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Cree en ti administra TEST 12

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Título del Test:
Cree en ti administra TEST 12

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TEST 12

Fecha de Creación: 2026/02/02

Categoría: Oposiciones

Número Preguntas: 30

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1. Según su articulo 1, la LO 3/2007 tiene por objeto hacer efectivo el derecho de: Conciliación de la vida laboral y familiar de mujeres y hombres. Igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres. Participación en los asuntos públicos en igualdad de condiciones.

2. Las obligaciones establecidas en la LO 3/2007 son de aplicación a: A toda persona, física o jurídica, que se encuentre o actúe en territorio español, cualquiera que fuese su nacionalidad, domicilio o residencia. A todos los ciudadanos españoles, ya sea en territorio español o territorio de cualquier país extranjero.

3. Según el artículo 4 de la LO 3/2007, la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres: Es un deber de las Administraciones Públicas. Es una fuente formal del Derecho. Es un principio informador del ordenamiento jurídico.

4. La situación en que se encuentra una persona que sea, haya sido o pudiera ser tratada , en atención a su sexo, de manera menos favorable que otra en su situacion comparable se considera: Discriminación directa. Acoso sexual. Discriminación indirecta.

5 Una diferencia de trato basada en una característica relacionada con el sexo ¿constituye discriminación en el acceso al empleo?. Sí, en todo caso. No, si debido a la naturaleza de las actividades profesionales concretas o al contexto en el que se lleven a cabo, dichas características constituye un requisito profesional esencial y determinante, siempre y cuando el objetivo sea legitimó y el requisito proporcionado.

6. A los efectos de la LO 3/2007, definimos como acoso sexual: La situación en que una disposición, criterio o práctica aparentemente neutros pone a personas de un sexo en desventaja particular con respecto a personas del otro, salvo que dicha disposición, criterio o práctica puedan justificarse objetivamente en atención a una finalidad legítima y que los medios para alcanzar dicha finalidad sean necesarios y adecuados. Cualquier comportamiento, verbal o físico, de naturaleza sexual que tenga el propósito o produzca el efecto de atentar contra la dignidad de una persona, en particular cuando se crea un entorno intimidatorio, degradante( humillante) u ofensivo.

7. Según el artículo 8 de la LO 3/2007, todo trato desfavorable a las mujeres relacionado con el embarazo o la maternidad constituye: Acoso sexual. Discriminación directa por razón de sexo.

8. Cualquier comportamiento realizado en función del sexo de una persona, con el propósito o el efecto de atentar contra su dignidad y de crear un entorno intimidatorio, degradante u ofensivo, constituye: Discriminación directa. Acoso por razón de sexo.

9. En virtud del artículo 9 de la LO 3/2007, cualquier trato adverso o efecto negativo que se produzca en una persona como consecuencia de la presentación por su parte de queja, reclamación, denuncia, demanda o recurso, de cualquier tipo, destinados a impedir su discriminación y a exigir el cumplimiento efectivo del principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres, se considerará: Discriminación por razón de sexo. Discriminación directa.

10. Según el artículo 10 de la LO 3/2007, los actos y las cláusulas de los negocios jurídicos que constituyan o causen discriminación por razón de sexo se considerarán: Válidos, pero anulables. Nulos y sin efecto. Nulos, pero con efectos.

11. Conforme al artículo 12 de la LO 3/2007, cualquier persona podrá recabar ( obtener) de los tribunales la tutela del derecho a la igualdad entre mujeres y hombres, de acuerdo con lo establecido en el artículo 53.2 de la Constitución: Siempre que la relación en la que supuestamente se produce la discriminación se encuentre vigente. Incluso tras la terminación de la relación en la que supuestamente se ha producido la discriminación.

12. La capacidad y la legitimación (validación) para intervenir en los procesos civiles, sociales Y contencioso-administrativos que versen sobre la defensa del derecho de igualdad entre mujeres y hombres, corresponden a: La persona acosada, únicamente. Las personas físicas y jurídicas con interés legítimo.

13. La persona acosada será la única legitimada en los litigios ( Un litigio es un conflicto de intereses calificado y llevado ante una autoridad jurisdiccional (juez o tribunal) para su resolución, involucrando a dos o más partes con pretensiones opuestas ): Sobre discriminación directa. Sobre acoso sexual y acoso por razón de sexo.

14. La Ley 9/2003, de 2 de abril, en las actuaciones públicas o los comportamientos privados: No prohíbe de manera general que se establezcan diferencias entre mujeres hombres si hay justificación objetiva, racional y razonable para ello. No prohíbe de manera general que se establezcan diferencias entre mujeres y h bres si hay justificación para ello, en la forma que determine la norma aplicable.

