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CONSUMO UNED 23

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Título del Test:
CONSUMO UNED 23

Descripción:
ARTÍCULOS 128-138, ARTÍCULOS 139-149

Fecha de Creación: 2023/05/23

Categoría: Otros

Número Preguntas: 27

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¿Quién puede ser indemnizado por daños? (art. 128). Todo perjudicado tiene derecho a ser indemnizado en los términos establecidos. Las acciones reconocidas en este libro afectan a otros derechos que elperju dicado pueda tener. Todo perjudicado no podrá ser indemnizado si tiene acciones reconocidas a otros derechos.

Complete la frase: En el ámbito de la protección... (art. 129). El régimen de responsabilidad previsto en este libro no comprende los daños personales. El régimen de responsabilidad previsto en este libro entiende y comprende los daños personales. El régimen de responsabilidad previsto en este libro comprende los daños personales, incluida la muerte.

¿Cuándo son ineficaces las cláusulas de exoneración o limitación de la responsabilidad? (art. 130). Son eficaces frente al perjudicado las cláusulas de exoneración o limitación. Son ineficaces frente al perjudicado las cláusulas de exoneración o limitación. Son realmente eficaces frente al perjudicado las cláusulas de exoneración o limitación.

¿El seguro es obligatorio? Cuando lo determine: (art. 131). El Gobierno, previa audiencia de los interesados y de las asociaciones de consumidores y usuarios, podrá establecer un sistema de seguro obligatorio. No será obligatorio. Nunca será obligatorio.

¿Qué es la responsabilidad solidaria? (art. 132). Son las personas responsables del mismo daño y lo serán solidariamente ante los perjudicados. Son las personas responsables del mismo daño y no serán solidariamente ante los perjudicados. Son las personas responsables del mismo daño y nunca lo serán solidariamente ante los perjudicados.

¿Qué significa la intervención de un tercero en RC? (art. 133). La responsabilidad prevista no se reducirá cuando el daño no sea causado conjuntamente por un defecto del bien o servicio y por la intervención de un tercero. La responsabilidad prevista no se reducirá cuando el daño sea causado conjuntamente por un defecto del bien o servicio y por la intervención de un tercero. La responsabilidad prevista no se realizara cuando el daño no sea causado conjuntamente por un defecto del bien o servicio y por la intervención de un tercero.

Retraso en el pago de la indemnización. (art. 134). El beneficiario de las indemnizaciones, tiene derecho a una compensación, sobre la cuantía de la indemnización, pero no por los daños contractuales y extracontractuales durante el tiempo que transcurra desde la declaración judicial de responsabilidad hasta su pago efectivo. Dicha compensación no está determinada todavía en la LEC. El beneficiario de las indemnizaciones, tiene derecho a una compensación, sobre la cuantía de la indemnización, por los daños contractuales y extracontractuales durante el tiempo que transcurra desde la declaración judicial de responsabilidad hasta su pago efectivo.

¿Qué es el principio general de los productores? (art. 135). Los productores serán responsables de los daños causados por los defectos de los productos que importen. Los productores solo serán responsables de los daños causados por los defectos de los productos que fabriquen. Los productores serán responsables de los daños causados por los defectos de los productos que respectivamente, fabriquen o importen.

¿Qué es el concepto legal de producto? (art.136). Se considera producto cualquier bien mueble, aún cuando esté unido o incorporado a otro bien mueble o inmueble, así como el y la electricidad. Se considera producto cualquier bien mueble, y que no esté unido o incorporado a otro bien mueble o inmueble. Ninguna de las dos son correctas.

¿Cómo podemos definir el concepto legal del producto defectuoso? (art. 137). Se entenderá producto defectuoso aquel que no ofrezca la seguridad que cabría legítimamente esperar, teniendo en cuenta todas las circunstancias. Un producto es defectuoso si no ofrece la seguridad normalmente ofrecida por los demás ejemplares. Las respuestas a y b son correctas.

¿Cómo podemos definir el concepto legal del productor? (art. 138). Además del definido el art. 5, el fabricante o importador en la UE de un producto terminado, cualquier elemento integrado en un producto terminado y una materia prima. Además del definido el art. 5, el importador en la UE de un producto terminado, cualquier elemento integrado en un producto terminado y una materia prima. Además del definido el art. 5, el fabricante en la UE de un producto terminado, cualquier elemento integrado en un producto terminado y una materia prima.

Según el artículo 139 de RDL 1/2007, el perjudicado que pretenda obtener la reparación de los daños causados tendrá que: Probar el defecto, el daño y la relación de causalidad. Acreditar los daños causados para poder realizar la reclamación. Probar solo la causa que ha producido el daño.

El productor no será responsable si prueba, entre otras causas de exoneración de responsabilidad,... (señale la incorrecta). Que el defecto se debió a que le producto fue elaborado conforme a la normas imperativas existentes. Que había puesto en circulación el producto. Que el estado de los conocimientos científicos y técnicos existentes en el momento de la puesta en circulación no permitía apreciar la existencia del defecto.

