Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias
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Título del Test:
![]() Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias Descripción: CASOS PRACTICOS 2018 |



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SUPUESTO PRACTICOS 1 2018 Durante la mañana del día 16/01/2017, en el Departamento de Enfermería y durante una conversación mantenida con el subdirector Médico por asuntos laborales, estando presente el jefe de Servicios, otros dos funcionarios y un interno, el facultativo de Sanidad Penitenciaria D. YYY, insulto en repetidas ocasiones al referido subdirector llamándole “payaso” y “chivato”. Además, le amenazo diciéndole que le iba a “decir cuatro cosas fuera de allí, pero de otra manera 1.- Indique en que norma se encuentra tipificada la falta imputada: En el artículo 7.1.a) del Real Decreto 33/1986, de 10 de enero. En el articulo 95.2.f) del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. En el artículo 7.1.e) del Real Decreto 33/1986, de 10 de enero. En el artículo 109.b) Real Decreto 1201/1981, de 8 de mayo. SUPUESTO PRACTICOS 1 2018 Durante la mañana del día 16/01/2017, en el Departamento de Enfermería y durante una conversación mantenida con el subdirector Médico por asuntos laborales, estando presente el jefe de Servicios, otros dos funcionarios y un interno, el facultativo de Sanidad Penitenciaria D. YYY, insulto en repetidas ocasiones al referido subdirector llamándole “payaso” y “chivato”. Además, le amenazo diciéndole que le iba a “decir cuatro cosas fuera de allí, pero de otra manera 2.- El facultativo D.YYY considera que la infracción se encuentra prescrita. Indique la respuesta correcta: Dado el tiempo transcurrido desde que sucedieron los hechos, la Administración ya no puede sancionar en un procedimiento disciplinario por falta grave. La administración puede dictar acuerdo de iniciación de procedimiento disciplinario, pero debería haberlo hecho con posteridad al 17/01/2019. La prescripción no resulta aplicable a los procedimientos de ejercicio de la potestad disciplinaria de las administraciones publicas respecto del personal a su servicio, en virtud de su relación de sujeción especial. La administración puede dictar acuerdo de iniciación, puesto que la infracción imputada no se encuentra prescrita. SUPUESTO PRACTICOS 1 2018 Durante la mañana del día 16/01/2017, en el Departamento de Enfermería y durante una conversación mantenida con el subdirector Médico por asuntos laborales, estando presente el jefe de Servicios, otros dos funcionarios y un interno, el facultativo de Sanidad Penitenciaria D. YYY, insulto en repetidas ocasiones al referido subdirector llamándole “payaso” y “chivato”. Además, le amenazo diciéndole que le iba a “decir cuatro cosas fuera de allí, pero de otra manera 3.- El facultativo D. YYY, al día siguiente de serle notificado el acuerdo de iniciación del expediente disciplinario, recusa al instructor del procedimiento porque entiende que tiene interés personal en el asunto. El recusado niega la causa de recusación, indique de que plazo dispone el superior del instructor para resolver dicha recusación: Tres días. Cinco días. Diez días. Quince días. SUPUESTO PRACTICOS 1 2018 Durante la mañana del día 16/01/2017, en el Departamento de Enfermería y durante una conversación mantenida con el subdirector Médico por asuntos laborales, estando presente el jefe de Servicios, otros dos funcionarios y un interno, el facultativo de Sanidad Penitenciaria D. YYY, insulto en repetidas ocasiones al referido subdirector llamándole “payaso” y “chivato”. Además, le amenazo diciéndole que le iba a “decir cuatro cosas fuera de allí, pero de otra manera. 4.