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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEConsejo social de la universidad

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Título del test:
Consejo social de la universidad

Descripción:
Ley orgánica 6/2001-Estatutos USC-Resolución 25/2021

Autor:
Msrrr
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Fecha de Creación:
18/03/2022

Categoría:
Oposiciones

Número preguntas: 4
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Temario:
De acuerdo con la ley orgánica de universidades le corresponde al Consejo Social: la supervisión de las actividades de carácter económico de la universidad y del rendimiento de sus servicios y promover la colaboración de la sociedad en la financiación de la universidad. aprobará un plan anual de actuaciones destinado a promover las relaciones entre la universidad y su entorno cultural, política, económico y social al servicio de la calidad de la actividad universitaria le corresponde la aprobación del presupuesto y de la programación plurianual de la Universidad, a propuesta del Claustro. Ninguna es correcta.
De acuerdo con la ley orgánica de universidades le corresponde al Consejo Social en cuanto a su composición y funciones: La Ley de la Comunidad Autónoma regulará la composición y funciones del Consejo Social y la designación de sus miembros de entre personalidades de la vida cultural, política , económica, profesional y social, que no podrán ser miembros de la propia comunidad universitaria La Ley de la Comunidad Autónoma regulará la composición y funciones del Consejo Social y la designación de sus miembros de entre personalidades de la vida cultural, profesional, económica, laboral y social, que no podrán ser miembros de la propia comunidad universitaria La Ley de la Comunidad Autónoma regulará la composición y funciones del Consejo Social y la designación de sus miembros de entre personalidades de la vida cultural, profesional, económica, laboral y social, que podrán ser miembros de la propia comunidad universitaria La Ley de la Comunidad Autónoma regulará la composición y funciones del Consejo Social y la designación de sus miembros de entre personalidades de la vida cultural, profesional, económica, laboral y social, que podrán ser miembros de la propia comunidad universitaria o representantes del Gobierno de la Comunidad Autónoma.
De acuerdo con la ley orgánica de universidades le corresponde al Consejo Social en cuanto a su composición: Serán, no obstante, miembros del Consejo Social, el Rector, el Secretario General y el Gerente, así como un profesor, un estudiante y un representante del personal de administración y servicios, elegidos por la Comunidad Autónoma de entre sus miembros. El Presidente del Consejo Social será nombrado por la Comunidad Autónoma en la forma que determine la Ley respectiva. Serán, no obstante, miembros del Consejo Social, el Rector y el Secretario General, así como un profesor, un estudiante y un representante del personal de administración y servicios, elegidos por el Consejo de Gobierno de entre sus miembros. El Presidente del Consejo Social será nombrado por la Comunidad Autónoma en la forma que determine la Ley respectiva. Serán, no obstante, miembros del Consejo Social, el Rector, el Secretario General y el Gerente, así como un profesor, un estudiante y un representante del personal de administración y servicios, elegidos por el Consejo de Gobierno de entre sus miembros. El Presidente del Consejo Social será nombrado por la Comunidad Autónoma en la forma que determine la Ley respectiva. Serán, no obstante, miembros del Consejo Social, el Rector, el Secretario General y el Gerente, así como un profesor, un estudiante y un representante del personal de administración y servicios, elegidos por el Consejo de Gobierno de entre sus miembros. El Presidente del Consejo Social será nombrado por la Consejo de Gobierno en la forma que determine el Estatuto respectivo.
De acuerdo con la resolución 25/2021 le corresponde al Consejo Social en cuanto a sus funciones: (señala la falsa): Aprobar, en el marco de las líneas generales acordadas por el Claustro, el proyecto de presupuesto anual y sus bases de ejecución. Aprobar la programación plurianual de la Universidad a propuesta del Consejo de Gobierno, una vez aprobadas las líneas generales de la referida programación por parte del Claustro. Aprobar, con carácter previo a su rendición ante el órgano de fiscalización correspondiente, las cuentas anuales de la USC y conocer las cuentas de las entidades públicas o privadas vinculadas o dependientes de ella. Aprobar las modificaciones de crédito que le correspondan en los términos previstos en este reglamento, así como otras posibles operaciones sobre el presupuesto con el alcance y contenido que anualmente se determine en los presupuestos generales de la Xunta de Galicia.
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