CTE DB-SI-04 Test 01
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Título del Test:![]() CTE DB-SI-04 Test 01 Descripción: Código Técnico de la edificación DB-SI Instalaciones de PCI |




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Según el Documento Básico SI en caso de Incendio Sección "SI 4 Instalaciones de protección contra incendios", se deben colocar extintores con la siguiente eficacia: 21A -113B. 27A -183B C. 21A -183B. 27A -113B. Según el RD 314/2006, DB-SI, ¿Cada cuántos metros como máximo, de recorrido en cada planta, desde todo origen de evacuación, debe existir un extintor portátil?. 15 m. 25 m. 10 m. 5 m. Según el DB-SI, Seguridad en caso de incendio, sección 4; Dotación de instalaciones de protección contra incendios. Se dotará de extintores portátiles, de eficacia 21A -113B, a 15 m de recorrido en cada planta, como máximo, desde todo origen de evacuación: En general. En uso hospitalario. En aparcamientos robotizados. En almacenes robotizados. Según el DB-SI, Seguridad en caso de incendio, sección 4; En edificios de uso general, se dispondrá de BIE cuando: En todo caso. En zonas de riesgo especial alto en las que el riesgo se deba principalmente a sólidos. La superficie exceda de 1.000m2. La superficie exceda de 2.000m2. Según el DB-SI, Seguridad en caso de incendio, sección 4 Instalaciones de protección contra incendios; En general se dispondrá de un ascensor de emergencia en las plantas cuya altura de evacuación exceda de: 28 m. 24 m. 18 m. 14 m. Según el DB-SI, Seguridad en caso de incendio, sección 4 Instalaciones de protección contra incendios; En general se dispondrá de Hidrantes exteriores si la altura de evacuación descendente excede de: 28 m. 24 m. 18 m. 14 m. Según el DB-SI, Seguridad en caso de incendio, sección 4 Instalaciones de protección contra incendios; En general se dispondrá de Hidrantes exteriores si la altura de evacuación ascendente excede de: 6 m. 10 m. 12 m. 14 m. Según el DB-SI, Seguridad en caso de incendio, sección 4 Instalaciones de protección contra incendios; En general se dispondrá de Instalación automática de extinción, salvo otra indicación en relación con el uso, en todo edificio cuya altura de evacuación exceda de: 80 m. 40 m. 28 m. 24 m. Una cocina industrial se condidera como una zona de riesgo especial, cuando su potencia instalada en uso Hospitalario, considerando sólo a los aparatos directamente destinados a la preparación de alimentos y susceptibles de provocar ignición, supera los: 20 kW. 50 kW. 70 kW. Ninguna de las anteriores. Una cocina industrial se condidera como una zona de riesgo especial, cuando su potencia instalada en cualquier otro uso que no sea uso Hospitalario o Residencial Público, considerando sólo a los aparatos directamente destinados a la preparación de alimentos y susceptibles de provocar ignición, supera los: 20 kW. 50 kW. 70 kW. Ninguna de las anteriores. Según el DB-SI, Seguridad en caso de incendio, sección 4; Dispondrán de ascensor de emergencia: Edificios de uso general cuando su altura de evacuación exceda de 28 m. Edificios de uso hospitalario, en las zonas de hospitalización y tratamiento intensivo cuya altura de evacuación exceda de 15 m. Ambas son correctas. Ambas son falsas. Según el Código Técnico de la Edificación CTE DB SI, establece que estarán dotados con una instalación de columna seca todos los edificios de tipo Residencial Vivienda, Administrativo y Residencial público cuya altura de evacuación sea mayor que: 28 m. 24 m. 10 m. 15 m. Según el CTE DB SI ¿Cada cuántos metros se ha de disponer un extintor portátil en un edificio de uso administrativo?: Cada 15 m de recorrido en cada planta, como máximo, desde todo origen de evacuación. Cada 20 m de recorrido en cada planta, como máximo, desde todo origen de evacuación. Cada 15 m de recorrido en cada planta, como máximo, desde toda salida de recinto. Cada 20 m de recorrido en cada planta, como máximo, desde toda salida de recinto. Según el Documento Básico SI Seguridad en caso de incendio, en el uso Administrativo se debe instalar bocas de incendio equipadas si la superficie construida excede de: 500 m2. 1.000 m2. 2.000 m2. 