CONV AE
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Título del Test:
![]() CONV AE Descripción: Vanesa Práctica 11 |



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Según dispone el artículo 24 del I Convenio colectivo del Grupo de empresas AENA, la Comisión Paritaria de Promoción y Selección podrá designar otras comisiones, cuya función será la vigilancia y observación en la aplicación de pruebas de evaluación. En estas Comisiones de Vigilancia y Observación cada Organización Sindical firmante del Convenio y presente en la Coordinadora Sindical Estatal: Podrá nombrar dos representantes. Deberá nombrar un representante. Podrá nombrar un representante. Deberá nombrar dos representantes. Indica el significado de las siglas MNOPROX: Supuesto de Movilidad de ocupaciones próximas. Supuesto de Movilidad de ocupaciones no próximas. Traslados. Promoción intracentro. Conforme el artículo 23 del I Convenio colectivo del Grupo de empresas AENA, para el ingreso por selección externa se respetarán los principios de: Igualdad, eficacia, cooperación y publicidad. Igualdad, mérito, capacidad y publicidad. Eficiencia, mérito, capacidad y privacidad. Transparencia, mérito, eficacia y publicidad. Según el artículo 28 del I Convenio colectivo del Grupo de empresas AENA, en relación con la contratación fija, señala la opción incorrecta: Las contrataciones de carácter fijo se realizarán a través de los procesos de selección externa. Las contrataciones de carácter fijo no se realizarán a través de la bolsa de candidatos en reserva. En el supuesto de que un candidato renuncie a una contratación de carácter fijo, quedará excluido de la bolsa de la ocupación correspondiente al contrato que le fuera ofertado. No será considerada renuncia la que venga derivada de la imposibilidad de aceptación de la contratación ofrecida al candidato, por encontrarse el mismo en situación de Incapacidad Temporal o baja por maternidad, que deberá ser acreditada en las 48 horas siguientes al ofrecimiento de la contratación. Según el artículo 20 del I Convenio colectivo del Grupo de empresas AENA, la convocatoria incluirá, al menos, alguna de las siguientes referencias: a. Número y fichas de las ocupaciones a cubrir. b. Forma y plazo, no inferior a quince días naturales, para participar en el proceso selectivo. c. Pruebas adecuadas al puesto de trabajo a cubrir. La a) y la c) son correctas. Según el artículo 25 del I Convenio colectivo del Grupo de empresas AENA, los candidatos que habiendo superado las pruebas selectivas para la contratación de personal fijo, hubieran aprobado no obteniendo plaza, constituirán una bolsa de candidatos en reserva que se utilizará, mientras esté vigente, para posteriores contrataciones con carácter fijo o temporal de la misma ocupación. Dicha bolsa de trabajo tendrá una vigencia de: Dos años a partir de la fecha de la resolución. Cinco años a partir de la fecha de la resolución. Tres años a partir de la fecha de la resolución. Cuatro años a partir de la fecha de la resolución. Según el artículo 19 del I Convenio colectivo del Grupo de empresas AENA, la adjudicación de una plaza tiene carácter de: Imprescindible. Irrenunciable. Irreemplazable. Renunciable. Por lo que respecta al régimen de acceso a las ocupaciones adscritas a los niveles profesionales A y B, el artículo 26 del I Convenio Colectivo del grupo de empresas AENA garantiza que, al menos: Un sesenta y uno por ciento de las plazas de ocupaciones adscritas a los niveles profesionales A y B serán objeto de convocatoria por selección interna, pudiendo exceptuarse las que lleven asociada la cobertura de un puesto de trabajo de estructura de nivel de división o superior. Un cincuenta y uno por ciento de las plazas de ocupaciones adscritas a los niveles profesionales A y B serán objeto de convocatoria por selección interna, pudiendo exceptuarse las que lleven asociada la cobertura de un puesto de trabajo de estructura de nivel de división o superior. Un cuarenta y uno por ciento de las plazas de ocupaciones adscritas a los niveles profesionales A y B serán objeto de convocatoria por selección interna, pudiendo exceptuarse las que lleven asociada la cobertura de un puesto de trabajo de estructura de nivel de división o superior. Un setenta y uno por ciento de las plazas de ocupaciones adscritas a los niveles profesionales A y B serán objeto de convocatoria por selección interna, pudiendo exceptuarse las que lleven asociada la cobertura de un puesto de trabajo de estructura de nivel de división o superior. |




