concursal sin opc A
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Título del Test:
![]() concursal sin opc A Descripción: sola b-c-d y v |



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El deudor que se encuentra en cesación de pagos o en dificultades económicas o financieras de carácter general, puede celebrar un acuerdo con sus acreedores y someterlo a homologación judicial, denominado APE. A. El APE puede ser otorgado por instrumento público o privado, tiene libertad de contenido, siendo obligatorio una vez obtenido la homologación judicial. B. El APE tiene libertad de contenido, es obligatorio, aunque no este homologado judicialmente, requiere para su homologación judicial, entre otros, la publicación de edictos. C. El APE solo puede ser valido si se cumplen los requisitos legales de presentación del activo y pasivo, listado de acreedores, monto del capital que representan los acreedores y publicación de edictos. Entre los principios comunes del proceso esta: A. los términos no son perentorios, pudiendo fijarse plazos de 5 o 10 días. B. las resoluciones son inapelables. C. la citación a las partes se efectúa por ministerio legis, de modo automático. El periodo de exclusividad: A. El deudor puede ofrecer propuesta de acuerdo preventivo, previo a la resolución de categorización de acreedores, por un plazo de 90 dias el que será notificado por ministerio legis. B. el deudor y los acreedores pueden ofrecer y proponer acuerdos de quitas y esperas u otros, dentro del plazo de 90 dias prorrogables por otros 30 dias, debiendo el concursado presentar la propuesta en el expediente. C. el deudor puede ofrecer propuesta de acuerdo preventivo, dentro de un periodo de 90 días, propuesta que será presentado en el expediente con una antelación de 20 días al vencimiento de del periodo de exclusividad. La apertura del concurso preventivo: A. La apertura del concurso preventivo produce la suspensión de todo tramite de los juicios contra el concursado por causa o titulo anterior. B. La apertura del concurso preventivo produce la suspensión de todo tramite de contenido patrimonial excepto los de ejecuciones de garantías reales contra el concursado. El llamado periodo de Salvataje es: Seleccione una: A. el acuerdo de los acreedores por el cual pueden hacerse cargo de las deudas del deudor, previo acuerdo de los acreedores y pago de sus créditos. B. el acuerdo arribado en el periodo de exclusividad entre los distintos acreedores previa verificación de sus créditos a fin de explotar la unidad económica por dichos acreedores con pedido de concurso preventivo. C. fracasada la propuesta de acuerdo del concursado, las sociedades de responsabilidad limitada, las sociedades por acciones, cooperativas y aquellas sociedades en que el estado nacional, provincial o municipal sea parte y las excluidas por leyes especiales pueden proponer una reorganización empresaria y evitar así la quiebra liquidativa. una vez declarada la sentencia de quiebra produce los siguientes efectos: A. El deudor fallido puede realizar pagos y puede recibir vienen en pago siendo ellos plenamente eficaz. B. La correspondencia y comunicaciones dirigidas al fallido deben ser entregadas al síndico debiendo abrirlas en presencia del juez. C. El deudor fallido puede actuar en todo proceso judicial referido a sus bienes desapoderados no siendo necesario la actuación del síndico en estos casos. El proceso concursal es universal porque: A. Recae sobre todo el patrimonio del deudor y se hace efectivo en el desapoderamiento. B. Se refiere a todos los bienes comprometidos en el proceso y relacionado con todos los sujetos involucrados como acreedores. C. Porque es único y se concreta con el fuero de atracción que al ser universal atrae a esta jurisdicción los demás juicios. Vencido el periodo de exclusividad sin que el deudor hubiera obtenido conformidad para el acuerdo preventivo, se abre una instancia que se denomina Salvataje: A. solo puede ser solicitado por cooperativas, mutuales, sociedades anónimas y SRL. B. se procederá a la apertura de un registro para que se inscriban los acreedores, las cooperativas de trabajadores y terceros interesados en la adquisición, debiendo el juez designar al evaluador que establecerá el real valor de mercado. C. obtenido el acuerdo por un tercero aun antes de la registración, el juez da por valido el Salvataje ordenando transferir la titularidad de