cuotas parte de capital de la cooperativa naciente (o en formación). ¿Cuáles son estos montos? ¿Cuál indemnización debe considerarse, la del 245 LCT -100%- o la del 247 LCT - 50%-? Por el espíritu de la ley 26684 consideramos que será el del art. 245 LCT (interés de los trabajadores); pero si consideramos el espíritu anterior de la ley 19551 y 24522 (interés de los acreedores) entendemos será del 50%: verdadero. falso.

Si no se presentaron los documentos que acrediten la inscripción en el registros públicos de don pepito/simón que desarrolla su actividad económica de panificados en toda la ciudad de corrientes, corresponde su rechazo a la solicitud del concurso preventivo: verdadero. falso.

En el concurso, el síndico reemplaza al fallido en la administración de su patrimonio, tiene la legitimación procesal del fallido. en todos los casos, el síndico actuará en los trámites de la sucesión, con una limitación siempre que esté comprometido el interés del concurso. verdadero. falso.

La misma sentencia que declare la nulidad del acuerdo, deberá contener la declaración de quiebra, la incautación de los bienes y papeles del deudor. esta resolución es apelable. verdadero. falso.

Una ley falencial: cuando menos debe disciplinar y organizar los intereses de los acreedores de manera de llevarlos a una cooperación eficiente que permita el mejor reparto y la eliminación de los costos inútiles. verdadero. falso.

La legislación concursal tiene normas que atienden al derecho de fondo de los sujetos involucrados, modificando en menor o mayor medida, las reglas del derecho común como civil, comercial, laboral y otros. verdadero. falso.

En el proceso colectivo del proceso concursal entran en juego intereses de mayor generalidad ello explica la restricción del principio dispositivo y la vigencia del inquisitivo que se traduce en mayores poderes del juez concursal y en algunos poderes del síndico. verdadero. falso.

Si al deudor le falto cumplir con algunos de los requisitos, el juez puede conceder un plazo de 20 días para que lo cumpla. verdadero. falso.

La legislación concursal posee la característica de ser: excepcional-imperativa sustancial- procesal. verdadero. falso.

El síndico deberá presentar el informe general por duplicado. un ejemplar se presenta en el expediente, otro queda para el síndico. verdadero. falso.

La característica de la legislación concursal es: sustancial: ya que muchas normas de la legislación concursal atiende a los derechos de fondo de los sujetos involucrados, modificando en mayor o menor medida, las prescripciones del derecho común. verdadero. falso.

El informe general del síndico, tiene como finalidad, aportar datos objetivos para que los acreedores evalúen las propuestas de acuerdo que posteriormente presentara el concursado. verdadero. falso.

El comité de control debe constituirse como control del concurso preventivo, está integrado por tres acreedores quirografarios y un representante de los trabajadores, y dura durante todo el concurso preventivo, no pudiendo modificarse. art 250 1er y ultimo parrafo concurso preventivo, no pudiéndose modificarse. verdadero. falso.

Los efectos de la apertura del concurso preventivo son: a) efectos con relación al concursado; b) efectos con relación a los acreedores; c) efectos con relación a los contratos; d) efectos con relacion a los juicios contra el concursado. verdadero. falso.

El comité de control debe constituirse como control del concurso preventivo, está integrado por tres acreedores quirografarios y un representante de los trabajadores, y dura durante todo el concurso preventivo, ón a los juicios contra el concursado. verdadero. falso.

La ley 24.522 expresa los efectos de la apertura del concurso preventivo, pero hay algunos efectos que comienzan a producirse a partir de la petición del C.P., estos son: aplicación de la regla general de notificaciones, suspensión del curso de los intereses de créditos de causa anterior que no estén garantizados con prenda o hipoteca, conversión de deudas no dinerarias, las prestaciones cumplidas por terceros después de la presentación gozan del privilegio del art. 240, suspensión de los pedidos de quiebra y sirve de línea de corte para el proceso verificatorio (todos los acreedores de causa o título anteriores quedan sometidos al proceso concursal.); todos los demás efectos se producen después de la apertura. verdadero. falso.

