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Contratos y Fiscalidad - Tema 1 B

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Título del Test:
Contratos y Fiscalidad - Tema 1 B

Descripción:
Aspectos generales de la contratación privada

Fecha de Creación: 2022/08/26

Categoría: Otros

Número Preguntas: 12

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1. ¿Cuál es la principal norma en materia de consumo y que rige en todo el territorio del Estado, sin perjuicio de que cada territorio o comunidad autónoma pueda, a su vez, desarrollar la suya propia (en cuyo caso, la estatal pasará ser supletoria)?. a. El Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias (TRLGDCU). b. El Real Decreto Legislativo 2/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias (TRLGDCU). c. El Real Decreto Legislativo 1/2007, de 26 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias (TRLGDCU). d. El Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y otras leyes complementarias (TRLGDCU).

2. En el art. 8.d TRLGDCU tiene especial importancia lo referente al proceso de información del consumidor, dirigido a salvaguardarles de posibles abusos, que se considera un derecho básico de dicho consumidor. a. Verdadero. b. Falso.

3. En lo relativo al proceso de información del consumidor, se introduce la fase precontractual (excepción al derecho común y mercantil) regulando los momentos previos a la perfección del contrato en el ámbito de los consumidores. La infracción de esta obligación previa de aportar información fiable por parte del empresario puede generar graves consecuencias en el contrato (incluso su anulación, como ha sucedido recientemente en España con el asunto de las preferentes: los tribunales anularon estos contratos, porque al no estar suficientemente informados los contratantes, se apreció inexistencia de consentimiento, y, por lo tanto, nulidad radical del contrato. a. Verdadero. b. Falso.

4. El art. 20 TRLGDCUT hace referencia a: a. El sometimiento de las prácticas mercantiles a lo dispuesto en prácticas comerciales de naturaleza contractual. b. El sometimiento de los contratos celebrados con consumidores a la Ley sobre condiciones generales de la contratación. c. Las llamadas cláusulas abusivas y el carácter vinculante de la publicidad y la oferta. d. Todas son correctas.

5. En la introducción de l A partir del art. 59, la TRLGDCU: a. Desgrana una serie de exigencias que, es evidente, modifican en gran manera el proceso de formación de la voluntad, y el desarrollo del contrato, al menos tal y como se entendían estos tradicionalmente. b. Desgrana una serie de exigencias que, es evidente, modifican en gran manera el proceso de formación de la voluntad. c. Desgrana una serie de exigencias que, es evidente, modifican en gran manera el proceso de formación de la voluntad, y el desarrollo del contrato. d. Desgrana una serie de exigencias que, es evidente, modifican en gran manera el proceso de formación de la voluntad, y el desarrollo del contrato, al menos tal y como se entienden estos actualmente.

6. Por su parte, los arts. 68 a 79 TRLGDCU regulan un importante instrumento de protección que se aparta también de los principios generales y, en particular, del tradicional pacta sunt servanda: el desistimiento. a. Verdadero. b. Falso.

7. Los arts. 80 a 91 TRLGDCU se refieren a las condiciones generales, es decir, cláusulas no negociadas individualmente y a las cláusulas abusivas. a. Verdadero. b. Falso.

8. En el ámbito de la contratación entre ausentes hay que destacar dos especialidades: a. La regulación de esta materia contenida en los arts. 92 a 96 TRLGDCU, en concreto, las nuevas modalidades de contratación a distancia que introduce el art. 92.2 TRLGDCU (los impresos, las cartas normalizadas, los catálogos, los cupones impresos en los periódicos, etc.). El TRLGDCU no modifica el régimen de la contratación entre ausentes ya visto: se limita a regular las garantías de los consumidores en esta cuestión. b. La regulación de la venta a distancia de la LOCM (Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista), cuyo art. 38 LOCM considera «ventas a distancia las celebradas sin la presencia física simultánea del comprador y del vendedor, siempre que su oferta y aceptación se realicen de forma exclusiva a través de una técnica cualquiera de comunicación a distancia y dentro de un sistema de contratación a distancia organizado por el vendedor». c. La regulación de esta materia contenida en los arts. 92 a 96 TRLGDCU, en concreto, las nuevas modalidades de contratación a distancia que introduce el art. 92.2 TRLGDCU (los impresos, las cartas normalizadas, los catálogos, los cupones impresos en los periódicos, etc.). El TRLGDCU modifica el régimen de la contratación entre ausentes ya visto: regular las garantías de los consumidores en esta cuestión. d. A y B son correctas.

9. La contratación internacional, en el ámbito del derecho mercantil, ha experimentado una notable caida tras la caída del Muro de Berlín y la llegada de un nuevo orden económico y social, identificado con el término «globalización». El derecho internacional no es, hoy por hoy, un campo de renovación jurídica, en donde encuentran inspiración los principales movimientos unificadores del derecho de contratos. a. Verdadero. b Falso.

10. La contratación internacional descansa en la voluntad de las partes, que se impone sobre cualesquiera otras normas. Sin perjuicio de esto, es muy frecuente que las partes se sometan, en todo o en parte -esta es una de las características propias de este ámbito-, a una normativa que, con frecuencia, son los principios Unidroit. a. Verdadero. b. Falso.

11. Del ordenamiento en contratación internacional destacan algunos principios propios como: a. La aformalidad y la tendencia a simplificar las cuestiones dogmáticas en favor de una mayor practicidad. b. El uso de los International Commercial Terms (Incoterms), o sea, de fórmulas predispuestas de contratación, que eviten problemas de interpretación. c. La posibilidad de acogerse a una normativa, pero solo parcialmente, etc. d. Todas son correctas.

12. Todo contrato debe contener ciertos elementos para que surta plenos efectos jurídicos. Entre estos elementos, podemos distinguir entre: a. Elementos esenciales (que son tres, a saber: consentimiento, objeto y causa), sin los cuales no podrá existir el contrato (art. 1261 CC. «No hay contrato sino cuando concurren los requisitos siguientes: 1.º Consentimiento de los contratantes; 2.º Objeto cierto que sea materia del contrato; 3.º Causa de la obligación que se establezca»). b. Elementos naturales (por ejemplo, el precio en la compraventa), propios e imprescindibles para cada categoría de contrato, pero no necesariamente de todas las figuras contractuales. c. Elementos accidentales (plazo y condición), que podrán o no incorporarse al contrato, dependiendo de la autonomía de la voluntad de las partes. d. Todas las respuestas son correctas.

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