Corrección Patronal
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Título del Test:![]() Corrección Patronal Descripción: Diagnóstico de conocimientos |




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¿En qué momento inicia el cómputo de cuarenta días hábiles para que el patrón o sujeto obligado que fue invitado, presente la corrección patronal?. A partir del día hábil siguiente a la presentación de la aceptación de la invitación. A partir del día hábil siguiente a la fecha de notificación de la invitación. A partir del día que el patrón presenta la aceptación de la invitación. Conforme al Oficio Circular No. 0952179000/UFC/USE/25 de fecha 30 de Diciembre de 2020, a partir del 4 de enero de 2021, el registro, autorización, validación, seguimiento y conclusión de las correcciones patronales espontaneas e inducidas se realizarán a través de la herramienta: Sistema de Corrección en Línea (SISCONET). Seguimiento Integral para el Control de Actos de Fiscalización (SICAF). Servicio Integral de Registro de Obras de Construcción (SIROC). ¿En qué momento inicia el trámite de la corrección espontanea?. Cuando se vencen los 15 días con que cuenta el Instituto para resolver la solicitud de corrección. Cuando el patrón presenta la corrección, en términos de lo establecido en el Artículo 180 del RACERF. Cuando el patrón o sujeto obligado presenta la solicitud de corrección patronal mediante el formato CORP-01 “Solicitud de Corrección patronal”. ¿Dónde se presenta la solicitud de corrección por obra de construcción?. En la Subdelegación que corresponda el registro patronal. En la Subdelegación que corresponda al domicilio de la obra, siempre y cuando, el registro patronal corresponda a dicha Subdelegación. En la Subdelegación donde se ubica la obra. Procedimientos mediante los cuales se puede corregir un patrón de la industria de la construcción. Artículo 12-A y 18 del RSSOTCOTD, Artículo 46, 48 del CFF, Corrección espontanea e inducida. Artículo 46, 48 del CFF, Corrección espontanea e inducida. Presentación de Dictamen. |