15. En cuanto a la igualdad entre mujeres y hombres en la promoción interna de la función pública valenciana, en las Administraciones Públicas valencianas: Se establecerán planes anuales. Se establecerán planes plurianuales ( varios años).

16. En la Ley 9/2003, de 2 de abril se determinan respecto al principio de igualdad de mujeres y hombres: Todas las acciones que deben ser implementadas a tal fin. Las acciones básicas que deben ser implementadas (aplicar ) a tal fin. Las acciones básicas que deben ser implementadas a tal fin y su desarrollo.

17. Según el artículo 15 de Ia Ley para la igualdad efectiva entre Mujeres y Hombres, el principio de igualdad de trato y oportunidades informará la actuación de todos los poderes públicos: Con carácter transversal. De forma equilibrada.

18. La aplicación de la Ley Orgánica 1 /2004, de 28 de diciembre: No supone la existencia necesariamente de convivencia entre la víctima y el agresor. Supone que en algún momento anterior haya existido convivencia entre la víctima y el agresor.

19. Conforme al artículo 3 de la LO 1/2004, con el fin de prevenir la violencia de genero, en el marco de sus competencias, los poderes públicos deben Impulsar: cursos de información y sensibilización. campañas de información y sensibilización.

20. Según el artículo 4.2 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral Contra la Violencia de Género, la Educación Infantil contribuirá a desarrollar en la Infancia: La habilidad para comprender y respetar la igualdad entre sexos. El aprendizaje en la resolución pacífica de conflictos.

21. Conforme al artículo 3 de la LO 1/2004, el Plan Nacional de Sensibilización y Prevención de la Violencia de Género debe dirigirse tanto a hombres como a mujeres desde un trabajo comunitario y: Multidisciplinar. Integral. intercultural ( Que concierne a la relación entre culturas ).

22. Según el artículo 7 de la ley 7 /2012, qué principio general se constituye como actuación prioritaria e imprescindible en el diseño, implementación y evaluación de las políticas y planes de la Administración de la Generalitat: Transversalidad ( La transversalidad es el enfoque que permite integrar temas, valores o habilidades (como ética, igualdad o medio ambiente) de manera continua y sistemática a través de distintas áreas, materias o políticas, en lugar de abordarlos de forma aislada ) . Especialización. Inmediatez (Cualidad de inmediato ).

23. Conforme al artículo 12 de la ley 7/2012, las administraciones públicas de la Comunitat Valenciana garantizarán a las víctimas de violencia sobre la mujer los servidos sociales de atención, emergencia, apoyo y acogida y: Recuperación Integral. Tutela. Protección.

24.En virtud de qué principio rector de la Ley 7/2012 se realizará un diagnóstico individualizado de cada una de las situaciones de violencia, teniendo en cuenta la situación específica de cada caso: Inmediatez. Especialización. Personalización.

25. Con el fin de alcanzar una justicia especializada, la Generalitat instará ( solicitara) la creación de juzgados de violencia sobre la mujer: Territorializados. Automatizados. Itinerantes ( ambulante).

26. El Plan de Igualdad es un instrumento eficaz cuyo objetivo es: Promover actuaciones para la transformación de la cultura. Lograr la igualdad real y efectiva entre las empleadas y empleados.

27.¿Qué principio sustenta (mantiene) la igualdad de trato entre mujeres y hombres como la ausencia de toda discriminación, directa O indirecta, por razón de sexo y,especialmente, las derivadas del embarazo, la maternidad, la asunción ( aceptación) de obligaciones familiares y el estado civil?. Principio de igualdad de trato. Prevención.

28. El Plan de Igualdad del Ayuntamiento de Valencia tiene varios objetivos generales. Indica el que NO corresponda: Impulsar la igualdad entre mujeres y hombres en todos los ámbitos de la institución municipal. Realizar una labor continua de formación y sensibilización en materia de igualdad de oportunidades, de trato y de no discriminación. Potenciar y facilitar la corresponsabilidad y la conciliación de la vida personal, familiar y laboral a todas las empleadas y empleados. Garantizar la asistencia legal mediante el servicio de asistencia jurídica gratuita.

29. ¿A través de cuántas áreas desarrollará el Plan de Igualdad del Ayuntamiento de Valencia las acciones concretas previstas?. 9. 21. 36.

30. Para el seguimiento del Plan se han detallado una serie de indicadores en cada una de las acciones concretas planteadas. Los indicadores que permiten comprobar la repercusión que tiene la implementación de las medidas, y el cumplimiento de objetivos (indicadores de resultado) a: Corto plazo. Medio plazo. Largo plazo.

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