La ley 24.522 regula los efectos de la apertura del concurso preventivo, pero hay algunos efectos que comienzan a producirse después de la petición del C.P., estos son: aplicación de la regla general de notificaciones, suspensión del curso de los intereses de créditos de causa anterior que no estén garantizados con prenda o hipoteca, conversión de deudas no dinerarias, las prestaciones cumplidas por terceros después de la presentación gozan del privilegio del Art. 240, suspensión de los pedidos de quiebra y sirve de línea de corte para el proceso verificatorio (todos los acreedores de causa o título anteriores quedan sometidos al proceso concursal.); todos los demás efectos se producen antes de la apertura. verdadero. falso.

La renuncia a continuar con el trámite – ya sea voluntaria (no en cualquier momento primera publicación de edictos, etc.) ,o como sanción (por ejemplo falta de presentación de libros, ausencia de depósitos, etc.) le impide al deudor realizar una nueva petición de concurso preventivo dentro de un año, si existen pedidos de quiebras pendientes – no concluidos – art 31 in fine . el fin de dicho precepto es evitar que la presentación en concurso sea utilizada por el deudor como medio para obstar la declaración falencial, provocando la suspensión indefinida de los pedidos de quiebra promovidos por acreedores, a causa de concursos reiterados iniciados y desistidos. verdadero. falso.

La renuncia a continuar con el trámite voluntariamente (no en cualquier momento primera publicación de edictos, etc.) le impide al acreedor realizar una nueva petición de concurso preventivo dentro de cinco años, si existen pedidos de quiebras pendientes -no concluidos- art. 31 in fine. un año. verdadero. falso.

los siguientes son efectos con relación a los contratos, en los concursos preventivos: 1º) contratos en curso de ejecucion con prestaciones reciprocas pendientes 2º) contratos laborales, 3º) servicios publicos: verdadero. falso.

Fabián quiere solicitar la conversión de su quiebra en concurso preventivo, teniendo en cuenta que no se encuentra inhibido y está dentro del plazo de 10 días desde la última publicación de edictos. verdadero. falso.

El banco de la ciudad de cordobesa que opera en todo el país ha entrado en cesación de pagos, por ello lo firmo “el tordillo SRL” como acreedor, presento la solicitud de concurso preventivo ante el juez de la jurisdicción, dando inicio al proceso del concurso preventivo. no entran en concurso rigen por ley especial art 2. verdadero. falso.

La finalidad de la publicación de edictos, es que los deudores morosos de la concursada se presenten a pagar. verdadero. falso.

Cumplimiento del acuerdo. efectos de la declaración judicial de conclusión del concurso: concluye la intervención del síndico. verdadero. falso.

¿La clasificación de los acreedores es una obligación? hay quienes sostienen que la categorización es obligatoria. la obligatoriedad que proclama la ley -el deudor debe- solo es efectiva cuando el concursado pretende formular posteriormente propuestas diferentes a diversos grupos de acreedores. la ley tiene prevista una sanción concreta. verdadero. falso.

Efectos con relación a los acreedores del concursado. acreedores comprendidos: quedan sometidos al proceso concursal los acreedores de causa o título intermedio a la presentación en concurso. en cambio, los de causa o título intermedio quedan excluidos del proceso, pudiendo ejercer sus derechos sin restricciones. verdadero. falso.

El siguiente es un efecto con relación a los contratos, en los concursos preventivos: servicios públicos: verdadero. falso.

Son nulas las estipulaciones contrarias a lo dispuesto en el artículo 20 y 21 de la LCQ. es decir, que estas normas no podrán ser modificadas por contratos celebrados entre las partes. verdadero. falso.

El pedido de verificación de créditos deberá especificar solamente la causa, no interesando el monto, ni el privilegio del crédito. verdadero. falso.

Verificación tardia: art. 56 LCQ; si algún acreedor no se presentó a solicitar la verificación en el plazo establecido en la resolución de apertura, podrá hacerlos luego, si el concurso no hubiera concluido: incidente de verificación as notificaciones de las providencias de la formación del concurso preventivo, se efectúa por ministerio legis tardía: verdadero. falso.

