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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEContratos de obras.

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Título del test:
Contratos de obras.

Descripción:
Ley 9/2017 Contratos del Sector Público.

Autor:
AVATAR

Fecha de Creación:
31/01/2020

Categoría:
Oposiciones

Número preguntas: 54
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Temario:
Son contratos sujetos a una regulación armonizada (SARA) los contratos de obras , siempre que la entidad contratante tenga el carácter de poder adjudicador , cuyo valor estimado sea : Igual o superior a 5.584.000 euros. Igual o inferior a 5.584.000 euros. Igual o superior a 5.385.000 euros. Igual o inferior a 5.385.000 euros.
Los proyectos de obras deberán comprender : El pliego de descripciones técnicas particulares , donde se hará la descripción de las obras y se regulará su ejecución , con expresión de la forma en que esta se llevará a cabo , las obligaciones de orden técnico que correspondan al contratista , y la manera en que se llevará a cabo la medición de las unidades ejecutadas y el control de calidad de los materiales empleados y del proceso de ejecución. El pliego de descripciones técnicas generales , donde se hará la descripción de las obras y se regulará su ejecución , con expresión de la forma en que esta se llevará a cabo , las obligaciones de orden técnico que correspondan al contratista , y la manera en que se llevará a cabo la medición de las unidades ejecutadas y el control de calidad de los materiales empleados y del proceso de ejecución. El pliego de descripciones técnicas particulares , donde se hará la descripción de las obras y se regulará su ejecución , con expresión de la forma en que esta se llevará a cabo , las obligaciones de orden técnico que correspondan al órgano de contratación , y la manera en que se llevará a cabo la medición de las unidades ejecutadas y el control de calidad de los materiales empleados y del proceso de ejecución. El pliego de descripciones técnicas generales , donde se hará la descripción de las obras y se regulará su ejecución , con expresión de la forma en que esta se llevará a cabo , las obligaciones de orden técnico que correspondan al órgano de contratación , y la manera en que se llevará a cabo la medición de las unidades ejecutadas y el control de calidad de los materiales empleados y del proceso de ejecución.
Los proyectos de obras deberán comprender : Un presupuesto , integrado o no por varios parciales , con expresión de los precios unitarios y de los descompuestos , en su caso , estado de mediciones y los detalles precisos para su valoración. Se ordenará por obras elementales , en los términos que reglamentariamente se establezcan. Un presupuesto , integrado por varios parciales , con expresión de los precios unitarios y de los descompuestos , en su caso , estado de mediciones y los detalles precisos para su valoración. Se ordenará por obras elementales , en los términos que por ley se establezcan. Un presupuesto , integrado o no por varios parciales , con expresión de los precios descompuestos , en su caso , estado de mediciones y los detalles precisos para su valoración. Se ordenará por obras elementales , en los términos que reglamentariamente se establezcan. Un presupuesto , integrado por varios parciales , con expresión de los precios descompuestos , en su caso , estado de mediciones y los detalles precisos para su valoración. Se ordenará por obras elementales , en los términos que por ley se establezcan.
Son contratos de obras aquellos que tienen por objeto: La ejecución de una obra , aislada o conjuntamente con la redacción del proyecto , o la realización de alguno de los trabajos enumerados en el Anexo I. La ejecución de una obra , aislada de la redacción del proyecto , o la realización de alguno de los trabajos enumerados en el Anexo I. La ejecución de una obra , conjuntamente con la redacción del proyecto , o la realización de alguno de los trabajos enumerados en el Anexo I. La ejecución de una obra , aislada o conjuntamente con la redacción del proyecto , o la realización de alguno de los trabajos enumerados en el Anexo IV.
Son contratos de obras aquellos que tienen por objeto: La realización , por cualquier medio , de una obra que cumpla los requisitos fijados por la entidad del sector público contratante que ejerza una influencia decisiva en el tipo o el proyecto de la obra. La realización , por cualquier medio , de una obra que cumpla los requisitos fijados por la entidad del sector privado contratante que ejerza una influencia decisiva en el tipo o el proyecto de la obra. La realización , por un medio específico determinado , de una obra que cumpla los requisitos fijados por la entidad del sector público contratante que ejerza una influencia decisiva en el tipo o el proyecto de la obra. La realización , por un medio específico determinado , de una obra que cumpla los requisitos fijados por la entidad del sector privado contratante que ejerza una influencia decisiva en el tipo o el proyecto de la obra.