los bienes y procediéndose a la homologación. El concepto de cesación de pagos receptada por la doctrina mayoritaria es: A. no hay cesación de pagos sin incumplimientos, pero no siempre los incumplimientos importan cesación de pagos, ya que mientras el deudor cumpla en alguna medida no hay insolvencia. B. todo incumplimiento deriva en una cesación de pagos, salvo que el deudor oponga alguna excepción de buena fe. C. la cesación de pagos es un estado del patrimonio del deudor que se revela por hechos exteriores cuya enumeración taxativa es imposible, y el juez valora como indicios de la impotencia de ese patrimonio. El proceso concursal es imperativo porque: A. porque organiza y regula los procedimientos judiciales de quiebra y de concurso preventivo con características específicas. B. porque las mayorias de las reglas concursales no pueden ser dejadas sin efecto y prevalece sobre cualquier acuerdo en contrario de los particulares. C. porque es unico y se concreta con el fuero de atracción que al ser universal atrae a esta jurisdicción los demas juicios. :La apertura del concurso preventivo es necesario: A. El estado de cesación de pago con carácter universal sobre todo el patrimonio del deudor. B. El estado de cesación de pagos, excluidos los derechos no patrimoniales. bienes inembargables. C. El estado de cesación de pagos, excluidos los bienes que sean determinados por el juez. La resolución de apertura de concurso preventivo deberá contener. entre otros temas lo siguiente: A. La orden de no publicar edictos. B. La fijación de una fecha límite para que los acreedores presenten sus pedidos de verificación. C. La designación de una audiencia para el sorteo del martillero. D. La declaración de apertura de la quiebra. El articulo 79 LCQ enumera ciertos hechos que pueden ser considerados reveladores del estado de cesación de pagos. la enunciación es: A. taxativa. B. enunciativa. La presentación en concurso implica en relación a los intereses que: A. Los mismos son condonados. B. La suspensión de los mismos. C. Los mismos son a una tasa más alta. D. Los mismos se capitalizan. El único sujeto legitimado para solicitar su concurso preventivo es: A. El acreedor. B. El deudor. C. Procede de oficio. Los requisitos formales para la apertura del concurso preventivo son: A. Incompetencia. B. Competencia, representación legal o voluntaria, oportunidad de la presentación. C. Recaudos administrativos, representación obligatoria. D. Presentación por apoderado solamente. En qué casos el juez deberá aceptar el pedido de concurso preventivo: seleccione una: A. Si el deudor es un sujeto concursable. B. Por falta de incompetencia del juez. C. Si se cumplió con los requisitos formales del pedido. En qué casos el juez deberá rechazar el pedido de concurso preventivo: A. Si el deudor es un sujeto concursable. B. Por falta de incompetencia del juez. C. Si no se cumplió con los requisitos formales del pedido. Competencia en razón de la materia para los concursos preventivos es: seleccione una: A. Los jueces con competencia ordinaria en materia de familia. B. Los jueces con competencia ordinaria en materia civil y comercial en las generalidades de las provincias. C. Los jueces en materia penal. D. Los jueces de paz. Don Juan Segovia, panadero del barrio, desarrollo esta actividad como medio de vida. Sus hijos Manuel y luisa abrieron dos lugares más de venta de panificados Don Juan, Manuel en un barrio de la ciudad de corrientes y luisa en la ciudad de resistencia, chaco, donde se encuentra la administración debido a su profesión de contadora que ejerce en esa ciudad. ante las dificultades económicas los acreedores no pudieron cobrar sus créditos e iniciaron los reclamos de pagos y decidieron promover el concurso preventivo, debiendo interponer ante: A. El Juez de la ciudad de Corrientes. B. El Juez de la ciudad de Resistencia, Chaco. C. Cualquier Juez, depende del domicilio del acreedor que interpone la solicitud. Un requisitos formales para la apertura del concurso preventivo es: seleccione una: A. Incompetencia. B. Acompañar copia de los balances de los 3 últimos inc. 4 – Art 11 LCQ Recaudos administrativos, representación obligatoria. ejercicios. C. Presentación por apoderado solamente. El deudor Miranda SRL no puede reunir todos los requisitos formales para presentarse solicitando su concurso preventivo y tiene necesidad de hacerlo: A. El juez acepta la