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Título del Test:
contratos

Descripción:
LEY 9/2017

Fecha de Creación: 2018/09/04

Categoría: Oposiciones

Número Preguntas: 18

Valoración:(22)
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Según la LCSP la clasificación de los empresarios será exigible para contratar: Contratos de servicios cuyo valor estimado sea igual o superior a 500.000 €, será indispensable que el empresario se encuentre debidamente clasificado como contratista de obras de las AAPP. En todos los contratos de obras será requisito indispensable que el empresario se encuentre debidamente clasificado como contratista de obras de las AAPP. En los contratos de servicios cuyo valor estimado sea igual o superior a 100.000 € será requisito indispensable que el empresario se encuentre debidamente clasificado como contratista de obras de las AAPP. En los contratos de obras cuyo valor estimado sea igual o superior a 500.000 € será requisito indispensable que el empresario se encuentre debidamente clasificado como contratista de obras de los poderes adjudicadores.

Según la LCSP en la concesión de OOPP el importe de la garantía definitiva se calculará sobre el precio final ofertado ¿cuál es el porcentaje a aplicar?. 5 %. en estos contratos no es necesaria garantía definitiva. 20 %. 3 %.

¿Cuál de las siguientes clases de contrato administrativo estaría indebidamente formulada?. Los contratos de obras tienen por objeto entre otros la ejecución de una obra. los contratos de concesión de servicios tienen por objeto la realización por el concesionarios de la restauración y reparación de construcciones existentes, así como la conservación y mantenimiento de los elementos construidos. los contratos de suministro tienen por objeto la adquisición, el arrendamiento financiero o el arrendamiento, con o sin opción a compra. los contratos de servicios son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad.

De conformidad con la LCSP en relación a los contratos menores: Se consideran contratos menores los de valor estimado inferior a 50.000 € cuando se trate de obras o a 15.000 € cuando se trate de contratos de servicios y suministros. Se consideran contratos menores los de valor estimado inferior a 40.000 € cuando se trate de obras o a 15.000 € cuando se trate de contratos de servicios y suministros. la tramitación del expediente únicamente exigirá la aprobación del gasto y la incorporacio´n al mismo de la factura correspondiente. ninguna de las anteriores es correcta.

Tendrán consideración de contratos privados de la administración: los celebrados por entidades sel sector público que siendo poder adjudicador reúnan la condición de AAPP. Los celebrados por entidades del sector público que no reúnan la condición de poder adjudicador. los que se rijan en cuanto a su preparación y adjudicación directamente por las normas de derecho privado. ninguna es cierta.

El art. 36 de la LCSP establece que los contratos que celebren los poderes adjudicadores, a excepción de los contratos menores y de los contratos basados en un acuerdo marco y los contratos específicos en el marco de un sistema dinámico de adquisición, se perfeccionan: con la adjudicación provisional. con la adjudicación definitiva. con su formalización. con su publicación.

El art. 82 de la LCSP establece que el plazo de vigencia de la clasificación de empresas será: de un año. de tres años para el mantenimiento de la solvencia económica y financiera y de dos años para la solvencia técnica y profesional. indefinida en tanto se mantengan por el empresario las condiciones y circunstancias en que se basó si concesión. de tres años.

de conformidad con lo establecido en el art. 12 de la LCSP No se clasifican de acuerdo con las normas contenidas en la sección 1ª del capítulo II del título preliminar: los contratos de concesión de servicios. los contratos de arrendamiento. los contratos de concesión de obras. los contratos de suministro.

Según el art. 27 de la LCSP el orden jurisdiccional civil será competente para resolver las cuestiones: relativas a la preparación de los contratos administrativos. que se susciten en relación con la adjudicación de los contratos privados de las AAPP. Relativas a la preparación y adjudicación de los contratos de entidades del sector público que no tengan carácter de poderes adjudicadores. referidas a los efectos y extinción de los contratos que celebren las entidades del sector público que no tengan carácter de poder adjudicador.

de conformidad con lo establecido en el art. 35 de la LCSP los documentos en los que se formalicen los contratos que celebren las entidades del sector público No podrán incluir: Estipulaciones que establezcan los derechos y obligaciones para las partes distintos de los previstos en los pliegos. la acreditación de la capacidad de los firmantes para subscribir el contrato. la identificación de las partes. las condiciones de pago.

Señala la respuesta correcta respecto del perfil del contratante de acuerdo con lo establecido en el art. 63 de la LCSP: El acceso a la información del perfil del contratante requerirá identificación previa. toda la información contenida en los perfiles de contratante permanecerá accesible al público durante un período de tres años. los órganos de contratación difundirán exclusivamente a través de Internet su perfil de contratante. la publicación de la información relativa a los contratos menores deberá realizarse al menos anualmente.

de conformidad con los establecido en el art. 99 de la LCSP señale la respuesta correcta respecto al objeto de los contratos del sector público: podrá fraccionarse con la finalidad de disminuir la cuantía del mismo. no podrá dividirse en lotes. deberá ser determinado. siempre tendrá que cerrarse en una solución única.

Según la LCSP en todo caso se ha de publicar en el perfil del contratante: la adjudicación del contrato. la formalización del contrato. el orden de inicio del contrato. la aprobación del expediente.

Conforme a la LCSP los criterios que han de servir de base para la adjudicación del contrato: Se determinarán por el órgano de contratación y se detallarán en el pliego de cláusulas administrativas y no es necesario que se publiquen en el anuncio de licitación. se determinarán por el órgano de contratación y se detallarán en el pliego de prescripciones técnicas y en el anuncio de licitación. se determinaran por el coordinador de obra y se detallarán en el anuncio y en el pliego de prescripciones técnicas. se determinarán por el órgano de contratación y se detallarán en el anuncio y en los pliegos de cláusulas administrativas particulares.

Dentro de las causas genéricas de resolución de los contratos que establece la LCSP es causa de resolución del contrato la falta de pago por parte de la Administración en el plazo superior de: 6 meses. 2 meses. 10 meses. 8 meses.

Según la LCSP se permite el plago aplazado?. Si se permite en todos los casos. Cuando lo autorice expresamente el órgano de contratación en el pliego de clausulas administrativas y se publique en el anuncio de licitación. Se prohíbe el pago aplazado del precio en los contratos de las Administraciones Públicas, excepto en los supuestos en que el sistema de pago se establezca mediante la modalidad de arrendamiento financiero o de arrendamiento con opción de compra, así como en los casos en que esta u otra Ley lo autorice expresamente. Se permite el pago aplazado del precio en los contratos de las Administraciones Públicas, excepto en los supuestos en que el sistema de pago se establezca mediante la modalidad de arrendamiento financiero o de arrendamiento con opción de compra, así como en los casos en que esta u otra Ley lo autorice expresamente.

En los casos en que el único criterio a considerar para seleccionar al adjudicatario del contrato sea el precio, la adjudicación deberá recaer en el plazo máximo de: 5 días a contar desde el siguiente a la apertura de proposiciones. 15 días a contar desde el siguiente a la apertura de proposiciones. 25 días a contar desde el siguiente a la apertura de proposiciones. 30 días a contar desde el siguiente a la apertura de proposiciones.

Al procedimiento abierto se han presentados varias empresas, entre ellas una UTE ¿Pueden contratar las UTEs con la Administración?. Si, podrán contratar con el sector público las UTES que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la aprobación del expediente por el órgano de contratación. Si, podrán contratar con el sector público las UTES que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor por el órgano de contratación. Si, y no es necesaria su constitución temporal para el contrato si ya han sido adjudicatarias de otras licitaciones. ninguna respuesta es correcta.

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