Cuestionario de 120 a 140
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Título del Test:
![]() Cuestionario de 120 a 140 Descripción: CUESTIONARIO DERECHO PENAL |



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¿Para qué sirven los exhortos internacionales?. Solicitar a una autoridad judicial extranjera la práctica de una diligencia procesal. Sustituir la sentencia definitiva. Otorgar nacionalidad a una persona extranjera. Crear una sociedad mercantil internacional. ¿Cuál es la finalidad de una comisión rogatoria?. Requerir cooperación judicial entre autoridades de distintos Estados para practicar actos procesales. Evitar la comparecencia de las partes. Reemplazar la legislación aplicable al contrato. Resolver directamente el fondo del litigio. ¿Cuál de los siguientes actos puede solicitarse mediante exhorto o comisión rogatoria?. La imposición directa de una pena sin proceso. La citación, notificación, recepción de prueba o práctica de una diligencia judicial en el extranjero. La creación de una norma constitucional. La pérdida automática de nacionalidad. ¿Qué reflejan los exhortos y comisiones rogatorias?. La cooperación judicial internacional entre Estados. La eliminación de todo trámite procesal. La inexistencia de soberanía estatal. La prohibición de auxilio judicial internacional. En la tramitación de exhortos internacionales, ¿qué es importante verificar?. El valor económico del expediente sin revisar competencia. La nacionalidad del abogado patrocinador. Los requisitos formales, la autoridad competente y los canales de cooperación previstos por la ley o tratados. Únicamente la opinión de una de las partes. ¿Qué permiten las excepciones de carácter internacional?. Cuestionar aspectos como competencia, jurisdicción, litispendencia internacional o reconocimiento de efectos extranjeros. Eliminar todas las pruebas del proceso. Sustituir el proceso civil por uno administrativo. Impedir siempre la comparecencia de extranjeros. ¿Cuándo puede plantearse una excepción de incompetencia internacional?. El caso se refiere exclusivamente a hechos locales. Se considera que el juez que conoce el proceso no tiene competencia por existir un vínculo más adecuado con otro Estado. El proceso no tiene ningún elemento extranjero. La parte demandada no desea responder la demanda. ¿Cuándo se presenta la litispendencia internacional?. El juez aplica una norma nacional. Una persona tiene dos nacionalidades. Un contrato se firma en idioma extranjero. Existe un proceso pendiente en otro Estado sobre el mismo asunto, partes y causa. ¿Con qué se relaciona la cosa juzgada internacional?. La aplicación automática de la ley penal nacional. Los efectos que puede producir una sentencia extranjera previamente dictada sobre un nuevo proceso. La celebración de contratos sin testigos. El cambio de domicilio de una persona. ¿Por qué es importante la prueba de la ley extranjera?. Impide toda aplicación del derecho nacional. Sustituye la sentencia del juez. Elimina la necesidad de probar hechos controvertidos. Permite acreditar el contenido, vigencia e interpretación del derecho extranjero que se pretende aplicar. Cuando una parte invoca derecho extranjero, ¿qué debe procurarse demostrar?. La nacionalidad del abogado extranjero. La opinión personal de los testigos. Su existencia, contenido, vigencia y forma de interpretación o aplicación. Únicamente el nombre del país extranjero. ¿En qué puede apoyarse la prueba de la ley extranjera?. Textos legales, certificaciones oficiales, informes jurídicos o medios admitidos por la normativa procesal. Declaraciones sin relación con la norma aplicable. Redes sociales sin verificación. Rumores o comentarios informales. Si no se acredita adecuadamente el derecho extranjero invocado, ¿qué podría hacer el juez?. Declarar inexistente todo derecho internacional privado. Aplicar las reglas previstas por el ordenamiento procesal del foro para resolver la falta de prueba. Imponer una sanción penal a las partes. Renunciar automáticamente a conocer la causa. ¿Qué busca la ejecución de sentencias extranjeras?. Eliminar la competencia del juez nacional en todos los casos. Crear una nueva nacionalidad para las partes. Convertir una sentencia civil en tratado internacional. Que una resolución dictada por un tribunal extranjero pueda producir efectos jurídicos en otro Estado. ¿Con qué se relaciona el exequátur?. La adquisición de nacionalidad por matrimonio. El reconocimiento y autorización para ejecutar una sentencia extranjera en el Estado requerido. La aplicación del principio ius soli. La celebración de un contrato internacional. Para ejecutar una sentencia extranjera, ¿qué debe verificarse generalmente?. La sentencia haya sido dictada sin notificar al demandado. La resolución contradiga abiertamente el orden público del Estado requerido. La sentencia cumpla requisitos de autenticidad, firmeza, competencia y respeto al debido proceso. La sentencia no tenga relación con las partes. ¿Por qué puede ser rechazada una sentencia extranjera?. Su reconocimiento vulnera el orden público del Estado requerido. Fue dictada por autoridad competente. Está debidamente legalizada y respeta el debido proceso. Es compatible con derechos fundamentales. ¿Por qué requiere revisar el debido proceso la ejecución de sentencias extranjeras?. Debe garantizarse que la parte demandada haya podido ejercer defensa en el proceso de origen. La sentencia extranjera siempre es inválida. El juez nacional debe repetir todo el juicio desde cero. El derecho extranjero no puede probarse. ¿Por qué es necesaria la cooperación procesal internacional?. Los actos judiciales de un proceso pueden requerir efectos o diligencias fuera del territorio del juez que conoce la causa. Los procesos con extranjeros son nulos. Los jueces nacionales carecen de toda jurisdicción. Los tratados internacionales reemplazan siempre la Constitución. En Derecho Procesal Civil Internacional, ¿qué permite la relación entre competencia, prueba de ley extranjera y ejecución de sentencias?. Evitar que los extranjeros comparezcan ante tribunales. Aplicar exclusivamente normas penales internas. Tramitar de forma ordenada conflictos privados internacionales respetando jurisdicción, debido proceso y cooperación judicial. Desconocer todas las decisiones extranjeras. |





