CONCURSO DE ASCENSOS POLICIALES 2025
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Título del Test:
![]() CONCURSO DE ASCENSOS POLICIALES 2025 Descripción: Concursa para Subcrio (2026) Rgto Sum.Adm- Dcto Nº0461/2015- Resol. Nº2372/2023 |



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¿Cuál es el objetivo principal del Régimen de Disciplina establecido por el Decreto Nº 461/2015?. Sancionar únicamente los delitos graves cometidos por policías, sin atender faltas menores. Prevenir y corregir el desempeño profesional policial, garantizando un funcionamiento eficaz, transparente y profesional de la policía provincial. Reemplazar la labor de los tribunales judiciales en casos de delitos comunes. Limitarse a aplicar penas económicas sin evaluar el comportamiento ni la reintegración del personal. ¿Qué se entiende por falta disciplinaria?. Una conducta que solo afecta a terceros fuera del ámbito policial, sin relación con los deberes del personal. Toda transgresión de los deberes u obligaciones por parte del personal policial, que puede ser leve o grave y requiere investigación y sanción. Una infracción exclusivamente penal, que debe ser juzgada por tribunales ordinarios y no por la policía. Un error administrativo menor que no requiere investigación ni medidas correctivas. ¿Cómo se clasifican las faltas disciplinarias?. Se clasifican solo como graves, sin distinguir su importancia o impacto. Se clasifican únicamente según el lugar donde se cometen (oficina, calle, comisaría). Se clasifican en faltas leves y faltas graves, determinando sanciones y procedimientos de investigación específicos. Se clasifican solo según la antigüedad del personal policial que las comete. ¿Qué principio garantiza que nadie puede ser sancionado sin un procedimiento previo?. Principio de eficacia inmediata. Principio de discrecionalidad policial. Principio de debido proceso, que asegura investigación y resolución transparente antes de sancionar. Principio de sanción automática. ¿Qué sucede con las causas que ya estaban en trámite cuando entra en vigencia la nueva reglamentación?. Se anulan automáticamente y deben iniciarse nuevamente. Continúan según la nueva reglamentación sin excepción. Continúan según la normativa vigente al momento en que comenzaron. Se suspenden hasta que el Ministerio de Seguridad lo determine. ¿Cuál de las siguientes es una sanción disciplinaria en el marco del procedimiento del Organismo Administrativo de Conducta Policial?. Archivo de las actuaciones. Suspensión de empleo hasta 30 días. Investigación preliminar. Designación de Fiscal. ¿Qué criterio se utiliza para graduar la sanción disciplinaria?. La antigüedad del personal policial exclusivamente. La gravedad del hecho, las circunstancias y la participación del agente. La decisión discrecional del superior sin necesidad de fundamentos. El tipo de procedimiento (sumario o información sumaria). ¿Qué derecho tiene el imputado durante el procedimiento disciplinario?. Derecho a ser oído y presentar descargos durante todo el procedimiento. Derecho a elegir la sanción que considere justa. Derecho a elegir la sanción que considere justa. Derecho a que el procedimiento se cierre automáticamente si no hay pruebas inmediatas. ¿Quién tiene la facultad de aplicar sanciones disciplinarias?. El Jefe inmediato del personal imputado. El Fiscal del Sumario. La autoridad jerárquica competente. Cualquier superior presente en el hecho. ¿Qué sucede si una conducta también constituye delito penal?. La conducta se sanciona solo penalmente y no disciplinariamente. La conducta puede ser investigada tanto disciplinaria como penalmente, sin que la sanción disciplinaria dependa de la resolución penal. La sanción disciplinaria se suspende hasta que haya sentencia penal firme. La conducta solo se analiza disciplinariamente si hay condena penal. Qué tipo de faltas afectan gravemente a la institución. Llegar tarde o incumplir horarios administrativos menores. Conductas que comprometen la disciplina, la seguridad y la confianza pública en la institución. Olvidar completar trámites internos sin consecuencias inmediatas. No asistir a reuniones de capacitación no obligatorias. ¿Qué principio implica que solo se sanciona lo previamente previsto?. Debido proceso. Legalidad. Eficiencia. Transparencia. ¿Qué garantiza el derecho a ser oído?. Que el personal policial pueda evitar cualquier sanción sin explicación. Que el personal imputado tenga la posibilidad