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Cree en ti administra y ten fe 5 Tema 6

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Título del Test:
Cree en ti administra y ten fe 5 Tema 6

Descripción:
Cree en ti administra y ten fe 5

Fecha de Creación: 2025/10/26

Categoría: Oposiciones

Número Preguntas: 50

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Temario:

1. Consultas ciudadanas buscan: Recaudar opinión o aportación sobre asuntos de interés público. Aprobar normas por mayoría.

2. Quedan excluidas de consultas ciudadanas: Consultas que contravengan la legalidad o referidas a organización interna. Todas las consultas.

3. Las consultas deben realizarse con: Representatividad, pluralismo y diversidad. Solo votación mayoritaria.

4. La Ley 7/1985 regula participación ciudadana en: Entidades locales. Comunidad Autónoma.

5. La Ley 4/2023 regula participación en: Comunitat Valenciana. Todo el país.

6. El RD 203/2021 asegura asistencia a servicios electrónicos mediante: Diferentes canales, presencial, telemático y correo. Solo teléfono.

7. Según el artículo 70bis, los ayuntamientos deben establecer procedimientos para: La efectiva participación de los vecinos. Nombrar cargos municipales.

8. La iniciativa popular puede incluir: Propuesta de consulta local. Nombramiento de concejales.

9. Las Entidades Locales deben impulsar: Uso interactivo de TIC para participación y trámites. Solo reuniones presenciales.

10. La colaboración de Diputaciones, Cabildos y Consejos insulares busca: Ayudar a municipios con poca capacidad económica y de gestión. Sustituir al alcalde.

11. La ventanilla única permite a los prestadores de servicios: Realizar trámites electrónicos y a distancia. Solo acudir presencialmente.

12. Las Administraciones públicas con competencias urbanísticas deben: Tener copias completas de instrumentos de ordenación territorial disponibles. Publicarlas solo en boletines internos.

13. La publicación telemática de instrumentos urbanísticos incluye: Contenido actualizado y actos relevantes para aprobación o alteración. Solo acuerdos finales.

14. En municipios menores de 5.000 habitantes, la publicación puede hacerse: A través de entes supramunicipales de asistencia técnica. Solo por el propio Ayuntamiento.

15. La identidad de propietarios afectados por alteraciones urbanísticas se debe registrar: Durante cinco años anteriores al inicio del expediente. Solo si hay recurso.

16. Según el artículo 71, las consultas populares locales requieren: Acuerdo del Pleno y autorización del Gobierno de la Nación. Solo acuerdo del alcalde.

17. Las consultas no pueden referirse a: Hacienda local. Urbanismo.

18. La Ley 4/2023 reconoce el derecho a: Participar individual o colectivamente. Aprobar decretos.

19. La participación debe garantizar: Igualdad y no discriminación. Solo vecinos con recursos.

20. El acceso a la información necesaria para participar debe ser: Solo presencial. Gratuito, claro, sencillo y accesible.

21. Las entidades públicas deben fomentar: La colaboración ciudadana en sus actividades. Solo la participación digital.

22. El derecho a promover organizaciones permite: Foros, movimientos o plataformas con o sin personalidad jurídica. Solo asociaciones registradas.

23. La Ley 4/2023 obliga a las administraciones a: Integrar la participación ciudadana en todas sus actuaciones. Solo en normas de planificación.

24. Los mecanismos de participación incluyen: Procesos participativos, iniciativa ciudadana, elaboración de normas, presupuestos, consultas y evaluación de políticas. Solo votaciones.

25. Los procesos de participación ciudadana deben iniciarse: Con acuerdo del órgano competente, objetivos claros y publicidad. Solo con reunión del Pleno.

26. La metodología de los procesos participativos debe: Usar técnicas deliberativas y propositivas. Solo encuestas.

27. La iniciativa ciudadana requiere establecer: Número de avales y plazo de recogida. Solo plazo de presentación.

28. Avales para iniciativas ciudadanas NO pueden exceder de: 5.000. 10.000.

29. El plazo máximo para recoger avales es: 5 meses. 3 meses.

30. La participación en la elaboración de normas y planes se realiza mediante: Consulta pública previa y audiencia ciudadana. Solo informe interno.

31. Se puede prescindir de consulta previa en: Normas de organización interna, presupuestarias o por razones graves de interés público. Todas las normas.

32. Antes de elaborar un proyecto de norma se debe informar sobre: Antecedentes, problemas, objetivos y alternativas. Solo presupuesto.

33. Presupuestos participativos implican: Propuesta, ejecución y seguimiento de partidas específicas. Solo votación final.

34. Principios de presupuestos participativos incluyen: Publicidad, información, igualdad, inclusión, accesibilidad y rendición de cuentas. Solo votación mayoritaria.

35. Las consultas ciudadanas excluyen: Asuntos que contravengan la legalidad o sean internos. Asuntos de urbanismo.

36. Las consultas deben realizarse con: Representatividad, pluralismo y diversidad. Solo votación online.

37. La Ley 7/1985 regula: Información y participación ciudadana en entidades locales. ) Participación en comunidades autónomas.

38. La Ley 4/2023 regula: Participación ciudadana en la Comunitat Valenciana. Participación estatal.

39. Los derechos ciudadanos incluyen: Aprobar presupuestos. Participar, acceder a información, colaborar y promover organizaciones.

40. Obligaciones de la administración valenciana incluyen: Solo informar. Integrar la participación, garantizar acceso equitativo y promover cultura participativa.

41. La administración debe fomentar asociacionismo mediante: Medidas de fomento y apoyo. Solo subvenciones.

42. Tecnologías de información deben utilizarse para: Participación, comunicación y trámites electrónicos. Solo comunicación interna.

43. La cooperación con otras administraciones busca: Facilitar participación ciudadana. Reducir competencias.

44. Los mecanismos de participación son: Solo votación. Procesos, iniciativa ciudadana, normas y planes, presupuestos, consultas, evaluación de políticas.

45. Iniciativa ciudadana requiere: Solo firma del alcalde. Número de avales y plazo.

46. La participación en normas y planes incluye: Consulta pública previa y audiencia. Solo informe interno.

47. Presupuestos participativos incluyen: Propuesta, ejecución y seguimiento. Solo votación.

48. Principios de participación en presupuestos: Publicidad, transparencia, inclusión, accesibilidad, rendición de cuentas. Solo votación presencial.

49. Consultas ciudadanas buscan: Opinión o valoración sobre asuntos públicos. Nombrar cargos.

50. Quedan excluidas consultas sobre: Legalidad y organización interna. Cultura.

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