CTE DB-HS-03 Test 01
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Título del Test:![]() CTE DB-HS-03 Test 01 Descripción: CTE DB-HS 3 Calidad del aire interior |




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Dentro del Documento Básico HS Salubridad el Documento Básico HS 3 se refiere a: Calidad del aire interior. Suministro de agua. Evacuación de aguas. Protección frente a la exposición al radón. La sección HS 3 del CTE es de aplicación, en los edificios de viviendas, a... Los almacenes de residuos. Los aparcamientos y garajes. Los trasteros. Todas las respuestas son correctas. La sección HS 3 del CTE es de aplicación a: Los aparcamientos y garajes. Los edificios de uso administrativa. Los edificios docentes. Ninguna de las respuestas es correcta. En relación con la exigencia de calidad de aire interior y los requisitos de calidad de aire interior establecidos en la Sección HS3 del CTE, cuál de los siguientes locales está regulado por la normativa indicada: Residencias de ancianos. Locales comunes de hoteles. Almacenes de residuos. Piscinas. El DB-HS 3, Salubridad, calidad del aire interior, es de aplicación a: Todos los edificios incluidos en el ámbito de aplicación general del CTE. Cualquier tipo de edificios de nueva planta, independientemente del uso. Los edificios de viviendas, al interior de las mismas, los almacenes de residuos, los trasteros, los aparcamientos y garajes; y, en los edificios de cualquier otro uso, a los aparcamientos y los garajes. Los edificios de viviendas, al interior de las mismas, los almacenes de residuos, los trasteros. Se exceptúan los aparcamientos y garajes, que se rigen por el RITE. El DB-HS 3, Salubridad, calidad del aire interior, NO se aplica a: Los edificios de oficinas. Los edificios de viviendas. Los aparcamientos y garajes, independientemente del uso del edificio. Los almacenes de residuos de los edificios de viviendas. Según el DB-HS 3, Salubridad, calidad del aire interior, En los locales habitables de las viviendas se debe aportar un caudal de aire exterior suficiente de manera que en la concentración media anual de CO2 en cada local sea menor de: 1600 ppm. 900 kg CO2. 900 ppm. 1600 kg CO2. Según el DB-HS 3, Salubridad, calidad del aire interior, las cocinas deberán: Disponer obligatoriamente de un sistema específico de ventilación con extracción mecánica para los vapores y los contaminantes de la cocción. Disponer obligatoriamente en la zona de cocción de las cocinas de un sistema que permita extraer los contaminantes que se producen durante su uso, de forma independiente a la ventilación general de los locales habitables. Disponer obligatoriamente de un sistema específico de ventilación con extracción mecánica para los vapores y los contaminantes de la cocción y si la zona de cocción no da a fachada, deberá disponerse un sistema adicional que permita extraer los contaminantes que se producen durante su uso. Disponer obligatoriamente de un sistema de ventilación natural, por medio de una ventana exterior practicable o una puerta exterior; en la zona de cocción, un sistema que permita extraer los contaminantes que se producen durante su uso, que permita extraer un caudal mínimo de 50 l/s, y un sistema adicional específico de ventilación con extracción mecánica para los vapores y los contaminantes de la cocción. Según el DB-HS 3, Salubridad, calidad del aire interior, En la zona de cocción de las cocinas se debe disponer de un sistema que permita extraer los contaminantes que se produzcan durante su uso, con un caudal mínimo de: 150 l/s. 5 l/s. 25 l/s. 50 l/s. Según la exigencia básica de salubridad HS3 del código técnico de edificación, los caudales de ventilación mínimos en trasteros y sus zonas comunes son: 3 l/s por local. 0,7 l/s por local. 1,4 l/s por m2 útil. 0,7 l/s por m2 útil. Según el Documento Básico HS3 calidad del aire interior, el caudal de ventilación mínimo en trasteros por m2 será de: 0,6 l/s. 0,7 l/s. 0,8 l/s. 0,9 l/s. Según lo establecido en DB HS 3 Calidad de aire interior del CTE, para el dimensionamiento de los sistemas de ventilación, el caudal mínimo exigido a los trasteros y sus zonas comunes es: 0,7 l/s por m2 de superficie. 7 l/s por m2 de superficie. 1 l/s por m2 de superficie. 10 l/s por m2 de superficie. Según lo establecido en DB HS 3 Calidad de aire interior del CTE, para el dimensionamiento de los sistemas de ventilación, el caudal mínimo exigido a los aparcamientos garajes es: 120 l/s por plaza. 120 l/s por m2 de superficie. 120 l/s por ocupantes. 120 l/s por planta. Según lo establecido en DB HS 3 Calidad de aire interior del CTE, La aportación de caudal de aire exterior mínimo para eliminar los contaminantes propios del garaje de un edificio de vehículos es de: 120 l/s para el total del aparcamiento. 