- Conforme a lo dispuesto en el articulo 24.5 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del Sector Público, ¿Qué recurso cabe contra la resolución que resuelve la recusación?. Al no poner fin a la vía administrativa, cabe recurso de alzada ante el superior jerárquico. Al poner fin a la vía administrativa, cabe recurso potestativo de reposición. Cabe recurso de apelación, siempre y cuando se hubiera incurrido en error de hecho. No cabe recurso, sin perjuicio de que la recusación puede ser alegada al interponer el recurso que proceda contra el acto que ponga fin al procedimiento. SUPUESTO PRACTICOS 1 2018 Durante la mañana del día 16/01/2017, en el Departamento de Enfermería y durante una conversación mantenida con el subdirector Médico por asuntos laborales, estando presente el jefe de Servicios, otros dos funcionarios y un interno, el facultativo de Sanidad Penitenciaria D. YYY, insulto en repetidas ocasiones al referido subdirector llamándole “payaso” y “chivato”. Además, le amenazo diciéndole que le iba a “decir cuatro cosas fuera de allí, pero de otra manera. 5.- Tras la tramitación del expediente disciplinario, el facultativo D. YYY es declarado autor material de la infracción imputada. Indique cual, de entre las siguientes sanciones puede serle impuesta. Separación del servicio. Tres meses de suspensión firme de funciones. Dos meses de suspensión provisional de funciones. Un mes de suspensión de empleo y sueldo. SUPUESTO NO. 2, 2018 En el centro penitenciario de Almería se encuentra el interno Antonio R.G., de nacionalidad portuguesa, penado con una causa preventiva. A las 10 de la mañana es informado por el funcionario del Módulo 2, en el que esta destinado, que debe recoger y preparar su equipaje porque a las 16.00 h. va a ser trasladado al Centro Penitenciario de Málaga, localidad a la que debe asistir a juicio oral. El interno solicita poder realizar una llamada telefónica para, tal y como dispone el artículo 52.3 de la Ley Orgánica General Penitenciaria, poder comunicar inmediatamente a su familia y abogado su traslado a otro establecimiento. El funcionario le dice que no procede y que, además, no hay tiempo y no es el momento reglamentario de realizar la llamada El interno no se resiste y se dirige a recoger su ropa y enseres, exigiendo poder realizar la llamada a la que tiene derecho. En presencia de otros reclusos del módulo, en voz alta, insulta al funcionario diciéndole: “¡Mira que eres perro, eres un chulo y un torturador!”, expresión que abochorno al funcionario y generó muchas risas y comentarios jocosos entre el resto de los internos presentes. El funcionario procedió a avisar al jefe de Servicios y tras poner en su conocimiento los hechos ocurridos, éste ordenó que el interno Antonio R.G. pasara a una celda del departamento de ingresos en concepto de aislamiento provisional, orden que se llevó a efecto sin resistencia del interno. El aislamiento provisional fue comunicado inmediatamente al director del Centro Penitenciario, que lo ratifica, y puesto en conocimiento inmediato del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria, cesando dicho aislamiento provisional en el momento en que el Interno Antonio R.G. salió de conducción, circunstancia que también fue comunicada al Juez de Vigilancia Penitenciaria. 1.- ¿Es correcta la actuación del funcionario del módulo, no permitiéndole llamar a la familia y al abogado?. No es correcta la actuación. El funcionario debería haber permitido que realizara la llamada porque el artículo 52.3 de la Ley Orgánica General Penitenciario reconoce el derecho que tienen los internos a comunicar inmediatamente su traslado a la familia y al abogado. No es correcta la actuación del funcionario porque, además del derecho que asiste al interno a comunicar su traslado, existía suficiente margen de tiempo para poder realizar la llamada sin que hubiera habido problema regimental. No es correcta la actuación del funcionario porque si hubiera facilitado la realización de la llamada también hubiera evitado que se generara el problema regimental. La decisión del funcionario no permitiendo al interno llamar a sus familiares y abogados encuentra su fundamento en el articulo 52.3 de la Ley Orgánica General Penitenciaria, pues no es el momento indicado legalmente para realizarla. SUPUESTO NO. 2, 2018 2.- ¿Es correcta la utilización de una celda del departamento de ingresos como celda de aislamiento provisional?. No. El aislamiento provisional debería haberse llevado a cabo utilizando exclusivamente una de las celdas del departamento de aislamiento de que dispone el Centro Penitenciario. No. El aislamiento provisional debería haberse llevado a cabo utilizando exclusivamente la propia celda que ocupaba el interno en el módulo en donde se han producido los hechos. No. El aislamiento provisional se puede llevar a efecto tanto en la celda del departamento de aislamiento como en la celda que ocupa el interno, pero no en lugar distinto. Si. Se puede determinar que la celda más idónea para llevar a efecto la medida de aislamiento provisional sea en el departamento de ingresos. SUPUESTO NO. 2, 2018 3.