CTE DB-HE-06 Test 01
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Título del Test:![]() CTE DB-HE-06 Test 01 Descripción: CTE DB-HE 06 HE 6 Dotaciones mínimas para la infraestructura de recarga de vehíc |




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CTE DB HE Ahorro de energía. Indica la afirmación INCORRECTA: HE 0 Limitación de consumo de energía. Para la limitación de consumo energético, entre las solicitaciones interiores se considera el aporte de energía de los ocupantes. HE 1 Control de la demanda energética. El control solar de la envolvente térmica no afecta a cambios de usos de edificio existente. HE 4 Contribución mínima de energía renovable. Para cubrir la demanda de ACS, no se prescriben pruebas finales de control de obra terminada. HE 6 Dotaciones mínimas para la infraestructura de recarga de vehículos eléctricos. Dentro del Documento Básico HE Ahorro de energía el Documento Básico HE-06 ¿Se denomina?. Dotaciones mínimas para la infraestructura de recarga de vehículos eléctricos. Dotaciones mínimas para la infraestructura de recarga de mediante placas solares fotovoltaicas. Dotaciones mínimas para la recarga de vehículos eléctricos mediante energías renovables. Dotaciones mínimas para la de recarga de vehículos eléctricos mediante redes e infraestructuras electricas. Documento Básico HE-06, Dotaciones mínimas para la infraestructura de recarga de vehículos eléctricos; Las condiciones establecidas en este apartado son de aplicación a edificios que cuenten con una zona destinada a aparcamiento, ya sea interior o exterior adscrita al edificio, en los siguientes supuestos: Edificios de nueva construcción. Edificios existentes, en el caso de cambio de uso característico del edificio. Ampliaciones de edificios existentes, en aquellos casos en los que se incluyan intervenciones en el aparcamiento y se incremente más de un 10% la superficie o el volumen construido de la unidad o unidades de uso sobre las que se intervenga, siendo, además, la superficie útil ampliada superior a 50 m2. Todas son ciertas. Documento Básico HE-06, Dotaciones mínimas para la infraestructura de recarga de vehículos eléctricos; Se excluyen del ámbito de aplicación: Los edificios de uso distinto del residencial privado con una zona de uso aparcamiento de 10 plazas o menos. Edificios de nueva construcción. Edificios existentes, en el caso de cambio de uso característico del edificio. Ampliaciones de edificios existentes, en aquellos casos en los que se incluyan intervenciones en el aparcamiento y se incremente más de un 10% la superficie o el volumen construido de la unidad o unidades de uso sobre las que se intervenga, siendo, además, la superficie útil ampliada superior a 50 m2. Las condiciones establecidas en la sección HE6 de Dotaciones mínimas para la infraestructurade recarga de vehículos eléctricos, son de aplicación: En edificios de nueva construcción que cuenten con una zona destinada a aparcamiento,ya sea interior o exterior adscrita al edificio. Intervenciones en la instalación eléctrica de un aparcamiento existente que afecte a másdel 40% de la potencia instalada en el mismo antes de la intervención. En ampliaciones de edificios existentes, en los que se incluyan intervenciones en elaparcamiento y se incremente en más de un 20% la superficie. En edificios protegidos oficialmente por ser parte de un entorno declarado o en razón de su particular valor arquitectónico o histórico en todo caso. Documento Básico HE-06, Dotaciones mínimas para la infraestructura de recarga de vehículos eléctricos; Los edificios dispondrán de una infraestructura mínima que posibilite la recarga de vehículos eléctricos. Esta infraestructura de recarga de vehículos eléctricos cumplirá con lo dispuesto en: el vigente Reglamento electrotécnico de baja tensión y en su Instrucción Técnica Complementaria (ITC) BT 52 "Instalaciones con fines especiales. Infraestructura para la recarga de vehículos eléctricos”. el vigente Reglamento electrotécnico de baja tensión y en su Instrucción Técnica Complementaria (ITC) BT 17 "Instalaciones de enlace. Dispositivos generales e individuales de mando y protección. interruptor de control de potencia". el vigente Reglamento electrotécnico de baja tensión y en su Instrucción Técnica Complementaria (ITC) BT 19 "Instalaciones interiores o receptoras. prescripciones generales". el vigente Reglamento electrotécnico de baja tensión y en su Instrucción Técnica Complementaria (ITC) BT 40 “Instalaciones generadoras de baja tensión”. Documento Básico HE-06, Dotaciones mínimas para la infraestructura de recarga de vehículos eléctricos; En los edificios de uso residencial privado se instalarán sistemas de conducción de cables que permitan el futuro suministro a estaciones de recarga para el. 100% de las plazas de aparcamiento. 