10 l/s m2 de plaza de aparcamiento. 120 l/s por plaza de aparcamiento. 1.000 l/s para el total del aparcamiento. Según lo establecido en DB HS 3 Calidad de aire interior del CTE, para el dimensionamiento de los sistemas de ventilación, el caudal mínimo exigido a los almacenes de residuos es: 0,7 l/s por m2 de superficie. 7 l/s por m2 de superficie. 1 l/s por m2 de superficie. 10 l/s por m2 de superficie. De acuerdo con el Código Técnico de la Edificación y su Documento Básico DB-HS 3 Calidad del aire interior, las viviendas deben disponer de un sistema general de ventilación que puede ser: Mecánico o híbrido. Natural o forzado. Simple o combinado. Individual o compuesto. Según el DB-HS 3, Salubridad, calidad del aire interior, los dormitorios deberán disponer obligatoriamente: De un sistema complementario de extracción. Únicamente de un sistema de ventilación natural, por medio de una ventana exterior practicable o una puerta exterior. Únicamente de aberturas de admisión (aireadores), y optativamente de ventilación natural, por medio de una ventana exterior practicable o una puerta exterior. De aberturas de admisión (aireadores) y de un sistema complementario de ventilación natural, por medio de una ventana exterior practicable o una puerta exterior. De acuerdo con el CTE DB HS 3: Calidad del aire interior; Indique cuál de las siguientes afirmaciones respecto de los sistemas de ventilación es FALSA: El aire debe circular desde los locales secos a los locales húmedos. En las cocinas, aseos y los cuartos de baño se deben disponer de aberturas de admisión. Si la ventilación es híbrida las aberturas de admisión deben comunicar directamente con el exterior. Los aireadores deben disponerse a una distancia del suelo mayor que 1,80 m. De acuerdo con el CTE DB HS 3: Calidad del aire interior; las viviendas deben disponer de un sistema general de ventilación que puede ser: Natural o mecánica. Forzada o hibrida. Natural o forzada. Hibrida o mecánica. En aplicación del DB-HS 3, Salubridad, calidad del aire interior, En una cocina de una vivienda de un edificio se debe disponer de: Extracción de los vapores y contaminantes de la cocción y aberturas de extracción independientes para el sistema de ventilación de la vivienda. Extracción de los vapores y contaminantes de la cocción y aberturas de admisión independientes para el sistema de ventilación de la vivienda. Extracción de los vapores y contaminantes de la cocción, aberturas de extracción independientes para el sistema de ventilación de la vivienda y un sistema complementario de ventilación natural (ventana exterior o puerta exterior). Extracción de los vapores y contaminantes de la cocción y un sistema complementario de ventilación natural (ventana exterior o puerta exterior). En aplicación del DB-HS 3, Salubridad, calidad del aire interior, ¿A qué altura se deben colocar los aireadores?. A una distancia del suelo mayor que 1,8 m, para que no se produzcan corrientes de aire molestas. A una distancia del techo menor que 0,25 m, para que no se produzcan corrientes de aire molestas y se ventile todo el espacio. A una distancia del suelo mayor que 1,5 m, para que no se produzcan corrientes de aire molestas. A una distancia del techo menor que 0,50 m, para que no se produzcan corrientes de aire molestas y se ventile todo el espacio. Según la exigencia básica de salubridad HS3 del código técnico de edificación, en una vivienda: Cuando la ventilación sea híbrida las aberturas de admisión deben comunicar directamente con el interior. Cuando la ventilación sea híbrida no necesita aberturas de admisión. No se coloca ventilación hibrida. Cuando la ventilación sea híbrida las aberturas de admisión deben comunicar directamente con el exterior. Según la exigencia básica de salubridad HS3 del código técnico de edificación, en una vivienda: Los aireadores deben disponerse a una distancia del suelo igual a 1,80 m. Los aireadores deben disponerse a una distancia del suelo mayor que 1,80 m. Los aireadores deben disponerse a una distancia del suelo menor de 1,80 m. Los aireadores deben disponerse a una distancia del suelo menor que 1,5 m. De acuerdo con el Código Técnico de la Edificación y su Documento Básico DB-HS 3 Calidad del aire interior, en los almacenes de residuos debe disponerse un sistema de ventilación que puede ser: Mecánico o híbrido. Natural o forzado. Simple o combinado. Natural, híbrida o mecánica. Según la exigencia básica de salubridad HS3 del código técnico de edificación, en los almacenes de residuos debe disponerse un sistema de ventilación que puede ser: Únicamente natural. Únicamente híbrida. Únicamente mecánica. Natural, híbrida o mecánica. En un sistema de