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Constitución Española 1978

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Título del Test:
Constitución Española 1978

Descripción:
2 (Título Preliminar-artículo 9)

Fecha de Creación: 2010/10/25

Categoría: Otros

Número Preguntas: 20

Valoración:(27)
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Temario:

Artículo 1: España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho. España se constituye en un País social y democrático de Derecho.

Artículo 1: Valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político. Valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad, el respeto y el pluralismo político.

Artículo 1: La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado. La soberanía nacional reside en el Rey, del que emanan los poderes del Estado.

Artículo 1: La forma política del Estado Español es la Monarquía parlamentaria. La forma política del Estado Español es el Monarquía absoluta.

Artículo 2: La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patría común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas. La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patría común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la igualdad entre todas ellas.

Artículo 3: El castellano es la lengua española oficial del Estado. El español es la lengua española oficial del Estado.

Artículo 3: En cuanto a la lengua del Estado. Todos los españoles tienen el deber de conocerla y el derecho a usarla. Todos los españoles tienen el deber de usarla y el derecho a conocerla.

Artículo 4: La bandera de España está formada por tres franjas horizontales, roja, amarila y roja, siendo la amarilla de doble anchura que cada una de las rojas. La bandera de España está formada por tres franjas verticales, amarilla, roja y amarilla, siendo la roja de doble anchura que cada una de las rojas.

Artículo 4: Los estatutos podrán reconocer banderas y enseñas propias de las Comunidades Autónomas. Estas se utilizarán junto a la bandera de España en sus edificios públicos y en sus actos oficiales. Los estatutos podrán reconocer banderas y enseñas propias de las Comunidades Autónomas. Estas se utilizarán junto a la bandera autonómica en sus edificios públicos y en sus actos oficiales.

Artículo 5: La capital del Estado es la villa de Madrid. La capital del Estado es la ciudad de Madrid.

Artículo 6: Los partidos políticos expresan el pluralismo político, concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular y son instrumento fundamental para la participación política. Los sindicatos de trabajadores y las asociaciones empresariales contribuyen a la defensa y promoción de los intereses económicos y sociales que les son propios.

Artículo 6: La creación y el ejercicio de su actividad de los partidos políticos son libres dentro del respeto a la Constitución y a la Ley. La creación y el ejercicio de su actividad de los sindicatos de trabajadores y las asociaciaciones empresariales son libres dentro del respeto a la Constitución y a la Ley.

Artículo 7: Los partidos políticos expresan el pluralismo político, concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular y son instrumento fundamental para la participación política. Los sindicatos de trabajadores y las asociaciones empresariales contribuyen a la defensa y promoción de los intereses económicos y sociales que les son propios.

Artículo 7: La creación y el ejercicio de su actividad de los partidos políticos son libres dentro del respeto a la Constitución y a la Ley. La creación y el ejercicio de su actividad de los sindicatos de trabajadores y las asociaciaciones empresariales son libres dentro del respeto a la Constitución y a la Ley.

Artículo 6: La estructura interna y funcionamiento de los partidos políticos deberán ser democráticos. La estructura interna y funcionamiento de los sindicatos de trabajadores y asociaciones empresariales deberán ser democráticos.

Artículo 7: La estructura interna y funcionamiento de los partidos políticos deberán ser democráticos. La estructura interna y funcionamiento de los sindicatos de trabajadores y asociaciones empresariales deberán ser democráticos.

Artículo 8: Las Fuerzas Armadas, constituidas por el Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire. Las Fuerzas Armadas, constituidas por el Ejército de Tierra, la Ejército Naval y el Ejército del Aire.

Artículo 8: Las Fuerzas Armadas tienen como misión garantizar la soberanía e independencia de España. Las Fuerzas Armadas tienen como misión garantizar la soberanía e independencia del Estado.

Artículo 8: Las Fuerzas Armadas tienen como misión defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional. Una Ley ordinaria regulará las bases de la organización militar conforme a los principios de la presente Constitución.

Artículo 8: Las Fuerzas Armadas tienen como misión velar por su integridad territorial y el ordenamiento constitucional. Una Ley orgánica regulará las bases de la organización militar conforme a los principios de la presente Constitución.

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