CSA CAT III CHILE
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Título del Test:![]() CSA CAT III CHILE Descripción: Cuestionario curso conscienciación de seguridad aeroportuaria |




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Si durante la durante las actividades rutinarias o de contingencia, se detecte la presencia de algún artefacto explosivo se debe llamar al GOPE y no a la DGAC: VERDADERO. FALSO. PRUEBA DE SEGURIDAD es Prueba, secreta o no, de una medida de seguridad de la aviación en la que se simula un intento de cometer un acto de interferencia ilícita. VERDADERO. FALSO. Los operadores aéreos previo a la puesta en servicio de una aeronave deberán: Realizar chequeos periódicos al lugar donde se encuentra estacionada. Elaborar y aplicar sus programas de seguridad por medio de empresas de seguridad privada. Mantener cerradas todas las puertas exteriores y retirar escalas. Efectuar verificaciones previas, con el objeto de descubrir si existen objetos sospechosos que puedan poner en riesgo la seguridad del vuelo. El acceso a las zonas de seguridad restringidas de los aeródromos se controlará a las personas y vehículo mediante: Pórtico detector de metales. Sistema de Credenciales. Sistema Biométrico. Sistema de Rayos X. Riesgo es la Probabilidad de que una acción o actividad determinada conduzca a una pérdida. VERDADERO. FALSO. La autorización para los servicios de seguridad privada será extendida por la Autoridad Aeronáutica con una vigencia de: 01 año. 02 años. 03 años. 04 años. “No aceptar transportar carga aérea y mercancías peligrosas en una aeronave, a menos que un agente acreditado confirme y demuestre que se aplican los controles e inspecciones de seguridad o que estos sean sujeto a controles e inspecciones por parte de la Autoridad Aeronáutica”, es una responsabilidad de: Las Agencias de Carga. Los explotadores Aéreos. Los expedidores de Carga. El Servicio AVSEC. El cargo de Director General de Aeronáutica Civil será ocupado por: Un funcionario de planta con a lo menos 30 años de servicio activo en la institución. Un Oficial General de la rama aire de la FACH, el que además deberá estar en servicio activo. Una persona de confianza del presidente (a) de la República, nombrado por resolución. Es un cargo concursable en alta Dirección Pública, conforme criterios mínimos exigidos por el exigidos por el Ministerio de Defensa Nacional. Conforme lo establecido en el DAR 17 y si hablamos de aeronaves en vuelo; Apoderamiento ilícito de aeronaves en tierra; Toma de rehenes a bordo de aeronaves o en los aeródromos; Intrusión por la fuerza a bordo de una aeronave, en un aeródromo o en el recinto de una instalación aeronáutica; Introducción a bordo de una aeronave o en un aeródromo de armas o de artefactos (o sustancias) peligrosos con fines criminales; y Comunicación de información falsa, nos referimos a: Crimen organizado. Simples delitos. Actos de Interferencia Ilícita. Terrorismo. De acuerdo con el Programa Nacional de Seguridad de la Aviación Civil (PNSAC) tendrán excepciones a la inspección las siguientes personas: Pasajeros menores de edad. Pasajeros con marcapaso. Pasajeros en calidad especiales. No existirá excepción alguna. El área de movimiento de un aeródromo, de sus terrenos y edificios adyacentes o las partes de los mismos cuyo acceso está controlado se denomina: Parte Publica. Parte Aeronautica. Zona de Seguridad Restringida. Puesto de Control de Seguridad. Conforme a la definición señalada en el PNSAC y para efectos del mencionado programa, arma es: Aquella cosa o bien cuyo traslado en la cabina de pasajeros no está permitida por ser peligrosa, tales como, tijeras, abrecartas, elementos metálicos punzantes y otros. Las armas de fuego utilizadas por las policías y fuerzas armadas. Todo elemento u objeto cortante, punzante, contundente o de otra naturaleza que esté hecho o que pueda ser utilizado para el ataque o defensa. Cualquier elemento cortante o punzante que pueda ser utilizado para la legítima defensa. Un envío de carga solamente podrá clasificarse como “carga conocida”, cuando: Su origen es de un agente acreditado. Cuando su origen proviene de otro destino. Su origen es de un agente acreditado y/o cuando ha sido sometido a una inspección y sea evidenciado mediante un registro documental. Cuando cumpla con los controles de seguridad de la Autoridad Aeronáutica. Conforme a lo establecido