solicitud del concurso preventivo e intima al deudor para que los complete oportunamente. B. El deudor presenta solicitud y solicita plazo legal para completar los requisitos de ley con fundamento probado del retraso en la presentación. C. El juez rechaza la petición ante la falta de presentación de los requisitos formales en tiempo y forma. Los efectos de la apertura del concurso preventivo son: A. Efectos con relación al quebrado. B. Efectos con relación a los parientes. C. Efectos con relación a los contratos, acreedores y al concursado. El concurso preventivo de una sociedad anónima es solicitada por: A. El órgano de Fiscalización. B. El órgano de administración: La Gerencia. C. El órgano de administración: el Directorio. A Fabian Nardelli le declaran el concurso preventivo, durante todo el proceso que dure el concurso, Fabian podrá: A. Entregar a Luis, acreedor, como medio de pago 2 máquinas elevadoras. B. Fabian puede realizar los actos propios de las actividades del giro del negocio, no podrá disponer de ellos y requerirá del control de la sindicatura y el comité de control. C. Fabian podrá entregar en garantía una maquinaria para la adquisición de fondos que le permita continuar con su actividad comercial. Realizada la verificación de crédito el juez debe resolver, pudiendo declarar: seleccione una: A. Verificado: hay mínimas observaciones al crédito, pero se tiene autorización para su cobro. B. Admisible: el crédito sufre impugnaciones u observaciones, el acreedor participa en la propuesta de acuerdo. C. Inadmisible: tiene observaciones y puede presentarse recurso de apelación. Cada solicitud o pedido de verificación deberá cumplir con las siguientes formalidades: A. Hacerse verbalmente y por cuadruplicado. B. Hacerse por escrito y en duplicado, adjuntarse los títulos y constituir domicilio. C. Verbalmente y no presentar los títulos. D. No presentarse ante el síndico. Verificación tardia: si algún acreedor no se presentó a solicitar la verificación en el plazo establecido en la resolución de apertura, podrá hacerlos luego, por alguna de esta via: A. Si el concurso hubiera concluido: incidente de verificación tardía. Si el concurso no hubiera concluido: incidente de suspensión. B. Si el concurso está en curso: Demanda de pronto pago. C. Si el concurso hubiera no concluido: incidente de verificación tardía. Los requisitos formales del pedido de verificación de créditos: A. Incompetencia. B. Hacerse por escrito y en duplicado, adjuntarse los títulos y constituir domicilio. Art. 32 LCQ. C. Recaudos administrativos, representación obligatoria. D. Presentación por apoderado solamente. La sentencia de quiebra permite: a) A que el deudor sea desapoderado de todos sus bienes. b) Que el deudor sea desapoderado de todos los bienes, inclusive las indemnizaciones por daños materiales y morales. c) Que los pagos que realice el deudor o que reciba el deudor son ineficaces. Declarada la quiebra a Fabián, este podrá: a) Fabián podrá continuar con sus actividades propias del giro de su comercio aunque le está vedado enajenar los bienes inmuebles o muebles registrables. b) puede ausentarse del país siempre que sea justificado y tenga autorización del juez del concurso. c) Fabián puede realizar actos de disposición y desprenderse de determinados bienes en favor de algunos acreedores con autorización del síndico. A Tomas le declaran el concurso preventivo, hasta la declaración de quiebra podrá seleccione una: a. Entregar a Pedro, un acreedor, como medio de pago, dos maquinarias retroexcavadora. b. Tomas puede realizar los actos propios de la actividad del giro del negocio, no podrá disponer de ellos y requerirá del control de la sindicatura y del comité de control. c. Tomas podrá entregar en garantía una maquinaria para la adquisición de fondos que le permitirá continuar con su actividad comercial. El banco Mar del Plata S.A hace tres 3 meses que tiene dificultades para el pago y devolución de dinero a sus clientes, debiendo acudir a otros bancos regionales y al banco central por apoyo financiero: a. debido a esa dificultad económica va a solicitar su concurso preventivo. b. Por estas dificultades económicas, va a solicitar se declare en quiebra en virtud de ley especia. c. Por las dificultades va a solicitar la aplicación de la ley la quiebra sin distinción de la quiebra especial. d. A pesar de las dificultades no es posible se declare la quiebra