Por "obra" se entenderá : El resultado de un conjunto de trabajos de construcción o de ingeniería civil , destinado a cumplir por sí mismo una función económica o técnica que tenga por objeto un bien inmueble. El resultado de un conjunto de trabajos de construcción o de ingeniería civil , destinado a cumplir por sí mismo una función económica o técnica que tenga por objeto un bien mueble. El resultado de un conjunto de trabajos de construcción o de ingeniería civil , destinado a cumplir por sí mismo una función económica o social que tenga por objeto un bien inmueble. El resultado de un conjunto de trabajos de construcción o de ingeniería civil , destinado a cumplir por sí mismo una función económica o social que tenga por objeto un bien mueble.
Por "obra" se entenderá : La realización de trabajos que modifiquen la forma o sustancia del terreno o de su vuelo , o de mejora del mundo físico o natural. La realización de trabajos que modifiquen la forma o altura del terreno o de su vuelo , o de mejora del mundo físico o natural. La realización de trabajos que modifiquen la forma o sustancia del terreno o de su vuelo , o de mejora del mundo físico o ambiental. La realización de trabajos que modifiquen la forma o altura del terreno o de su vuelo , o de mejora del mundo físico o ambiental.
Los contratos de obras se referirán : A una obra completa , entendiendo por esta la susceptible de ser entregada al uso general o al servicio correspondiente ,sin perjuicio de las ampliaciones de que posteriormente pueda ser objeto , y comprenderá todos y cada uno de los elementos que sean precisos para la utilización de la obra. A una obra completa , entendiendo por esta la susceptible de ser entregada al uso específico o al servicio correspondiente ,sin perjuicio de las ampliaciones de que posteriormente pueda ser objeto , y comprenderá todos y cada uno de los elementos que sean precisos para la utilización de la obra. A una obra cualquiera , entendiendo por esta la susceptible de ser entregada al uso general o al servicio correspondiente ,sin perjuicio de las ampliaciones de que posteriormente pueda ser objeto , y comprenderá todos y cada uno de los elementos que sean precisos para la utilización de la obra. A una obra cualquiera , entendiendo por esta la susceptible de ser entregada al uso específico o al servicio correspondiente ,sin perjuicio de las ampliaciones de que posteriormente pueda ser objeto , y comprenderá todos y cada uno de los elementos que sean precisos para la utilización de la obra.
Además de las obras completas , podrán contratarse obras definidas : Mediante proyectos independientes relativos a cada una de las partes de una obra completa , siempre que estas sean susceptibles de utilización independiente , en el sentido del uso general o del servicio , o puedan ser sustancialmente definidas , y preceda autorización administrativa del contratista. Mediante proyectos independientes relativos a cada una de las partes de una obra completa , siempre que estas sean susceptibles de utilización independiente , en el sentido del uso general o del servicio , o puedan ser sustancialmente definidas , y preceda autorización administrativa del órgano de contratación. Mediante proyectos dependientes relativos a cada una de las partes de una obra completa , siempre que estas sean susceptibles de utilización independiente , en el sentido del uso general o del servicio , o puedan ser sustancialmente definidas , y preceda autorización administrativa del órgano de contratista. Mediante proyectos dependientes relativos a cada una de las partes de una obra completa , siempre que estas sean susceptibles de utilización independiente , en el sentido del uso general o del servicio , o puedan ser sustancialmente definidas , y preceda autorización administrativa del órgano de contratación.
Se considerarán contratos menores a los contratos de obras : De importe inferior a 40.000 euros. De importe inferior a 50.000 euros. De importe inferior a 30.000 euros. De importe inferior a 20.000 euros.
La adjudicación de un contrato de obras requerirála previa elaboración , supervisión , aprobación y replanteo del correspondiente proyecto que definirá con precisión el objeto del contrato . La aprobación de dicho proyecto corresponderá : Al órgano de contratación. Al contratista. Al licitador. Al adjudicatario.
En el supuesto de adjudicación conjunta de proyecto y obra , la ejecución de esta quedará condicionada a la supervisión , aprobación y replanteo del proyecto por : El órgano de contratación. El contratista. El licitador. El adjudicatario.
Obras que dan lugar a la creación de un bien inmueble. Primer establecimiento. Reforma. Conservación. Restauración.
Obras necesarias para enmendar un menoscabo producido en un bien inmueble por causas fortuitas o accidentales , afectando a la estructura resistente. Gran reparación. Reparación simple. Reforma. Rehabilitación.