La verificación tardía contra un deudor que estuvo en concurso preventivo se inicia por acción grupal que corresponda si el concurso ha concluido. verdadero. falso.

La verificación tardía del Art 56 LCQ “es aquella intentada con posterioridad al término del plazo fijado para las verificaciones tempestivas en la sentencia de apertura”. se inicia por vía incidental (art. 280 y sigtes. de la ley 24.522) si el concurso no ha concluido aún: verdadero. falso.

Las notificaciones de las providencias de la formación del concurso preventivo, se efectúa por ministerio legis. verdadero. falso.

El acreedor podrá decidir sobre la propuesta de acuerdo. la verificación del crédito es irrecurrible -salvo dolo -. verdadero. falso.

Una vez declarado el crédito verificado puede ser revisado a petición del interesado formulado dentro del plazo de 20 días, produciendo efecto de cosa juzgada. verdadero. falso.

El periodo informativo, abarca desde el proceso de verificación de créditos hasta el informe general del síndico inclusive. verdadero. falso.

Si el crédito fue impugnado u observado, podrá ser declarado admisible o inamisible por el juez, según lo estime o no precedente. verdadero. falso.

El pedido de verificación de créditos deberá especificar la causa, el monto el privilegio del crédito: verdadeo. falso.

Vencido el plazo para solicitar la verificación, el concursado y los acreedores que se hayan presentado a verificar, tendrán 10 días para revisar el legajo de cada acreedor e impugnar u observar las solicitudes presentadas. verdadero. falso.

La verificación Tardia/temprana? es, art. 56 LCQ “es aquella intentada con posterioridad al término del plazo fijado para las verificaciones tempestivas en la sentencia de apertura”. se inicia en el expediente principal, si el concurso no ha concluido aún. verdadero. falso.

Puede declararse el concurso preventivo del patrimonio de una agrupación de colaboración empresaria. verdadero. falso.

El pedido de verificación de créditos produce los mismos efectos que la demanda judicial, es decir, interrumpe la prescripción e impide la caducidad del derecho y de la instancia. verdadero. falso.

La nueva normativa concursal 26.684, produce un cambio visceral en el ordenamiento nacional dedicado al tratamiento de la crisis del sujeto económico, colocando como bien jurídico tutelado al crédito laboral en una instrumentación que consagra a la cooperativa de trabajadores de la empresa en titular propietaria de la empresa no sólo en la quiebra y también en el procedimiento preventivo a través de la adjudicación de la totalidad del capital social en la segunda ronda o cramdown del art 48. verdadero. falso.

La nueva normativa concursal 26.684, produce un cambio visceral en el ordenamiento nacional dedicado al tratamiento de la crisis del sujeto económico, colocando como bien jurídico tutelado al capital financiero, en una instrumentación que consagra a la cooperativa de trabajadores de la empresa en titular propietaria de la empresa no sólo en la quiebra y también en el procedimiento preventivo a través de la adjudicación de la totalidad del capital social en la segunda ronda o cramdown del art. 48. verdadero. falso.

El pronto pago de créditos laborales; es el derecho que tienen los acreedores laborales de cobrar sus remuneraciones e indemnizaciones presentándose a verificar sus créditos. verdadero. falso.

El pronto pago de créditos laborales (Art. 16 LCQ, conforme ley 26.684); es el derecho que tienen los acreedores laborales de cobrar sus remuneraciones e indemnizaciones sin necesidad de presentarse a verificar sus créditos, ni de obtener una sentencia en juicio laboral previo. verdadero. falso.

Cuando el acreedor peticionante, luego de promovida la petición de quiebra recibiera cualquier bien en pago o dación en pago de un tercero para aplicar el crédito hecho valer en el expediente, se presume que se ha entregado y recibido a favor de la generalidad de los acreedores, siendo inoponibles a ellos el otro carácter. el acreedor debe reintegrar al concurso lo recibido. verdadero. falso.

Actualmente la duración del período de exclusividad es de noventa (90) días. V. F.

