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Cree en ti administra y ten fe 2 Tema 5

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Título del Test:
Cree en ti administra y ten fe 2 Tema 5

Descripción:
Cree en ti administra y ten fe 2

Fecha de Creación: 2025/10/25

Categoría: Oposiciones

Número Preguntas: 50

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Temario:

1. Según el art. 91 LRL, las Corporaciones Locales aprobarán su Oferta de Empleo Público: Dentro del plazo de un mes desde la aprobación del Presupuesto. Cada seis meses.

2. La Oferta de Empleo Público local debe ajustarse a los criterios fijados en: Real Decreto 352/1986, de 10 de febrero. Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

3. ¿Qué principios deben regir todo proceso de selección?. Igualdad, mérito, capacidad y publicidad. Antigüedad y libre designación.

4. ¿Quién aprueba la Oferta de Empleo Público en un municipio de régimen común?. El Alcalde. El Pleno.

5. ¿Y en los municipios de gran población?. La Junta de Gobierno Local. El Alcalde.

6. Según el art. 133 TR/86, el procedimiento de selección de funcionarios locales se ajustará a: La legislación básica del Estado sobre función pública. La legislación laboral.

7. Las convocatorias de selección serán: Siempre libres. Internas.

8. El porcentaje máximo de plazas que podían reservarse a promoción interna antes de la Ley 23/1988 era: 50%. 25%.

9. Actualmente, el porcentaje de plazas reservadas a promoción interna puede llegar: Hasta el 100%, sin afectar al total de plazas vacantes. Máximo 75%.

10. La competencia para la selección de funcionarios locales (excepto habilitados nacionales) corresponde a: Cada Corporación Local. El Estado.

11. Las reglas básicas y programas mínimos de selección son competencia de: La Administración del Estado. La Comunidad Autónoma.

12. ¿Qué Real Decreto fija las reglas básicas de selección de funcionarios locales?. RD 896/1991, de 7 de junio. RD 364/1995, de 10 de marzo.

13. Las bases de las convocatorias de selección las aprueba: El Alcalde o Presidente de la Diputación. El Pleno.

14. En los municipios de gran población, las bases de selección las aprueba: La Junta de Gobierno Local. El Pleno.

15. La composición de los tribunales de oposición será: Predominantemente técnica. Política.

16. Los miembros de los tribunales deben tener: Titulación igual o superior a la exigida en la convocatoria. Solo experiencia laboral.

17. Según el TR-LEBEP, en las OEP se reservará un cupo mínimo del: 7% para personas con discapacidad. 10%.

18. Dentro de ese 7%, al menos el 2% se reserva para: Personas con discapacidad intelectual. Discapacidad física.

19. Las plazas reservadas y no cubiertas se acumulan: Al turno ordinario de promoción interna. Al ejercicio siguiente.

20. El plazo máximo para ejecutar la OEP es de: 3 años. 2 años.

21. Según el art. 70 TR-LEBEP, la OEP debe publicarse: En el Diario Oficial correspondiente. Solo en el tablón de anuncios.

22. En materia de selección, se aplicará supletoriamente: RD 364/1995, de 10 de marzo. RD 896/1991.

23. Las adaptaciones en los procesos selectivos para personas con discapacidad deben garantizar: Ajustes razonables de tiempos y medios. Igualdad económica.

24. En la promoción interna del grupo D al C, se exige: 10 años de antigüedad o 5 y curso específico. 15 años de antigüedad.

25. ¿Qué órgano eleva la relación de aprobados en una oposición?. El tribunal u órgano de selección. El Alcalde.

26. Según el art. 101 LRL, los puestos de trabajo vacantes se proveerán mediante: Concurso de méritos o libre designación. Promoción interna.

27. ¿Quién puede participar en un concurso de provisión de puestos?. Funcionarios de cualquier Administración. Solo los del Ayuntamiento convocante.

28. La provisión debe basarse en los principios de: Igualdad, mérito, capacidad y publicidad. Antigüedad y libre designación.

29. ¿Qué procedimientos básicos existen para la provisión de puestos?. Concurso y libre designación. Oposición y méritos.

30. Las RPT deben comprender, al menos: Denominación, grupo, cuerpo o escala, sistema de provisión y retribuciones complementarias. Solo las funciones y horario.

31. Las RPT deben ser: Confidenciales. Públicas.

32. ¿Qué órgano aprueba anualmente la plantilla de personal?. El Alcalde. El Pleno.

33. Las plantillas deben aprobarse: A través del Presupuesto. Por decreto del Alcalde.

34. Las plantillas deben responder a los principios de: Racionalidad, economía y eficiencia. Estabilidad y antigüedad.

35. Los gastos de personal no podrán rebasar: Los límites fijados con carácter general. El 10% del presupuesto.

36. Las plantillas podrán ampliarse cuando: Lo autorice el Pleno. El gasto se compense reduciendo otras partidas.

37. La modificación de las plantillas requiere: Los mismos trámites que el presupuesto. Informe del interventor.

38. Los registros de personal locales deben estar coordinados con: El Registro Central de Personal del Estado. El Registro Mercantil.

39. El RD que regula el Registro Central de Personal es: RD 1405/1986. RD 896/1991.

40. Los datos inscritos en los registros determinan: Las nóminas y justificación de retribuciones. Los ascensos.

41. El art. 71 TR-LEBEP exige que cada Administración constituya: Un registro de su personal. Un tribunal de evaluación.

42. Las Administraciones impulsarán la gestión: Integrada de recursos humanos. Digital de nóminas.

43. La cooperación del Estado y CCAA ( Comunidades Autónomas ) con Entidades Locales en materia de registros se justifica cuando: Carecen de capacidad financiera o técnica. No envían informes.

44. Las RPT ( Relación de Puestos de Trabajo ) y plantillas deben aprobarse: Cada dos años. Anualmente.

45. En municipios de gran población, el número y régimen del personal eventual lo aprueba: El Pleno. La Junta de Gobierno Local.

46. La aprobación de la plantilla global corresponde al: Presidente. Pleno municipal.

47. La contradicción entre el art. 90 y el 127 LRL se resuelve entendiendo que: El art. 74 TR-LEBEP regula:. El régimen disciplinario.

48. Las RPT se desarrollan según criterios de: La Orden de 2 de diciembre de 1988. El RD 896/1991.

49. Las RPT se desarrollan según criterios de: La Orden de 2 de diciembre de 1988. El RD 896/1991.

50. El contenido mínimo común de los registros se fija por: Convenio de Conferencia Sectorial. Resolución ministerial.

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