ventilación de un almacén de residuos de un edificio de viviendas: No se puede disponer de ventilación natural a través de aberturas mixtas. Las aberturas de admisión pueden no comunicar directamente con el exterior. Las aberturas de extracción en un sistema de ventilación mecánico deben conectarse a conductos de extracción. La separación vertical entre las aberturas de admisión y extracción en un sistema de ventilación natural debe ser como mínimo de 1,80 m. Según el DB HS 3, en los Trasteros debe disponerse un sistema de ventilación que podrá ser: Únicamente ventilación mecánica. Únicamente ventilación híbrida. Natural, híbrida o mecánica. Ventilación natural o mecánica. Según el CTE DB HS salubridad, en su apartado HS3 calidad interior del aire, La ventilación de los trasteros puede ser: A través de la zona común, y la partición situada entre cada trastero y esta zona debe disponer al menos de dos aberturas de paso separadas verticalmente 1 m como mínimo. A través de la zona común, y la partición situada entre cada trastero y esta zona debe disponer al menos de dos aberturas de paso separadas verticalmente 0,5 m como mínimo. A través de la zona común, y la partición situada entre cada trastero y esta zona debe disponer al menos de dos aberturas de paso separadas verticalmente 1,5 m como mínimo. No se puede ventilar un trastero a través de la zona común. De acuerdo con el Código Técnico de la Edificación y su Documento Básico DB-HS 3 Calidad del aire interior, en los aparcamientos y garajes debe disponerse un sistema de ventilación que puede ser: Mecánico o híbrido. Natural o mecánica. Simple o combinado. Natural, híbrida o mecánica. En aplicación del DB-HS 3, Salubridad, calidad del aire interior, para poder ventilar por medios naturales un aparcamiento, se deben disponer: Aberturas en dos fachadas opuestas del aparcamiento para garantizar una ventilación cruzada. Aberturas en todas las fachadas del aparcamiento y la distancia mínima libre de obstáculos entre cualquier punto del local y la abertura más próxima a él será como máximo igual a 25 m. Aberturas en dos fachadas opuestas del aparcamiento y la distancia mínima libre de obstáculos entre cualquier punto del local y la abertura más próxima a él será como máximo igual a 25 m. Aberturas en todas las fachadas del aparcamiento y la distancia mínima libre de obstáculos entre cualquier punto del local y la abertura más próxima a él será como máximo igual a 30 m. En aplicación del DB-HS 3, Salubridad, calidad del aire interior, para el uso aparcamiento, ¿Cuándo será necesario disponerse un sistema de detección de monóxido de carbono que active automáticamente los aspiradores mecánicos?. En cualquier aparcamiento, excepto los aparcamientos de viviendas unifamiliares. En los aparcamientos que excedan de cinco plazas o de 100 m2 útiles. En los aparcamientos que excedan de dos plazas o de 50 m2 útiles. En los aparcamientos que excedan de 500 m2 útiles. Según el Documento Básico HS3 calidad del aire interior, los conductos de admisión deben ser practicables para su registro y limpieza como máximo cada: 8 metros. 9 metros. 10 metros. 15 metros. Según el CTE DB HS salubridad, en su apartado HS3 calidad interior del aire, La superficie total practicable de las ventanas y puertas exteriores de cada local debe ser como mínimo: Un veinteavo de la superficie útil del mismo. Un veinticincoavo de la superficie útil del mismo. La mitad de la superficie útil del mismo. Ninguna de las anteriores. Según la exigencia básica de salubridad HS3 del código técnico de edificación, la superficie total practicable de las ventanas y puertas exteriores de cada local debe ser como mínimo: La mitad de la superficie del mismo. Una cuarta parte de la superficie del mismo. Un tercio de la superficie del mismo. Un veinteavo de la superficie útil del mismo. Según se establece en el CTE DB-HS3, para conductos de extracción para ventilación híbrida, en las piezas colocadas, se admitirá una desviación de la vertical de hasta: 18º con transiciones suaves. 17º con transiciones suaves. 16º con transiciones suaves. 15º con transiciones suaves. Según el CTE DB HS salubridad, en su apartado HS3 calidad interior del aire, para mantener y conservar las aberturas de ventilación deben limpiarse cada: 3 años. 6 meses. 5 años. 1 año. Según la exigencia básica de salubridad HS3 del código técnico de edificación, respecto al mantenimiento y conservación, la limpieza de conductos se hará: Cada 5 años. Cada 10 años. Cada 3 años. Cada año. Según la exigencia básica de salubridad HS3 del código técnico de edificación, respecto al mantenimiento y conservación, la revisión del estado de los filtros se hará: Cada 2 meses. Cada 10 años. Cada 6 meses. Cada año. |