80% de las plazas de aparcamiento. 50% de las plazas de aparcamiento. 40% de las plazas de aparcamiento. CTE DB-HE Ahorro de energía. Sección HE 6 Dotaciones mínimas para la infraestructura de recarga de vehículos eléctricos. Cuantificación de la exigencia: En los edificios de uso residencial privado se instalarán sistemas de conducción de cables que permitan el futuro suministro a estaciones de recarga para el: 100% de las plazas de aparcamiento. 75% de las plazas de aparcamiento. 110% de las plazas de aparcamiento. 50% de las plazas de aparcamiento. Según el DB HE 6 del Código técnico de la edificación, señala la INCORRECTA: En los edificios de uso residencial privado se instalarán sistemas de conducción de cables que permitan el futuro suministro a estaciones de recarga para el 100% de las plazas de aparcamiento. Se instalará una estación de recarga por cada 40 plazas de aparcamiento, o fracción. En los edificios de uso distinto al residencial privado se instalarán sistemas deconducción de cables que permitan el futuro suministro a estaciones de recarga para almenos el 20% de las plazas de aparcamiento. En el caso de que los aparcamientos dispongan de plazas de aparcamiento accesible, se instalará una estación de recarga por cada 10 plazas de aparcamiento accesibles. Documento Básico HE-06, Dotaciones mínimas para la infraestructura de recarga de vehículos eléctricos; En los edificios de uso distinto al residencial privado se instalarán sistemas de conducción de cables que permitan el futuro suministro a estaciones de recarga para: al menos el 20% de las plazas de aparcamiento. al menos el 40% de las plazas de aparcamiento. al menos el 50% de las plazas de aparcamiento. al menos el 60% de las plazas de aparcamiento. Según la sección HE 6 de Dotaciones mínimas para la infraestructura de recarga de vehículos eléctricos del DB HE de Ahorro de Energía del Código Técnico de la Edificación, en los edificios de uso distinto al residencial privado se instalarán sistemas de conducción de cables que permitan el futuro suministro a estaciones de recarga para al menos el: 10% de las plazas de aparcamiento. 20% de las plazas de aparcamiento. 30% de las plazas de aparcamiento. 40% de las plazas de aparcamiento. ¿Qué dotación mínima de puntos de recarga para vehículos eléctricos debe tener un aparcamiento colectivo de un edificio de la Administración Pública según el DB HE 6?. Una estación de recarga por cada 10 plazas o fracción. Una estación de recarga por cada 20 plazas o fracción. Un punto de recarga por cada 40 plazas o fracción. Un punto de recarga por cada 100 plazas o fracción. Según la sección HE 6 de Dotaciones mínimas para la infraestructura de recarga de vehículos eléctricos del DB HE de Ahorro de Energía del Código Técnico de la Edificación, en los edificios de uso distinto al residencial privado que sean de titularidad de la Administración general del Estado se instalará una estación de recarga por cada: 20 plazas de aparcamiento o fracción. 30 plazas de aparcamiento o fracción. 40 plazas de aparcamiento o fracción. 50 plazas de aparcamiento o fracción. Documento Básico HE-06, Dotaciones mínimas para la infraestructura de recarga de vehículos eléctricos; En los edificios de uso distinto al residencial privado se instalarán sistemas de conducción de cables que permitan el futuro suministro a estaciones de recarga para al menos el 20% de las plazas de aparcamiento. Además, se instalará una estación de recarga: por cada 40 plazas de aparcamiento, o fracción. por cada 20 plazas de aparcamiento, o fracción. por cada 50 plazas de aparcamiento, o fracción. por cada 60 plazas de aparcamiento, o fracción. Según el DB HE 6 del CTE, se instalará una estación de recarga: por cada 40 plazas en edificios de uso distinto al residencial privado que sean titularidadde la Administración General. por cada 20 plazas en edificios de uso distinto al residencial privado que sean titularidadde la Administración General. por cada 50 plazas de aparcamiento o fracción en uso residencial privado. por cada 2 plazas de aparcamiento accesible en uso residencial privado. |