- Con respecto al aislamiento provisional adoptado, señale la respuesta correcta: Ha sido correctamente adoptado por reunir los requisitos exigidos en el artículo 45 de la Ley Orgánica General Penitenciaria y en el artículo 72 del reglamento penitenciario. Ha sido correctamente adoptado puesto que, tal como dispone el artículo 72.3 del reglamento penitenciario, lo ha ratificado el director y se ha comunicado al juez de vigilancia penitenciaria. No ha sido correctamente adoptado a tenor de lo previsto en el articulo 45 de la ley orgánica general penitenciaria. Ha sido correctamente adoptado, según lo dispuesto en el artículo 72 del reglamento penitenciarios y su fundamento estriba en la necesidad de restituir la autoridad del funcionario como principal garante de la vida regimental. SUPUESTO NO. 2, 2018 4.- Al interno Antonio R.G, tras llegar al centro penitenciario de Málaga, le comunican la iniciación de un procedimiento sancionador por los hechos antes relatados. Indique el artículo del reglamento penitenciario en el que se tipifican los hechos por los que podría ser sancionado: Falta muy grave prevista en el artículo 108, apartado b), del reglamento penitenciario aprobado por real decreto 1201/1981, de 8 de mayo. Falta muy grave prevista en el articulo 108, apartado c), del reglamento penitenciario aprobado por real decreto 1201/1981, de 8 de mayo. Falta grave prevista en el artículo 109, apartado a), del reglamento penitenciario aprobado por real decreto 1201/1981, de 8 de mayo. Falta grave prevista en el artículo 109, apartado b), del reglamento penitenciario aprobado por real decreto 1201/1981, de 8 de mayo. SUPUESTO NO. 2, 2018 5.- En el centro penitenciario de Málaga se presenta el Consul de Portugal, quien habiéndose enterado de que Antonio R.G. es de nacionalidad portuguesa, solicita entrevistarse con el referido interno. El encargado del departamento de comunicaciones, tras consultar al director, le informa que no procede tramitar dicha comunicación al no constar, al respecto, la voluntad por escrito del interno. El cónsul presenta queja por escrito ante la secretaría general de instituciones penitenciarias, señalando que se está prohibiendo la asistencia consular y diplomática a un interno de su nacionalidad. Indique la respuesta correcta. El encargado del departamento de comunicaciones tiene la obligación de facilitar la comunicación con la autoridad consular por ser un derecho que asiste a las autoridades consulares y dar así cumplimiento a lo previsto en el artículo 15.5 del reglamento penitenciario. No procede dar trámite a la comunicación solicitada por no cumplirse los requisitos del articulo 15.5 del reglamento penitenciario. El derecho de los internos a comunicar con sus representantes consulares, a tenor de lo previsto en el articulo 15.5 del reglamento penitenciario, queda limitado cuando se trata de internos preventivos y, en el presente caso el interno Antonio R.G. tiene una causa penada. Los internos tienen derecho a entrevistarse con los representantes diplomáticos y consulares sin límite alguno y con las mismas condiciones que se dispensan a las autoridades judiciales y al defensor del pueblo. SUPUESTO 3, 2018 Pilar G. funcionaria del cuerpo de ayudantes de instituciones penitenciarias con destino en el centro penitenciario de Huelva, donde acaba de tomar posesión como funcionaria de carrera, obtiene sentencia firme por la que se le declara víctima de un delito de violencia de género 1.