2.500 m2. Según el Código Técnico de la Edificación CTE DB SI, en un centro de nueva construcción destinado a asistencia sanitaria de carácter ambulatorio cuya altura de evacuación es de 20 metros ¿Es necesaria una instalación de protección contra incendios del tipo columna seca?. No, ya que es un edificio considerado de uso administrativo y la altura de evacuación es inferior a 24 metros. Si, ya que, en un edificio de uso hospitalario, la altura de evacuación excede los 15 metros. Si, por tratarse de un edificio de pública concurrencia. Depende de la superficie útil construida. Según el CTE DB SI ¿Cada cuántos metros se ha de disponer un extintor portátil en un edificio de uso administrativo?: Cada 15 m de recorrido en cada planta, como máximo, desde todo origen de evacuación. Cada 20 m de recorrido en cada planta, como máximo, desde todo origen de evacuación. Cada 15 m de recorrido en cada planta, como máximo, desde toda salida de recinto. Cada 20 m de recorrido en cada planta, como máximo, desde toda salida de recinto. Según el DB-SI, Seguridad en caso de incendio, sección 4 Instalaciones de protección contra incendios; En edificios de uso administrativo se dispondrá de Bocas de incendio equipadas si la superficie construida excede de: 2.000 m2. 1.000 m2. 4.000 m2. 2.500 m2. Según el DB-SI, Seguridad en caso de incendio, Sección 4, en uso administrativo, se deberá instalar columna seca si: En todo caso. La altura de evacuación es superior a 20 m. La altura de evacuación es superior a 24 m. La altura de evacuación es superior a 26 m. Según el DB-SI, Seguridad en caso de incendio, sección 4 Instalaciones de protección contra incendios; En edificios de uso administrativo se dispondrá de Sistema de alarma si la superficie construida excede de: 2.000 m2. 1.000 m2. 4.000 m2. 2.500 m2. Según el DB-SI, Seguridad en caso de incendio, sección 4 Instalaciones de protección contra incendios; En edificios de uso administrativo se dispondrá de Sistema de detección de incendio si: Si la superficie construida excede de 2.000 m2, detectores en zonas de riesgo alto. Si la superficie construida excede de 5.000 m2, en todo el edificio . Ambas son ciertas. Ambas son falsas. Según el DB-SI, Seguridad en caso de incendio, sección 4 Instalaciones de protección contra incendios; En edificios de uso administrativo se dispondrá de Hidrantes exteriores si: Uno si la superficie total construida está comprendida entre 5.000 y 10.000 m2. y uno más por cada 10.000 m2 adicionales o fracción. Uno si la superficie total construida está comprendida entre 2.000 y 5.000 m2. y uno más por cada 5.000 m2 adicionales o fracción. Uno si la superficie total construida está comprendida entre 4.000 y 10.000 m2. y uno más por cada 5.000 m2 adicionales o fracción. Uno si la superficie total construida está comprendida entre 2.500 y 5.000 m2. y uno más por cada 5.000 m2 adicionales o fracción. Según el Documento Básico SI Seguridad en caso de incendio, en el uso Residencial Público se debe instalar sistema de detección y de alarma de incendio si la superficie construida excede de: 500 m2. 1.000 m2. 2.000 m2. 2.500 m2. De acuerdo con la Tabla 1.1. Dotación de instalaciones de protección contra incendios del Documento Básico SI en caso de Incendio SI 4. Instalaciones de protección contra incendios, en edificios o establecimientos de uso hospitalario cuya superficie construida exceda de 500 m², se colocará un extintor móvil de 25 kg de polvo o de CO2 por cada 2.500 m² de superficie o fracción, en: a) Almacenes de productos farmacéuticos y clínicos, cuyo volumen construido sea superior a 400 m3. b) Laboratorios clínicos cuyo volumen construido sea superior a 500 m3. c) a) y b) son correctas. d) Ni a) ni b) son correctas. Según el Documento Básico SI, “Seguridad en caso de incendio”, del Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación, en su Sección SI 4 de Instalaciones de Protección contra incendios, en su tabla 1.1. de Dotación de protección contra incendios, para uso HOSPITALARIO se instalará Ascensor de Emergencia: Si la superficie construida excede de 5.000 m2. Si la superficie construida excede de 1.000 m2 y dispone de más de 200 camas. En las zonas de hospitalización y de tratamiento intensivo cuya altura de evacuación es mayor que 15 m. Si la altura de evacuación excede de 28 m. Según el Documento Básico SI, “Seguridad en caso de incendio”, del Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación, en su Sección SI 4 de Instalaciones de Protección contra incendios, en su tabla 1.1. de Dotación de protección contra incendios, para uso HOSPITALARIO se instalarán bocas de incendio: Si la superficie construida excede de 2.000 m2. Si la superficie construida excede de 1.000 m2 y dispone de más de 200 camas. En todo caso. Si la altura de evacuación excede de 24 m. Según el DB-SI, Seguridad en caso de incendio, sección 4, en uso hospitalario, se deberá instalar columna seca si: La altura de evacuación es superior a 15 m. La altura de evacuación es superior a 20 m. La altura de evacuación es superior a 24 m. La altura de evacuación