en virtud de la Ley de Entidades Financieras. Gregorio que hace 10 años vive en el domicilio salta 1577 de la ciudad de corrientes, desarrolla una actividad apícola en la localidad de puerto Tirol, provincia del Chaco. para la aprobación del acuerdo preventivo: A. debe solicitar su concurso preventivo en la ciudad de Corrientes porque tiene su domicilio en esa ciudad. B. debe solicitar el concurso preventivo en la provincia del Chaco porque tiene su actividad comercial en esa provincia. C. debe solicitar su concurso preventivo en cualquiera de los dos lugares la ley le permite su elección. D. debe solicitar su concurso preventivo en la ciudad de Corrientes porque no tiene sede en Puerto Tirol ni en otro lugar. El informe individual es un informe que redacta el Síndico por cada solicitud de los acreedores sobre verificación de sus créditos, donde además brinda una opinión fundada sobre la procedencia o improcedencia del crédito. VERDADERO. FALSO. La venta a precio vil, ocultación o entrega de bienes en pago, la mora en el cumplimiento de una obligación, están enunciados por la ley como hechos reveladores del estado de cesación de pagos. VERDADERO. FALSO. Una vez decidida la apertura del concurso, en un plazo no superior a tres días debe presentar en el tribunal, los libros que lleve referidos a su situación económica, bajo apercibimiento de tenerlo por desistido de la petición del concurso. para luego por secretaría. proceder conforme el artículo 14, inciso 5), de la LC". V ERDADERO. FALSO. Una vez decidida la apertura del concurso, en un plazo no superior a tres días debe presentar en el tribunal, los libros que lleve referidos a su situación económica, bajo apercibimiento de tenerlo por desistido de la petición del concurso. para luego por secretaría. proceder conforme el artículo 14, inciso 5), de la LC". VERDADERO. FALSO. La ley de concursos también se refiere a un tercer instituto, el acuerdo preventivo extrajudicial. en realidad no se trata de un concurso, sino de acuerdo extrajudicial entre el deudor y todos o parte de los acreedores. VERDADERO. FALSO. Nuestra ley establece una clasificación a los privilegios en: a) privilegio especial: su asiento lo constituye un bien determinado del patrimonio del deudor (por ejemplo, hipoteca: prenda: etc.). b) privilegio general: su asiento lo constituye la totalidad del patrimonio del deudor. VERDADERO. FALSO. El concurso preventivo únicamente procede a pedido del propio deudor. porque para que el concurso sea eficaz es indispensable la buena voluntad e intención del deudor de revertir el estado de cesación de pagos. VERDADERO. FALSO. La oportunidad para solicitar el concurso preventivo es mientras no se le haya declarado la quiebra al deudor. VERDADERO. FALSO. La par conditio creditorum, es el principio básico del derecho concursal, el cual deja de lado la regla primero en el tiempo, mejor en el derecho (igualdad entre acreedores. VERDADERO. FALSO. Para iniciar un proceso concursal no existe un plazo para la presentación del mismo, ni por ende, se prevé concreta sanción para la eventual demora en recurrir al paraguas preventivo. VERDADERO. FALSO. Se denomina estado de cesación de pagos al estado de impotencia de un patrimonio para hacer frente en forma regular a las obligaciones que lo gravan. VERDADERO. FALSO. Para la apertura de un procedimiento concursal es indispensable que el deudor se encuentre en estado de cesación de pagos. VERDADERO. FALSO. Ante la configuración del estado patrimonial de cesación de pagos en que se encontrara inmerso el deudor, que posibilite la presentación y apertura de un proceso colectivo - concurso preventivo, o concurso liquidativo- se aplicarán conforme al principio general anunciado por el artículo 239 del ordenamiento falencial aplicable, sus normas, dejando a salvo las expresas remisiones a otros ordenamientos contenidos en los artículos 241, incisos 4) y 6) y 243, inciso 1), de la ley: VERDADERO. FALSO. Conforme resulta de la regulación legal (art. 32 bis) la expresión de la voluntad queda referida a una representación establecida por la misma norma de emisión o bien, en defecto, diferida a una asamblea de los acreedores de esta categoría para la designación de un representante, mandatario o fiduciario que representará a quienes presten conformidad y a quienes la nieguen y le asigna un voto personal a cada una de las respectivas posiciones (art. 45 