Cree en ti administra y ten fe 8 Tema 12 IA
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| ¿Cuál es el artículo de la LO 3/2007 que define el acoso sexual y el acoso por razón de sexo?. Artículo 6. Artículo 7. Según la LO 3/2007, ¿qué se considera acoso sexual?. Cualquier conducta verbal o física de índole sexual no deseada que tenga el propósito o produzca el efecto de atentar contra la dignidad de una persona, en particular cuando se crea un entorno intimidatorio, hostil, degradante, humillante u ofensivo. Cualquier conducta verbal o física de índole sexual que sea deseada por la persona. ¿Qué se considera acoso por razón de sexo según la LO 3/2007?. Comportamiento no deseado relacionado con el sexo de una persona, que tenga como objetivo o consecuencia atentar contra su dignidad y crear un entorno intimidatorio, hostil, degradante, humillante u ofensivo. Comportamiento deseado relacionado con el género de una persona. En el contexto del acoso sexual, ¿es necesario que la conducta sea de naturaleza sexual explícita?. Sí, siempre debe ser explícito. No, puede ser verbal o física, y su efecto o propósito es lo relevante. Para que una conducta sea considerada acoso, ¿debe ser repetida?. Sí, debe haber un patrón de conducta. No, un solo incidente grave puede ser suficiente. El acoso por razón de sexo, ¿afecta solo a mujeres?. Sí, la ley lo enfoca exclusivamente hacia las mujeres. No, puede afectar a cualquier persona independientemente de su sexo. ¿Puede considerarse acoso sexual un comentario no deseado sobre la apariencia física de alguien en el ámbito laboral?. No, si no es explícitamente sexual. Sí, si tiene índole sexual y crea un ambiente hostil o degradante. ¿Qué elemento es clave para determinar si una conducta es acoso sexual o por razón de sexo?. La intención del acosador. El efecto sobre la dignidad de la persona y la no deseabilidad de la conducta. ¿La LO 3/2007 exige que el acoso ocurra en el lugar de trabajo para ser considerado delito?. Sí, debe ser estrictamente en el centro de trabajo. No, puede ocurrir en cualquier contexto donde exista una relación de poder o dependencia. ¿Qué tipo de consecuencias puede tener el acoso para la víctima?. Solo malestar emocional. Daño a la dignidad, intimidación, hostilidad, y puede afectar la empleabilidad y la salud. El Artículo 7.2 de la LO 3/2007 menciona que las acciones u omisiones que supongan un trato desfavorable [...] son constitutivas de acoso por razón de sexo. ¿Qué significa 'trato desfavorable' en este contexto?. Ser tratado de forma distinta y perjudicial por ser hombre o mujer. Ser tratado de forma ligeramente diferente pero sin perjuicio. ¿Un simple piropo considerado inofensivo por quien lo dice puede ser acoso sexual?. No, si la intención es buena, no hay acoso. Sí, si la persona que lo recibe lo considera no deseado y atentatorio contra su dignidad. ¿Las bromas de contenido sexual repetidas pueden ser consideradas acoso?. No, son solo bromas y no deben tomarse en serio. Sí, si son no deseadas y crean un ambiente ofensivo o humillante. ¿Qué diferencia principal existe entre acoso sexual y acoso por razón de sexo según la ley?. El acoso sexual implica contacto físico, el otro no. El acoso sexual se centra en conductas de índole sexual no deseadas; el acoso por razón de sexo se basa en el trato desfavorable por el sexo de la persona. La ley menciona que el acoso puede tener como 'propósito o efecto' atentar contra la dignidad. ¿Qué implica esto?. Solo importa la intención del acosador. La intención y el resultado son ambos relevantes para determinar si existe acoso. ¿Los avances no deseados y persistentes de carácter sexual son un ejemplo de acoso sexual?. No, si no llegan a ser contacto físico. Sí, son una forma de conducta verbal o física no deseada. ¿Una oferta de ascenso condicionada a aceptar relaciones sexuales es un caso de qué tipo de acoso?. Acoso por razón de sexo. Acoso sexual. Si alguien es objeto de burlas o chistes constantes sobre su orientación sexual en el trabajo, ¿podría considerarse acoso por razón de sexo?. No, si no es un comentario sexual explícito. Sí, si esas burlas crean un entorno hostil y se basan en su sexo o identidad de género. ¿Es la LO 3/2007 la única normativa que aborda el acoso sexual y por razón de sexo en España?. Sí, es la única ley. No, existen otras normativas y el Código Penal también tipifica el acoso. En el ámbito laboral, ¿quiénes son responsables de prevenir y actuar ante el acoso sexual y por razón de sexo?. Únicamente la víctima. La empresa y sus representantes. Un comentario sarcástico sobre la incompetencia de una mujer en un puesto tradicionalmente masculino, ¿podría ser acoso por razón de sexo?. No, si no hay intención sexual. Sí, si se basa en estereotipos de género y crea un ambiente de trabajo hostil. ¿Debe la víctima probar que el acosador tuvo 'intención sexual' para que se considere acoso sexual?. Sí, la intención sexual es el elemento principal. No, el propósito o el efecto de atentar contra la dignidad es lo que cuenta. Si un jefe presiona a un empleado para que salga con él, ¿es esto acoso sexual?. Depende de si el empleado acepta o no. Sí, si la presión es no deseada y crea un entorno de trabajo hostil o intimidatorio. ¿El acoso por razón de sexo puede manifestarse a través de la exclusión social o el aislamiento