es superior a 26 m. Según el DB-SI, Seguridad en caso de incendio, sección 4; Dispondrán de columna seca, los edificios de uso hospitalario con h. evacuación superior a: 24 m. 18 m. 15 m. 10 m. Según el CTE DB SI, se instalarán bocas de incendio equipadas en uso hospitalario: Si la superficie construida excede de 500 m2. Si la superficie construida excede de 1.000 m2 y 30 camas. Si la altura de evacuación excede de 15 m. En todo caso. Según el DB-SI, Seguridad en caso de incendio, sección 4; Se dispondrá de una BIE en uso hospitalario cuando: La supf. construida exceda de 2.000m2. En zonas de riesgo especial medio. En zonas de riesgo especial alto. En todo caso. El documento Básico SI Seguridad en caso de incendio, en su sección SI 4 Instalaciones de protección contra incendios, determina que en el ámbito hospitalario, estará dotado de un ascensor de emergencia en zonas de hospitalización cuya altura de evacuación sea mayor de: 10 m. 15 m. 20 m. 25 m. El documento DB-SI El documento Básico SI Seguridad en caso de incendio, en su sección SI 4 Instalaciones de protección contra incendios, determina que en el ámbito hospitalario, debe contar con comunicación telefónica directa con el servicio de bomberos, si el edificio dispone de más de: 1 cama. 50 camas. 100 camas. 200 camas. Después de ver la Central Térmica y el Edificio de Consultas Externas, para finalizar el día el Jefe de Servicio y Mikel Gabikagogeaskoa se desplazan al Edificio de Hospitalización, que consta de una superficie de 6.500 m2 divida en cuatro plantas y con una altura total del edificio de 14 m. Planteándole el Jefe de Servicio una serie de cuestiones técnicas con respecto al Plan de Evacuación, ascensores y estructura del edificio, que Mikel Gabikagogeaskoa contesta conforme la normativa vigente. Conocida la superficie del Edificio de Hospitalización de 6.500m2, y su altura de 14 m, ¿Qué dotación contra incendios, de las que se exponen, sería la correcta, según DB-SI del código Técnico de la Edificación?. Extintores portátiles cada 15 m como máximo, Bie´s, sistema de alarma, sistema de detección de incendios, columna seca e hidrantes exteriores. Extintores portátiles cada 15 m como máximo, Bie´s, sistema de alarma, sistema de detección de incendios y columna seca. Extintores portátiles cada 15 m como máximo, Bie´s, sistema de alarma, sistema de detección de incendios e hidrante exteriores. Extintores portátiles cada 15 m como máximo, Bie´s, columna seca, sistema de alarma e hidrante exteriores. Según el DB-SI, Seguridad en caso de incendio, sección 4, en uso docente, se deberán instalar bocas de incendio equipadas si: La superficie construida es superior a 2.000 m². La superficie construida es superior a 500 m². La superficie construida es superior a 1.000 m². Si la altura de evacuación es superior a 15 m. Según el Código Técnico de la Edificación CTE DB SI, un edifico de uso docente deberá tener dotación de bocas de incendio equipadas: Si la superficie construida excede de 500 m2. Si la superficie construida excede de 2.500 m2. Si la superficie construida excede de 2.000 m2. Si la superficie construida excede de 1.000 m2. Según el DB-SI, Seguridad en caso de incendio, sección 4, en uso docente, se deberá instalar columna seca si: En todo caso. La altura de evacuación es superior a 20 m. La altura de evacuación es superior a 24 m. La altura de evacuación es superior a 26 m. Según el CTE DB-SI, los edificios de uso previsto Docente, deberán disponer de Sistema de Alarma si la superficie construida excede de: 500 m². 1.000 m². 1.500 m². 2.000 m². En un centro de nueva construcción destinado a asistencia sanitaria de carácter ambulatorio cuya altura de evacuación es de 20 metros ¿Es necesaria una instalación de protección contra incendios del tipo columna seca?. No, ya que es un edificio considerado de uso administrativo y la altura de evacuación es inferior a 24 metros. Sí, ya que, en un edificio de uso hospitalario, la altura de evacuación excede los 15 metros. No, por tratarse de un edificio de pública concurrencia y la altura de evacuación es inferior a 24 metros. Depende de la superficie útil construida. Según el DB-SI, Seguridad en caso de incendio, sección 4; Dispondrán de columna seca, los edificios con h. de evacuación >24, de uso: Pública concurrencia. Hospitalario. Aparcamiento. General. Según el DB-SI, Seguridad en caso de incendio, sección 4 Instalaciones de protección contra incendios; En edificios de Pública concurrencia se dispondrá de Bocas de incendio equipadas si la superficie construida excede de: 500 m2. 1.000 m2. 2.000 m2. 