bis). VERDADERO. FALSO. El Incidente de Revisión (Art 37 de la Ley) Los créditos declarados admisibles o inadmisibles pueden ser revisados, es decir siempre existirá un interesado que no comparte el criterio del Juez. VERDADERO. FALSO. El art 57 de la Ley 24522 apunta a lo siguiente: El acreedor privilegiado puede o no prestar su conformidad a la propuesta q se le dirija y si ésta no es conformada unánimemente u homologada, no le será aplicable. Pedida la verificación de sus créditos ante el juez del concurso, podrá ejecutar, en su caso, la garantía real de que disponga contra el deudor. La consecuencia es primero verificar y luego ejecutar: VERDADERO. FALSO. Los requisitos formales para solicitar un Concurso preventivo, en el art. 11 de la LCQ, son taxativos: VERDADERO. FALSO. “Estado de cesación de pagos…” las teorías son la materialista, intermedia y amplia y se dan en el marco de la distinción entre cesación e incumplimiento. Nuestra ley se enrola en la teoría amplia con la excepción, prevista en el art 80. Teoría intermedia. VERDADERO. FALSO. Orden de los privilegios especiales: cuando distintos privilegios especiales concurren entre sí, el art. 243 LCQ establece la manera de resolver las prestaciones internas en caso de insuficiencia. Como primera regla: de acuerdo al orden de los incisos del art. 241 LCQ, con una advertencia: el privilegio del retenedor que, en principio, está en el quinto lugar, pasa al primer lugar si la retención comenzó a ejercerse antes de nacer los créditos privilegiados. Como segunda regla: a prorrata cuando concurren créditos comprendidos dentro del mismo inciso: VERDADERO. FALSO. La clasificación de los acreedores ¿es una potestad o una obligación? Hay quienes sostienen que la categorización es facultativa. La obligatoriedad que proclama la ley – el deudor debe – solo es efectiva cuando el concursado pretende formular posteriormente propuestas diferentes a diversos grupos de acreedores. Es un beneficio ofrecido al deudor y no una exigencia, por lo q nada impide que realice una única propuesta a todos sus acreedores quirografarios. La ley no tiene prevista una sanción concreta (argumento que es facultativa): VERDADERO. FALSO. Cuando el juez decide la continuidad de la empresa quebrada por la cooperativa de trabajadores, los montos debidos a éstos en concepto de indemnizaciones serán tomados como cuotas parte de capital de la cooperativa naciente (o en formación). ¿Cuáles son estos montos? ¿Cuál indemnización debe considerarse, la del 245 LCT -100%- o la del 247 LCT - 50%-? Por el espíritu de la ley 26684 consideramos que será el del art. 245 LCT (interés de los trabajadores); pero si consideramos el espíritu anterior de la ley 19551 y 24522 (interés de los acreedores) entendemos será del 50%: VERDADERO. FALSO. Si no se presentaron los documentos que acrediten la inscripción en el registros públicos de don pepito/simón que desarrolla su actividad económica de panificados en toda la ciudad de corrientes, corresponde su rechazo a la solicitud del concurso preventivo: VERDADERO. FALSO. La misma sentencia que declare la nulidad del acuerdo, deberá contener la declaración de quiebra, la incautación de los bienes y papeles del deudor. esta resolución es apelable. VERDADERO. FALSO. La legislación concursal tiene normas que atienden al derecho de fondo de los sujetos involucrados, modificando en menor o mayor medida, las reglas del derecho común como civil, comercial, laboral y otros. VERDADERO. FALSO. En el proceso colectivo del proceso concursal entran en juego intereses de mayor generalidad ello explica la restricción del principio dispositivo y la vigencia del inquisitivo que se traduce en mayores poderes del juez concursal y en algunos poderes del síndico. VERDADERO. FALSO. La legislación concursal posee la característica de ser: excepcional imperativa sustancial- procesal. VERDADERO. FALSO. La característica de la legislación concursal es: sustancial: ya que muchas normas de la legislación concursal atiende a los derechos de fondo de los sujetos involucrados, modificando en mayor o menor medida, las prescripciones del derecho común. VERDADERO. FALSO. El informe general del síndico, tiene como finalidad, aportar datos objetivos para que los acreedores evalúen las propuestas de acuerdo que posteriormente presentara el concursado. VERDADERO. FALSO. Los efectos de la apertura del concurso preventivo son: a) efectos