laboral?. No, solo se refiere a comentarios o acciones directas. Sí, si la exclusión se basa en el sexo y tiene como objetivo menoscabar la dignidad. ¿Qué tipo de conductas NO se consideran acoso sexual según la ley?. Comentarios inapropiados sobre la vida sexual de un compañero. Una conversación casual y consensuada sobre temas no relacionados con el trabajo. Si una persona hace un gesto obsceno no dirigido a nadie en particular, ¿es automáticamente acoso sexual?. Sí, cualquier gesto obsceno es acoso. No necesariamente, debe tener el propósito o efecto de atentar contra la dignidad de alguien en concreto. ¿La LO 3/2007 distingue entre acoso sexual 'quid pro quo' y acoso sexual ambiental?. Sí, las define de forma separada. No, las engloba bajo la misma definición general de acoso sexual. El acoso por razón de sexo, ¿puede implicar la asignación de tareas degradantes o humillantes basadas en el género?. No, solo se refiere a comentarios. Sí, si tales tareas tienen como objetivo menoscabar la dignidad por razón de sexo. ¿Qué papel juega el consentimiento en la definición de acoso sexual?. El consentimiento explícito anula cualquier posibilidad de acoso. La ausencia de consentimiento (conducta no deseada) es un elemento central. Si un compañero de trabajo difunde rumores falsos sobre la vida sexual de otro compañero, ¿puede ser considerado acoso sexual?. No, si no hay contacto físico. Sí, si la difusión de rumores es no deseada y atenta contra la dignidad. ¿El acoso por razón de sexo puede ser ejercido por una persona del mismo sexo que la víctima?. No, solo puede ser de un sexo hacia otro. Sí, el acoso por razón de sexo no depende de la identidad de género del acosador o la víctima. ¿Una política de empresa que discrimina a las mujeres embarazadas es un ejemplo de acoso por razón de sexo?. No, es discriminación, no acoso. Sí, es una forma de trato desfavorable por razón de sexo. Si un supervisor hace comentarios denigrantes sobre la capacidad de una mujer para liderar un equipo, ¿se considera acoso por razón de sexo?. No, si son solo opiniones. Sí, si dichos comentarios se basan en estereotipos de género y crean un ambiente laboral hostil. ¿La amenaza de despido si no se accede a peticiones sexuales es acoso?. No, si el empleado finalmente no es despedido. Sí, es una forma de acoso sexual ('quid pro quo'). ¿Es necesario que la víctima sufra un daño psicológico grave para que se considere acoso?. Sí, debe haber un diagnóstico psiquiátrico. No, la ley se enfoca en el atentado contra la dignidad y la creación de un entorno hostil. Si un empleado se siente incómodo por la decoración de la oficina (ej. imágenes sexualmente sugerentes), ¿puede ser considerado acoso ambiental?. No, si no hay una persona específica que lo cause. Sí, si la decoración es ofensiva y crea un ambiente de trabajo hostil. ¿Cómo debe actuar una persona que cree estar sufriendo acoso?. Ignorarlo y esperar que cese. Comunicar claramente que la conducta no es deseada y, si persiste, denunciarlo formalmente. ¿La ley protege contra el acoso sexual y por razón de sexo en prácticas precontractuales (entrevistas de trabajo)?. No, solo aplica una vez se es empleado. Sí, la protección se extiende a las fases previas a la contratación. ¿Qué significa que el acoso por razón de sexo puede ser 'directo' o 'indirecto'?. Directo es con contacto físico, indirecto sin él. Directo es tratar mal por ser hombre/mujer; indirecto es aplicar normas neutras que perjudican más a un sexo. ¿Un intento fallido de acoso sexual puede ser considerado acoso?. No, solo si el acoso se consuma. Sí, si la conducta intentada era no deseada y atentatoria contra la dignidad. ¿La comunicación de la víctima de que una conducta no es deseada debe ser explícita?. Sí, siempre debe decir 'no me gusta' o similar. No, puede inferirse de las circunstancias o del lenguaje corporal si es clara. ¿Puede una empresa ser responsable si no toma medidas tras una denuncia de acoso?. No, la responsabilidad es solo del acosador. Sí, la empresa tiene responsabilidad si omite actuar diligentemente. ¿El acoso sexual puede ocurrir a través de medios electrónicos (email, redes sociales)?. No, solo se considera acoso el contacto físico o verbal directo. Sí, cualquier medio puede ser utilizado para perpetrar acoso sexual. ¿Qué principio fundamental protege la LO 3/2007 contra el acoso?. El principio de beneficencia. El principio de igualdad efectiva entre mujeres y hombres. ¿Si una persona se siente ofendida por un comentario, pero no hay pruebas de que otros también lo estén, puede ser acoso?. No, debe haber un patrón o que afecte a varios. Sí, la afectación a la dignidad de una persona es suficiente. ¿Es necesario que el acosador tenga poder jerárquico sobre la víctima?. Sí, solo un superior puede acosar. No, el acoso puede darse entre iguales o incluso de subordinados a superiores. ¿Puede el acoso por razón de sexo incluir la denegación de oportunidades de formación o desarrollo profesional basadas en el género?. No, eso es discriminación directa. Sí, si esa denegación tiene como objetivo o efecto menoscabar la dignidad o limitar el desarrollo por razón de sexo. ¿La ley LO 3/2007 equipara las consecuencias del acoso sexual y el acoso por razón de sexo?. Sí, ambas son igualmente graves y sancionables. No, el acoso sexual es siempre más grave. | 
 