5.000 m2. Según el DB-SI, Seguridad en caso de incendio, sección 4 Instalaciones de protección contra incendios; En edificios de Pública concurrencia se dispondrá de Columna seca si la altura de evacuación excede de: 24 m. 28 m. 14 m. 15 m. Según el DB-SI, Seguridad en caso de incendio, sección 4 Instalaciones de protección contra incendios; En edificios de Pública concurrencia se dispondrá de Sistema de alarma si la ocupación excede de: 500 personas. 1.000 personas. 2.000 personas. 5.000 personas. Según el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación, Documento Básico SI Seguridad en caso de incendio, en relación con la dotación de instalaciones de protección contra incendios, un local de pública concurrencia debe disponer de sistema de detección de incendio (que disponga al menos de detectores de incendio) si cumple que: Su superficie construida excede de 1.000 m2 y su ocupación excede de 200 personas. Su superficie construida excede de 500 m2 o tiene más de una planta. Su superficie construida excede de 1.000 m2. Su superficie construida excede de 2.000 m2. Según el Código Técnico de la Edificación CTE DB SI, en locales de pública concurrencia será obligatorio un sistema de detección de incendios cuando: La superficie construida excede de 500 m2. La superficie construida excede de 1.000 m2. La superficie construida excede de 2.000 m2. La superficie construida excede de 2.500 m2. Según el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación, Documento Básico SI Seguridad en caso de incendio, en relación con la dotación de instalaciones de protección contra incendios, un local de pública concurrencia debe disponer de sistema de detección de incendio (que disponga al menos de detectores de incendio) si cumple que: Su superficie construida excede de 500 m2 o tiene más de una planta. Su superficie construida excede de 1.000 m2 y su ocupación excede de 200 personas. Su superficie construida excede de 1.000 m2. Su superficie construida excede de 1.000 m2 o su ocupación excede de 500 personas. Indique en qué caso es obligatorio que un edificio disponga de una instalación de bocas de incendio equipadas (BIE): En cualquier edificio cuya superficie construida exceda de 1.000 m2. En edificios de pública concurrencia cuya superficie construida exceda de 500 m2. En edificios de uso docente cuya superficie construida exceda de 500 m2. En edificios de uso docente cuya superficie construida exceda de 1.500 m2. Según el CTE DB-SI, para el uso de Pública concurrencia: Es obligatoria la instalación de Bocas de Incendio Equipadas cuando la superficie construida excede de 1.000 m2. Es obligatoria la instalación de un sistema de alarma si la ocupación excede de 1.000 personas. Es obligatoria la instalación de Instalación automática de extinción cuando la superficie construida excede de 1.000 m2. Es obligatoria la instalación de un sistema de detección de incendio cuando la superficie construida excede de 1.000 m2. Según el DB-SI, Seguridad en caso de incendio, sección 4, en uso aparcamiento, se deberán instalar bocas de incendio equipadas si: La superficie construida es superior a 1000 m². La superficie construida es superior a 500 m². En todo caso, exceptuando los garajes de las viviendas unifamiliares. Si existen más de dos plantas bajo rasante. Según el Código Técnico de la Edificación CTE DB SI, ¿A partir de cuántos metros cuadrados se le exige a un aparcamiento la instalación de B.I.E.?. 200 m2. 400 m2. 300 m2. 500 m2. Según el DB-SI, Seguridad en caso de incendio, sección 4 Instalaciones de protección contra incendios; En aparcamientos se dispondrá de Columna seca si: existen más de tres plantas bajo rasante. existen más de dos plantas bajo rasante. existen más de cuatro plantas bajo rasante. existen más de cinco plantas bajo rasante. Según el DB-SI, Seguridad en caso de incendio, sección 4; En todo aparcamiento robotizado, se dispondrá de: Instalación automática de extinción. BIE. Extintores. Columna seca. Según el DB-SI, Seguridad en caso de incendio, sección 4 Instalaciones de protección contra incendios; En aparcamientos se dispondrá de Columna seca si: existen más de cuatro sobre rasante. existen más de dos plantas sobre rasante. existen más de tres plantas sobre rasante. existen más de cinco plantas sobre rasante. Según el DB-SI, Seguridad en caso de incendio, sección 4, en uso aparcamiento, se deberán instalar Sistema de detección de incendio si: La superficie construida es superior a 1.000 m². La superficie construida es superior a 500 m². En todo caso, exceptuando los garajes de las viviendas unifamiliares. Si existen más de dos plantas bajo rasante. |