en el PNSCA, el sello de seguridad será adosado al envío de carga y provisto por: I. Agente Acreditado. II. La empresa de seguridad que mantengan las líneas aéreas. III. Empresas que cuenten con instalaciones autorizadas por la autoridad aeronáutica. IV. Por la DGAC como validador del proceso de revisión. I y III. II y IV. I, III y IV. I, II y IV. Un envío de carga solamente podrá clasificarse como “carga conocida”, cuando: Su origen es de un agente acreditado. Cuando su origen proviene de otro destino. Su origen es de un agente acreditado y/o cuando ha sido sometido a una inspección y sea evidenciado mediante un registro documental. Cuando cumpla con los controles de seguridad de la Autoridad Aeronáutica. Proteger las aeronaves que prestan servicios a la aviación civil es responsabilidad específica: De la DGAC. De la Autoridad policial. Del explotador aéreo. Concesionaria del terminal aéreo. Proteger las aeronaves que prestan servicios a la aviación civil es responsabilidad específica de: La DGAC. La Autoridad policial. El explotador aéreo. Concesionaria del terminal aéreo. Conforme a lo establecido en la normativa aeronáutica un Control de Seguridad es o son: Puesto de Control de Seguridad. Barrera de Seguridad establecida para evitar que se introduzcan al Aeropuerto sustancias o artículos peligrosos. Medios para evitar que se introduzcan armas, explosivos o artículos que pudieran utilizarse para cometer actos de interferencia ilícita. Zona restringida. La carga que llegue desde fuera del país en tránsito por carretera, ferrocarril o vía marítima para continuar su transporte por vía aérea, serán considerados como: Carga Conocida. Carga en tránsito. Carga Desconocida. Carga de agente acreditado. Conforme a lo estipulado en el DAR 17, La autoridad que podrá impedir el embarque o desembarcar a un pasajero insubordinado cuya conducta constituya un peligro para la seguridad del vuelo, corresponde a: La autoridad policial correspondiente. La autoridad aeronáutica. El comandante de la aeronave. El jefe de la unidad aeroportuaria. La DGAC establecerá en cada aeródromo que preste servicio a la aviación civil, zonas de seguridad restringidas, basándose en: La cantidad de pasajeros embarcados. La evaluación de riesgos de seguridad que realicen las autoridades nacionales competentes. La cantidad de metros cuadrados que conforman en aeródromo. La cantidad de aeronaves que operen en el aeródromo. El siguiente artículo: “El que transportare o hiciere transportar objetos peligrosos para la seguridad de la aeronave, sin cumplir con las disposiciones legales o reglamentarias, será castigado con presidio o reclusión menores en sus grados medio a máximo o multa de treinta a doscientos ingresos mínimos mensuales” corresponde a: Ley 18.916 art. 195. Ley 16.752 art. 3. DAR-18 art. 4. Código aeronáutico Art. 84. Los explotadores aéreos realizarán el traslado en sus aeronaves sólo del equipaje facturado que haya sido cotejados con los pasajeros correspondientes, sin embargo, podrá embarcarse un equipaje sin su dueño cuando: Se someta a inspección visual y documental. Esté identificado como equipaje no acompañado y sea sometido a una inspección adicional. Sea autorizado por el comandante de la aeronave. No entorpezca el normal desarrollo de las operaciones aéreas y la unidad se encuentre en estado de alerta verde. En el contexto del Programa Nacional de la Carga Aérea, la siguiente definición “Agente, expedidor de carga o cualquier otra entidad que mantenga relaciones comerciales con un explotador y proporciona controles de seguridad, que están aceptados o exigidos por la Autoridad Competente (DGAC), respecto de la carga o el correo”, corresponde a: Agente Conocido. Agente Acreditado. Carga Aérea. Expedidor Conocido. Los controles y procedimientos de seguridad deberán causar un mínimo de interferencia o demoras en las actividades de la aviación civil, siempre que no se comprometa la eficacia de esos controles y procedimientos. De acuerdo a lo señalado en el DAR 17, este concepto se refiere a: Aplicación de la norma. Cooperación Internacional. Objetivos de la norma. Seguridad y facilitación. El responsable que deberá disponer que la carga y el correo que se transporten en una aeronave de pasajeros, estén protegidos de interferencias corresponde a: El Servicio AVSEC. El Concesionario del Terminal Aéreo. La Autoridad Policial. El Explotador Aéreo. |