con relación al concursado; b) efectos con relación a los acreedores; c) efectos con relación a los contratos; d) efectos con relacion a los juicios contra el concursado. VERDADERO. FALSO. La ley 24.522 expresa los efectos de la apertura del concurso preventivo, pero hay algunos efectos que comienzan a producirse a partir de la petición del C.P., estos son: aplicación de la regla general de notificaciones, suspensión del curso de los intereses de créditos de causa anterior que no estén garantizados con prenda o hipoteca, conversión de deudas no dinerarias, las prestaciones cumplidas por terceros después de la presentación gozan del privilegio del art. 240, suspensión de los pedidos de quiebra y sirve de línea de corte para el proceso verificatorio (todos los acreedores de causa o título anteriores quedan sometidos al proceso concursal.); todos los demás efectos se producen después de la apertura. VERDADERO. FALSO. La renuncia a continuar con el trámite – ya sea voluntaria (no en cualquier momento primera publicación de edictos, etc.) ,o como sanción (por ejemplo falta de presentación de libros, ausencia de depósitos, etc.) le impide al deudor realizar una nueva petición de concurso preventivo dentro de un año, si existen pedidos de quiebras pendientes – no concluidos – art 31 in fine . el fin de dicho precepto es evitar que la presentación en concurso sea utilizada por el deudor como medio para obstar la declaración falencial, provocando la suspensión indefinida de los pedidos de quiebra promovidos por acreedores, a causa de concursos reiterados iniciados y desistidos. VERDADERO. FALSO. Fabián quiere solicitar la conversión de su quiebra en concurso preventivo, teniendo en cuenta que no se encuentra inhibido y está dentro del plazo de 10 días desde la última publicación de edictos. VERDADERO. FALSO. Cumplimiento del acuerdo. efectos de la declaración judicial de conclusión del concurso: concluye la intervención del síndico. VERDADERO. FALSO. El siguiente es un efecto con relación a los contratos, en los concursos preventivos: servicios públicos: VERDADERO. FALSO. Son nulas las estipulaciones contrarias a lo dispuesto en el artículo 20 y 21 de la LCQ. es decir, que estas normas no podrán ser modificadas por contratos celebrados entre las partes. VERDADERO. FALSO. Verificación tardia: art. 56 LCQ; si algún acreedor no se presentó a solicitar la verificación en el plazo establecido en la resolución de apertura, podrá hacerlos luego, si el concurso no hubiera concluido: incidente de verificación as notificaciones de las providencias de la formación del concurso preventivo, se efectúa por ministerio legis tardía. VERDADERO. FALSO. La verificación tardía del Art 56 LCQ “es aquella intentada con posterioridad al término del plazo fijado para las verificaciones tempestivas en la sentencia de apertura”. se inicia por vía incidental (art. 280 y sigtes. de la ley 24.522) si el concurso no ha concluido aún: VERDADERO. FALSO. Las notificaciones de las providencias de la formación del concurso preventivo, se efectúa por ministerio legis. VERDADERO. FALSO. El acreedor podrá decidir sobre la propuesta de acuerdo. la verificación del crédito es irrecurrible -salvo dolo -. VERDADERO. FALSO. El periodo informativo, abarca desde el proceso de verificación de créditos hasta el informe general del síndico inclusive. VERDADERO. FALSO. Si el crédito fue impugnado u observado, podrá ser declarado admisible o inamisible por el juez, según lo estime o no precedente. VERDADERO. FALSO. El pedido de verificación de créditos deberá especificar la causa, el monto el privilegio del crédito: VERDADERO. FALSO. Vencido el plazo para solicitar la verificación, el concursado y los acreedores que se hayan presentado a verificar, tendrán 10 días para revisar el legajo de cada acreedor e impugnar u observar las solicitudes presentadas. VERDADERO. FALSO. La verificación Tardia/temprana? es, art. 56 LCQ “es aquella intentada con posterioridad al término del plazo fijado para las verificaciones tempestivas en la sentencia de apertura”. se inicia en el expediente principal, si el concurso no ha concluido aún. VERDADERO. FALSO. El pedido de verificación de créditos produce los mismos efectos que la demanda judicial, es decir, interrumpe la prescripción e impide la caducidad del derecho y de la instancia. VERDADERO. FALSO. La nueva normativa concursal 26.684, produce un cambio