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CTL05 Tratamiento de las incidencias y reclamaciones

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Título del Test:
CTL05 Tratamiento de las incidencias y reclamaciones

Descripción:
Reclamaciones e incidencias en el servicio de transporte

Fecha de Creación: 2026/01/25

Categoría: Otros

Número Preguntas: 27

Valoración:(1)
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Temario:

¿Cuál es una de las posibles vías de resolución de conflictos en materia de consumo?. Gestionar la reclamación directamente en la empresa mediante la hoja de reclamaciones. Ignorar el problema y cambiar de proveedor. Solo presentar la queja en redes sociales. Acudir únicamente a medios de comunicación.

¿Qué significa OMIC en el contexto de resolución de conflictos de consumo?. Oficina de Marketing e Información Comercial. Oficina Municipal de Información al Consumidor. Organización de Mediación e Intercambio Comercial. Oficina de Medios Internacionales de Consumo.

Además de la empresa y la OMIC, ¿qué otra vía permite resolver conflictos en materia de consumo?. Consultar a otros clientes. Presentar la queja en redes sociales. Solicitar un arbitraje ante la JAC (Junta Arbitral de Consumo). Llamar a la policía.

¿Cuál es la última vía de resolución si no se opta por las anteriores?. Presentar la reclamación en la oficina de turismo. Acudir al Juzgado o Tribunales de Justicia. Publicar la queja en un periódico local. Contactar con asociaciones de consumidores.

Señala en cada caso el lugar en el que hay que reclamar. Me compro una vivienda. Problemas en mi cuenta corriente. He ido de viaje en autobús. He ido de viaje en avión.

¿Cuáles son las situaciones posibles en las que un consumidor puede obtener y gestionar la Hoja de Reclamaciones si no se alcanza la solución con la empresa?. Solo en tiendas físicas. Solo ante la OMIC. Solo si es un servicio público. Establecimiento, profesional que presta el servicio, compra online y compra a distancia o en máquinas expendedoras.

Si adquirimos un bien o servicio y tratamos con un profesional, ¿cómo podemos gestionar la reclamación?. Solo en la OMIC. Solo de forma presencial. A través de la Hoja de Reclamaciones ante el propio profesional. No se puede reclamar.

En el caso de compras realizadas a distancia o en máquinas expendedoras, ¿qué debe hacer el consumidor si surge un problema?. No puede presentar ninguna reclamación. Gestionar la reclamación mediante la Hoja de Reclamaciones adaptada a estas situaciones. Solo acudir al juzgado. Presentar la queja en redes sociales.

Si la reclamación se realiza online, ¿qué vía se utiliza para gestionarla?. Llamando al servicio técnico. Publicando la queja en foros de consumidores. Solo presencialmente en la empresa. A través de la Hoja de Reclamaciones online.

El cumplimento una hoja de reclamaciones de 3 ejemplares cuyo reparto es el siguiente: El reclamado se queda con todos los ejemplares y los entrega directamente en la Administración Pública competente en materia de Consumo. El reclamante conserva el ejemplar "para la Administración" y "para la parte reclamante" y el reclamado conserva el ejemplar "para la parte reclamada". El reclamante se queda con los tres ejemplares y los tramita directamente ante la Administración Pública. El organismo competente en materia de Consumo de la Junta de Andalucía administra los tres ejemplares.

Una vez que opto por acudir a una OMIC para gestionar mi reclamación y no alcanzo un acuerdo satisfactorio puedo: Acudir a la Consejería de Gobernación como organismo competente en materia de Consumo. Solicitar Arbitraje de Consumo. Revisar las condiciones por las que he contratado el servicio y tratar de llegar a un acuerdo con la empresa. Acudir a los Tribunales de Justicia.

¿Cuál es el primer paso cuando se presenta una Hoja de Reclamaciones en la OMIC?. Iniciar el proceso de arbitraje. Registro de la reclamación e inicio de su expediente. Informar a los tribunales. Contactar al consumidor por teléfono.

¿Qué hace la OMIC tras informatizar los datos de la reclamación?. Envía la reclamación directamente al juzgado. Asigna la reclamación a un mediador o mediadora. Publica la reclamación en un boletín público. Archiva la reclamación sin más.