Obras necesarias para enmendar un menoscabo producido en un bien inmueble por causas fortuitas o accidentales , no afectando a la estructura resistente. Reparación simple. Restauración. Reforma. Gran reparación.
Conjunto de obras de ampliación , mejora , modernización , adaptación , adecuación , o refuerzo de un bien inmueble ya existente. Reforma. Conservación. Reparación simple. Restauración.
Obras necesarias para la enmienda de menoscabos producidos en el tiempo por el natural uso del bien . Conservación. Rehabilitación. Restauración. Reforma.
Obras que tienen por objeto reparar una construcción conservando su estética , respetando su valor histórico y manteniendo su funcionalidad. Restauración. Rehabilitación. Demolición. Reforma.
Obras que tienen por objeto reparar una construcción conservando su estética , respetando su valor histórico y dotándola de una nueva funcionalidad que sea compatible con los elementos y valores originales del inmueble. Rehabilitación. Restauración. Demolición. Conservación.
Obras que tengan por objeto el derribo o la destrucción de un bien inmueble. Demolición. Restauración. Rehabilitación. Primer establecimiento.
Los proyectos de obras deberán comprender : Una memoria , en la que se describa el objeto de las obras que recogerá los antecedentes y situación previa a las mismas , las necesidades de satisfacer y la justificación de la solución adoptada , detallándose los factores de todo orden a tener en cuenta. Una mención , en la que se describa el objeto de las obras que recogerá los antecedentes y situación previa a las mismas , las necesidades de satisfacer y la justificación de la solución adoptada , detallándose los factores de todo orden a tener en cuenta. Una memoria , en la que se describa el objeto de las obras que recogerá las consecuencias y situación posterior a las mismas , las necesidades de satisfacer y la justificación de la solución adoptada , detallándose los factores de todo orden a tener en cuenta. Una mención , en la que se describa el objeto de las obras que recogerá las consecuencias y situación posterior a las mismas , las necesidades de satisfacer y la justificación de la solución adoptada , detallándose los factores de todo orden a tener en cuenta.
Los proyectos de obras deberán comprender : Los planos de conjunto y de detalle necesarios para que la obra quede perfectamente definida , así como los que delimiten la ocupación de terrenos y la restitución de servidumbres y demás derechos reales , en su caso y servicios afectados por su ejecución. Los planos de conjunto y de detalle necesarios para que la obra quede perfectamente definida , así como los que delimiten la ocupación de terrenos y la restitución de servidumbres y demás derechos jurídicos , en su caso y servicios afectados por su delimitación.. Los planos de conjunto y de detalle necesarios para que la obra quede perfectamente definida , así como los que delimiten la ocupación de terrenos y la sucesión de servidumbres y demás derechos jurídicos , en su caso y servicios afectados por su ejecución. Los planos de conjunto y de detalle necesarios para que la obra quede perfectamente definida , así como los que delimiten la ocupación de fincas y la sucesión de servidumbres y demás derechos reales , en su caso y servicios afectados por su ejecución.
Los proyectos de obras deberán comprender (marca la INCORRECTA) : Un programa de desarrollo de los trabajos o plan de obra de carácter indicativo , con previsión , en su caso , del tiempo y coste. Las referencias de todo tipo en que se fundamentará el replanteo de la obra. El estudio de seguridad y salud o , en su caso , el estudio básico de seguridad y salud en los términos previstos en las normas de seguridad y salud en las obras. Las referencias de todo tipo en que se fundamentará el personal de la obra.
Siempre que la documentación resultante sea suficiente para definir , valorar , y ejecutar las obras que comprenda , se podrá simplificar , refundir o incluso suprimir alguno de los documentos que debe comprender un proyecto de obras en el caso de que sean : Proyectos de obras de primer establecimiento , reforma o gran reparación inferiores a 500.000 euros de presupuesto base de licitación , IVA excluido. Proyectos de obras de primer establecimiento , reforma o gran reparación inferiores a 750.000 euros de presupuesto base de licitación , IVA excluido. Proyectos de obras de primer establecimiento , restauración o gran reparación inferiores a 500.000 euros de presupuesto base de licitación , IVA incluido. Proyectos de obras de primer establecimiento , restauración o gran reparación inferiores a 750.000 euros de presupuesto base de licitación , IVA incluido.
