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Constitución Española

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Título del Test:
Constitución Española

Descripción:
Artículo 20

Fecha de Creación: 2024/10/20

Categoría: Oposiciones

Número Preguntas: 15

Valoración:(1)
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Temario:

¿Qué derecho se reconoce en el apartado 1.a del artículo 20?. A la propiedad privada. A expresar y difundir libremente pensamientos, ideas y opiniones. A la educación gratuita. A la libre circulación.

¿Qué tipo de creación se protege en el apartado 1.b del artículo 20?. Solo la creación literaria. Creación literaria, artística, científica y técnica. Solo la creación científica. Solo la creación artística.

¿Qué libertad se garantiza en el apartado 1.c del artículo 20?. Libertad de cátedra. Libertad de prensa. Libertad de reunión. Libertad de expresión.

¿Qué derecho se reconoce en el apartado 1.d del artículo 20?. A comunicar y recibir información veraz. A trabajar en cualquier sector. A recibir atención sanitaria gratuita. A acceder a la educación superior.

¿Qué regulará la ley en relación con el ejercicio de los derechos de información?. El acceso a la información. La cláusula de conciencia y el secreto profesional. Los requisitos de la profesión periodística. Los medios de comunicación privados.

¿Cuál es el límite del ejercicio de los derechos mencionados en el artículo 20?. El respeto a los derechos de propiedad. El respeto a los derechos reconocidos en este Título y en las leyes que lo desarrollen. El respeto a las normas de urbanismo. El respeto a las políticas gubernamentales.

¿Qué derechos se deben respetar especialmente en el ejercicio de las libertades del artículo 20?. Derecho al trabajo. Derecho a la propiedad. Derecho al honor, a la intimidad, a la propia imagen y a la protección de la juventud y de la infancia. Derecho a la libertad de movimiento.

¿Puede restringirse el ejercicio de estos derechos mediante censura previa?. Sí, en casos de seguridad nacional. Sí, siempre que lo decida el gobierno. No, el ejercicio de estos derechos no puede restringirse mediante censura previa. Sí, pero solo en medios de comunicación privados.

¿Qué garantiza el artículo 20 respecto a los medios de comunicación social dependientes del Estado?. Su libre funcionamiento sin control alguno. La organización y el control parlamentario de los medios. Que sean gestionados solo por el gobierno. Que no sean utilizados por grupos políticos.

¿Qué se garantiza a los grupos sociales y políticos significativos en relación con los medios de comunicación?. Acceso a dichos medios respetando el pluralismo. Derecho a gestionar los medios estatales. Libertad para censurar contenidos. Prioridad en la creación de medios privados.

¿Qué se necesita para secuestrar publicaciones, grabaciones u otros medios de información?. Una decisión del gobierno. Una orden de la policía. Una resolución judicial. Una petición del público.

¿Qué tipo de información se puede comunicar y recibir libremente según el artículo 20?. Solo información cultural. Información de cualquier tipo, siempre que sea veraz. Solo información de carácter educativo. Información deportiva.

¿Qué límite establece el artículo 20 sobre el uso de los medios de reproducción de ideas y opiniones?. No se puede usar en redes sociales. El respeto a los derechos de los demás y las leyes que lo desarrollen. Solo puede utilizarse en el ámbito académico. Solo puede usarse en publicaciones autorizadas.

¿Qué se garantiza a los ciudadanos en relación con los medios de comunicación estatales?. Que puedan controlarlos directamente. Que el gobierno los administre exclusivamente. El acceso a ellos en igualdad de condiciones, respetando el pluralismo. Que puedan publicar en ellos sin restricción.

¿Qué prohíbe el artículo 20 respecto a la censura?. La censura previa. La censura de publicaciones privadas. La censura de la televisión pública. La censura de material audiovisual.

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