de conocer los hechos, presentar descargos y aportar pruebas, influyendo en la graduación de la sanción. Que las sanciones se apliquen automáticamente según la gravedad de la falta. Que solo se tomen en cuenta las faltas leves y no las graves. ¿Qué ocurre ante la reincidencia en faltas disciplinarias?. La reincidencia no influye en la sanción y siempre se aplica la misma pena que en la primera falta. La reincidencia implica automáticamente la máxima sanción posible sin considerar el contexto. La reincidencia se considera un agravante para graduar la sanción, pudiendo aumentar su severidad según la gravedad de la nueva falta y respetando el debido proceso. La reincidencia solo se registra, pero no tiene efecto sobre la imposición de la sanción. ¿Qué busca preservar el régimen disciplinario?. Mantener únicamente la imagen pública de la Policía. Garantizar privilegios al personal jerárquico. Preservar la disciplina, integridad y eficiencia institucional de la Policía, asegurando la confianza pública y el correcto funcionamiento operativo. Facilitar la imposición de sanciones sin consideración de procedimiento. Ante la concurrencia de varias faltas disciplinarias en un mismo hecho, ¿qué criterio debe adoptar la autoridad para la sanción?. Aplicar la sanción más leve de todas las faltas para no exceder los límites legales. Sumar todas las sanciones posibles sin considerar proporcionalidad. Analizar cada falta, su gravedad y participación del personal, aplicando la sanción más adecuada de manera proporcional y considerando agravantes y atenuantes. Suspender el procedimiento hasta que cada falta pueda ser juzgada en un procedimiento separado. ¿Cómo debe proceder la superioridad frente a una falta que, por su naturaleza, compromete la imagen institucional aunque no cause un perjuicio material concreto?. Ignorar la falta si no genera daño material, ya que solo se sancionan los perjuicios tangibles. Aplicar directamente la sanción máxima sin investigar, por afectar la imagen institucional. Iniciar el procedimiento disciplinario, evaluar la gravedad, la participación del personal y posibles agravantes o atenuantes, aplicando una sanción proporcional. Esperar a que se repita la conducta para poder sancionar, ya que una sola acción sin daño físico no es relevante. En el marco del procedimiento disciplinario, ¿qué alcance tiene el principio de verdad material?. La autoridad solo puede basarse en las declaraciones del imputado para dictar sanción. La sanción se define únicamente por las normas previamente establecidas, sin importar la prueba. Se busca determinar la realidad de los hechos a través de la prueba reunida, garantizando que la sanción corresponda a lo realmente ocurrido. La sanción se impone automáticamente cuando existe denuncia, sin necesidad de investigación. ¿Cuál es el alcance de la responsabilidad disciplinaria respecto de la jerarquía del agente?. Solo los agentes de menor jerarquía son responsables de sus faltas. Todos los integrantes del personal policial, sin importar su jerarquía, pueden ser sancionados por faltas disciplinarias. Solo los oficiales superiores pueden ser sancionados, mientras que el personal subalterno queda exento. La responsabilidad se limita a los agentes directamente involucrados en el hecho, sin considerar su jerarquía ni mando. ¿Qué principio limita la discrecionalidad de la autoridad disciplinaria al momento de imponer sanciones?. Principio de oportunidad. Principio de proporcionalidad. Principio de celeridad. Principio de iniciativa administrativa. ¿Cuál es la finalidad de las medidas preventivas dentro del procedimiento disciplinario?. Restringir derechos del personal sin justificación. Suspender automáticamente al personal mientras dure la investigación. Preservar la integridad del procedimiento y de la institución. Evitar que el personal imputado presente descargos. En relación a la carga de la prueba en el procedimiento disciplinario, ¿qué criterio rige?. La carga de la prueba recae exclusivamente sobre el imputado, quien debe demostrar su inocencia. La autoridad disciplinaria debe reunir y evaluar todas las pruebas pertinentes para establecer la responsabilidad del personal, siendo la carga de la prueba de carácter institucional. No se requiere prueba escrita; basta la palabra de testigos para sancionar al personal. La carga de la prueba se comparte equitativamente entre la autoridad y el imputado, sin prioridad de ninguna parte. |