La contratación conjunta de la elaboración del proyecto y la ejecución de las obras tendrá carácter EXCEPCIONAL , solo podrá efectuarse en los siguientes supuestos : a)Cuando motivos de orden técnico obliguen necesariamente a vincular al empresario a los estudios de las obras . estos motivos deben estar ligados al destino o a las técnicas de ejecución de la obra. b)Cuando se trate de obras cuya dimensión excepcional o dificultades técnicas singulares , requieran soluciones aportadas con medios y capacidad técnica propias de las empresas. c)Cuando se trate de obras cuya dimensión excepcional o dificultades técnicas generales , requieran soluciones aportadas con medios y capacidad técnica propias de la Administración. a) y b) son correctas. a) y c) son correctas.
Cuando se trate de la elaboración de un proyecto de obras singulares de infraestructuras hidráulicas o de transporte , en el supuesto de que se renunciara a la ejecución de la obra o no se produzca pronunciamiento : En el plazo de 3 meses , el contratista tendrá derecho al pago del precio del proyecto incrementado en el 5% como compensación. En el plazo de 3 meses , el contratista tendrá derecho al pago del precio del proyecto , sin más compensación. En el plazo de 2 meses , el contratista tendrá derecho al pago del precio del proyecto incrementado en el 3% como compensación. En el plazo de 2 meses , el contratista tendrá derecho al pago del precio del proyecto , sin más compensación.
Antes de la aprobación del proyecto, los órganos de contratación deberán solicitar un informe de las correspondientes oficinas o unidades de supervisión de proyectos encargadas de verificar que se han tenido en cuenta las disposiciones generales de carácter legal o reglamentario , así como la normativa técnica que resulten de aplicación a cada tipo de proyecto . Ese informe será preceptivo : Cuando el presupuesto base de licitación del contrato de obras sea igual o superior a 500.000 euros , IVA excluido o cuando se trate de obras que afecten a la estabilidad , seguridad o estanqueidad de la obra. Cuando el presupuesto base de licitación del contrato de obras sea igual o superior a 750.000 euros , IVA excluido o cuando se trate de obras que afecten a la estabilidad , seguridad o estanqueidad de la obra. Cuando el presupuesto base de licitación del contrato de obras sea igual o superior a 500.000 euros , IVA excluido. Cuando el presupuesto base de licitación del contrato de obras sea igual o superior a 750.000 euros , IVA excluido.
El replanteo del proyecto consistirá : En comprobar la realidad geométrica de la misma y la disponibilidad de los terrenos precisos para su normal ejecución , una vez aprobado el proyecto y previamente a la aprobación del expediente. En comprobar la realidad geométrica de la misma y la disponibilidad de los terrenos precisos para su normal ejecución , una vez aprobado el expediente y previamente a la aprobación del proyecto. En comprobar la realidad matemática de la misma y la disponibilidad de los terrenos precisos para su normal ejecución , una vez aprobado el proyecto y previamente a la aprobación del expediente. En comprobar la realidad matemática de la misma y la disponibilidad de los terrenos precisos para su normal ejecución , una vez aprobado el expediente y previamente a la aprobación del proyecto.
La ejecución del contrato de obras comenzará con el acta de comprobación del replanteo dentro del plazo que se consigne en el contrato que no podrá ser : Superior a 1 mes desde la fecha de su formalización. Inferior a 1 mes desde la fecha de su formalización. Superior a 3 meses desde la fecha de su formalización . Inferior a 3 meses desde la fecha de su formalización.
Las obras se ejecutarán con estricta sujeción : a)A las estipulaciones contenidas en el pliego de cláusulas administrativas particulares. b)Al proyecto que sirve de base al contrato. c)Conforme a las instrucciones que en interpretación técnica de este diere al contratista la Dirección facultativa de las obras. Todas son correctas. Solo a) y b) son correctas.
Durante el desarrollo de las obras y hasta que se cumpla el plazo de garantía , es responsable de todos los defectos que en la construcción puedan advertirse : El contratista. El órgano de contrataciön. El Director Facultativo de las obras. El Coordinador de seguridad.
A los efectos del pago , la Administración expedirá certificaciones que comprendan la obra ejecutada conforme a proyecto (durante dicho período de tiempo ): Mensualmente , en los primeros 10 días siguientes al mes al que correspondan. Mensualmente , en los primeros 15 días siguientes al mes al que correspondan. Anualmente , en los primeros dos meses siguientes al año al que correspondan. Anualmete , en el primer mes siguiente al año al que corresponda.