- De acuerdo con lo establecido en el articulo 82.1 del texto refundido de la ley del estatuto básico del empleado público (en adelante TREBEP), para hacer efectiva su protección o el derecho a la asistencia social integral, si se ve obligada a abandonar el puesto de trabajo en la localidad que venía prestando servicios ¿puede solicitar el traslado a otro centro penitenciario de forma inmediata?. a) No, porque acaba de tomar posesión como funcionaria de carrera y deben pasar al menos 3 meses, en el puesto de su titularidad, para poder trasladarla a otro centro en ejecución de sentencia. b) Si, siempre que haya vacante de necesaria cobertura en el centro que solicita. Si no la hay, la administración le trasladará a un centro donde existan necesidades urgentes de personal, pero siempre teniendo en cuenta que se haga efectiva su protección. c) Si, tiene derecho al traslado a otro puesto de trabajo propio de su cuerpo sin necesidad de que sea vacante de necesaria cobertura. d) Exclusivamente, se le puede trasladar de forma temporal en comisión de servicios con la obligación de solicitar plaza en el próximo concurso de traslados que se convoque. SUPUESTO 3, 2018 2.- una vez que ha sido trasladada y debido a la situación traumática que ha sufrido, no se siente capaz de sobrellevar la jornada laboral completa y por ello, solicita reducción de jornada, conforme al articulo 49.d del TREBEP para ver, si así, se va adaptando progresivamente a su nueva situación personal. Esta reducción de jornada originará: a) La disminución proporcional de retribuciones. b) La percepción total de retribuciones siempre que la reducción se realice en un porcentaje igual o inferior al 33% de la misma. c) La percepción total de retribuciones cualquiera que sea el porcentaje de reducción de jornada por un tiempo máximo de 6 meses. d) La percepción integra de las retribuciones básicas y solo se aminoran las retribuciones complementarias. SUPUESTO 3, 2018 3.- pasados cuatro meses en el nuevo puesto de trabajo, sigue sufriendo las secuelas producidas por la violencia psíquica y física a la que fue sometida, cayendo en un estado depresivo por el que solicita la excedencia por razón de violencia de genero. Esta situación se le autoriza sin necesidad de haber prestado un tiempo mínimo de servicios, ¿Le es exigible plazo de permanencia en la situación de excedencia?. a) Si, debe permanecer dos años como mínimo, al ser uno de los requisitos establecidos para todos los funcionarios cuando pasan a la situación administrativa de excedencia. b) Al ser un supuesto especial, debe permanecer como mínimo dos meses ya que durante este tiempo percibe las retribuciones íntegras y en su caso, las prestaciones familiares por hijo a cargo. c) No le es exigible plazo alguno de permanencia en la misma. d) Si, le es exigible un periodo mínimo de permanencia de 6 meses, que es el tiempo por el que tiene derecho a la reserva del puesto de trabajo que tiene asignado. SUPUESTO 3, 2018 4.- Transcurridos los 6 meses de excedencia en los que tiene derecho a la reserva del puesto de trabajo que desempeña, así como a que dicho tiempo le sea computable a efectos de antigüedad, carrera y derechos del régimen de seguridad social y debido a que las actuaciones judiciales lo exigen, se le prorroga este periodo por tres meses más, aunque, a fin de garantizar la efectividad del derecho de protección de la víctima, esta prórroga podrá extenderse hasta un máximo de: a) 12 meses, manteniendo todos los derechos inherentes a su puesto. b) 15 meses, manteniendo exclusivamente la reserva del puesto de trabajo. c) 18 meses, manteniendo reserva del puesto de trabajo y el cómputo de dicho tiempo a efectos de antigüedad, carrera y derechos del régimen de seguridad social. d) No existe límite en la extensión de la prórroga de la situación de excedencia, manteniendo todos los derechos si así lo determinara el tribunal. SUPUESTO 3, 2018 5.- Finalizado el plazo máximo en situación de excedencia por violencia de género, Pilar reingresa al servicio activo. Transcurrido el tiempo resulta seleccionada para ocupar una plaza como funcionaria interina en el ayuntamiento de la localidad en la que tiene fijada su residencia. ¿En qué situación administrativa quedaría la funcionaria en la Administración General del Estado, si decide aceptar el desempeño interino de la plaza para la que ha sido seleccionada?. a) Excedencia por prestación de servicios en el sector publico. b) Excedencia por servicio en otras administraciones públicas. c) Excedencia voluntaria por interés particular. d) Servicios especiales al pasar a desempeñar sus funciones en una administración local. |