La responsabilidad civil del productor por los daños causados por productos defectuosos, se ajustará a una de estas reglas. De la cuantía de la indemnización de los daños materiales se deducirá una franquicia de 1500,00 euros. De la cuantía de la indemnización de los daños materiales se deducirá una franquicia de 1000,00 euros. De la cuantía de la indemnización de los daños materiales se deducirá una franquicia de 500,00 euros.

La responsabilidad civil del productor por los daños causados por productos defectuosos, se ajustará a una de estas reglas (señale la correcta). La responsabilidad global del productor por muerte y lesiones personales causadas por productos idénticos que presenten el mismo defecto tendrá como límite la cuantía de 73.106.270,96 euros. La responsabilidad global del productor por muerte y lesiones personales causadas por productos idénticos que presenten el mismo defecto tendrá como límite la cuantía de 53.106.270,96 euros. La responsabilidad global del productor por muerte y lesiones personales causadas por productos idénticos que presenten el mismo defecto tendrá como límite la cuantía de 63.106.270,96 euros.

Los daños materiales en el propio producto... Serán indemnizables conforme a lo dispuesto en el Capítulo I del RDL 1/2007, DE 16 DE NOVIEMBRE. No serán indemnizables conforme a lo dispuesto en el Capítulo I del RDL 1/2007, DE 16 DE NOVIEMBRE. Darán derecho al perjudicado a ser indemnizado conforme a la legislación civil y social.

La acción de reparación de los daños y perjuicios previstos en el artículo 143 del Capítulo I del RDL 1/2007 DE 16 DE NOVIEMBRE, prescribirá... A los 3 años, desde la fecha en que el perjudicado sufrió el perjuicio. A los 2 años, desde la fecha en que el perjudicado sufrió el perjuicio. Al año, desde la fecha en que el perjudicado sufrió el perjuicio.

La acción del que hubiese satisfecho la indemnización contra todos los demás responsables del daño prescribirá,... A los 3 años, desde el día del pago de la indemnización. A los 2 años, desde el día del pago de la indemnización. Al año, desde el día del pago de la indemnización.

La interrupción de la prescripción se rige por lo establecido... En la Ley 39/2015. En el Código Civil. En el Artículo 51 de la Constitución.

¿Es en algún caso responsable el proveedor del producto?. No, no puede ser responsable en ningún caso. Si, cuando haya suministrado el producto a sabiendas de la existencia del defecto. Si, aunque se le exigirá menos responsabilidad que el productor.

En el caso de que un proveedor suministre un producto a sabiendas de que tiene algún defecto, este podrá. Ejercitar la acción de exoneración contra el productor. Ejercitar la acción de responsabilidad contra el productor. Ejercitar la acción de repetición contra el productor.

En lo que respecta a la responsabilidad de los prestadores de servicios. Serán responsables de los daños y perjuicios causados a los consumidores y usuarios, salvo que prueben que han cumplido las diligencias que se exigen según la naturaleza del servicio. Serán responsables de los daños y perjuicios causados a los consumidores y usuarios, salvo que prueben que han cumplido las exigencias y requisitos establecidos por ley y los demás cuidados y diligencias que exige la naturaleza del servicio. Serán responsables de los daños y perjuicios causados a los consumidores y usuarios, salvo que prueben que han cumplido las exigencias y requisitos reglamentariamente establecidos y los demás cuidados y diligencias que exige la naturaleza del servicio.

Según el art. 148 del RDL 1/2007 DE 16 DE NOVIEMBRE, se responderá de los daños originados en el correcto uso de los servicios, cuando por su propia naturaleza, o por estar así reglamentariamente establecido, incluyan necesariamente la garantía de niveles determinados de eficacia o seguridad, en condiciones............... de determinación, y supongan controles técnicos, profesionales o sistemáticos de calidad, hasta llegar en debidas condiciones al consumidor y usuario. Objetivas. Subjetivas. Superiores.

En todo caso, se consideran sometidos al régimen especial de responsabilidad (señale la incorrecta). Servicios sanitarios. Servicios de construcción de viviendas. Servicios de revisión.

Sin perjuicio de lo establecido en otras disposiciones legales, las responsabilidades dentro del régimen especial tendrán como límite la cuantía de... 3.005.060.52. 3.500.060,52. 3.050.060,52.

Les será de aplicación a quienes construyan o comercialicen viviendas, en el marco de una actividad empresarial. El Régimen general de responsabilidad, por los daños ocasionados por defectos de la vivienda que no estén cubiertos por un régimen legal especial. El Régimen específico de responsabilidad, por los daños ocasionados por defectos de la vivienda que no estén cubiertos por un régimen legal especial. El Régimen especial de responsabilidad, por los daños ocasionados por defectos de la vivienda que no estén cubiertos por un régimen legal específico.

¿Es posible reducir o suprimir responsabilidad en caso de daño causado?. No, siempre es responsable el productor. Si, en función de las circunstancias del caso, si se hubiera producido por culpadel perjudicado. Si, en función de las circunstancias del caso, si se hubiera producido conjuntamente a un defecto del producto y a culpa del perjudicado.

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