El sistema de retribución a tanto alzado podrá , en su caso : Configurarse como de precio cerrado , con el efecto de que el precio ofertado por el adjudicatario se mantendrá invariable , no siendo abonables las modificaciones del contrato que sean necesarias para corregir errores u omisiones padecidos en la redacción del proyecto. Configurarse como de precio abierto , con el efecto de que el precio ofertado por el adjudicatario se mantendrá variable , siendo abonables las modificaciones del contrato que sean necesarias para corregir errores u omisiones padecidos en la redacción del proyecto. Configurarse como de precio cerrado , con el efecto de que el precio ofertado por el órgano de contratación se mantendrá invariable , no siendo abonables las modificaciones del contrato que sean necesarias para corregir errores u omisiones padecidos en la redacción del proyecto. Configurarse como de precio abierto , con el efecto de que el precio ofertado por el órgano de contratación se mantendrá variable , siendo abonables las modificaciones del contrato que sean necesarias para corregir errores u omisiones padecidos en la redacción del proyecto.
El precio correspondiente a los elementos del contratoo unidades de obra contratados por el sistema de tanto alzado con precio cerrado será abonado : Mensualmente. Diariamente. Anualmente. Por quincena.
Serán obligatorias para el contratista las modificaciones del contrato de obras : Cuando impliquen una alteración en su cuantía que no exceda el 20% del precio inicial del contrato , IVA excluido. Cuando impliquen una alteración en su cuantía que no exceda el 30% del precio inicial del contrato , IVA excluido. Cuando impliquen una alteración en su cuantía que no exceda el 10% del precio inicial del contrato , IVA excluido. Cuando impliquen una alteración en su cuantía que no exceda el 50% del precio inicial del contrato , IVA excluido.
En caso de que la modificación del contrato de obras suponga supresión o reducción de unidades de obra , el contratista: No tendrá derecho a reclamar indemnización alguna. Tendrá derecho a un 20% de indemnización , IVA excluido. Tendrá derecho a un 5% de indemnización , IVA excluido. Tendrá derecho a un 10% de indemnización , IVA excluido.
Cuando las modificaciones en el contrato de obras supongan la introducción de unidades de obra no previstas en el proyecto , o cuyas características difieran de las fijadas en este , y no sea necesario realizar una nueva licitación , los precios aplicables a las mismas serán fijados : Por la Administración , previa audiencia del contratista , por plazo mínimo de 3 días hábiles. Por el contratista , previa audiencia dela Administración , por plazo mínimo de 3 días hábiles. Por la Administración , previa audiencia del contratista , por plazo mínimo de 10 días hábiles. Por el contratista , previa audiencia de la Administración , por plazo mínimo de 10 días hábiles.
Cuando la modificación del contrato de obras contemple unidades de obra que hayan de quedar posterior y definitivamente ocultas , antes de efectuar la medición parcial de las mismas , deberá comunicarse a la Intervención de la Administración corresppondiente con una antelación mínima de : 5 días. 10 días. 3 días. 15 días.
Cuando el Director facultativo de la obra considere necesaria una modificación del proyecto , recabará del órgano de contratación autorización para iniciar el correspondiente expediente , que se sustanciará con la audiencia del contratista y del redactor del proyecto , por plazo : Mínimo de 3 días. Máximo de 3 días. Mínimo de 5 días. Máximo de 5 días.
Cuando la tramitación de la modificación de un contrato de obras exija la suspensión temporal total de la ejecución de las mismas , y ello ocasione graves perjuicios para el interés público , el Ministro , en su caso , podrá acordar que continúen provisionalmente las obras siempre y cuando el importe máximo previsto no supere: El 20% del precio inicial del contrato , IVA excluido. El 30% del precio inicial del contrato , IVA excluido. El 10% del precio inicial del contrato , IVA excluido. El 5% del precio inicial del contrato , IVA excluido.
El órgano de contratación deberá aprobar la certificación final de las obras ejecutadas , que será abonada al contratista a cuenta de la liquidación del contrato , en el plazo de : 3 meses. 6 meses. 2 meses. 5 meses.
En el caso de obras cuyo valor estimado supere los 12.000.000 euros en las que las operaciones de liquidación y medición fueran especialmente complejas , los pliegos podrán prever que el plazo de 3 meses para la aprobación de la certificación final podrá ser ampliado , siempre que no supere en ningún caso los : 5 meses. 3 meses. 2 meses. 6 meses.
El plazo de garantía se establecerá en el pliego de cláusulas administrativas particulares atendiendo a la naturaleza y complejidad de la obra , y no podrá ser : Inferior a 1 año. Superior a 1 año. Inferior a 1 mes. Superior a 1 mes.