¿Qué puede hacer el mediador o mediadora si necesita más información sobre la reclamación?. Llamar a la prensa para dar visibilidad. Ignorar la información adicional. Archivar la reclamación. Ponerse en contacto con el consumidor o la empresa por teléfono, correo u otro medio.

¿Cuáles son los posibles resultados tras la mediación en la OMIC?. Se alcanza un acuerdo satisfactorio o no se alcanza acuerdo, pudiendo el consumidor solicitar arbitraje o acudir a tribunales. Solo se archiva la reclamación. El mediador decide unilateralmente la solución. El consumidor debe aceptar cualquier decisión de la empresa.

¿Qué ocurre si se alcanza un acuerdo satisfactorio entre las partes en la OMIC?. Solo se notifica a la empresa. Se ignora y se archiva. Se solicita al consumidor pagar una tasa. Se formaliza por escrito, se comunica a las partes y se archiva el expediente.

¿Cuál es el primer paso para solicitar un arbitraje de consumo?. Rellenar un formulario de Solicitud de Arbitraje. Presentar directamente la reclamación en los tribunales. Esperar a que la empresa acepte. Enviar un correo electrónico a la Junta Arbitral.

¿Dónde se presenta la Solicitud de Arbitraje una vez cumplimentada?. Directamente en la Junta Arbitral de Consumo, junto con las pruebas que justifiquen la reclamación. En el juzgado correspondiente, junto con las pruebas que justifiquen la reclamación. En el Registro de Documentos del Servicio Municipal de Consumo, junto con las pruebas que justifiquen la reclamación. Por correo certificado a la empresa, junto con las pruebas que justifiquen la reclamación.

¿Qué ocurre después de informatizar los datos de la Solicitud de Arbitraje?. Se archiva sin más. Se inicia la mediación y el expediente queda en espera. Se inicia el expediente y la Junta Arbitral intenta una mediación previa al arbitraje. Se notifica automáticamente al juez.

¿Qué ocurre si la mediación previa al arbitraje es positiva?. Se notifica el resultado a las partes y se archiva el expediente. Se inicia el procedimiento arbitral. Se informa al consumidor que acuda a los tribunales. La empresa debe pagar una compensación obligatoria.

Si la mediación es negativa y la empresa no está adherida al Sistema Arbitral de Consumo, ¿qué puede hacer la Junta Arbitral?. Solicitar su adhesión voluntaria y, si no acepta, archivar el expediente e informar al consumidor sobre la posibilidad de acudir a tribunales. Forzar a la empresa a aceptar el arbitraje. Iniciar el laudo arbitral de todos modos. Ignorar la reclamación.

Si la empresa está adherida al Sistema Arbitral de Consumo, ¿qué sucede tras una mediación negativa?. Se archiva la reclamación automáticamente. Se inicia el procedimiento arbitral de consumo y se emite el laudo arbitral. El consumidor debe acudir a los tribunales. Se solicita una nueva mediación externa.

¿Dónde debe solicitar el consumidor o usuario la celebración de Juicio Verbal para resolver su reclamación?. En la OMIC del Ayuntamiento de la ciudad donde haya adquirido el bien o contratado el servicio. En el Ayuntamiento de la ciudad donde haya contratado la prestación del servicio. En el lugar donde tenga el domicilio fiscal la empresa a la cual el usuario le ha contratado el servicio. Debe presentar el escrito de demanda en el juzgado de 1ª Instancia de su domicilio o del lugar de cumplimiento de la obligación.

Si se evita el Sistema Arbitral de Consumo, ¿cuál es la siguiente vía de resolución de conflictos?. La Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC). Los Tribunales de Justicia. Mediación privada entre consumidor y empresa. Presentación de la reclamación a la Junta Arbitral.

¿Cuál es la cuantía máxima para presentar una reclamación en el juzgado sin necesidad de abogado ni procurador?. 1000 euros. 1500 euros. 2000 euros. 2500 euros.

Si la reclamación supera los 2000 euros, ¿qué se requiere para tramitar la demanda judicial?. Solo presentar el formulario en el juzgado. Contar con abogado y procurador. Solo presentar la reclamación ante la OMIC. Presentar la reclamación en la Junta Arbitral.

¿En qué tipo de procedimiento se tramitan reclamaciones inferiores a 2000 euros en los juzgados?. Juicio ordinario. Juicio de apelación. Procedimiento arbitral. Juicio verbal.

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