El periodo de exclusividad, es el momento en que el concursado se notifica - por ministerio de la ley- de la resolución judicial sobre la categorización de acreedores. V. F.

El periodo de exclusividad, se denomina así al plazo que tiene el síndico para formular propuestas de acuerdo preventivo por categorías. V. F.

Nuestra ley establece una clasificación a los privilegios en: a) privilegio especial: su asiento lo constituye un bien determinado del patrimonio del deudor (por ejemplo, hipoteca; prenda; etc.). b) privilegio general: su asiento lo constituye la totalidad del patrimonio del deudor. V. F.

Concurso preventivo en caso de agrupamiento: para proceder a su apertura, resulta suficiente con que uno de los integrantes del agrupamiento se encuentre en estado de cesación de pagos, con la condición de que dicho estado pueda afectar a los demás integrantes del grupo económico (Artículo 66 LCQ), además del cumplimiento en tiempo y forma del resto de los requisitos del Artículo 11 LCQ. V. F.

La siguiente frase de la LCQ: "...antes de pagar los créditos que tienen privilegios especiales, se debe reservar del precio del bien sobre el que recaen, los importes correspondientes a la conservación, custodia, administración y realización del mismo efectuados en el concurso. también se calcula una cantidad para atender a los gastos y honorarios...". V. F.

En materia concursal los privilegios pueden tener origen o ser creados por las partes. V. F.

Salvataje de empresas art 48 LCQ. es un procedimiento que tiene lugar cuando la concursada no llega a un acuerdo con sus acreedores, consiste en darle la posibilidad a otros (la cooperativa de trabajo conformada por trabajadores de la empresa) de presentar propuestas de acuerdo a los acreedores. V. F.

Si el concursado hubiese logrado el acuerdo, el juez -dentro de los 3 días de presentadas las conformidades necesarias- dictara una resolución haciendo saber la existencia del acuerdo preventivo (Art. 4) LCQ. V. F.

En el nuevo Cramdown el art. 48 bis el deudor autoriza al martillero a practicar la liquidación de todos los créditos que corresponden a los trabajadores y no solamente del 245 también, de los art. 232, 233 y 245 estatutos especiales, convenios colectivos o contratos individuales se considera en el interés de los acreedores según la ley 26.684. V. F.

En el nuevo Cramdown el art. 48 bis el juez autoriza al síndico a practicar la liquidación de todos los créditos que corresponden a los trabajadores y no solamente del 245 también, de los art. 232, 233 y 245 estatutos especiales, convenios colectivos o contratos individuales se considera en el interés de los trabajadores según la ley 26.684. V. F.

Si el concursado no hubiese obtenido las conformidades necesarias, no habrá logrado acuerdo el acuerdo preventivo y el juez declarara la quiebra indirecta o hacer lugar al salvataje de empresa. V. F.

Es posible la interposición del recurso de reposición por el deudor fallido cuando la quiebra sea declarada como consecuencia del pedido del acreedor. V. F.

El principio por el cual es imposible lógica y jurídicamente la coexistencia de dos procesos concursales relativos al mismo patrimonio y del mismo sujeto que se concreta en la existencia del juez único y que opera en el proceso con fuero de atracción, es el principio univicidad que deriva del principio de imperatividad. V. F.

El proceso concursal es inquisitivo porque los poderes y cargas de las partes se encuentran disminuidos, acentuandose el rol del juez, entran en juego intereses generales o publicos y por el lo indisponibles. sale de la esfera de los intereses particulares haciendo que la intromisión del estado, a través de los poderes conferidos a los jueces este justificada. V. F.

La legislación concursal tiene normas de carácter imperativo porque la mayoría de las normas concursales no pueden ser dejadas sin efecto y prevalece sobre cualquier acuerdo en contrario de los particulares. V. F.

El período de sospecha es aquel que transcurre entre la fecha de cesación de pagos y la sentencia de quiebra. L a cesación de pago debe ser determinada por resolución judicial, dicha resolución no puede comprender un per iodo superior a dos años. V. F.

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