El director facultativo de la obra , de oficio o a instancia del contratista , redactará un informe sobre el estado de las obras : Dentro del plazo de 15 días anteriores al cumplimiento del plazo de garantía. Dentro del plazo de 15 días posteriores al cumplimiento del plazo de garantía. Dentro del plazo de 10 días anteriores al cumplimiento del plazo de garantía. Dentro del plazo de 10 días posteriores al cumplimiento del plazo de garantía.
En el caso en que el informe redactado por el director facultativo de la obra , de oficio o a instancia del contratista , dentro del plazo de 15 días anteriores al cumplimiento del plazo de garantía fuera favorable , el contratista quedará exonerado de toda responsabilidad , procediéndose a la devolución o cancelación de la garantía , a la liquidación del contrato y en su caso al pago de las obligaciones pendientes que deberá efectuarse en el plazo de : 60 días. 70 días. 30 días. 10 días.
Si la obra se arruina o sufre deterioros graves incompatibles con su función , con posterioridad a la expiración del plazo de garantía por vicios ocultos de la construcción , debido a incumplimiento del contrato por parte del contratista , responderá este a los daños y perjuicios que se produzcan o se manifiesten : Durante un plazo de 15 años a contar desde la recepción. Durante un plazo de 10 años a contar desde la recepción. Durante un plazo de 15 meses a contar desde la recepción. Durante un plazo de 10 meses a contar desde la recepción.
Sin perjuicio de las acciones que puedan subsistir para exigir responsabilidades por incumplimiento contractual , las acciones para exigir la responsabilidad prevista por daños dimanantes de los vicios o defectos , prescribirán en el plazo de : 2 años a contar desde que se produzcan o se manifiesten dichos daños. 5 años a contar desde que se produzcan o se manifiesten dichos daños. 1 año a contar desde que se produzcan o se manifiesten dichos daños. 3 años a contar desde que se produzcan o se manifiesten dichos daños.
Es causa de resolución del contrato de obras la demora injustificada en la comprobación del replanteo. El contratista tendría derecho : A una indemnización equivalente al 2% del precio de adjudicación , IVA excluido. A una indemnización equivalente al 6% del precio de adjudicación , IVA excluido. A una indemnización equivalente al 5% del precio de adjudicación , IVA excluido. No tendría derecho a indemnización en este caso.
Es causa de resolución del contrato el desistimiento antes de la iniciación de las obras o la suspensión de la iniciación de las obras por plazo superior a 4 meses. El contratista tendría derecho : Una indemnización del 3% del precio de adjudicación , IVA excluido. Una indemnización del 6% del precio de adjudicación , IVA excluido. Una indemnización del 8% del precio de adjudicación , IVA excluido. No tendría derecho a indemnización en este caso.
Es causa de resolución del contrato de obras la suspensión de la iniciación de las obras por plazo superior a : 4 meses. 8 meses. 6 meses. 2 meses.
Es causa de resolución del contrato el desistimiento una vez iniciada la ejecución de las obras o la suspensión de las obras iniciadas por plazo superior a 8 meses. El contratista tendría derecho : Una indemnización del 6% del precio de adjudicación , IVA excluido. Una indemnización del 3% del precio de adjudicación , IVA excluido. Una indemnización del 2% del precio de adjudicación , IVA excluido. No tendría derecho a indemnización en este caso.
Cuando las obras hayan de ser continuadas por otro empresario o por la propia Administración , con carácter de urgencia , por motivos de seguridad o para evitar la ruina de lo construido , el órgano de contratación , una vez haya notificado al contratista la liquidación de las ejecutadas , podrá acordar su continuación , sin perjuicio de que el contratista pueda impugnar la valoración efectuada ante el propio órgano . El órgano de contratación resolverá lo que proceda en el plazo de : 15 días. 1 mes. 2 meses. 10 días.
En el plazo de (1)____________ contados desde el acuerdo de autorización provisional deberá estar aprobado técnicamente el proyecto , y en el de (2)______________ el expediente de la modificación del contrato. (1) 6 meses (2) 8 meses (1) 8 meses (2) 6 meses (1) 3 meses (2) 8 meses (1) 6 meses (2) 3 meses.
Los contratos menores no pueden tener duración: Superior a 1 año ni prorrogarse. Superior a 1 año con derecho a prórroga. Inferior a 1 año ni prorrogarse. Inferior a 1 año con derecho a prórroga.
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