visceral en el ordenamiento nacional dedicado al tratamiento de la crisis del sujeto económico, colocando como bien jurídico tutelado al crédito laboral en una instrumentación que consagra a la cooperativa de trabajadores de la empresa en titular propietaria de la empresa no sólo en la quiebra y también en el procedimiento preventivo a través de la adjudicación de la totalidad del capital social en la segunda ronda o cramdown del art 48. VERDADERO. FALSO. El pronto pago de créditos laborales (Art. 16 LCQ, conforme ley 26.684); es el derecho que tienen los acreedores laborales de cobrar sus remuneraciones e indemnizaciones sin necesidad de presentarse a verificar sus créditos, ni de obtener una sentencia en juicio laboral previo. VERDADERO. FALSO. Cuando el acreedor peticionante, luego de promovida la petición de quiebra recibiera cualquier bien en pago o dación en pago de un tercero para aplicar el crédito hecho valer en el expediente, se presume que se ha entregado y recibido a favor de la generalidad de los acreedores, siendo inoponibles a ellos el otro carácter. el acreedor debe reintegrar al concurso lo recibido. VERDADERO. FALSO. Actualmente la duración del período de exclusividad es de noventa (90) días. VERDADERO. FALSO. El periodo de exclusividad, es el momento en que el concursado se notifica - por ministerio de la ley- de la resolución judicial sobre la categorización de acreedores. VERDADERO. FALSO. Nuestra ley establece una clasificación a los privilegios en: a) privilegio especial: su asiento lo constituye un bien determinado del patrimonio del deudor (por ejemplo, hipoteca; prenda; etc.). b) privilegio general: su asiento lo constituye la totalidad del patrimonio del deudor. VERDADERO. FALSO. Concurso preventivo en caso de agrupamiento: para proceder a su apertura, resulta suficiente con que uno de los integrantes del agrupamiento se encuentre en estado de cesación de pagos, con la condición de que dicho estado pueda afectar a los demás integrantes del grupo económico (Artículo 66 LCQ), además del cumplimiento en tiempo y forma del resto de los requisitos del Artículo 11 LCQ. VERDADERO. FALSO. La siguiente frase de la LCQ: "...antes de pagar los créditos que tienen privilegios especiales, se debe reservar del precio del bien sobre el que recaen, los importes correspondientes a la conservación, custodia, administración y realización del mismo efectuados en el concurso. también se calcula una cantidad para atender a los gastos y honorarios...". VERDADERO. FALSO. Salvataje de empresas art 48 LCQ. es un procedimiento que tiene lugar cuando la concursada no llega a un acuerdo con sus acreedores, consiste en darle la posibilidad a otros (la cooperativa de trabajo conformada por trabajadores de la empresa) de presentar propuestas de acuerdo a los acreedores. VERDADERO. FALSO. Si el concursado hubiese logrado el acuerdo, el juez -dentro de los 3 días de presentadas las conformidades necesarias- dictara una resolución haciendo saber la existencia del acuerdo preventivo (Art. 4) LCQ. VERDADERO. FALSO. En el nuevo Cramdown el art. 48 bis el juez autoriza al síndico a practicar la liquidación de todos los créditos que corresponden a los trabajadores y no solamente del 245 también, de los art. 232, 233 y 245 estatutos especiales, convenios colectivos o contratos individuales se considera en el interés de los trabajadores según la ley 26.684. VERDADERO. FALSO. Si el concursado no hubiese obtenido las conformidades necesarias, no habrá logrado acuerdo el acuerdo preventivo y el juez declarara la quiebra indirecta o hacer lugar al salvataje de empresa. VERDADERO. FALSO. Es posible la interposición del recurso de reposición por el deudor fallido cuando la quiebra sea declarada como consecuencia del pedido del acreedor. VERDADERO. FALSO. El proceso concursal es inquisitivo porque los poderes y cargas de las partes se encuentran disminuidos, acentuandose el rol del juez, entran en juego intereses generales o publicos y por el lo indisponibles. sale de la esfera de los intereses particulares haciendo que la intromisión del estado, a través de los poderes conferidos a los jueces este justificada. VERDADERO. FALSO. La legislación concursal tiene normas de carácter imperativo porque la mayoría de las normas concursales no pueden ser dejadas sin efecto y prevalece sobre cualquier acuerdo en contrario de los particulares. VERDADERO. FALSO. |





